Preámbulo
En virtud del artículo 21 de la Constitución de Polesia, el gobierno viene en regular la Administración Publica, con el fin de prestar a los ciudadanos los servicios de seguridad, educación y atención por parte del Estado.
Título I - De la Policía
Capítulo 1 - Del Cuerpo de Policía
Artículo 1
El Cuerpo de Policía será el encargado de velar por el buen funcionamiento de los entornos de Chat y Foros públicos así como privados donde sean requeridos a fin de mantener un adecuado clima de cordialidad entre los ciudadanos, siendo el Gobierno será el encargado del buen funcionamiento de los cuerpos de seguridad.
Artículo 2
El Cuerpo de Policía estará formado por un comisario y un policía, ambos elegidos mediante oposición pública convocada por el gobierno, si bien, el Comisario tiene voz a la hora de elegir al opositor al cuerpo de policía en caso de haber más de un candidato. Adicionalmente, el Gobierno podrá incrementar el número de policías de forma temporal según las circunstancias que lo requieran, siendo establecida esa duración temporal en la propia oposición. En caso de despido o dimisión del policía titular, el policía temporal, de haberlo, pasaría a ser fijo.
Artículo 3
Son obligaciones del Cuerpo de Policía:
- Mantener el clima de cordialidad en chats y foros
- Conectarse diariamente, siendo motivo de despido permanecer desconectado más de 2 días.
- No obstante lo anterior, si un Comisario o Policía prevé faltar algunos días por causa justificada habrá de informarlo al gobierno con una antelación de 2 días a fin de que pueda contratarse un policía temporal.
- En todo caso, bajo ninguna circunstancia, los miembros del Cuerpo de Policía no podrán estar ausentes más de 6 días.
- Aplicar Kicks conforme al código sancionador establecido más adelante, incluyendo las pruebas pertinentes. La arbitrariedad fuera de dicho Código es motivo de despido por parte del Gobierno.
Artículo 4
En caso de ausencia de Comisario y Policía en el momento de comisión de algún acto tipificado en el código sancionador, el Presidente y el Vicepresidente están facultados para aplicar los kicks pertinentes incluyendo las pruebas correspondientes.
Capítulo 2 - Del Código Sancionador
Artículo 5 - Insultos
Se considera infracción de insultos el uso de vocabulario soez, vulgar o peyorativo. Así mismo se consideran insultos cualquier manifestación que suponga desprecio por Polesia, así como sus instituciones o ciudadanos. El ciudadano afectado por esta infracción podrá solicitar que le sea retirado el kick al sancionado, y así obrará el responsable en cuestión del Cuerpo de Policía.
El que profiriere insultos, será sancionado con un kick de entre 5 y 30 minutos, a determinar por el miembro del cuerpo policial que ejecute el kick dependiendo de la gravedad del insulto. Cada reincidencia será sancionada con un kick de tiempo inmediatamente superior al anterior.
Artículo 6 - Abuso de comandos
Se considera abuso de comandos el abuso reiterado de cualquiera de los comandos de VirtualPOL -incluidos los emoticonos y frases de sistema- más allá de una intención informativa.
El que cometiere abuso de comandos, será sancionado con un kick de entre 2 y 15 minutos, a determinar por el miembro del cuerpo policial que ejecute el kick dependiendo de la gravedad de la infracción. Cada reincidencia será sancionada con un kick de tiempo inmediatamente superior al anterior. Se considerará en cualquier caso como motivo de sanción, el uso de comandos de 3 o más veces durante una hora si no es relacionado con la conversación en la plaza.
Artículo 7 - Spam
Se considera spam la publicación reiterada de enlaces sin relación a Pol que no hayan sido solicitados o que no sean relativos a las conversaciones mantenidas en ese momento en Pol.
El que cometiere spam, será sancionado con un kick de entre 2 y 15 minutos, a determinar por el miembro del cuerpo policial que ejecute el kick dependiendo de la gravedad de la infracción. Cada reincidencia será sancionada con un kick de tiempo inmediatamente superior al anterior. Se considerará en cualquier caso como motivo de sanción, la publicación de spam de 3 o más veces durante una hora si no es relacionado con la conversación en la plaza.
Artículo 8 - Abuso de mayúsculas
Se considera abuso de mayúsculas la escritura de dos o más frases en mayúsculas en un periodo de tiempo menor a dos minutos. Se dejará a criterio del policía aquellas frases cuya longitud fuera exagerada a pesar de constituir una sola frase.
El que cometiere abuso de mayúsculas, será sancionado con un kick de entre 2 y 15 minutos, a determinar por el miembro del cuerpo policial que ejecute el kick dependiendo de la gravedad de la infracción. Cada reincidencia será sancionada con un kick de tiempo inmediatamente superior al anterior.
