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221993 Chiribito
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Debate Constitucional

Nicasio, sintiéndose algo mejor, y contra opinión médica, decidió abandonar el hospital y reanudar su actividad parlamentaria con la idea de presentar una constitución que había estado meditando en sus días de reposo hospitalario.


[b][color=#c10300][size=4]Señores Diputados, preocupado como estoy por esta joven democracia de la que nos estamos dotando, y aún a riesgo de mi salud, he decidido acudir a esta cámara para presentarles el siguiente proyecto constitucional:[/size][/color][/b]



[b]Preámbulo[/b]

Syldavia, nación con siglos de historia y tradición, mirando al futuro, quiere dotarse de una constitución que aúne tradición y modernidad, fortaleciendo sus instituciones y dando derechos a su población para un mayor progreso y una mejor calidad de vida.

[b]Artículo 1[/b]

Syldavia es una nación histórica quien, encabezada por su príncipe soberano, se dota de poderes legislativo y ejecutivo para su normal gobierno, progreso y desarrollo, al mismo tiempo que dota a sus ciudadanos de una serie de derechos y deberes en aras de mejorar su calidad de vida y bienestar.

[b]Artículo 2[/b]

[u]El príncipe[/u] de Syldavia ejerce la jefatura del estado con las siguientes funciones

- Apertura y disolución de las cortes.
- Convocatoria de elecciones a diputados con arreglo a la ley.
- Nombramiento del Presidente del Parlamento y del Primer Ministro, tras obtener estos la confianza de la cámara.
- Sanción de las leyes aprobadas por la cámara, así como derecho a veto.
- Efectuar propuestas de ley al parlamento para su consideración y debate.
- Ejercer el mando supremo de las fuerzas armadas como capitán general, y nombrar y cesar a los miembros del consejo militar de defensa.
- Ejercer el derecho de gracia.
- Presidir los consejos de guerra o delegar dicha función en alguien de su confianza.

[b]Artículo 3[/b]

[u]El poder legislativo[/u] está compuesto por diputados elegidos democráticamente por el censo popular con arreglo a la ley, siendo sus funciones:

- Elección del Presidente del Parlamento con arreglo a la ley.
- Elección del Primer Ministro con arreglo a la ley.
- Debate y aprobación de las leyes que rigen el país con arreglo a la constitución. Todos los diputados tienen derecho de propuesta y voto.
- Establecer comisiones de investigación, evaluación, y mejora con arreglo a la ley.

[b]Artículo 4[/b]

[u]El poder ejecutivo[/u] ejerce la labor de gobierno del país con arreglo a la ley, siendo sus funciones:

- Dirigir la administración civil del estado.
- Ejercer la potestad reglamentaria con arreglo a la constitución y las leyes.
- Cumplir y hacer cumplir el ordenamiento jurídico y las sentencias judiciales.
- Establecer impuestos, tasas y contribuciones para el funcionamiento del país.

[b]Artículo 5[/b]

[u]El poder judicial[/u] es el encargado de impartir justicia con arreglo a la constitución y las leyes. Su constitución y funcionamiento viene determinado por la ley, siendo el Príncipe de Syldavia el Juez ad quem en último término.

[b]Artículo 6[/b]

Los ciudadanos de Syldavia gozan de los siguientes [u]derechos y deberes[/u] reconocidos constitucionalmente:

- Derecho a la libertad, quedando prohibida cualquier forma de esclavitud.
- Derecho al trabajo con justa remuneración en pago.
- Derecho a una vivienda digna.
- Derecho a la educación.
- Derecho de manifestación y huelga con arreglo a la ley.
- Derecho a la libertad religiosa.
- Derecho al honor.
- Derecho a la integridad moral.
- Derecho a la inviolabilidad personal al amparo del cumplimiento de la constitución y la ley.
- Derecho a la inviolabilidad patrimonial fuera del cumplimiento de la ley o reglamentos tributarios.
- Derecho a la irretroactividad de los delitos cometidos, así como de sus penas.
- Derecho y deber de contribuir con el país con arreglo a la ley.
- Derecho y deber de cumplir la constitución, las leyes y los reglamentos.

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221993 Chiribito
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#Tras leer la propuesta don Nicasio exclamó:

[b][color=#c10300][size=4]Ya lo creo que difiere. Yo defiendo una monarquía parlamentaria y usted defiende un funcionariado parlamentario. Y llegan hasta el punto de proclamar muchas libertades y una esclavitud. La esclavitud del príncipe, quien por no poder, no puede ni elegir con quien casarse si no obtiene los parabienes de esta cámara.[/size][/color][/b]

[b][color=#c10300][size=4]Esa constitución jamás contará con mi aprobación.[/size][/color][/b]

