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Reforma de la Ley de Seguridad[b]Artículo 1:[/b] Serán sancionables mediante kick las siguientes conductas en cualquier de los ámbitos públicos de Pol (chats, foros y mensajes públicos en Palabras, parcelas, documentos, empresas o Frase):[ul] [li]Insultos[/li] [li]Abuso de comandos y mayúsculas[/li] [li]Spam[/li] [li]Lenguaje obsceno y/u ofensivo[/li] [li]Conductas disruptivas[/li] [/ul] [b]Artículo 2:[/b] El policía moderará los foros, de forma que podrá borrar mensajes e hilos y mover los hilos que estén fuera de lugar. [b]Artículo 3:[/b] El presidente estará facultado para kickear a cualquiera que incumpla estás normas. [b]Artículo 4:[/b] Así mismo, el presidente podrá otorgar el cargo de policía, con el privilegio de kickear, a quien considere oportuno con el fin de garantizar la paz y un fluido diálogo en los lugares públicos. [b]Artículo 5:[/b] Un kick deberá ser aplicado solo en casos de reincidencia, siendo la primera infracción motivo de simple aviso. En caso de kick, este no podrá tener una duración superior a la hora. [b]Artículo 6[/b]: El Moderador del rol, nombrado por el presidente y seleccionado mediante los mecanismos oportunos dentro del rol, tendrá capacidad de moderar los foros del rol y de kickear a las personas por los mismos motivos establecidos en esta Ley en los espacios propios al rol. Adicionalmente, podrá nombrar submoderadores que cumplan esta misma función. Artículos 2 y 6 cambiados para añadir moderacion de foros y moderacion de los espacios del rol. |
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