| #[b][color=#00369b]Suscribo en su totalidad la argumentación tanto del Señor Del Candado como de Don Nicasio al respecto del sufragio. Como ya expresara en mi discurso de investidura, el Parlamento debe ser una representación de la élite de la Nación, que sepa buscar el bien supremo de nuestra Patria. No es razonable, pues, pretender que hombres de cualquier condición puedan servir como Diputados y decidir sobre el rumbo de Syldavia, cuando entre ellos vive la ignorancia, la indecencia y la inmoralidad. Otra cosa será pretender ilustrar a nuestros compatriotas, lo cual formará parte de una política educativa que espero desarrollar desde el Gobierno, y que eventualmente mediante tal educación muchos más hombres que ahora puedan sobreponerse a su miseria y participar políticamente.[/color][/b]
[b][color=#00369b]En todo caso, no es mi intención que esta cuestión se dirima en el texto constitucional, al menos directamente, por cuanto entiendo que es una fuente de disenso que podría llevar a que no hubiera una versión respaldada por una mayoría suficiente. Por ello decidí originalmente no detallar en demasía en el texto la forma de sufragio, ni establecer períodos de elección de los Diputados, con la idea de que tales materias fueran conocidas por una Ley Electoral posterior. Lo primero lo mantengo y me confieso reacio a modificar la redacción actual, salvo quizás para abrirla aún más a posteriores interpretaciones. Lo segundo, no obstante, entiendo que sí se podría cambiar sin riesgo de poner en jaque la final aprobación de la Constitución, por lo que incorporo una elección mensual ordinaria.[/color][/b]
[b][color=#00369b]Al respecto de otras cuestiones que comenta Don José, las trato a continuación.[/color][/b]
[ul]
[li][b][color=#00369b]Acepto e incorporo la modificación tanto del Preámbulo como del Artículo 2 propuestas, dado que no modifican, sino que aclaran la voluntad de mi propuesta de carta magna y son consecuentes y honestas. He de decir que me he dado cuenta de un error en mi redacción original, al otorgar al Príncipe el título de "Majestad", cuando el procedente es "Alteza Real", cuestión que aprovecho para corregir.[/color][/b][/li]
[li][b][color=#00369b]La queja frente a la redacción actual de la limitación del veto es muy pertinente, puesto que como ha señalado, ni las leyes son conceptos claros ni tiene valor hablar de leyes consecutivas. Por tanto, retiro tal frase.[/color][/b][/li]
[li][b][color=#00369b]Al respecto de la disolución del Parlamento, reconozco que la redacción actual es ingenua y poco práctica, por lo que incorporo sus propuestas.[/color][/b][/li]
[li][b][color=#00369b]También encuentro muy interesante y bien razonado el modelo de elección del Primer Ministro que propone, y de hecho lo asumo como epítome de mi propia voluntad de establecer la ya mencionada soberanía compartida Príncipe-Parlamento. No obstante, he añadido lo siguiente para remarcar la importancia de que Príncipe y Parlamento se pongan de acuerdo en este punto: "El Parlamento no podrá reunirse cuando el Gobierno estuviera vacante, salvo para dar o no la confianza a una propuesta de Primer Ministro."[/color][/b][/li]
[/ul]
[url=https://pol.virtualpol.com/doc/propuesta-constitucion-miguel-del-castillo][b][color=#419dc1]Por tanto, les presento la nueva redacción de mi propuesta.[/color][/b][/url] |
| #[quote][justify][b][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#c10300]Terminadas sus corrección Nicasio leyó al resto de diputados su parecer sobre el texto.[/color][/font][/size][/b]
[/justify]
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[justify][b][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Artículo 1. De la Nación Syldava[/font][/size][/b][/justify]
[ol]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Son syldavos todos los hombres nacidos en los dominios del Principado, así como sus hijos y los extranjeros que hubieren [s]ganado vecindad u[/s] obtenido carta de naturaleza. [b][color=#c10300](Hay que controlar la inmigración y el arraigo ilegal)[/color][/b][/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La Nación Syldava es libre e independiente[s] y no es patrimonio de familia o persona alguna.[/s][/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La Nación Syldava se dota de instituciones para su normal Gobierno y lograr el bienestar de sus [s]miembros.[/s] [b][color=#c10300]ciudadanos[/color][/b][/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Todos los syldavos tienen la obligación de ser fieles a la Constitución, a la legalidad y a las autoridades, a contribuir en proporción a sus haberes para los gastos del Estado y a defender la Patria con las armas de ser llamado.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Todo syldavo tiene derecho a:[/font][/size][/li]