203938 Byzantium
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#Como comentario del moderador, si bien se pueden establecer controles del poder político (parlamento, monarca o gobierno) sobre el ejército, [b]ningún jugador podrá bajo ningún concepto evitar que otro jugador sea militar.[/b] A este respecto, todo personaje que al nacer sea militar tendrá derecho a las bonificaciones básicas de los jugadores militares y si los eventos políticos exigen consecuencias en su grado de militar, [b]el personaje militar conservará, alterados, sus beneficios como personaje militar.[/b]

225331 SLY
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#D. Santiago Valencia tomo la palabra y se dirigió a los presentes:

[i][b]" Estimadas Señorías:[/b][/i]  [i][b]En primer lugar he de decir que llevo poco tiempo instalado en estas tierras y desconozco el desastre de guerra civil que han padecido ,pero escuchando a todas las iniciativas presentadas considero la que ha hecho el S. Nicasio como germen de una constitución ,a la cual se le pueden añadir o quitar lo que se considere , puede servirnos como punto de partida hasta conseguir la constitución que todos queremos, es por esto que tiene todo mi apoyo y consideración."[/b][/i]

203938 Byzantium
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#Aclaración de moderación: tanto en Clasema como en Noid hay el mismo modelo de estado, una monarquía moderada por un parlamento poco democrático. En Clasema, se alcanzó este modelo en forma propia. En Noid, el modelo fue impuesto mediante la intervención extranjera del ejército de Clasema con la connivencia del Rey de Noïd, tras haber los Noiditas vencido a los conservadores. Por lo tanto, en el presente a nivel internacional, los liberales y republicanos "auténticos" están en minoría y fuera del poder (en base al contexto europeo de 1820).
[url=https://pol.virtualpol.com/foro/syldavia/%5Bcontexto%5D-la-gran-coalicion][/url]
[url=https://pol.virtualpol.com/foro/syldavia/%5Bcontexto%5D-la-gran-coalicion]Como viene aquí.[/url]

225312 Eltomash
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#Herminio asintió en señal de conformidad con lo que estaba expresando Don José del Candado

221993 Chiribito
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#Nicasio, comprendiendo que el argumento del señor del Candado podía tener su lógica siempre y cuando en el trono hubiese sentado un tirano, si vio también que su propuesta, redactada de tal modo, sin condicionantes de ningún tipo, dejaba en manos del parlamento el poder de hacer abdicar a todos los monarcas uno tras uno hasta que no quedase heredero natural de ninguna clase. No obstante se calló y siguió esperando a ver por donde derivaban las divagaciones de los diputados. El tenía muy claro a qué podía votar sí y a qué podía votar no.

221993 Chiribito
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#Nicasio pensó para si:

"Ahora quieren que todos sean soberanos, no sé si va a haber corona para tanta soberana cabeza. 
Desde luego es una soberana tontería. No hay más que un soberano; el príncipe."

225312 Eltomash
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#Herminio tomó la palabra:

[quote]Yo creo, señorías, que la propuesta de D. Miguel, que no olvidemos que es nuestro Primer Ministro es buena, ecuánime con el pueblo y el príncipe. Es un buen punto de partida para la nación que estamos creando.

Y creo, sin embargo, que todo hombre, cada syldavo, debería votar por el parlamento elegido. Creo que deberíamos instaurar el sufragio universal masculino por ser de derecho. Si todos los hombres de nuestra nación pueden ser llamados a las armas, todos los hombres deben ser llamados a decidir nuestro destino.
[/quote]

225312 Eltomash
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#[quote]Creo, señorías, que no debemos postergar la aprobación de nuestra carta magna por este tema. Si ya hemos llegado a un acuerdo que, aunque no me complace totalmente, he de reconocer que es un gran avance para Syldavia. 

Soy consciente de que en el futuro habrá modificaciones sustanciales, especialmente en lo que atañe al sufragio, cuando instauremos un sistema de instrucción pública.[/quote]

224206 Lector
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#En la bancada del Gobierno se oyó un resoplido y el comentario

[quote]Bueno, tanto como de instrucción pública...[/quote]

221993 Chiribito
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#[quote][justify][b][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#c10300]Terminadas sus corrección Nicasio leyó al resto de diputados su parecer sobre el texto.[/color][/font][/size][/b]

