POL
224679 Eltomashillo
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[Rueda de Prensa] Novedades en los Decretos

Buenas tardes a todos. Procedo a contar algunos cambios normativos que hemos introducido en los Decretos para aumentar el grado general de la ciudadanía:

[b]Los cambios en el Decreto de Seguridad[/b]

El Gobierno ha cambiado el artículo 1 del Decreto de Seguridad que ahora reza:

[quote]Artículo 1. El cuerpo de seguridad de Pol está formado por un comisario elegido por el gobierno mediante oposición y de conformidad con la Ley de Liberalización y Privatización de Servicios Públicos, por una empresa concesionaria de servicios policiales. El comisario dispondrá a la concesionaria cuántos policías son necesarios.[/quote]

[b]Y, ¿esto qué implica?[/b]

- El sistema ha pasado de ser público a mixto (público-privado). La figura del comisario sigue siendo un servidor público que controla y gestiona el sistema policial de Pol. Pero las tareas de la policía recaen sobre una empresa concesionaria; de tal forma que se delega en esta empresa esas tareas. Ahora el comisario decide el número de policías que hay en Pol.


[b]Los cambios en el Decreto de Subvenciones y Premios[/b]

El Presidente Abascal promulgó las siguientes nuevas subvenciones:

[quote]Artículo 5.- De la subvención para la contratación.

Las empresas debidamente inscritas en el Registro Mercantil podrán solicitar una subvención para la contratación de nuevos empleados. Dicha subvención comportará el pago del Salario Mínimo durante dos semanas a los nuevos trabajadores. Así, el empresario complementará el salario del empleado. Será creado un cargo a tal efecto, con el fin del pago automático.

Artículo 6.- Subvención por actividad.

Las empresas debidamente inscritas en el Registro Mercantil podrán solicitar una subvención por actividad siempre y cuando hubieren mostrado actividad notoria en los últimos 15 días. El Gobierno determinará la cuantía de la subvención en función de las condiciones de cada empresa.[/quote]

[b]Y, ¿esto qué implica?[/b]

Por una parte el Estado sufragará el salario mínimo de tus nuevos empleados durante 15 días. Tú estableces el salario y las dos primeras semanas el Estado contribuye en parte a ese salario para aligerarte esa carga mientras consigues hacer rentable tu negocio.

Por otra, se establece una subvención por actividad para empresas activas en un periodo de 15 días.

[b]Sobre el Decreto del Cuerpo amanuense[/b]

Se ha modificado el Decreto para que el amanuense sea un empleado público o privado, según criterio del Ejecutivo.

En este sentido, se ha optado por crear una concesión de estos servicios a una empresa y no una oposición.

[b]Sobre el Decreto del procedimiento del Recurso Administrativo:[/b]

Se aconseja encarecidamente su lectura >> https://pol.virtualpol.com/doc/decreto-del-procedimiento-del-recurso-administrativo

Se establece un procedimiento previo a la vía judicial para dirimir aquello en lo que, como interesados con capacidad de obrar, consideréis que no se han respetado vuestros derechos o existen vicios en el procedimiento.

Se busca: aligerar los recursos judiciales y dar al Gobierno capacidad para responder a vuestras inquietudes y reparar los (posibles) daños causados.

Todas las administraciones dependientes del Gobierno están supeditadas a este Decreto:

[quote]El presente Decreto se aplica al sector público, que comprende:
a) La Administración Pública del Estado.
b) La Hacienda Pública.
c) El Régimen de concesiones, licencias y actividades económicas.
d) Los actos administrativos del Gobierno.[/quote]

Respondemos preguntas!

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224679 Eltomashillo
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#Se ha modificado el Decreto de Empresas para reducir el número de trámites a realizar en la ventanilla única. Ahora el artículo 2 del Decreto reza:

[quote]Para registrar una empresa en el Registro Mercantil de Pol el interesado inscribirá su empresa en la ventanilla única y este registro tendrá carácter inmediato. El Gobierno trasladará dicha inscripción al Registro Mercantil. Las empresas registradas deberán mantener en su página web toda la información que se detalla aquí:
a) Directivos y sus sueldos
b) Trabajadores y sus sueldos
c) Parcela en el mapa y enlace a contrato inmobiliario, si la parcela es de alquiler.
d) Enlace a la cuenta.[/quote]

Es decir: [b]ahora el registro de tu empresa en el Registro Mercantil es INMEDIATO.[/b] Tendrás que notificar dicho Registro para que te sea aplicada la exención de impuestos (artículo 1 del Decreto) y para pedir la subvención. Pero no tendrás que esperar a una respuesta para poder iniciar tu actividad económica.

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