Artículo 9 - Conducta disruptiva
Se considera conducta disruptiva la intervención con el fin de molestar al resto de ciudadanos presentes, usando mensajes molestos a la vista, obscenos, violentos o que causen crispación.
El que adoptare una conducta disruptiva, será sancionado con un kick de entre 2 y 15 minutos, a determinar por el miembro del cuerpo policial que ejecute el kick dependiendo de la gravedad de la infracción. Cada reincidencia será sancionada con un kick de tiempo inmediatamente superior al anterior.
Título II - De la Educación
Artículo 10
La Educación debe contribuir al desarrollo de los ciudadanos dentro del Estado, valorando el esfuerzo de estos por aprender y dándoles su mérito con la correspondiente nota.
Artículo 11
El Cuerpo Docente de Pol está formador por un Profesor, elegido por oposición pública convocada por el Gobierno. Adicionalmente, el Gobierno podrá incrementar el número de profesores de forma temporal según las circunstancias que lo requieran, siendo establecida esa duración temporal en la propia oposición. En caso de despido o dimisión del profesor titular, el profesor temporal, de haberlo, pasaría a ser fijo.
Artículo 12
Son obligaciones del Cuerpo Docente:
- Crear y mantener al día los exámenes de cargos y empleos públicos, así como los de aquellos cargos cuya licencia privada deba ser otorgada por el gobierno.
- Mantener al día los temarios de estudio correspondientes para cada examen.
- Establecer la duración, preguntas y nota de corte de cada examen.
- Conectarse diariamente, siendo motivo de despido permanecer desconectado más de 2 días.
- No obstante lo anterior, si un Profesor prevé faltar algunos días por causa justificada habrá de informarlo al gobierno con una antelación de 2 días a fin de que pueda contratarse un profesor temporal si las circunstancias lo requieren.
- En todo caso, bajo ninguna circunstancia, los miembros del Cuerpo Docente no podrán estar ausentes más de 6 días.
Artículo 13
El incumplimiento de las obligaciones anteriores por parte de un Profesor, es motivo de despido.
Artículo 14
En caso de ausencia de Profesores, habiendo sido convocadas oposiciones, y no habiéndose presentado nadie, el Presidente está facultado para actualizar los exámenes.
En virtud del artículo 21 de la Constitución de Polesia, el gobierno viene en regular la Administración Publica, con el fin de prestar a los ciudadanos los servicios de seguridad, educación y atención por parte del Estado.
Título I - De la Policía
Capítulo 1 - Del Cuerpo de Policía
Artículo 1
El Cuerpo de Policía será el encargado de velar por el buen funcionamiento de los entornos de Chat y Foros públicos así como privados donde sean requeridos a fin de mantener un adecuado clima de cordialidad entre los ciudadanos, siendo el Gobierno será el encargado del buen funcionamiento de los cuerpos de seguridad.
Artículo 2
El Cuerpo de Policía estará formado por un comisario y un policía, ambos elegidos mediante oposición pública convocada por el gobierno, si bien, el Comisario tiene voz a la hora de elegir al opositor al cuerpo de policía en caso de haber más de un candidato. Adicionalmente, el Gobierno podrá incrementar el número de policías de forma temporal según las circunstancias que lo requieran, siendo establecida esa duración temporal en la propia oposición. En caso de despido o dimisión del policía titular, el policía temporal, de haberlo, pasaría a ser fijo.
Artículo 3
Son obligaciones del Cuerpo de Policía:
- Mantener el clima de cordialidad en chats y foros
- Conectarse diariamente, siendo motivo de despido permanecer desconectado más de 2 días.
- No obstante lo anterior, si un Comisario o Policía prevé faltar algunos días por causa justificada habrá de informarlo al gobierno con una antelación de 2 días a fin de que pueda contratarse un policía temporal.
- En todo caso, bajo ninguna circunstancia, los miembros del Cuerpo de Policía no podrán estar ausentes más de 6 días.
- Aplicar Kicks conforme al código sancionador establecido más adelante, incluyendo las pruebas pertinentes. La arbitrariedad fuera de dicho Código es motivo de despido por parte del Gobierno.
Artículo 4
En caso de ausencia de Comisario y Policía en el momento de comisión de algún acto tipificado en el código sancionador, el Presidente y el Vicepresidente están facultados para aplicar los kicks pertinentes incluyendo las pruebas correspondientes.
