Documento Documento: Ley 005/09 Ley de Prevención y Actuación ante Emergencias

Preambulo

Ante los casos de catastrofe sufridos en el pasado, se presenta esta ley para la prevencion y actuacion ante las emergencias.

Libro I. De la prevencion de emergencias

1. Mientras estén en el ejercicio de su cargo, no podrán ser kickeadas las siguientes autoridades: El presidente del gobierno, el presidente del parlamento, el juez supremo y el defensor del pueblo.

2. Las penas que pudieran corresponderles como resultado de procesos judiciales o de actos sancionables por los cuerpos de seguridad, serán efectivas una vez finalicen los correspondientes mandatos.

Libro II. supuestos para emergencias

3. Habra tres clases de situaciones de emeregencia: Prevencion, conflicto, y crisis.

Capitulo I. Situaciones de prevencion

4. a)La llegada de de al menos tres usuarios en media hora, 5 en una hora, o 12 en un dia.

b)La llegada de usuarios conflictivos para el controlador.

c) Si en los siguientes 5 minutos a un kick, llega un nuevo usuario presutnamente relacionado con el kickeado.

d) Si lo solicita un comisario o un controlador

e) Cuando haya eleciones presidenciales, legislativas, o una mocion de censura.

Capitulo II. Situaciones de Conflicto

5 a) Cuando existan disturbios ocasionados por trolls

b) Cuando se destape alguna conspiracion para atentar contra el sistema

c) Cuando se de una huelga general, o de jueces, o de policias.

d) Si hubiere conflictos entre dos de los tres poderes.

e) Si se vulnerasen sistematicamente derechos fundamentales

f) Si faltasen policias o jueces suficientes para asegurar la normalidad.

Capitulo III. Situaciones de Crisis

6 a) Si se atacase el sistema democratico

b) si se atacase el sistema informatico

c) Si surgiesen dudas serias sobre la identidad del administrados del sistema informatico

d) Si no hubiese presidente

e)Si la policia abusase sistematicamente de su poder

f) Si el gobieno abusase sistematicamente de su poder

g) Si dimitiese sistematicamente el parlamento o los jueces

h) Si alguien fuere asesinado

i) Si se pone en peligro la continuidad de POL

j) Si se pusiesen en peligro las elecciones o la libertad de voto.

Libro III. De la defensa Civil

7) Existiran tres juntas directivas para afrontar emergencias: El gobierno de crisis, la Comision de Seguridad Nacionall, y la Junta de Defensa Civil

Capitulo I. Del Gobierno de Crisis

8) Ante un estado de alerta, el presidente del gobierno convocara un gobierno de crisis.

9) El gobierno de crisis estara presidido por el presidente, y formaran parte de el los ministros, el vicepresidente, y el defensor del pueblo.

10) El gobierno de crisis tendra mando directo sobre la policia y podra nombrar de forma temporal policias auxiliares.

11) El defensor del pueblo velara para que no se vulneren derechos fundamentales.

Capitulo II. De la Comision de Seguridad Nacional

12) Ante un estado de emergencia o excepcion, el presidente convocara una Comision de Seguridad Nacional (CSN)

13) La CSN estara presidida por el presidente, y formaran parte de ella el presidente del parlamento, el juez supremo, el defensor del pueblo, un desarrolklador, y un comisario.

14) La CSN tendra mando directo sdobre los policias y los fiscales. La CSN podra nombrar de forma tyemporal policias, fiscales, guias turisticos, y jueces auxiliares.

15) La CSN a traves de votacion por mayoria podra autorizar kicks preventivos a los ciudadanos que determine.

Capitulo III. De la Junta de Defensa Civil

16) Ante un estado de sitio o ley marcial, el presidente, el presidente del parlamento, o el juez supremo, podra convocar una Junta de Defensa Civil (JDC).

17) La JDC estara presidida por quien la convoco, y tomaran parte de ella el presidente, el presidente del parlamento, el juez supremo, el defensor del pueblo, y el administrador del sistema informatico.

18) La JDC podra aprobar la abolicion de la policia y la implantacion de las fuerzas especiales.

Capitulo IV. De las fuerzas especiales

19) Previa aprobacion de la JDC, esta ultima podra nombrar miembros de las fuerzas especiales.

20) Las fuerzas especiales se repartiran en divisiones. Cada division tendra un maximo de cinco agentes y un capitan.

21) La fuerza especiale estara formada por ciudadanos activos y con conocimientos de leyes y que nunca hayan sido condenados por abuso de poder o prevaricacion.

22) La fuerza especial  tendra las competencias de Policia, Fiscal y guia tursitico, y responderan directamente ante la JDC, que les encomendara unos objetivos claros y motivados.

