POL
221993 Chiribito
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Borrador de Constitución de Pol

Constitución de Pol

[b]Título I: De los fundamentos del estado.[/b]

[b]Artículo 1.[/b] – Pol se constituye en un estado de derecho cuya forma de gobierno es la monarquía parlamentaria, siendo el monarca el garante del mismo, y el parlamento la cámara de representación del pueblo en donde reside la soberanía nacional.

[b]Artículo 2.[/b] – Todas las personas y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico. La Constitucion garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

[b]Artículo 3.[/b] – Se establece la separación de poderes, no obstante, no hay incompatibilidad entre cargos salvo las que se determinen por ley.

[b]Artículo 4.[/b] – Los fundamentos de derecho son en este orden, la constitución, las leyes, los decretos, la jurisprudencia, la costumbre y los principios generales de derecho.

[b]Artículo 5.[/b] – El castellano/español es el idioma oficial de Pol.

[b]Título II: De los poderes del estado.[/b]

[b]Artículo 6.[/b] – La jefatura del estado es ostentada por el Presidente de Pol a título de Rey, siendo este elegido de entre sus ciudadanos periódicamente cada 28 dias. Son funciones del jefe del estado:

a) Representar a Pol.
b) Garantizar el buen funcionamiento del estado y su administración en todo aquello que se le requiera.
c) Organizar las elecciones parlamentarias.
d) Constituir el parlamento y la elección de su presidente en cada legislatura.
e) Sustituir al presidente del parlamento en caso de ausencia de este, de modo que la labor legislativa no se vea entorpecida.
f) Otorgar la presidencia del gobierno al candidato elegido por el parlamento.
g) Convocar las elecciones y ratificaciones de los jueces.
h) Dirigir directamente o por delegación la actividad roleada del país.
i) Otorgar, ratificar, o retirar títulos de nobleza.
j) Todas aquellas que le confiera la ley.

[b]Artículo 7.[/b] – El poder legislativo es ostentando por el parlamento, el cual está formado por 3 diputados de elegidos de entre los partidos políticos, un religioso, y un representante de las casas nobles, eligiéndose todos ellos en tres elecciones diferentes de 48 horas en la semana siguiente a la elección presidencial, y pudiendo optar un mismo ciudadano a una o varias de esas elecciones, viéndose su voto proporcionalmente incrementado conforme al número de escaños que represente. Para las elecciones a diputado cada partido político deberá presentar sus candidatos, hasta un máximo de tres, sometiéndose todos ellos a una elección por puntos, y obteniendo el cargo los tres primeros, quedando el resto en reserva en caso de muerte, incapacitación, inhabilitación o dimisión.

[b]Artículo 8.[/b] – Son funciones del Parlamento:

a) Elección de un presidente de entre sus miembros en votación efectuada por el Rey.
b) Elaborar y votar las leyes que rijan el país con arreglo a la constitución, las cuales serán aprobadas por la mayoría simple de la cámara.
c) Ejercer el control parlamentario del gobierno o cualquier cargo o empleo público mediante sesiones de control con preguntas dirigidas al interpelado.
d) Elegir al Presidente del Gobierno en los días siguientes a la constitución del parlamento, con un plazo no superior a 3 días, de entre los distintos candidatos propuestos por los partidos políticos.
e) Presentar moción de censura contra el gobierno aportando un candidato alternativo, el cual también debe estar afiliado a un partido.

[b]Artículo 9.[/b] – Son funciones del Presidente del Parlamento:

a) Representar al poder legislativo.
b) Moderar los debates parlamentarios.
c) Convocar las votaciones de ley, comunicar sus resultados.
d) Gestionar y mantener la sección de leyes vigentes con arreglo a las decisiones del Parlamento.
e) Todas aquellas que le confiera la ley.

[b]Artículo 10.[/b] – El poder ejecutivo es ostentado por el Presidente del Gobierno, el cual es elegido por el parlamento tras su constitución en un plazo no superior a 3 días, de entre los candidatos propuestos por los partidos políticos.

