El Gobierno de la República de Pol presenta ante el Parlamento de nuestro país la siguiente propuesta de ley para regular los contratos del sector público.
#Cuando hablo de modelo de contrato hablo de un contrato concreto, es decir, diseñar [b]un contrato acorde a las necesidades del Gobierno[/b] y esto lo puede hacer cualquier ciudadano atendiendo a las cuestiones propias a la "Ley de Obligaciones y Contratos" que informalmente llamamos Código Civil.
#Ah, no. Yo tengo reparos en toda la existencia de la ley.
El Parlamento es el poder legislativo, no el ejecutivo. Esta ley establece un procedimiento exacto e invariable para todos y cada uno de los concursos públicos que tienen lugar en POL.
El título 2 establece un procedimiento que no compete al parlamento legislar en tal profundidad.
El título 3 establece un código jurídico paralelo propio a las concesiones (lo dicho antes)
El título 4 abunda en ese código paralelo (lo dicho antes).
Esta ley, para mi, de existir (que no tiene que existir), debería limitarse a declarar "la existencia de las Concesiones" y que "estas concesiones serán ejecutadas por el gobierno con único límite en la protección de los derechos fundamentales, en especial el derecho al trabajo; y en las limitaciones de la Ley y en especial la Ley Civil".
Y digo que no tiene que existir porque todo eso [b]ya es cierto[/b]. Esta ley es innecesaria.
#En la disposición final derogáis "Quedan derogadas cuantas normas y disposiciones, de mayor o menor rango, se opongan a lo establecido en la presente Ley.".
#[quote=Eltomash] En la disposición final derogáis "Quedan derogadas cuantas normas y disposiciones, de mayor o menor rango, se opongan a lo establecido en la presente Ley.".
¿mayor? :troll: [/quote]
El señor Dunkelzahn, en su momento diputado, solicito modificar la disposición. Error mío no haberla modificado aún.