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Contrato de Préstamo Bancario entre el Banco Z y SilContrato de Préstamo Bancario entre el Banco Z y SilReunidos D. @sil , ciudadano de la República de Pol; y D. @lector , ciudadano y banquero de la República de Pol y Director de Operaciones de la empresa "Banco Z", debidamente inscrita como prestataria de servicios financieros; Exponen - Que Lector, como director de operaciones de "Banco Z", entidad legalmente constituida al amparo del Nuevo Decreto de Actividad Empresarial (Decreto de Empresas) registrada en el Registro Mercantil y de conformidad con el artículo 11 del decreto anterior, la entidad ofrece préstamos a sus clientes. - Su intención mutua de constituir un préstamo que se rija bajo las siguientes Condiciones PRIMERA.- El Banco Z pondrá a disposición de D. Sil la cantidad de 525 :moneda: tras la formalización del presente contrato. SEGUNDA.- El interés de la operación se fija en un 2% simple siendo el plazo inicial del préstamo de 7 días desde la formalización del presente contrato, pudiendo ser prorrogado en ese momento de forma semanal. Cada 7 días, los lunes, se devengará un interés simple del 2% sobre el capital vivo del préstamo (esto es, capital prestado e intereses devengados). La duración máxima del préstamo será de 5 semanas desde la formalización del presente contrato. TERCERA.- El cliente podrá devolver al Banco Z el importe compuesto por el capital prestado y los intereses devengados en cualquier momento desde la emisión del préstamo hasta su vencimiento. CUARTA.- Las costas de licencia para el presente contrato serán por cuenta de D. Sil, con un coste de 25 :moneda: pagaderas a Eltomash y Asociados. Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente contrato. |
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| #Yo, Lector de Tudolor y Trastocada, Barón de Altocampo, Caballero de la Orden de Honor de la República de Pol y Primer Emérito de la Sacra y Primigenia Iglesia del Kidemonas, como Jefe de Operaciones de Banco Z, ante el Guardián Supremo del Orden, al que pido consejo y sabiduría, | ||
| #Yo, Sil | ||
| #De cuyas voluntades doy fe | ||
| #Por la presente y siguiente instrucciones del acreedor, esto es el Banco Z, queda paralizado el préstamo, interrumpiendo los intereses devengados hasta nuevo aviso, sin que ello comporte en ningún caso la extinción de la deuda. | ||
| #[b]Contrato de cesión de crédito entre el Banco Z y D. Kendel[/b] | ||
| #Firmo | ||
| #Yo, Lector de Tudolor y Trastocada, Barón de Altocampo, Caballero de la Orden de Honor de la República de Pol y Primer Emérito de la Sacra y Primigenia Iglesia del Kidemonas, como Jefe de Operaciones de Banco Z, ante el Guardián Supremo del Orden, al que pido consejo y sabiduría, | ||
| #De cuyas voluntades doy fe |
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