[/justify]
[justify][/justify]
[justify][b][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Artículo 1. De la Nación Syldava[/font][/size][/b][/justify]
[ol]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Son syldavos todos los hombres nacidos en los dominios del Principado, así como sus hijos y los extranjeros que hubieren [s]ganado vecindad u[/s] obtenido carta de naturaleza. [b][color=#c10300](Hay que controlar la inmigración y el arraigo ilegal)[/color][/b][/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La Nación Syldava es libre e independiente[s] y no es patrimonio de familia o persona alguna.[/s][/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La Nación Syldava se dota de instituciones para su normal Gobierno y lograr el bienestar de sus [s]miembros.[/s] [b][color=#c10300]ciudadanos[/color][/b][/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Todos los syldavos tienen la obligación de ser fieles a la Constitución, a la legalidad y a las autoridades, a contribuir en proporción a sus haberes para los gastos del Estado y a defender la Patria con las armas de ser llamado.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Todo syldavo tiene derecho a:[/font][/size][/li]
[ul]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La inviolabilidad personal al amparo del cumplimiento de la legalidad. Todo auto judicial o resolución sancionadora deberán ser motivados.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La inviolavibilidad del domicilio y el secreto de las comunicaciones personales, salvo en los casos y formas dispuestos en la ley.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La libre circulación y domicilio por el territorio nacional.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La propiedad privada, salvo en casos de utilidad pública y previa compensación.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Expresarse libremente al amparo del respeto a la legalidad y a la rectitud moral, [b][color=#c10300]lo cual será vigilado por un tribunal censor[/color][/b][/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La libertad religiosa, observando disposiciones básicas de moral y honor.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La libertad de elegir profesión y de aprenderla como mejor le parezca. El Estado podrá dictar reglas básicas de enseñanza.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Reunirse y asociarse pacíficamente para fines legítimos [b][color=#c10300]confome lo estipulado en la ley[/color][/b][/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Dirigir peticiones pacíficamente a las instituciones. [b][color=#c10300]de forma escrita y con buena letra[/color][/b][/font][/size][/li]
[/ul]
[/ol]
[justify][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]Artículo 2. Del Parlamento[/b][/font][/size][/justify]
[justify][/justify]
[ol]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La potestad legislativa reside en el [s]cuerpo soberano nacido de la reunión entre el[/s] Parlamento, que debate y aprueba, y el Príncipe, que sanciona la Ley.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]El Parlamento se compone por Diputados, elegidos por y de entre los syldavos varones mayores de edad y suficientemente capaces, con arreglo a las leyes.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Las elecciones se celebrarán ordinariamente cada mes y extraordinariamente cuando dos propuestas sucesivas de Primer Ministro sean incapaces de recibir la confianza del Parlamento.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Corresponde al Parlamento reunido en pleno, con arreglo a la legalidad:[/font][/size][/li]
[ul]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Elegir a su Presidente y establecer sus propios procedimientos.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Proponer y aprobar las leyes y derogarlas, en su caso.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Dar la confianza al Primer Ministro o retirarla.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Aprobar las contribuciones e impuestos y los proyectos de gasto del Estado, [b][color=#c10300]exceptuando los gasto de la corona que son competencia de su alteza.[/color][/b][/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Investigar, evaluar y debatir, en pleno o en comisión, los asuntos de interés nacional, [b][color=#c10300]salvo los relacionados con la corona y sus actividades institucionales.[/color][/b][/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][s]Autorizar[/s] [b][color=#c10300]Conocer y asesorar en[/color][/b] las declaraciones de guerra, las firmas de paz y la negociación de tratados internacionales por parte del Príncipe.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][s]Declarar la incapacidad del Príncipe, según lo establecido en el artículo 4.[/s][/font][/size][/li]
[/ul]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]El Parlamento no podrá reunirse cuando el Gobierno estuviera vacante, salvo para dar o no la confianza a una propuesta de Primer Ministro.[/font][/size][/li]
[/ol]
[justify][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]Artículo 3. Del Gobierno[/b][/font][/size][/justify]
[justify][/justify]