[ul]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La inviolabilidad personal al amparo del cumplimiento de la legalidad. Todo auto judicial o resolución sancionadora deberán ser motivados.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La inviolavibilidad del domicilio y el secreto de las comunicaciones personales, salvo en los casos y formas dispuestos en la ley.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La libre circulación y domicilio por el territorio nacional.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La propiedad privada, salvo en casos de utilidad pública y previa compensación.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Expresarse libremente al amparo del respeto a la legalidad y a la rectitud moral, [b][color=#c10300]lo cual será vigilado por un tribunal censor[/color][/b][/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La libertad religiosa, observando disposiciones básicas de moral y honor.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La libertad de elegir profesión y de aprenderla como mejor le parezca. El Estado podrá dictar reglas básicas de enseñanza.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Reunirse y asociarse pacíficamente para fines legítimos [b][color=#c10300]confome lo estipulado en la ley[/color][/b][/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Dirigir peticiones pacíficamente a las instituciones. [b][color=#c10300]de forma escrita y con buena letra[/color][/b][/font][/size][/li]
[/ul]
[/ol]
[justify][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]Artículo 2. Del Parlamento[/b][/font][/size][/justify]
[justify][/justify]
[ol]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La potestad legislativa reside en el [s]cuerpo soberano nacido de la reunión entre el[/s] Parlamento, que debate y aprueba, y el Príncipe, que sanciona la Ley.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]El Parlamento se compone por Diputados, elegidos por y de entre los syldavos varones mayores de edad y suficientemente capaces, con arreglo a las leyes.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Las elecciones se celebrarán ordinariamente cada mes y extraordinariamente cuando dos propuestas sucesivas de Primer Ministro sean incapaces de recibir la confianza del Parlamento.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Corresponde al Parlamento reunido en pleno, con arreglo a la legalidad:[/font][/size][/li]
[ul]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Elegir a su Presidente y establecer sus propios procedimientos.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Proponer y aprobar las leyes y derogarlas, en su caso.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Dar la confianza al Primer Ministro o retirarla.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Aprobar las contribuciones e impuestos y los proyectos de gasto del Estado, [b][color=#c10300]exceptuando los gasto de la corona que son competencia de su alteza.[/color][/b][/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Investigar, evaluar y debatir, en pleno o en comisión, los asuntos de interés nacional, [b][color=#c10300]salvo los relacionados con la corona y sus actividades institucionales.[/color][/b][/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][s]Autorizar[/s] [b][color=#c10300]Conocer y asesorar en[/color][/b] las declaraciones de guerra, las firmas de paz y la negociación de tratados internacionales por parte del Príncipe.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][s]Declarar la incapacidad del Príncipe, según lo establecido en el artículo 4.[/s][/font][/size][/li]
[/ul]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]El Parlamento no podrá reunirse cuando el Gobierno estuviera vacante, salvo para dar o no la confianza a una propuesta de Primer Ministro.[/font][/size][/li]
[/ol]
[justify][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]Artículo 3. Del Gobierno[/b][/font][/size][/justify]
[justify][/justify]
[ol]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]El Gobierno está dirigido por el Primer Ministro y ejerce la potestad ejecutiva con arreglo a la ley.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]El Primer Ministro es un Diputado designado por el Príncipe y debe contar con la confianza del Parlamento.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Corresponde al Gobierno:[/font][/size][/li]
[ul]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Dirigir la administración civil del Estado[s], así como la militar aconsejado por el Estado Mayor.[/s][/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Ejercer la potestad reglamentaria con arreglo a la Constitución y a las leyes.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Cumplir y hacer cumplir el ordenamiento jurídico y las sentencias judiciales.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Proponer contribuciones, impuestos y proyectos de gasto del Estado.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Deliberar sobre todos los asuntos de interés público.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Responder de su gestión ante el Parlamento.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][s]Nombrar a los miembros del Estado Mayor y conceder ascensos militares, previa consulta con el Príncipe.[/s][/font][/size][/li]
