POL
221993 Chiribito
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Caso Banco Argentino vs La Bolsa Polesa

Dado que David18 se ha autoeliminado y no hay juez, publico aquí la fórmula enviada para que quede pública constancia:

AL JUZGADO DE POL

Don Chiribito, jurista de la República de Pol, en nombre y representación de D. Lucho1207, ante el Juzgado comparezco y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:

Que siguiendo instrucciones de mi representado interpongo DENUNCIA por Estafa y Arpopiación indebida contra La empresa denominada La Bolsa Polesa y su presidente @David18, con base en los hechos y fundamentos de derecho se detalla.


HECHOS

PRIMERO.- La empresa denominada La Bolsa Polesa, desarrolla actividades financieras de compraventa de acciones, con variación de cotizaciones de las mimas, pero se halla en el sector del rol, categoría que entra dentro del ocio y entretenimiento según el decreto de actividades https://pol.virtualpol.com/doc/decreto-de-actividad-empresarial en vez de en el de sector financiero.
SEGUNDO.- D. David18 vende acciones de una serie de empresas reales y ficticias cuyo precio va variando al alza o a la baja en función de unos criterios x. Para dicha compraventa de acciones, establece en sus bases que ha de hacerse mediante contrato notarial, sin embargo, se producen ingresos en la cuenta de la empresa sin que medie dicho contrato.
[quote] Los usuarios podrán comprar y vender tantas acciones como quieran, aunque deberán hacerlo con un notario mediante para que quede constancia de la transacción.[/quote]
TERCERO.- En sus bases establece también que la compraventa debe ser entre particulares, y que la empresa La Bolsa Polesa, solo recompra si los propietarios de empresas reales con acciones en la bolsa quieren reducir su número, quedando por tanto fuera de recompra el grupo de empresas ficticias.
[quote]-La venta de acciones sólo se puede realizar entre particulares, la propia bolsa sólo comprará acciones cuando alguna empresa en particular quiera reducir el número de acciones disponibles.[/quote]
CUARTO.- Visto lo anterior, ocurre que aparte de no mediar contratos ni de exigirse que los compradores y vendedores sean particulares, resulta que hay otras empresas comprando acciones, saltándose sus propias bases.
QUINTO.- El sistema por tanto no permite recuperar el dinero salvo que sea invertido en empresas reales cuyos dueños quieran recuperar sus acciones. Las empresas ficticias compradas a precio bajo, suben su precio, pero al tener un precio alto ya no hay nadie que lo quiera comprar, por no decir que no tiene ningún sentido comprar dichas acciones, pues si bien, en una bolsa real, donde las acciones suben y bajan variando su precio, puedes tener ingresos con su compraventa, también está la posibilidad de participación en los beneficios de dichas empresas en el tanto porcentual de las acciones que se poséan, eso aquí no ocurre porque son empresas ficticias. Paja o humo, muy bonito que aparenta subir pero que nadie recompra, manteniendo el dinero retenido en la empresa sin posibilidad de sacarlo, produciéndose los delitos que presentamos a consideración del tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I
DE LA COMPETENCIA. Es competente el Juzgado de POL, sea la sala de Paz o la del Supremo al ser una denuncia.

II
REPRESENTACIÓN. Mi mandante está representado en este procedimiento por el jurista que suscribe, con arreglo a lo previsto en el artículo 21 de la ley del poder judicial.

III
DE LA LEGITIMACIÓN PASIVA. Corresponde al denunciado por ser el causante de LO QUE HAYA CAUSADO.

PRUEBAS

Aporto las siguientes pruebas, compatibles con el cumplimiento del artículo 30 de la ley del poder judicial y en orden descendente de importancia, garantizando que no han sido modificadas ni alteradas con mala fe.

https://i.ibb.co/82VWpP3/bolsavp.png
https://i.ibb.co/TWD9Pjr/bolsavp2.png
https://pol.virtualpol.com/foro/empresas/bolsa-en-vp
https://pol.virtualpol.com/empresas/roleo/la-bolsa-polesa
https://pol.virtualpol.com/pols/cuentas/1041/

Por lo expuesto,

SUPLICO AL JUZGADO: Que habiendo por presentado este escrito con los documentos acompañados al mismo, se sirva admitirlo, me tenga por comparecido en nombre de la parte actora y por interpuesta denuncia de JUICIO ORDINARIO contra La Bolsa Polesa y David18, se emplacen a los mismos al objeto de que comparezcan si a su derecho conviniere y previos los trámites procesales, se dicte sentencia en su día por la que se condene a las penas tipificadas en el código penal para tales delitos además de devolver el dinero cuya apropiación y estafa denunciamos. Así mismo, rogamos que el tribunal se pronuncie sobre las costas de la forma más acorde a derecho.

Por ser de justicia, que respetuosamente solicito en la República de Pol en fecha 6 de Julio de 2020:

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