POL
224206 Lector
+0

Propuesta de modificación de la Ley del Código Civil y Administrativo

[size=5][b][color=#7fdbff][font=arial, sans-serif]â–‡[/font][/color][color=#fffa1e][font=arial, sans-serif]â–‡[/font][/color][font=arial, sans-serif][color=#000000]â–‡ [/color][/font]Gobierno del Estado de Polesia [color=#7fdbff][font=arial, sans-serif]â–‡[/font][/color][color=#fffa1e][font=arial, sans-serif]â–‡[/font][/color][font=arial, sans-serif][color=#000000]â–‡[/color][/font][/b][/size]
[size=4]Gabinete del Presidente de la República
[i]Secretaría de Relaciones con el Parlamento[/i][/size]

A/a de Sus Señorías:

La Presidencia de la República de Polesia, en vistas a clarificar el funcionamiento de la sección de Notarías, propone la siguiente adición a la Ley del Código Civil y Administrativo:

[quote][b]Artículo 7-bis. Extinción del contrato[/b]
Los contratos se extinguen cuando se extinguen las obligaciones entre los contratantes, ya sea por la finalización natural del contrato una vez prestados los servicios convenidos entre las partes o dadas las cosas previstas o por otras circunstancias previstas por la ley o el contrato.
Una vez que un contrato se extingue, las partes notificarán al jurista que dio fe de él o en su defecto, al Decano del Colegio de Abogados, y éste informará de tal situación modificando el nombre del hilo en que se hallara publicado añadiendo la siguiente frase: "[EXTINCTO]".[/quote]

La redacción es mejorable y no es en verdad el objeto de esta reforma incluir la definición de la extinción del contrato, pues eso no es verdaderamente necesario en la situación actual de las cosas, sino definir que los contratos extintos se publiciten como tales en el foro de Notarías. La definición de la extinción del contrato es un mero añadido a fin de clarificar un concepto que hasta ahora no se contemplaba, pero insisto en que es algo secundario.

Lo verdaderamente importante es que, simplemente mirando la sección de Notarías, se pueda saber si un contrato sigue obligando a las partes o no, especialmente ahora que el Gobierno estima que aumentarán notablemente las firmas de nuevos contratos.

1 2  3      Orden: Fecha | Votos 23 mensajes en este hilo creado hace .
224360 Hermes
+0

#Por mi parte, me parece bien. El único reparo que tenía se solventa con esta última formulación. Por mi se puede pasar a votación tranquilamente.

225312 Eltomash
+1

#[quote=Lector] Es una formulación más débil que la mía en cuanto a la obligación, pero yo ahí entiendo que sigue existiendo obligación de las partes de forma velada. Pero si esa redacción te sirve, por mi parte todo bien.

De esa forma mi propuesta final es:

[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i]Artículo 7. De los Contratos
[/i][/font][/size][/color][/b][b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i][i]a) Creación de un Contrato[/i][/i][/font][/size][/color][/b]
[color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i]1. El contrato existe desde que una o varias personas consienten en obligarse, respecto de otra u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio y un jurista da fe de ello.[/i][/font][/size][/color]
[color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i]2. Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios a las leyes ni al orden público.[/i][/font][/size][/color]
[color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i]3. La validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes.[/i][/font][/size][/color]
[color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i]4. Los contratos sólo producen efecto entre las partes que los otorgan y sus herederos; salvo, en cuanto a éstos, el caso en que los derechos y obligaciones que proceden del contrato no sean transmisibles, o por su naturaleza, o por pacto, o por otra situación que resulte de la ley.[/i][/font][/size][/color]
[color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i]5. Si el contrato contuviere alguna estipulación en favor de un tercero, éste podrá exigir su cumplimiento, siempre que hubiese hecho saber su aceptación al obligado antes de que la estipulación a su favor sea revocada.[/i][/font][/size][/color]
[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i][i]b) Extinción de un Contrato[/i][/i][/font][/size][/color][/b]
[color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i]1. Los contratos se extinguen cuando se extinguen las obligaciones entre los contratantes, ya sea por la finalización natural del contrato una vez prestados los servicios convenidos entre las partes o por otras circunstancias previstas por la ley o el contrato.[/i][/font][/size][/color]
[color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i]2. Una vez que un contrato se extingue, se editará el título para incorporar el encabezado [Extinto] a petición de alguna de las partes[/i][/font][/size][/color][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i].[/i][/font][/size][/color] [/quote]


A lo largo de los dos días de debate, han intervenido cuatro personas que han convenido en este texto. Dado que los miembros de la cámara no se han manifestado ni interesado por este enmienda, veo conveniente pasar a votación.

Si las señorías que no opinan tienen algo que decir, lo veremos en la votación, si lo vemos.

225312 Eltomash
+0

#La Asamblea me ha comunicado los siguientes resultados:

[table][tr][td][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]SI[/font][/size][/color][/td]
[td][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b][color=inherit]5[/color][/b][/font][/size][/color][/td]
[td][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]50.00%[/font][/size][/color][/td]
[td][center][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b][color=inherit] [/color][/b][/font][/size][/color][/center]
[/td]
[/tr]
[tr][td][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]EN BLANCO[/font][/size][/color][/td]
[td][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b][color=inherit]3[/color][/b][/font][/size][/color][/td]
[td][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]30.00%[/font][/size][/color][/td]
[td][center][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b][color=inherit] [/color][/b][/font][/size][/color][/center]
[/td]
[/tr]
[tr][td][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]NO[/font][/size][/color][/td]
[td][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b][color=inherit]2[/color][/b][/font][/size][/color][/td]
[td][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]20.00%[/font][/size][/color][/td]
[td][center][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b][color=inherit] [/color][/b][/font][/size][/color][/center]
[/td]
[/tr]
[/table]

Así que, dado que la mayoría de los asamblearios ha decidido aprobar la enmienda, la traslado al Consejo Nacional.

Gracias Asamblearios

1 2  3 

Para poder participar en esta conversacion has de registrar tu ciudadano

Más hilos

[Subvenciones] Plan Activa 1 - Ayudas al Sector Empresarial , Comisaría - logs , [Resolución del Colegio de Abogados] Turno de oficio en el caso de MF vs Abasca, Comunicado Banco Z - Negociación fallida para regular el sistema bancario, Decreto de Presupuestos de la Legislatura 75º, Hablemos de los problemas, El Rey invita a diligentes nobles a unirse a la Orden del Cisne de Oro, Me voy de POL un tiempito , contrato bancario de prueba, [Gobierno-Neovsky] Ágora Civil,