[/ul]
[/ol]
[justify][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]Artículo 4. Del Príncipe[/b][/font][/size][/justify]
[justify][/justify]
[ol]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]El Príncipe es el jefe y soberano del Estado y [s]personifica[/s] [color=#c10300][b]representa[/b][/color] a la Nación.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]El Príncipe sanciona y promulga las leyes. [s]Cuando negare la sanción, el Parlamento podrá obligar a su aprobación por mayoría de tres quintas partes de sus miembros.[/s] [b][color=#c10300]Tiene derecho de veto ante cualquier propuesta legal salvo que esta venga avalada por cuatro quintos del parlamento.[/color][/b][/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Son, además, competencia del Príncipe:
[/font][/size]
[ul]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Designar al Primer Ministro y nombrarlo cuando reciba la confianza del Parlamento.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Expedir los Decretos y Reglamentos del Gobierno.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Oficiar la ceremonia de apertura del Parlamento y disolverlo en los supuestos recogidos en el artículo 2.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Convocar las elecciones al Parlamento con arreglo a la legalidad.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Nombrar al Presidente del Parlamento [s]y al Primer Ministro[/s] [color=#c10300][b](Ya está dicho arriba)[/b][/color] designado[s]s[/s] por el Parlamento.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b][color=#c10300]Efectuar propuestas de ley al Parlamento para su consideración y debate.[/color][/b][/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Dirigir las relaciones diplomáticas y comerciales con las demás Naciones.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Ejercer el mando supremo del Ejército y la Armada [b][color=#c10300]como Capitán General de las mismas.[/color][/b] [s]con arreglo a lo dispuesto por el Estado Mayor.[/s][/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Presidir las reuniones del Estado Mayor [b][color=#c10300]y nombrar o destituir a sus miembro[/color][/b]s.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b][color=#c10300]Presidir los consejos de guerra o delegar dicha función en alguien de su confianza.[/color][/b][/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Declarar la guerra y firmar la paz, [s]con autorización del Parlamento.[/s][/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Negociar, firmar y ratificar los tratados y convenios internacionales,[s] con autorización del Parlamento.[/s][/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Ejercer el derecho de gracia, con arreglo a las leyes.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Definir su propio matrimonio y su sucesor. [/font][/size][/li]
[/ul]
[/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]El Príncipe deberá actuar de forma recta y leal a la Nación y a la Constitución. El Parlamento puede exigir la abdicación del príncipe en su heredero natural por mayoría de [s]tres[/s] [color=#c10300][b]cuatro [/b][/color]quintas partes de sus miembros, [color=#c10300][b]siempre que haya un motivo incapacitante o de claro perjuicio al país demostrado judicialmente[/b][/color] para lo cual debe haberse votado al Parlamento al menos 15 días atrás. De no ser así, se convocarán elecciones y se ratificará la decisión del Parlamento en una nueva votación.[/font][/size][/li]
[/ol]
[justify][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]Artículo 5. De la Justicia[/b][/font][/size][/justify]
[justify][/justify]
[ol]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Los tribunales imparten justicia con arreglo a la Constitución y a las leyes y en el nombre del Parlamento soberano, con conocimiento del Príncipe, [b][color=#c10300]siendo este el juez ad quem en último término.[/color][/b][/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Los tribunales son los determinados por la ley y serán imparciales en sus resoluciones.[/font][/size][/li]
[/ol]
[/quote] |
| #Herminio frunció el ceño ante lo que estaba expresando Nicasio y, como (en su forma de verlo) el más liberal del Parlamento, exclamó:
[quote]La propuesta de D. Nicasio es totalmente inaceptable. Ni los cuatro quintos son aceptables, ni el Príncipe puede ser el juez en el último término. Las competencias del príncipe se han convertido en infinitas, haciéndolo omnipresente en la política. No lo aceptaré y no estoy dispuesto a negociar ni una sola palabra.[/quote]
A continuación, visiblemente enfadado, presentó la propuesta que no había visto la luz todavía, modificada a partir de la del Primer Ministro. Herminio creía que la concordia era hacer concesiones en pro de una Syldavia mejor, pero vio que el padre del Príncipe no estaba de acuerdo si esto conllevaba perder sus privilegios.