[b]Artículo 11.[/b] – Son funciones del Presidente del Gobierno:

a) Actuar en nombre del Gobierno, así como dirigir y coordinar su actividad.
b) Dirigir la Administración civil y la defensa del Estado.
c) Ejercer la potestad reglamentaria, de acuerdo con la Constitución y las leyes.
d) Cumplir y hacer cumplir el ordenamiento jurídico y las sentencias judiciales.
e) Convocar referendos para la toma de decisiones políticas de especial trascendencia.
f) Las demás competencias que le atribuyan las leyes y, en todo caso, las necesarias para ejecutar las mismas, sin contravenir el ordenamiento jurídico.

[b]Artículo 12.[/b] – El Gobierno tiene reserva reglamentaria en política económica, en la que se incluyen:

a) Impuestos, tasas y contribuciones especiales
b) Salarios y primas
c) Prestación por desempleo y concesión de subvenciones
d) Intervención del Estado en la economía

[b]Artículo 13.[/b] – El Poder Judicial está constituido por el Tribunal Supremo, cuyos jueces administran justicia con arreglo a la constitución y las leyes.

[b]Artículo 14.[/b] – Habrá tantos jueces como se requieran por ley. Mínimo uno. Este será elegido por el pueblo en votación convocada por el rey de entre los aspirantes inscritos al efecto.

[b]Artículo 16.[/b] – Los jueces serán ratificados por el pueblo cada mes en la semana siguiente a la elección del jefe del estado.

[b]Título III: De la economía.[/b]

[b]Artículo 17.[/b] – El Banco de Pol es el ente crediticio del Estado, encargado del control de la masa monetaria. Es dirigido por su Presidente, que será elegido mensualmente por mayoría simple del Parlamento tras una convocatoria pública en la que cualquier ciudadano puede postularse.

[b]Artículo 18.[/b] – Corresponde al Banco de Pol, representado por su Presidente:

a) Determinar la masa monetaria que debe circular cada mes al comienzo del mismo.
b) Analizar la economía de Pol, elaborando informes y recomendaciones al Gobierno según los parámetros económicos de cada momento.
c) Cuanto dispongan las Leyes y disposiciones al respecto.

[b]Artículo 19.[/b] – El Gobierno abonará a la cuenta del Banco el cambio de la masa monetaria si ésta se reduce, o lo ingresará de la cuenta del Banco si ésta se incrementa. La cuenta del Gobierno nunca podrá pasar a poseer menos de 3000 como consecuencia de un proceso de reducción de masa monetaria, no pudiéndose reducir la masa monetaria total.

[b]Artículo 20.[/b] – Los cambios en la masa monetaria causados por el movimiento de capitales a otros países cuando hubiere no llevará la consideración de reducción de la masa monetaria global. El Arancel queda establecido en el 100% mientras haya un único simulador. Cuando exista un segundo simulador que cuente con un módulo económico que permita imponer impuestos, aranceles y tasas; el arancel será de libre configuración.

[b]Artículo 21.[/b] - El Gobierno puede endeudarse con el Banco de Pol, restituyendo la cantidad debida en el plazo de 20 días desde la concesión del préstamo, o con las entidades bancarias privadas en los términos acordados con éstas. El Banco de Pol puede endeudarse con las entidades bancarias privadas en los términos acordados con éstas y viceversa, así como ofrecer productos financieros en la forma de bonos del Estado.

[b]Título IV: De la Religión[/b]

[b]Artículo 22.[/b] - Aunque se permiten todas las religiones, la religión oficial del país será aquella que profese el líder religioso elegido por el pueblo como diputado.

[b]Artículo 23.[/b] - Son funciones del líder religioso:

a) Ejercer la máxima representación religiosa del país y liderarlo espiritualmente.
b) Establecer el corpus de derecho canónico que regula la actividad del país desde el punto de vista espiritual y religioso.
c) Disponer del presupuesto destinado por el gobierno para las religiones y distribuirlo entre estas según su criterio.
d) Dirigir y guiar el rol desde el punto de vista religioso.

