POL
225312 Eltomash
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[Debate] Enmienda al artículo 13 de la Constitución

No me enrollo.

Artículo 13.bis. De las fuentes de Derecho en Pol.

a. Son fuentes de Derecho en el Estado de Pol, por orden decreciente, la Constitución, la Ley, los Decretos, los Reglamentos, la Costumbre y los principios generales del derecho.
b. La jurisprudencia complementa el ordenamiento jurídico con la doctrina que, de modo reiterado, establezca el Tribunal Supremo al interpretar y aplicar la ley, la costumbre y los principios generales del derecho

Disposición transitoria cuarta 

Mientras no se haya aprobado, ratificado y promulgado una Ley de Poder Judicial, se habilita al Juez más antiguo del Poder Judicial a establecer in tempore un reglamento de funcionamiento del tribunal.

1  2      Orden: Fecha | Votos 14 mensajes en este hilo creado hace .
225312 Eltomash
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#Faltando sólo Alphavile, pido al President @byzantium , lo someta a votación


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#En contra

224711 Alphavile
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#A favor

224206 Lector
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#[quote=sir] En contra [/quote]

Gran aportación al debate.

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