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[Parlamento] Proyecto de Ley de NotaríasEn base a los artículos 17 y 30 de la Ley del Parlamento, yo, @Eltomash , vengo a proponer el proyecto de Ley de notarías nacido de la iniciativa legislativa popular del partido político PaSHo para su debate.[b]Exposición de motivos [/b] El jurista es un empleo privado, para acceder a tener dicho empleo deberá tener, o pertenecer a un Consultorio Legal o un bufete de abogados. Los Consultorios Legales y bufetes deberán tener una cuenta asociada donde deberán tener detallados todos sus ingresos y gastos correspondientes. [b]Artículo 1[/b] Las competencias aquí expuestas al cargo de Jurista son compatibles con las otorgadas en la Ley del Poder Judicial y otras leyes y decretos. [b]TÍTULO I: Licencias y adjudicaciones[/b] [b]Artículo 2[/b] Cualquier ciudadano que se ciña al preambulo de la actual ley, y supere el examen de jurista, podrá ejercer como notario. De no haber ningún notario en Pol, cualquier miembro del Gobierno responsable de los asuntos jurídicos deberá ejercer como tal, pagándose la firma al Estado. [b]Artículo 3[/b] 1. El Gobierno establecerá el procedimiento para adjudicar las licencias, ya sea utilizando la Ventanilla única o mediante decreto. 2. Los requisitos mínimos para ser notario serán tener aprobado el examen de jurista, y ejercer en una empresa notarial. [b]Artículo 4[/b] 1. El notario deberá repetir el examen tras 60 días naturales para ratificar su condición de notario. 2. Para ratificar el examen, el notario deberá dimitir. En caso de actuar en calidad de notario con el examen sin renovar, estará incurriendo en un delito de administración desleal, siendo castigado así con la pena de delito grave. [b]TÍTULO II: De la firma notarial[/b] [b]Artículo 5[/b] 1. La labor del jurista es dar valor legal a los documentos que por ley lo requieran. 2. La validación se realiza con la firma del jurista, dando fé de que no contiene incorrecciones. 3. Otras funciones del jurista: a) Elaboración y trámite de escrituras públicas para los hechos y actos que la ley disponga o cuando sea voluntad de las partes hacerlo. b) Apertura y publicación de testamentos c) Reconocimiento de documentos privados, dejando constancia de la manifestación del interesado y el contenido del documento. d) Guardar y conservar los archivos notariales e) La firma de Contratos laborales f) La firma de Contratos para el alquiler de parcelas [b]TÍTULO III: De la responsabilidad notarial[/b] [b]Artículo 6[/b] 1. El jurista que dé fe se hará legalmente responsable de su firma ante la justicia. 2. De la firma de un documento que, por falta de forma o contenido, no debiera haber sido firmado, se derivará responsabilidad civil indemnizatoria y cese e inhabilitación para recibir licencia de notario durante un mes. Como indica el artículo 30 de la LdP los ciudadanos @Palau @Victor_daniel y @Adam_Smith defenderán su propuesta como ponentes. |
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1 2 Orden: Fecha | Votos 20 mensajes en este hilo creado hace . | |||
| #Hecho. | ||
| #Buenos días señorías y ponentes: | ||
| #Como ponente, al haber debatido ayer en la plaza, me parecen correctas las correciones del presidente. También son interesantes las modificaciones de Theomore, pero la propuesta mantendría la repetición del examen. | ||
| #Sigo sin entender qué beneficios reporta esta ley que no pudieran lograrse mediante un decreto. Lo único que se consigue es tener toda la normativa civil y empresarial desperdigada por aquí y por allá, y que no siga unas disposiciones unitarias. | ||
| #[quote=Palau] Como ponente, al haber debatido ayer en la plaza, me parecen correctas las correciones del presidente. También son interesantes las modificaciones de Theomore, pero la propuesta mantendría la repetición del examen. | ||
| #Creo que podríamos encajar este sucinto articulado de alguna manera en la LPJ. | ||
| #Estoy de acuerdo con la propuesta de @Eltomash. Respecto al artículo 4, yo entiendo la motivación de los ponentes. La legislación cambia y es necesario que los juristas (en este caso en concreto los notarios) estén al día. Pero, ¿no es igual de necesario que los jueces, fiscales, diputados... estén también al corriente? Porque no debemos olvidar que lo mismo pasa con estas profesiones. | ||
| #Me gustaría saber la opinión sobre este debate del insigne diputado @Victor_daniel | ||
| #Buenas, | ||
| #Efectivamente retiramos la propuesta |
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