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[Parlamento] Regulación del derecho a la huelgaEstimados diputados, la constitución en su artículo 19.2 reconoce la existencia del derecho a la huelga e insta a que el mismo sea reconocido por medio de la Ley por tanto propongo la siguiente modificación a la Ley de Sindicatos y renombrarla como "Ley de los Trabajadores"[quote] Capítulo 3: sobre el derecho a la huelga Artículo 1. Todos los ciudadanos tanto públicos como privados tienen derecho a declararse en huelga. Artículo 2. Con el objetivo de distinguir los ciudadanos que se encuentran eejerciendo su derecho a la huelga el gobierno creará un hilo que servirá de registro. Artículo 3. Los empleados que se declaren en huelga no podrán ser despedidos por motivos de bajo rendimiento. Artículo 4. El gobierno podrá reducir o incluso eliminar el salario del cargo o cargos que estén en huelga. Artículo 5. Si algún miembro de un cargo declarado en huelga decidiera no adherirse a esta cobrará su sueldo por medio de transacciones del gobierno. [/quote] En esencia es el decreto que promulgue en su día con algún cambio menor. Señorías @Eltomash @JM_Keynes les invito a participar. |
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1 Orden: Fecha | Votos 4 mensajes en este hilo creado hace . | |||
| #Protesto enérgicamente al Presidente del Parlamento por la consideración de D. JM_Keynes como Diputado. | ||
| #[quote=Eltomash] Protesto enérgicamente al Presidente del Parlamento por la consideración de D. JM_Keynes como Diputado. | ||
| #Lo veo bien, es interesante esta regulación. | ||
| #[quote=Eltomash] Protesto enérgicamente al Presidente del Parlamento por la consideración de D. JM_Keynes como Diputado. |
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