[ol]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]El Gobierno está dirigido por el Primer Ministro y ejerce la potestad ejecutiva con arreglo a la ley.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]El Primer Ministro es un Diputado designado por el Príncipe y debe contar con la confianza del Parlamento.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Corresponde al Gobierno:[/font][/size][/li]
[ul]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Dirigir la administración civil del Estado[s], así como la militar aconsejado por el Estado Mayor.[/s][/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Ejercer la potestad reglamentaria con arreglo a la Constitución y a las leyes.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Cumplir y hacer cumplir el ordenamiento jurídico y las sentencias judiciales.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Proponer contribuciones, impuestos y proyectos de gasto del Estado.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Deliberar sobre todos los asuntos de interés público.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Responder de su gestión ante el Parlamento.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][s]Nombrar a los miembros del Estado Mayor y conceder ascensos militares, previa consulta con el Príncipe.[/s][/font][/size][/li]
[/ul]
[/ol]
[justify][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]Artículo 4. Del Príncipe[/b][/font][/size][/justify]
[justify][/justify]
[ol]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]El Príncipe es el jefe y soberano del Estado y [s]personifica[/s] [color=#c10300][b]representa[/b][/color] a la Nación.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]El Príncipe sanciona y promulga las leyes. [s]Cuando negare la sanción, el Parlamento podrá obligar a su aprobación por mayoría de tres quintas partes de sus miembros.[/s] [b][color=#c10300]Tiene derecho de veto ante cualquier propuesta legal salvo que esta venga avalada por cuatro quintos del parlamento.[/color][/b][/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Son, además, competencia del Príncipe:
[/font][/size]
[ul]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Designar al Primer Ministro y nombrarlo cuando reciba la confianza del Parlamento.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Expedir los Decretos y Reglamentos del Gobierno.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Oficiar la ceremonia de apertura del Parlamento y disolverlo en los supuestos recogidos en el artículo 2.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Convocar las elecciones al Parlamento con arreglo a la legalidad.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Nombrar al Presidente del Parlamento [s]y al Primer Ministro[/s] [color=#c10300][b](Ya está dicho arriba)[/b][/color] designado[s]s[/s] por el Parlamento.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b][color=#c10300]Efectuar propuestas de ley al Parlamento para su consideración y debate.[/color][/b][/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Dirigir las relaciones diplomáticas y comerciales con las demás Naciones.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Ejercer el mando supremo del Ejército y la Armada [b][color=#c10300]como Capitán General de las mismas.[/color][/b] [s]con arreglo a lo dispuesto por el Estado Mayor.[/s][/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Presidir las reuniones del Estado Mayor [b][color=#c10300]y nombrar o destituir a sus miembro[/color][/b]s.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b][color=#c10300]Presidir los consejos de guerra o delegar dicha función en alguien de su confianza.[/color][/b][/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Declarar la guerra y firmar la paz, [s]con autorización del Parlamento.[/s][/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Negociar, firmar y ratificar los tratados y convenios internacionales,[s] con autorización del Parlamento.[/s][/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Ejercer el derecho de gracia, con arreglo a las leyes.[/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Definir su propio matrimonio y su sucesor. [/font][/size][/li]
[/ul]
[/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]El Príncipe deberá actuar de forma recta y leal a la Nación y a la Constitución. El Parlamento puede exigir la abdicación del príncipe en su heredero natural por mayoría de [s]tres[/s] [color=#c10300][b]cuatro [/b][/color]quintas partes de sus miembros, [color=#c10300][b]siempre que haya un motivo incapacitante o de claro perjuicio al país demostrado judicialmente[/b][/color] para lo cual debe haberse votado al Parlamento al menos 15 días atrás. De no ser así, se convocarán elecciones y se ratificará la decisión del Parlamento en una nueva votación.[/font][/size][/li]
[/ol]
[justify][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]Artículo 5. De la Justicia[/b][/font][/size][/justify]
[justify][/justify]
[ol]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Los tribunales imparten justicia con arreglo a la Constitución y a las leyes y en el nombre del Parlamento soberano, con conocimiento del Príncipe, [b][color=#c10300]siendo este el juez ad quem en último término.[/color][/b][/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Los tribunales son los determinados por la ley y serán imparciales en sus resoluciones.[/font][/size][/li]
[/ol]
[/quote]