[justify][color=#111111][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]Artículo 1. De la Nación Syldava[/b][/font][/size][/color][/justify]
[ol]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Son syldavos todos los hombres nacidos en los dominios del Principado, así como sus hijos y los extranjeros que hubieren ganado vecindad u obtenido carta de naturaleza.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La Nación Syldava es libre e independiente y no es patrimonio de familia o persona alguna.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La Nación Syldava se dota de instituciones para su normal Gobierno y lograr el bienestar de sus miembros.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Todos los syldavos tienen la obligación de ser fieles a la Constitución, a la legalidad y a las autoridades, a contribuir en proporción a sus haberes para los gastos del Estado y a defender la Patria con las armas de ser llamado.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Todo syldavo tiene derecho a:
[/font][/size][/color]
[ul]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La inviolabilidad personal al amparo del cumplimiento de la legalidad. Todo auto judicial o resolución sancionadora deberán ser motivados.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]Al sufragio activo y pasivo.[/b][/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La inviolavibilidad del domicilio y el secreto de las comunicaciones personales, salvo en los casos y formas dispuestos en la ley.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]La igualdad ante la ley.[/b][/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La libre circulación y domicilio por el territorio nacional.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La propiedad privada, salvo en casos de utilidad pública adecuadamente motivada y previa compensación.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Expresarse libremente al amparo del respeto a la legalidad [s]y a la rectitud moral[/s].[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La libertad religiosa, observando disposiciones básicas de moral y honor.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La libertad de elegir profesión y de aprenderla como mejor le parezca. [s]El Estado podrá dictar reglas básicas de enseñanza.[/s][/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]A la instrucción básica gratuita hasta los 10 años de edad.[/b][/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Reunirse y asociarse [s]pacíficamente [/s]para fines legítimos.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]A participar en los asuntos públicos[/b].[/font][/size][/color][/li]
[/ul]
[/li]
[/ol]
[justify][color=#111111][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]Artículo 2. Del Parlamento[/b][/font][/size][/color][/justify]
[ol]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La potestad legislativa reside en el cuerpo soberano nacido de la reunión entre el Parlamento, que debate y aprueba, y el Príncipe, que sanciona la Ley.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]El Parlamento se compone por Diputados, elegidos por y de entre los syldavos varones mayores de edad[s] y suficientemente capaces[/s], con arreglo a las leyes.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Las elecciones se celebrarán ordinariamente cada mes y extraordinariamente cuando dos propuestas sucesivas de Primer Ministro sean incapaces de recibir la confianza del Parlamento.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Corresponde al Parlamento reunido en pleno, con arreglo a la legalidad:
[/font][/size][/color]
[ul]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Elegir a su Presidente y establecer sus propios procedimientos.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Proponer y aprobar las leyes y derogarlas, en su caso.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Dar la confianza al Primer Ministro o retirarla.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Aprobar las contribuciones e impuestos y los proyectos de gasto del Estado.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Investigar, evaluar y debatir, en pleno o en comisión, los asuntos de interés nacional.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Autorizar las declaraciones de guerra, las firmas de paz y la negociación de tratados internacionales por parte del Príncipe.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Declarar la incapacidad del Príncipe, según lo establecido en el artículo 4.[/font][/size][/color][/li]
[/ul]
[/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]El Parlamento no podrá reunirse cuando el Gobierno estuviera vacante, salvo para dar o no la confianza a una propuesta de Primer Ministro.[/font][/size][/color][/li]
[/ol]
[justify][color=#111111][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]Artículo 3. Del Gobierno[/b][/font][/size][/color][/justify]
