|
[Parlamento] Modificación de la Ley del ParlamentoPropongo la siguiente inclusión en el "Título VI: de las proposiciones de Ley":[b]Artículo 18. El Presidente de la República de Pol y el Juez Supremo podrán iniciar propuestas legislativas, como cualquier ciudadano, salvo que no requerirán la intermediación de un diputado, pudiendo ellos mismos presentar su propuesta de Ley. El ponente podrá intervenir en el debate normalmente sin derecho a voto.[/b] ¿Motivos? Agilizar la comunicación entre el poder Ejecutivo y el Legislativo, permitiendo que desde el Ejecutivo puedan presentar sin intermediarios propuestas legislativas. |
||
1 2 Orden: Fecha | Votos 11 mensajes en este hilo creado hace . | |||
| #Queda aprobada por unanimidad. |
Para poder participar en esta conversacion has de registrar tu ciudadano