[b]Título V: De los derechos y deberes.[/b]

[b]Artículo 24.[/b] – Todos los ciudadanos de Pol gozan de los siguientes derechos y deberes de acuerdo a lo establecido en la Ley:

1. Derecho a la adquisición de la ciudadanía, una vez solicitada, y a participar en la vida pública y política.
2. Derecho de libertad religiosa y de opinión política, sin obligación de declarar sobre ideología, religión y creencias.
3. Derecho a la libertad de expresión y prensa.
4. Derecho a la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
5. Derecho a la libertad de cátedra.
6. Derecho a la educación y la cultura.
7. Derecho de reunión pacífica y manifestación, sin más limitación que el orden público establecido por la ley.
8. Derecho a la huelga.
9. Derecho y deber al trabajo, con justa remuneración.
10. Derecho a la propiedad privada, con la ley como única limitación.
11. Derecho y deber de contribución, que no podrá, en ningún caso, tener alcance confiscatorio.
12. Derecho a la igualdad jurídica.
13. Derecho a la integridad moral.
14. Derecho al honor y a la propia imagen.
15. Derecho al secreto de comunicaciones, que únicamente podrá ser limitado por el Poder Judicial y con un motivo debidamente justificado de acorde a la ley.
16. Derecho a la intimidad personal.
17. Derecho de asociación.
18. Derecho a la inviolabilidad personal al amparo y cumplimiento de la ley.
19. Derecho a la irretroactividad de los delitos cometidos así como sus penas.
20. Derecho a la inviolabilidad patrimonial fuera de la contribución ordinaria, o del pago de sanciones, multas o embargos en función de las leyes y tratados vigentes.
21. Deber de cumplimiento de la Constitución y todas las normas derivadas de ella.
22. Derecho a la participación política.
23. Derecho de libertad lingüística.

[b]Título V: De la aprobación, modificación o derogación de esta constitución.[/b]

[b]Artículo 25.[/b] – La iniciativa de la modificación o derogación de esta constitución corresponde al rey, al presidente del gobierno, o a los diputados, y debe ser aprobada por la mayoría absoluta del parlamento y sometida a referéndum popular.

[b]Artículo 26.[/b] - Esta constitución entrará en vigor tras su aprobación por el pueblo en referendum.

[b]Disposición adicional I[/b]: Tras la aprobación de la constitución, se pondrá en marcha la inscripción de partidos, religiones y casas nobles, registro de listas, y elecciones pertinentes para una primera legislatura que tendrá de duración hasta la semana siguiente a la elección del primer presidente/rey, según lo establecido en el artículo 7, momento en que será elegido el nuevo parlamento.

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219299 Terranova
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#[quote=VIN] Pregunto: Lo que expone @Vampiresa en su mensaje ¿No es casi lo mismo que he expuesto yo en el mio ? [/quote]

No exactamente, lo de @vampiresa está más relacionado con el roleo, que hablando claro el que vamos a hacer de monarcas y sacerdotes le parece una mierda, y tu hablas en un plano político de que esto te parece solo cargos con nombres distintos.

221993 Chiribito
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#@Terranova he añadido un título IV sobre la religión. Míra a ver como lo ves, y que se puede añadir, quitar o cambiar.

203938 Byzantium
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#yo determinaría primero: un nombre para el "sumo sacerdote"-que puede ser ese

y luego delimitaria a) liderar espiritualmente el país- por algo menos ambiguo

por lo demás bien

224206 Lector
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#Yo en general lo veo bien. Ya, en el transcurso de la actividad, iremos viendo las partes que no funcionan y las que sí

221993 Chiribito
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#[quote=Byzantium] yo determinaría primero: un nombre para el "sumo sacerdote"-que puede ser ese

y luego delimitaria a) liderar espiritualmente el país- por algo menos ambiguo

por lo demás bien [/quote]

El tema del nombre dependerá de cada religión. Se puede crear el cargo de sumo sacerdote, o pontífice, pero sabiendo que también se les llamará de otro modo según la religión que sea. En el caso de la religión trideidaria ese sumo sacerdote o pontífice es el cigüeño mayor. En el caso del kidemonismo primigenio recibirá otro nombre. Y si hablamos de Ishtar o del resto de religiones que han salido a lo largo del tiempo pues serán otros.

El cargo en sí puede ser sumo sacerdote o pontífice.

Lo del apartado a, dime como crees que habría que concretarlo.


@Byzantium

219299 Terranova
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#Me parece bien lo que has puesto @chiribito

224353 Vampiresa
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#[quote=Chiribito] Es fácil decir "siempre se hace lo mismo" y esas cosas. Ya tuvimos algo diferente con la Corporación arcadia, vista como una empresa de servicios para los usuarios, pero esta dependía de que la gente quisiera hacer cosas, y como nadie quería hacer nada, fracasó. [/quote]

Tienes toda la razón y testimonié todo muy de cerca pues, en aquel momento contigo, intenté dar una nueva vertiente motivadora a la participación. Curiosamente, de repente casi todos los que siempre nos acompañan se limitaron a no hacer nada.