225312 Eltomash
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#Herminio frunció el ceño ante lo que estaba expresando Nicasio y, como (en su forma de verlo) el más liberal del Parlamento, exclamó:

[quote]La propuesta de D. Nicasio es totalmente inaceptable. Ni los cuatro quintos son aceptables, ni el Príncipe puede ser el juez en el último término. Las competencias del príncipe se han convertido en infinitas, haciéndolo omnipresente en la política. No lo aceptaré y no estoy dispuesto a negociar ni una sola palabra.[/quote]


A continuación, visiblemente enfadado, presentó la propuesta que no había visto la luz todavía, modificada a partir de la del Primer Ministro. Herminio creía que la concordia era hacer concesiones en pro de una Syldavia mejor, pero vio que el padre del Príncipe no estaba de acuerdo si esto conllevaba perder sus privilegios. 

[justify][color=#111111][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]Artículo 1. De la Nación Syldava[/b][/font][/size][/color][/justify]
[ol]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Son syldavos todos los hombres nacidos en los dominios del Principado, así como sus hijos y los extranjeros que hubieren ganado vecindad u obtenido carta de naturaleza.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La Nación Syldava es libre e independiente y no es patrimonio de familia o persona alguna.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La Nación Syldava se dota de instituciones para su normal Gobierno y lograr el bienestar de sus miembros.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Todos los syldavos tienen la obligación de ser fieles a la Constitución, a la legalidad y a las autoridades, a contribuir en proporción a sus haberes para los gastos del Estado y a defender la Patria con las armas de ser llamado.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Todo syldavo tiene derecho a:
[/font][/size][/color]
[ul]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La inviolabilidad personal al amparo del cumplimiento de la legalidad. Todo auto judicial o resolución sancionadora deberán ser motivados.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]Al sufragio activo y pasivo.[/b][/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La inviolavibilidad del domicilio y el secreto de las comunicaciones personales, salvo en los casos y formas dispuestos en la ley.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]La igualdad ante la ley.[/b][/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La libre circulación y domicilio por el territorio nacional.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La propiedad privada, salvo en casos de utilidad pública adecuadamente motivada y previa compensación.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Expresarse libremente al amparo del respeto a la legalidad [s]y a la rectitud moral[/s].[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La libertad religiosa, observando disposiciones básicas de moral y honor.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La libertad de elegir profesión y de aprenderla como mejor le parezca. [s]El Estado podrá dictar reglas básicas de enseñanza.[/s][/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]A la instrucción básica gratuita hasta los 10 años de edad.[/b][/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Reunirse y asociarse [s]pacíficamente [/s]para fines legítimos.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]A participar en los asuntos públicos[/b].[/font][/size][/color][/li]
[/ul]
[/li]
[/ol]
[justify][color=#111111][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]Artículo 2. Del Parlamento[/b][/font][/size][/color][/justify]
[ol]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La potestad legislativa reside en el cuerpo soberano nacido de la reunión entre el Parlamento, que debate y aprueba, y el Príncipe, que sanciona la Ley.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]El Parlamento se compone por Diputados, elegidos por y de entre los syldavos varones mayores de edad[s] y suficientemente capaces[/s], con arreglo a las leyes.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Las elecciones se celebrarán ordinariamente cada mes y extraordinariamente cuando dos propuestas sucesivas de Primer Ministro sean incapaces de recibir la confianza del Parlamento.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Corresponde al Parlamento reunido en pleno, con arreglo a la legalidad:
[/font][/size][/color]
[ul]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Elegir a su Presidente y establecer sus propios procedimientos.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Proponer y aprobar las leyes y derogarlas, en su caso.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Dar la confianza al Primer Ministro o retirarla.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Aprobar las contribuciones e impuestos y los proyectos de gasto del Estado.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Investigar, evaluar y debatir, en pleno o en comisión, los asuntos de interés nacional.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Autorizar las declaraciones de guerra, las firmas de paz y la negociación de tratados internacionales por parte del Príncipe.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Declarar la incapacidad del Príncipe, según lo establecido en el artículo 4.[/font][/size][/color][/li]
[/ul]
[/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]El Parlamento no podrá reunirse cuando el Gobierno estuviera vacante, salvo para dar o no la confianza a una propuesta de Primer Ministro.[/font][/size][/color][/li]
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[justify][color=#111111][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]Artículo 3. Del Gobierno[/b][/font][/size][/color][/justify]
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[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]El Gobierno está dirigido por el Primer Ministro y ejerce la potestad ejecutiva con arreglo a la ley.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]El Primer Ministro es un Diputado designado por el Príncipe y debe contar con la confianza del Parlamento.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Corresponde al Gobierno:
[/font][/size][/color]
[ul]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Dirigir la administración civil del Estado, así como la militar aconsejado por el Estado Mayor.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Ejercer la potestad reglamentaria con arreglo a la Constitución y a las leyes.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Cumplir y hacer cumplir el ordenamiento jurídico y las sentencias judiciales.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Proponer contribuciones, impuestos y proyectos de gasto del Estado.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Deliberar sobre todos los asuntos de interés público.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Responder de su gestión ante el Parlamento.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Nombrar a los miembros del Estado Mayor y conceder ascensos militares, previa consulta con el Príncipe.[/font][/size][/color][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]Ejercer el derecho de gracia, con arreglo a las leyes.[/b][/font][/size][/li]
[/ul]
[/li]
[/ol]
[justify][color=#111111][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]Artículo 4. Del Príncipe[/b][/font][/size][/color][/justify]
[ol]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]El Príncipe jurará esta Constitución como condición indispensable para ser reconocido Jefe del Estado.[/b][/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][s]El Príncipe es el jefe del Estado y personifica a la Nación[/s].[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]El Príncipe sanciona y promulga las leyes. Cuando negare la sanción, el Parlamento podrá obligar a su aprobación por mayoría de tres quintas partes de sus miembros.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Son, además, competencia del Príncipe:
[/font][/size][/color]
[ul]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Designar al Primer Ministro y nombrarlo cuando reciba la confianza del Parlamento.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Expedir los Decretos y Reglamentos del Gobierno.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Oficiar la ceremonia de apertura del Parlamento y disolverlo en los supuestos recogidos en el artículo 2.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Convocar las elecciones al Parlamento con arreglo a la legalidad.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Nombrar al Presidente del Parlamento y al Primer Ministro designados por el Parlamento.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Dirigir las relaciones diplomáticas y comperciales con las demás Naciones, [b]siguiendo la política marcada por el Primer Ministro.[/b][/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Ejercer el mando supremo [b]simbólico [/b]del Ejército y la Armada con arreglo a lo dispuesto por el Estado Mayor.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Presidir las reuniones del Estado Mayor, [b]con voz, pero sin voto[/b].[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Declarar la guerra y firmar la paz, con autorización del Parlamento.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Negociar, firmar y ratificar los tratados y convenios internacionales, con autorización del Parlamento.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Definir su propio matrimonio y su sucesor, [b]previa consulta al Primer Ministro.[/b][/font][/size][/color][/li]
[/ul]
[/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]El Príncipe deberá actuar de forma recta y leal a la Nación y a la Constitución. El Parlamento puede exigir la abdicación del príncipe en su heredero natural por mayoría de tres quintas partes de sus miembros, para lo cual debe haberse votado al Parlamento al menos 15 días atrás. De no ser así, se convocarán elecciones y se ratificará la decisión del Parlamento en una nueva votación.[/font][/size][/color][/li]
[/ol]
[justify][color=#111111][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]Artículo 5. De la Justicia[/b][/font][/size][/color][/justify]
[ol]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Los tribunales imparten justicia con arreglo a la Constitución y a las leyes y en el nombre del Parlamento soberano, con conocimiento del Príncipe.[/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Los tribunales son los determinados por la ley y serán imparciales en sus resoluciones.[/font][/size][/color][/li]
[/ol]