Libro IV. Estados de Emergencia

Capitulo I. Estado de Calma

23) El estado de calma es el estado de normalidad, donde todo funciona segun dictan las demas leyes. Se corresponde al Defcon 5.

Capitulo II. Estado de Alerta

24) El Estado de Alerta lo aprobara el gobierno si se cumple al menos un supuesto de situacion de prevencion.

25) El presidente convocara un gobierno de crisis para afrontar los posibles conflictos.

26) Para declarar el estado de Alerta el presidente invocara el Defcon 4 y lo publicara en el BOPE.

27) El gobierno de crisis, cuando lo estime oportuno, declarara el estado de calma o invocara el estado de emergencia.

Capitulo III. Estado de Emergencia

28) El estado de emergecia lo aprobara el gobierno de crisis sis se da alguna situacion de conflicto.

29) El presidente convocara de urgencia una Comision de Seguridad Nacional.

30) Para declarar el Estado de Emergencia el presidente invocara el Defcon 3 y lo publicara y motivara en el BOPE.

31) Si la CSN ve que el caso es grave, propondra con urgencia al parlamento que apruebe el estado de Excepcion. Si no fuere tan grave, pdra declarar el estado de Alerta.

Capitulo IV. Estado de Excepcion

32) El Estado de Excepcion lo aprobara el parlamento de forma urgente respondiendo a la peticion de la CSN.

33) Para declarar el estado de Excepcion, tras la aprobacion del parlamento, el presidente, por la CSN, invocara el Defcon 2 y lo publicara en el BOP y lo explicara en el foro.

34) En el estado de Excepcion, la CSN incrementara directamente y sin oposiciones previas el cuerpo de policia con ciudadanos que estime dignos de confianza, ignorando las posibles incompatibilidades. Asi mismo, se pedira al administrador del sistema que la identificacion de policia prevalezca sobre las demas.

35) Si se diere alguna situacion de Crisis, la CSN convocara de urgencia la JDC, la cual podra aprobar el estado de Sitio.

Capitulo V. Estado de Sitio

36) El estado de sitio lo aprobara la JDC a peticion de la CSN.

37) Para declarar el estado de sitio el presidente o el administrador del sistema si no hubiere presidente, invocara el Defcon 1 y lo publicara y motivara en el BOP y en el Foro.

38) En el estado de sitio la JDC ostentara el poder ejecutivo. La JDC elegira un presidente que ostentara el cargo de presidente del gobierno, y los demas miembros ostentaran el cargo de vicepresidente.

39) La JDC impondra con celeridad las medidas oportunas para salir lo antes posible de cualquier conflicto.

40) La JDC ostentara el Juzgado Supremo, y podra emitir resoluciones como tal por estricta unanimidad incluyendo la posibilidad de expulsar ciudadanos.

41) Si lo estima oportuno, la JDC podra destituir en bloque al cuerpo de policia e imponer la fuerza espacial.

42) Si el conflicto fuere muy grave, la JDC podra declarar por unanimidad la Ley Marcial.

Capitulo VI. Ley Marcial

43) La ley marcial la aprobara la JDC.

44) La JDC ostentara el mando supremo de POL.

45) La JDC podra implantar la censura y el toque de queda, ademas la fuerza especial podra imponer kicks preventivos.

46) La JDC podra cerrar temporalmente el acceso a POL.

47) La Ley Marcial se publicara en el BOP, en el foro, y se notificara por mensaje global urgente.

48) Una vez superada la crisis, la JDC volvera al estado que sea necesario.

Libro V. Posibles contratiempos

49) Si alguno de los integrantes de los organos de control de crisis fuere responsable de los conflictos, el resto de miembros por unanimidad podran vetarlo.

50) Si este fuere el presidente, a efectos practicos para esta ley, todas sus funciones serian llevadas a cabo por el presidente del parlamento, y el parlamento en lugar de los ministros.

51) Si el parlamento dimitiese, no seria necesaria su aprobacion para los supuestos que fuere requerida.

52) Si los conflictos fueren muy graves, se podra saltar el estado que sea necesario, pero siempre cumpliendo los pasos necesarios para la aprobacion de los estados omitidos, asi por ejemplo para pasar del estado de alerta al estado de sitio sera necesaria la aprobacion del gobierno de crisis, de la CSN y del parlamento.

53) Esta ley no podra ser alterada a partir del estado de alerta.

Libro VI. De la proteccion de derechos

54) Al volver al estado de calma, todos los abusos y violaciones de derechos fundamentales ocurridos durante la vigencia de los estados de emergencia, seran juzgados por el juez supremo que previamente debera volver a ser ratificado de urgencia por el pueblo.

55) Los delitos ocurridos durante los estados de emergencia no prescriben nunca.

 




Creado el 2009-03-07, última edición hace 3 meses.
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