POL
225312 Eltomash
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Pregunta de un asambleario al Gobierno por una posible inconstitucionalidad

El Decreto 6-2021 reza:

[color=#111111][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b][color=inherit]Artículo 7. Uso Limitado de Espacios Públicos[/color][/b]
Los espacios públicos que no sean objeto de especial protección constitucional, derivada de constituir un medio fundamental para el ejercicio de derechos fundamentales, requerirán un mínimo de patrimonio de 500 monedas para poder acceder a los mismos. Tal restricción se aplicará a los subforos General, Empresas, Nobleza y [b]Religiones[/b].[/font][/color]

[font=Arial, Helvetica, sans-serif]Y la CPol reza:[/font]

[font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#111111][size=5][font=Arial, Helvetica, sans-serif]b) Derecho de libertad religiosa y de opinión política, sin obligación de declarar sobre ideología, religión y creencias[/font][/size][/color][/font]

[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Me gustaría preguntar al Gobierno si considera que está limitando este derecho constitucional. Aclaro que una rectificación sería bien recibida por este miembro del PL, y una poco meditada y chabacana me empujaría directamente a la Consulta en sede judicial.[/font][/size]

 1      Orden: Fecha | Votos 1 mensajes en este hilo creado hace .
224206 Lector
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#[b]Gobierno del Estado de Pol - Presidencia de la República[/b]

Buenas tardes, @eltomash2:

Siento no haberle contestado con anterioridad, pero al no haberme citado acabo de darme cuenta de que este hilo existía. Para evitar tales circunstancias, ruego que en posteriores preguntas deje claro el destinatario, de tal forma que incluso cuando yo no estuviera presente, me saltara la alerta de que era requerido aquí cuando me conectara.

En cualquier caso, vayamos al asunto que nos ocupa. Y seré breve, porque creo que no hay mucho que decir al respecto. Una cosa es el derecho de libertad religiosa y de opinión política, que podríamos resumir en el derecho a la libertad ideológica en sentido amplio; y otra cosa es que tal derecho pueda ejercerse en todos los lugares. Esto es, todo ciudadano polés puede creer en el dios o entidad sobrenatural que le venga en gana, ser socialdemócrata, liberal o conservador o comunista, pensar que el aborto está bien o mal o que la energía nuclear será la salvación de la humanidad o que es una porquería. Y no se le pone restricción alguna, no ya para pensar cualquiera de tales cosas, sino para que así lo puedan manifestar en diversos espacios públicos tales como el chat público, en la asamblea legislativa, etc.

Quiero decir, el hecho de que haya un subforo cerrado, aunque orientado al hecho religioso, no quiere decir que el derecho de manifestar públicamente opiniones sobre sus creencias esté coartado, ya que siguen existiendo numerosos cauces para realizar las mismas en total libertad. Al igual que no todos los sitios son adecuados para decir cualquier cosa (no sería, por ejemplo, razonable pensar que en subforo de justicia se puede comenzar de la nada un debate teológico sobre la creación de la vida según la doctrina kidemonita o la trideidaria), limitar un servicio público extra que se pone a disposición de algunos ciudadanos que cumplen ciertos criterios a fin de conseguir un objetivo (dar valor a la moneda) no significa que haya ningún derecho que sufra ningún perjuicio. Por tal razón de tres, en cualquier caso, todo debería ser gratuito y se deberían dar las facilidades máximas para todo, pues cualquier criterio mínimo perjudicaría siempre a alguien que podría argüir una limitación de alguno de sus derechos de forma inaceptable.

En definitiva, el Gobierno opina que el derecho se puede ejercer libremente con totales garantías en diversos lugares del Estado de Pol, de tal forma que no se encuentra limitado, pues su ejercicio está plenamente garantizado.

Atentamente,

D. Lector de Tudolor y Trastocada
[i]Presidente de la República de Pol[/i]

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