221993 Chiribito
+0

#Nicasio con rostro serio exclamo:

[color=#c10300][size=4]¡Vean señores quién es aquí el cerrado y no dispuesto a "negociar ni una sola palabra" según él mismo ha manifestado![/size][/color]

[color=#c10300][size=4]Bueno, pues si con Herminio no puedo negociar porque el mismo se declara incapaz de ello, esperaré a ver que dice el Señor del Castillo, como ponente que es del texto. Yo puedo ser muy razonable, y hacer concesiones, pero también tengo mis líneas rojas igual que el resto.[/size][/color]

225331 SLY
+0

#D. Santiago Valencia se puso en pie y se dirigió a los presentes:

  [size=3][i][b]" Estimados Señorías quiero desde mi escaño declarar todo mi [/b][/i][/size]
[size=3][i][b]apoyo y aprobación  al texto realizado por D. Nicasio ya que creo que es el que más se acerca a lo que nos conviene "[/b][/i][/size]

225312 Eltomash
+0

#Herminio vio cómo D. Nicasio había tergiversado sus palabras.

[quote]Estimado Nicasio: no estoy diciendo que no quiera debatir. Quiero decir que su propuesta es absolutamente contraria a todo lo que soy y pienso y no la debatiré con usted. Llevo días en este hemiciclo debatiendo y llegando a acuerdos que, si bien no me son del todo satisfactorios, no me parecen un insulto a mi ideología.

Por eso, estimados señores del Candado y del Castillo, os anuncio que apoyaré la última propuesta que ha presentado el Primer Ministro, como solución de compromiso, y espero que usted, D. Nicasio, haga lo mismo.[/quote]

224206 Lector
+0

#[color=#00369b][size=4]Señorías, aplaquen sus ánimos momentáneamente y permítanme contestar a sus sugerencias al texto Constitucional, las cuales he revisado minuciosamente.[/size][/color]

[color=#00369b][size=4]De momento no voy a modificar el texto de mi propuesta, pues algunas de sus enmiendas se contraponen y requiero conocer la opinión de todas Sus Señorías al respecto. Pero lo anoto todo y se dará cuenta de ello a su debido tiempo.[/size][/color]

[color=#00369b][size=4][b]1. Don Nicasio[/b][/size][/color]

