POL
sir
+1

Como saber si una conducta es delito o no

Hilo hecho por:
Sir I de Pol.

LLamo a @lector que suele estar interesado (a veces) en mis hilos sobre derecho. Aunque me haría ilusión si todos aprendierais algo jaja

En este hilo os voy a explicar, de una manera SIMPLE, FACIL el concepto de DELITO en España. Va a ser un hilo cortito donde iré al grano. Voy a explicar sucíntamente TODOS LOS CONCEPTOS, por lo que

Para que una conducta sea considera delictiva tiene que cumplir con todos los requisitos que voy a detallar ahora mismo.

[u][b]1.- EXISTENCIA DE UNA "ACCIÓN" [/b][/u]
El [u][b]art. 1.1 del Código Penal español[/b][/u] dice lo siguente: "No será castigada ninguna [b]acción [/b]ni omisión que no esté prevista como delito por ley anterior a su perpetración"

-->Una acción es un MOVIMIENTO CORPORAL VOLUNTARIO. Las acciones provienen de SISTEMA NERVIOSO CENTRAL.
-->Nuestro sistema penal es un "sistema penal del hecho" lo que quiere decir que no se castigan prensamientos.

Existen determinados "movimientos corporales" que aunque provienen de un cuerpo humano, no pueden considerarse voluntarios, por lo tanto, en estos casos, diríamos que NO HAY ACCIÓN. Me refiero a:
1.- Movimientos reflejos (ej. un estornudo). Los movimientos aprendidos no cuentan (un frenazo)
2.- Fuerza física irresistible (ej. te empujan). La violencia no física (es decir, mental) no cuenta
3.- Incosciencia absoluta (ej. pierdes la consciencia).

No nos podemos olvidar de las conductas omisivas, donde la "acción" consiste en una "no acción". Distinguimos entre omisión pura y comisión por omisión.

[u][b]2.- COMPROBAR SI LA "ACCIÓN" ENCAJA EN UN TIPO PENAL[/b][/u]
Esto se vincula al PRINCIPIO DE LEGALIDAD. El artículo 1 nos dice que solo las conductas tipificadas en la ley puede ser delito. En la constitución pone que se prohibe la analogía de las normas penales, por lo que nos encontramos ante un principio de tipicidad estricto.

--> Tenemos una "acción u omisión" y un "resultado". Hay que establecer una relación entre estos dos conceptos que nos permita relacionarlos.
--> Esto es lo que se denomina como [u][b]RELACIÓN DE CAUSALIDAD. [/b][/u]Existen muchas teorías acerca de este tipo de teorías, cada autor dice una cosa. Para simplificarlo todo me voy a centrar en la más importante, y usada por la jurisprudencia española: [u][b]TEORIA DE LA EQUIVALENCIA DE LAS OPCIONES[/b][/u] O DE LA [u][b]CONDITIO SINE QUA NON[/b][/u]. Esta teoría nos dice que es causa toda conducta, que eliminada mentalmente, hubiera hecho que el resultado no se produzcza.
--> Como vemos, es una teoría muy amplia, por ello existen las llamadas teorías de [u][b]IMPUTACIÓN OBJETIVA,[/b][/u] que lo que hacen es imputar ese hecho, efectivamente a un sujeto, destaco, [u][b]LA TEORÍA DE LA CAUSA EFICIENTE[/b][/u]



[u][b]3.-¿LA ACCIÓN TIPÍCA ES SIEMPRE CONTRARIA A LA LEY? ANTIJURIDICIDAD. [/b][/u]
Se presume que toda acción "típica" (es decir, tipificada como delito) es contraria a la ley. Sin embargo, hay una serie de circunstancias que provocan que tu puedas realizar una conducta que es "delito" según la ley y que NO SEA CONSIDERADO DELITO.

