POL
224206 Lector
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[Parlamento] Nueva Ley de Educación

Señorías, el Gobierno de la República de Pol presenta ante ustedes el siguiente Proyecto de nueva Ley de Educación:

https://pol.virtualpol.com/doc/nueva-ley-de-educacion

Fundamentalmente los cambios son:
1) Formateo general del estilo de la Ley con títulos, negritas y cursiva. El redactado actual es horroroso a ese respecto.
2) Reforma integral del Título II para cambiar radicalmente el modelo de gestión de la educación.
3) Inclusión del concepto de examen vacío en el artículo 6 y modificación de los artículos siguientes para incluirlo.
4) Disposición transitoria para garantizar una transición entre modelos educativos segura y con garantías, negociada entre el Gobierno y el sindicato.
5) Cambios menores en el resto del articulado para dar mayor consistencia a la Ley, según estos cambios comentados.

Tomaré la palabra personalmente ante el pleno para defender este proyecto de ley.

1 2 3  4      Orden: Fecha | Votos 38 mensajes en este hilo creado hace .
224206 Lector
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#Buenas, acabo de modificar el tema del finiquito. Respecto a la exposición de motivos que comentaba @Theomore, en la última modificación ya se incluia un preámbulo.

¿Se puede pasar a votación?

224516 Theomoro
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#Por mi sí, @Eltomash.

203938 Byzantium
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#A mi no me queda claro qué diputados estan a favor y en contra de la reforma. No deja de ser un tema espinoso, por buena que sea la redacción. Ni siquiera sé lo que voy a votar. El tema ideológico no ha sido debatido.

224679 Eltomashillo
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#Pasamos a votación.

224679 Eltomashillo
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#Resultados de la votación:

A favor: 71 escaños
En contra: 71 escaños

Al no haberse alcanzado la mayoría simple de la cámara (más síes que noes) la propuesta queda rechazada. No obstante, me gustaría pedir al Gobierno que considerase mantener abierto este debate para proponer un texto que satisfaga a la mayoría de la cámara.

224679 Eltomashillo
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#Sugerencias para la Ley:

- Que el artículo 3 quede como planteó Theomore. Es decir, que el número de profesores no dependa de la cantidad de ciudadanos en Pol, sino de las necesidades del país en cada momento y delegando en el [b]decano[/b].

- Que el artículo 4 quede asÍ:

[quote]Artículo 4. Del Sistema Educativo Público
El sistema educativo público consta de un (1) Decano, nombrado por el Gobierno tras oposiciones públicas, y de tantos Profesores como fuese necesario para cumplir con esta Ley y con las necesidades docentes oportunas, nombrados por el Decano tras oposiciones públicas.
El modelo educativo del Pol es público, sin perjuicio de que el Gobierno vía decreto delegue competencias en empresas privadas.
Decanos y profesores serán cesados de su cargo en caso de revelación de preguntas o respuestas de los exámenes o por dejadez de las funciones de su cargo.[/quote]

- Que el artículo 5 quede así:

[quote]
Artículo 5. De la Gestión Privada de la Educación
a) El Gobierno podrá convocar, como máximo una vez cada dos semanas, un concurso público abierto a todas las empresas debidamente registradas en el Registro Mercantil y que tuvieren la licencia correspondiente que acreditara al ejercicio de la docencia.
b) De las empresas que se presentaren se elegirá la que mejor cumpliere las [b]competencias[/b] que el Gobierno estableciera en el concurso público del literal previo, de acuerdo a lo establecido en esta Ley.
c) El Gobierno podrá rescindir el contrato con la empresa cuando esta reiteradamente incumpliere sus funciones o los términos del concurso público por el que accedió a tal concesión. En caso de revelación de preguntas o respuestas de los exámenes se solicitará a la empresa el despido del trabajador que hubiere incurrido en tales comportamientos, rescindiendo el contrato en caso de negativa de la empresa en dicho sentido.
d) De no estar vigente ningún contrato para el desarrollo de la función educativa, se encargará de tal función el Sistema Educativo Público.[/quote]

Espero tu respuesta, @Lector

224206 Lector
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#Se agradece la concreción de las modificaciones, @Eltomash, pero no entiendo las bondades del cambio de artículos. Además de que el modelo no prevé cesar a los empleados públicos al conceder una licencia privada (un gravísimo fallo conceptual), no veo qué se sale ganando con esta reforma. Las cosas que se proponen son completamente factibles en las últimas redacciones de la propuesta de Ley presentada por el Gobierno. Por otra parte, la única pega que le he puesto siempre a la modificación del Artículo 3 de @Theomore es la no necesariedad de que exista la figura del decano, con lo que la delegación de dicha competencia en una figura en cierto punto prescindible no es la mejor forma de encarar el problema.

En principio, y [b]en ausencia de una motivación para estos cambios, salvo que se explicaran mejor[/b] y se viera que efectivamente se sale ganando con estas modificaciones, y en vista de que más de la mitad del parlamento ha votado en contra o ha manifestado reticencias graves con la norma, [b]retiro esta propuesta de Ley.[/b]

224679 Eltomashillo
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#Gracias, señor Presidente. La primera propuesta queda rechazada y retirada

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