Yo no soy de las que dicen "siempre se hace lo mismo" sin proponer que se hagan cosas nuevas. Todo aquello ha quedado borrado. Literatura a la basura. Ingenio en el olvido. Imaginación despreciada.

[quote=Chiribito]
La simulación política, punto en el que estamos ahora, le pasa lo mismo. Depende de la gente quiera jugar y simular. ¿Cuál es la realidad? Pues que en el mejor de los casos somos cuatro activos y el resto pasa una o dos veces para saludar, o decir que mal está todo, y ya. Propuestas y compromiso de llevarlas a cabo por parte de la gente pocas.
Por eso se plantea esta constitución adaptable al número de activos, pudiendo concentrar o dispersar más el poder según los activos de cada momento.
[/quote]

Opino que eres de los pocos que realmente se toma esto en serio. Lo demuestras siempre. Por eso soy tu principal admiradora. Valoro muchísimo tu trabajo y más cuando desbordas creatividad a raudales algo que a ti, en concreto, nunca te falta.

Me preocupa que de los "cuatro activos" alguno lo haga limitadamente a conciencia para cubrir la papeleta y mantener esto a su gusto engañando al resto. Pero intuyo que por lo general nadie puede disfrutar realmente de su tiempo libre como desea pues es un bien escaso en la vida y cada cual lo administra como puede en aquello que lo mueve.

224353 Vampiresa
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#[quote=Terranova]

No exactamente, lo de @vampiresa está más relacionado con el roleo, que hablando claro el que vamos a hacer de monarcas y sacerdotes le parece una mierda, y tu hablas en un plano político de que esto te parece solo cargos con nombres distintos. [/quote]

@Terranova, es muy soez que digas que esto "me parece una mierda" cuando jamás lo he expresado. Me duele de tí, pero ya me voy acostumbrando a los super-machitos que necesitan imponerse con este tipo de jerga. Tal vez sea demasiado sensible con estas cosas, pero me molestan mucho.

Concibo que esto es roleo político, pero tal como se plantea se traslada a una ficción muy básica que da muy poco juego. Por eso se agota tan rápido.

El eje del juego se limita siempre a una única norma, llamada siempre "Constitución" (podría ocurrir que en el caso de un autoritario se proclamara un "Régimen") a cumplir por el resto. Si todo está tan bien atado, no hay espacio para los rebeldes o insurrectos. La Historia demuestra que nada se mantiene eternamente y que siempre hay divergentes.

Es decir, aquí está todo tan perfectamente definido que hay poco espacio para la verdadera acción. El PODER siempre se establece en el Monarca (o Presidente, o Primer Ministro). Aquí tal vez la aportación de una religión ofrece algo más novedoso, pero si esta creencia forma parte del sistema establecido a obedecer en el juego cae en la misma aspiración agónica. La verdadera capacidad es querer ir más allá... u os aseguro que esto se morirá definitivamente.

Tened en cuenta que por mucho que se cierren o se cambien de nombre los distintos espacios de VirtualPol siempre se cae en lo mismo. No se explora el verdadero sentido de este diseño. No sabemos salir del voto representativo cuando aquí hay una gran posibilidad de variantes interminables en la llamada democracia directa. Ni siquiera en la realidad del mundo se aventura a descubrirla. Ojalá aquí se pudiesen reproducir los intereses que no lo permiten... pero eso es pedir demasiado para los "cuatro" que deambulamos.

Todo juego requiere de un "reto o resoluciòn" que deben superar los participantes. En un juego de Rol Político el "conflicto" se representa forzosamente en un "enfrentamiento" por el Poder y hay dos maneras de solucionarlo: 1. por imposición del más fuerte o 2. por un consenso en el que se busque que todos se beneficien o pierdan lo menos posible a través de democracia...

203938 Byzantium
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#a) Ejercer la máxima representación religiosa del país

@Chiribito

como ejemplo

221993 Chiribito
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#Cambiado @Byzantium.

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