SOn las llamadas [b]CAUSAS DE JUSTIFICACIÓN[/b]. Reciben este nombre porque JUSTIFICAN UNA CONDUCTA TÍPICA. Si está presente alguna de estas causas, no es que no podamos condenar al autor, es que directamente no hay delito.

Son 4
[ul]
[li]Legítima defensa[/li]
[li]Estado de necesidad (justificante)[/li]
[li]Obrar en cumplimiento de un deber propio o de un cargo u oficio [/li]
[li]Consentimiento ofendido (ciertos delitos)[/li]
[/ul]

[b]A[/b]quí nos encontramos con los llamados [b]ERRORES SOBRE LOS ELEMENTOS DEL TIPO[/b]-->Básicamente es cuando un sujeto actua pensando que no está cometiendo el tipo penal (ej. Un sujeto mantiene relaciones sexuales con una menor de 16 años pensando que tiene mayor edad). Si el error es invencible (es decir, no hay forma de que el sujeto pudiera haberlo conocido, se excluye la tipicidad, sin embargo, si el error es vencible, se condena al sujeto como delito imprudente, bajando la pena 1 o 2 grados). Si os interesa os enseñaré a calcular penas, pasando de un feo "de 15 a 25 años" a una pena concreta.

[u][b]4. ¿TODO SUJETO QUE COMETE UN DELITO MERECE SER CONDENADO? CULPABILIDAD[/b][/u]
Son las llamadas "causas de excupación". Tenemos una acción, que es típica (encaja en un precepto del Código Penal), Además es Antijurídica (por lo que es delictiva). Lo único que nos falta es saber si la persona que la ha cometido puede ser culpable o no

Inimputables (no se les puede imputar un delito)
[ul]
[li]Menores de 18 (se aplica la Ley del Menor) y menores de 14 (No hay responsabilidad criminal)[/li]
[li]Grave alteración de la percepción (taraos de la cabeza)[/li]
[li]Intoxicación plena (muy, pero que muy plena). [/li]
[/ul]

Inculpabilidad (no se le puede culpar por un delito).
[ul]
[li]Estado de necesidad exculpante (si os interesa la diferencia entre un estado de necesidad justificante y uno exculpante,me lo decís). [/li]
[li]Miedo insuperable[/li]
[li]Errores de prohibición--> No sabes que tu conducta puede llegar a ser delictiva (ej. un señor de una tribu mantiene relaciones sexuales consentidas con una menor de 16 años. En su tribu esta conducta se ve normal, por lo que el no puede llegar a saber que en nuestro pais está prohibido). Para que opere esta causa, el error debe ser INVENCIBLE. La jurisprudencia es muy estricta con este tema. [/li]
[/ul]

[u][b]5.- ¿ES PERSEGUIBLE TODO DELITO? PUNIBILIDAD [/b][/u]
Los delitos "caducan" o "prescriben cuando pasa un plazo. Una vez ese plazo se ha cumplido, no pueden hacer nada contra ti, por lo que el delito te ha salido "gratis".

Existen ciertos delitos que requieren de una denuncia previa para poder ser perseguidos, son los llamados "delitos privados".


PUES ESO ES TODO. te ha interesado????
Te interesa saber que ocurre cuando cometes varios delitos?? como se suman las penas
Te interesa la diferencia entre un estado de necesidad "justificante" y uno "exculpante"
He escrito esto y no se lo va a leer nadie???? pues seguramente

 1      Orden: Fecha | Votos 4 mensajes en este hilo creado hace .
sir
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#Triste xq nadie me da bola (:

225310 Theomore
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#Muy interesante, @Leyen. A mi tambien me interesan mucho estos hilos :D 

Haz algo de administrativo :troll:

sir
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#[quote=Theomore] Muy interesante, @Leyen. A mi tambien me interesan mucho estos hilos :D 

Haz algo de administrativo :troll: [/quote]
Creo que eres la única persona en todo pol que le interesan estas cosas :(

225310 Theomore
+0

#Nah, pero esta esto paradillo.

 1 

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