[ol]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]El Gobierno está dirigido por el Primer Ministro y ejerce la potestad ejecutiva con arreglo a la ley.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]El Primer Ministro es un Diputado designado por el Príncipe y debe contar con la confianza del Parlamento.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Corresponde al Gobierno:
[/font][/size][/color]
[ul]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Dirigir la administración civil del Estado, así como la militar aconsejado por el Estado Mayor.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Ejercer la potestad reglamentaria con arreglo a la Constitución y a las leyes.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Cumplir y hacer cumplir el ordenamiento jurídico y las sentencias judiciales.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Proponer contribuciones, impuestos y proyectos de gasto del Estado.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Deliberar sobre todos los asuntos de interés público.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Responder de su gestión ante el Parlamento.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Nombrar a los miembros del Estado Mayor y conceder ascensos militares, previa consulta con el Príncipe.[/font][/size][/color][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]Ejercer el derecho de gracia, con arreglo a las leyes.[/b][/font][/size][/li]
[/ul]
[/li]
[/ol]
[justify][color=#111111][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]Artículo 4. Del Príncipe[/b][/font][/size][/color][/justify]
[ol]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]El Príncipe jurará esta Constitución como condición indispensable para ser reconocido Jefe del Estado.[/b][/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][s]El Príncipe es el jefe del Estado y personifica a la Nación[/s].[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]El Príncipe sanciona y promulga las leyes. Cuando negare la sanción, el Parlamento podrá obligar a su aprobación por mayoría de tres quintas partes de sus miembros.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Son, además, competencia del Príncipe:
[/font][/size][/color]
[ul]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Designar al Primer Ministro y nombrarlo cuando reciba la confianza del Parlamento.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Expedir los Decretos y Reglamentos del Gobierno.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Oficiar la ceremonia de apertura del Parlamento y disolverlo en los supuestos recogidos en el artículo 2.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Convocar las elecciones al Parlamento con arreglo a la legalidad.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Nombrar al Presidente del Parlamento y al Primer Ministro designados por el Parlamento.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Dirigir las relaciones diplomáticas y comperciales con las demás Naciones, [b]siguiendo la política marcada por el Primer Ministro.[/b][/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Ejercer el mando supremo [b]simbólico [/b]del Ejército y la Armada con arreglo a lo dispuesto por el Estado Mayor.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Presidir las reuniones del Estado Mayor, [b]con voz, pero sin voto[/b].[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Declarar la guerra y firmar la paz, con autorización del Parlamento.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Negociar, firmar y ratificar los tratados y convenios internacionales, con autorización del Parlamento.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Definir su propio matrimonio y su sucesor, [b]previa consulta al Primer Ministro.[/b][/font][/size][/color][/li]
[/ul]
[/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]El Príncipe deberá actuar de forma recta y leal a la Nación y a la Constitución. El Parlamento puede exigir la abdicación del príncipe en su heredero natural por mayoría de tres quintas partes de sus miembros, para lo cual debe haberse votado al Parlamento al menos 15 días atrás. De no ser así, se convocarán elecciones y se ratificará la decisión del Parlamento en una nueva votación.[/font][/size][/color][/li]
[/ol]
[justify][color=#111111][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]Artículo 5. De la Justicia[/b][/font][/size][/color][/justify]
[ol]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Los tribunales imparten justicia con arreglo a la Constitución y a las leyes y en el nombre del Parlamento soberano, con conocimiento del Príncipe.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Los tribunales son los determinados por la ley y serán imparciales en sus resoluciones.[/font][/size][/color][/li]
[/ol] |