[ul]
[li][color=#00369b][size=4]No considero interesante la supresión de la concesión de la nacionalidad syldava por vía de la vecindad. Actualmente no hay ninguna razón que indique a pensar que esta es una forma en la que gente problemática entre al Principado. Si acaso, nuevos Syldavos son de gran interés, ya que su inclusión en el Censo implica que pasan a pagar contribuciones al Estado. De todas formas, de verse necesario se podría regular con posterioridad mediante una ley que defina el proceso de ganar vecindad.[/size][/color][/li]
[li][color=#00369b][size=4][b]Acepto la enmienda del art. 1.3.[/b][/size][/color][/li]
[li][color=#00369b][size=4]Al respecto de la libertad de expresión, la idea original mía, de la que surge la redacción de mi propuesta, incluía la posibilidad de incluir un tribunal censor que, eso sí, sólo pudiera conocer con posterioridad a la publicación o proclamación. No estoy dispuesto a permitir la censura previa, así que sólo puedo admitir su enmienda si se especifica que tal tribunal no podrá ejercer la censura previa. Igualmente, tal tribunal deberá estar, en todo caso, controlado por el Parlamento.[/size][/color][/li]
[li][color=#00369b][size=4][b]Acepto la enmienda del art. 1.5[/b]. en lo referente a la libertad de reunión y asociación.[/size][/color][/li]
[li][color=#00369b][size=4][b]Acepto parcialmente la enmienda del art. 1.5.[/b] en lo referente al derecho de petición, eliminando el "y con buena letra" por innecesario.[/size][/color][/li]
[li][color=#00369b][size=4]Sobre los gastos de la Corona, es cierto que son una materia aparte de los proyectos de gasto normales del Estado. No obstante, si entramos a definir este extremo, se deberá hablar también en la Constitución de la Hacienda Real. Personalmente, soy partidario de dejar total libertad al Príncipe para gestionar su Hacienda, siempre y cuando entonces no requiera asignaciones normales del Estado.[/size][/color][/li]
[li][color=#00369b][size=4]Me niego a impedir al Parlamento ciertos temas de debate. A un cosoberano del Principado no se le puede restringir este Derecho.[/size][/color][/li]
[li][color=#00369b][size=4]Mantengo la opinión de que el Parlamento, como cosoberano del Principado, debe autorizar las declaraciones de guerra, firmas de paz y negociaciones internacionales. Por representar a la Nación y por agilizar el proceso, debe ser el Príncipe quien finalmente lleve el peso de la acción, pero el Parlamento debe tener plena capacidad en estas materias. Evidentemente, la autorización es una cosa inicial o final. Es decir, no es un debate eterno ni múltiples votaciones, sólo una consulta reducida al Parlamento para asegurar su conformidad con materias de tanta importancia para Syldavia.[/size][/color][/li]
[li][color=#00369b][size=4]En lo referente al Artículo 3, estoy dispuesto a permitir que sea el Príncipe quien dirija la administración militar aconsejado por el Estado Mayor, siempre y cuando se mantenga que los miembros de éste los nombre el Parlamento.[/size][/color][/li]
[li][color=#00369b][size=4][b]Acepto la enmienda del artículo 4.1.[/b][/size][/color][/li]
[li][color=#00369b][size=4]Como ya han dicho Don José del Candado y Don Herminio de Oriente, los cuatro quintos para restringir el derecho de veto son excesivos. Recordemos que el Parlamento es cosoberano del Principado, no puede estar tan excesivamente constreñido. El Príncipe ya tiene sus mecanismos para controlar ligeramente al Parlamento, y lo contrario también es cierto. Pero un excesivo control entre ambas instituciones no hará ningún bien a Syldavia.[/size][/color][/li]
[li][color=#00369b][size=4][b]Acepto la enmienda del artículo 4.3.[/b] en relación con la posibilidad de que el Príncipe efectúe propuestas de Ley.[/size][/color][/li]
[li][color=#00369b][size=4]Se puede añadir que el Príncipe es Capitán General del Ejército y la Armada, en línea con lo que ya he comentado de permitirle dirigir la administración militar, pero no puedo admitir que no sea el Estado Mayor el que colegiadamente tome la última decisión.[/size][/color][/li]
[li][color=#00369b][size=4]Puedo asumir que el Príncipe presida los consejos de guerra (especificando que ésta modalidad de justicia sólo puede tener consecuencias en el rango militar), siempre que el Estado Mayor (o una parte de sus miembros) constituya el tribunal de tales consejos.[/size][/color][/li]
[li][color=#00369b][size=4]Originalmente mi propuesta incluía dos tercios de los miembros del Parlamento para poder exigir la abdicación del Príncipe. Puedo tolerar, por tanto, aumentar el requerimiento a tal mayoría. Igualmente puedo asumir que se deba manifestar un motivo incapacitante o de claro perjuicio al país, que deba ser demostrado en el Parlamento.[/size][/color][/li]
[li][color=#00369b][size=4]Me niego a que el Príncipe sea el juez ad quem en término último. Los poderes deben estar separados y el Príncipe, en tanto que jefe del Estado, no debe inmiscuirse en el quehacer de los Tribunales. En todo caso, existe el derecho de gracia.[/size][/color][/li]
[/ul]

[color=#00369b][size=4][b]2. Don Herminio de Oriente[/b][/size][/color]