Capítulo 2 - Del Código Sancionador
Artículo 5 - Insultos
Se considera infracción de insultos el uso de vocabulario soez, vulgar o peyorativo. Así mismo se consideran insultos cualquier manifestación que suponga desprecio por Polesia, así como sus instituciones o ciudadanos. El ciudadano afectado por esta infracción podrá solicitar que le sea retirado el kick al sancionado, y así obrará el responsable en cuestión del Cuerpo de Policía.
El que profiriere insultos, será sancionado con un kick de entre 5 y 30 minutos, a determinar por el miembro del cuerpo policial que ejecute el kick dependiendo de la gravedad del insulto. Cada reincidencia será sancionada con un kick de tiempo inmediatamente superior al anterior.
Artículo 6 - Abuso de comandos
Se considera abuso de comandos el abuso reiterado de cualquiera de los comandos de VirtualPOL -incluidos los emoticonos y frases de sistema- más allá de una intención informativa.
El que cometiere abuso de comandos, será sancionado con un kick de entre 2 y 15 minutos, a determinar por el miembro del cuerpo policial que ejecute el kick dependiendo de la gravedad de la infracción. Cada reincidencia será sancionada con un kick de tiempo inmediatamente superior al anterior. Se considerará en cualquier caso como motivo de sanción, el uso de comandos de 3 o más veces durante una hora si no es relacionado con la conversación en la plaza.
Artículo 7 - Spam
Se considera spam la publicación reiterada de enlaces sin relación a Pol que no hayan sido solicitados o que no sean relativos a las conversaciones mantenidas en ese momento en Pol.
El que cometiere spam, será sancionado con un kick de entre 2 y 15 minutos, a determinar por el miembro del cuerpo policial que ejecute el kick dependiendo de la gravedad de la infracción. Cada reincidencia será sancionada con un kick de tiempo inmediatamente superior al anterior. Se considerará en cualquier caso como motivo de sanción, la publicación de spam de 3 o más veces durante una hora si no es relacionado con la conversación en la plaza.
Artículo 8 - Abuso de mayúsculas
Se considera abuso de mayúsculas la escritura de dos o más frases en mayúsculas en un periodo de tiempo menor a dos minutos. Se dejará a criterio del policía aquellas frases cuya longitud fuera exagerada a pesar de constituir una sola frase.
El que cometiere abuso de mayúsculas, será sancionado con un kick de entre 2 y 15 minutos, a determinar por el miembro del cuerpo policial que ejecute el kick dependiendo de la gravedad de la infracción. Cada reincidencia será sancionada con un kick de tiempo inmediatamente superior al anterior.
Artículo 9 - Conducta disruptiva
Se considera conducta disruptiva la intervención con el fin de molestar al resto de ciudadanos presentes, usando mensajes molestos a la vista, obscenos, violentos o que causen crispación.
El que adoptare una conducta disruptiva, será sancionado con un kick de entre 2 y 15 minutos, a determinar por el miembro del cuerpo policial que ejecute el kick dependiendo de la gravedad de la infracción. Cada reincidencia será sancionada con un kick de tiempo inmediatamente superior al anterior.
Título II - De la Educación
Artículo 10
La Educación debe contribuir al desarrollo de los ciudadanos dentro del Estado, valorando el esfuerzo de estos por aprender y dándoles su mérito con la correspondiente nota.
Artículo 11
El Cuerpo Docente de Pol está formador por un Profesor, elegido por oposición pública convocada por el Gobierno. Adicionalmente, el Gobierno podrá incrementar el número de profesores de forma temporal según las circunstancias que lo requieran, siendo establecida esa duración temporal en la propia oposición. En caso de despido o dimisión del profesor titular, el profesor temporal, de haberlo, pasaría a ser fijo.
Artículo 12
Son obligaciones del Cuerpo Docente:
- Crear y mantener al día los exámenes de cargos y empleos públicos, así como los de aquellos cargos cuya licencia privada deba ser otorgada por el gobierno.
- Mantener al día los temarios de estudio correspondientes para cada examen.
- Establecer la duración, preguntas y nota de corte de cada examen.
- Conectarse diariamente, siendo motivo de despido permanecer desconectado más de 2 días.
- No obstante lo anterior, si un Profesor prevé faltar algunos días por causa justificada habrá de informarlo al gobierno con una antelación de 2 días a fin de que pueda contratarse un profesor temporal si las circunstancias lo requieren.
- En todo caso, bajo ninguna circunstancia, los miembros del Cuerpo Docente no podrán estar ausentes más de 6 días.
Artículo 13
El incumplimiento de las obligaciones anteriores por parte de un Profesor, es motivo de despido.
Artículo 14
En caso de ausencia de Profesores, habiendo sido convocadas oposiciones, y no habiéndose presentado nadie, el Presidente está facultado para actualizar los exámenes.