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[Debate] Enmienda al artículo 13 de la ConstituciónNo me enrollo.Artículo 13.bis. De las fuentes de Derecho en Pol. a. Son fuentes de Derecho en el Estado de Pol, por orden decreciente, la Constitución, la Ley, los Decretos, los Reglamentos, la Costumbre y los principios generales del derecho. b. La jurisprudencia complementa el ordenamiento jurídico con la doctrina que, de modo reiterado, establezca el Tribunal Supremo al interpretar y aplicar la ley, la costumbre y los principios generales del derecho Disposición transitoria cuarta Mientras no se haya aprobado, ratificado y promulgado una Ley de Poder Judicial, se habilita al Juez más antiguo del Poder Judicial a establecer in tempore un reglamento de funcionamiento del tribunal. |
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1 2 Orden: Fecha | Votos 14 mensajes en este hilo creado hace . | |||
| #a favor | ||
| #A favor | ||
| #. @Lector @Chiribito @Perro_Sanche @Alphavile | ||
| #Añadido un epígrafe b. al artículo 13 bis, para dejarlo más claro. @theomore @byzantium | ||
| #me parece bien | ||
| #Como es lógico, cito a comparecer a los Magistrados @chiribito @anders | ||
| #A favor | ||
| #A favor | ||
| #[color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]A favor[/font][/size][/color] | ||
| #No soy asambleario, pero como Magistrado y como ciudadano, tiene mi visto bueno :D |
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