[ul]
[li][color=#00369b][size=4]Como ya he expresado en anteriores ocasiones, me niego a establecer la posibilidad de que cualquiera sea Diputado o pueda votar a Diputados. Como han comentado también, y de formas más elocuentes que las mías, tanto Don José del Candado como Don Nicasio, no puedo aceptar que el rumbo de Syldavia esté en manos de los analfabetos y los ignorantes, que bien puedan ser maliciosos por sí mismos o bien actuar inocentemente siguiendo, sin percatarse, los designios perniciosos de terceros desalmados.[/size][/color][/li]
[li][color=#00369b][size=4]No puedo asumir, similarmente, que se retire la frase "al amparo del respeto a la rectitud moral" de la libertad de libre expresión. Evidentemente esto debe controlarse, pero a priori juzgo peligroso permitir que se pueda decir cualquier cosa, incluso aquellas que atentan contra las buenas costumbres y maneras de la gente de bien de cualquier clase.[/size][/color][/li]
[li][color=#00369b][size=4]Es incoherente impedir que el Estado pueda dictar reglas básicas de enseñanza y solicitar la instrucción básica gratuita hasta los 10 años de edad. En todo caso, [b]estoy abierto a incluir[/b] lo segundo, con la redacción más genérica: [b]"El Estado promocionará la educación básica de todos los syldavos".[/b][/size][/color][/li]
[li][color=#00369b][size=4]Es irrenunciable para mí, en el art. 1.5., establecer que el derecho de reunión y asociación debe ser pacífico. Espero, de hecho, que no pretenda dar alas a comportamientos como los del General Jairo, que anda por ahí incitando a las masas a entrar por la fuerza a esta cámara de debate para forzar nuestro posicionamiento como a él le da la gana.[/size][/color][/li]
[li][color=#00369b][size=4]La participación de los syldavos en los asuntos públicos se ejerce por medio de sus Diputados y del derecho de petición. Por tanto, este punto general que pretende incluir sustituyendo al derecho de petición me parece innecesario.[/size][/color][/li]
[li][color=#00369b][size=4]Veo que ha eliminado lo de "suficientemente capaces" en los requerimientos de los Diputados. Como ya he manifestado, estoy dispuesto a eliminar todo apelativo al sufragio para tratarlo más detalladamente en una Ley Electoral, y así haré en su momento si observo que la presencia de esta frase aquí es un escollo para su voto favorable al texto constitucional. De momento lo dejaré, no obstante.[/size][/color][/li]
[li][color=#00369b][size=4]El Derecho de gracia es una prerrogativa de la Corona. En aras de alcanzar un término medio entre la postura de D. Nicasio y la suya, no puedo eliminarlo. Además, tenga en cuenta que el Parlamento ya puede controlar al Príncipe por vía de exigir su abdicación, si llegado el caso, Dios no lo quiera, este se propasara en sus acciones contrariamente al interés de la Patria.[/size][/color][/li]
[li][color=#00369b][size=4]La inclusión de la necesidad de jura a la Constitución por parte del Príncipe es innecesaria. En virtud del art. 4.4, ya debe actuar lealmente a la Constitución. De nuevo, si no lo hiciera, existe la vía de la abdicación forzosa.[/size][/color][/li]
[li][color=#00369b][size=4]Puedo aceptar incluir que la definición de su propio matrimonio y su sucesor debe consultarse al Primer Ministro, siempre que [b]D. Nicasio[/b] lo vea bien y que esto no tenga carácter vinculante. Como ya se ha dicho, es importante que las materias internas de la Corona sean competencia exclusiva de la Corona.[/size][/color][/li]
[/ul]

[color=#00369b][size=4]En definitiva, Señorías, hay cosas que dicen que están dentro del espíritu de mi propuesta y, por tanto, puedo asumir incólumes, otras que, debidamente modificadas se pueden incorporar y, por último, algunas que se apartan de una solución moderada de consenso entre las diferentes sensibilidades de este Parlamento, y que por ende no pueden ser incorporadas en el texto. Les emplazo, no obstante, a seguir debatiendo sobre las enmiendas enmarcadas en los dos primeros grupos.[/size][/color]

[color=#00369b][size=4]Por último, antes de dejar la tribuna, no puedo sino preguntarme qué hace aquí [b]Don Santiago Valencia[/b]. ¿Usted es mera comparsa de Don Nicasio? ¿De verdad no tiene nada propio que aportar? Está usted viajado y es escritor, así que esperaba una visión más abierta y, en cualquier caso, dispuesta al diálogo y al intercambio de opiniones, y no simplemente a sentarse a dormitar en su sillón y despertarse cada dos o tres semanas a dar la razón a Don Nicasio. Que ni mucho menos hace falta que me la dé a mí, pero tenga criterio propio y contribuya al debate, al menos.[/size][/color]

221993 Chiribito
+0

#Estimado don Miguel, paso a comentar los puntos de su intervención:

[quote][ul]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#00369b][size=4]No considero interesante la supresión de la concesión de la nacionalidad syldava por vía de la vecindad. Actualmente no hay ninguna razón que indique a pensar que esta es una forma en la que gente problemática entre al Principado. Si acaso, nuevos Syldavos son de gran interés, ya que su inclusión en el Censo implica que pasan a pagar contribuciones al Estado. De todas formas, de verse necesario se podría regular con posterioridad mediante una ley que defina el proceso de ganar vecindad.[/size][/color][/font][/size][/li]
[/ul]
[/quote]

De acuerdo, dejemos esto a una futura ley, pero siendo previsores no estaría de más incluir la coletilla con arreglo a la ley para que dichas leyes después no sean consideradas limitantes del derecho constitucional por no haberse reflejado.

[quote][ul]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#00369b][size=4][b][color=inherit]Acepto la enmienda del art. 1.3.[/color][/b][/size][/color][/font][/size][/li]
[/ul]
[/quote]

Esto era básico pues los syldavos son ciudadanos del país. Seguro que no habría faltado algún malpensado que dijera que eso de miembros se refería a los integrantes del gobierno que se menciona unas palabras antes, y no al conjunto de la ciudadanía.

[quote][ul]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#00369b][size=4]Al respecto de la libertad de expresión, la idea original mía, de la que surge la redacción de mi propuesta, incluía la posibilidad de incluir un tribunal censor que, eso sí, sólo pudiera conocer con posterioridad a la publicación o proclamación. No estoy dispuesto a permitir la censura previa, así que sólo puedo admitir su enmienda si se especifica que tal tribunal no podrá ejercer la censura previa. Igualmente, tal tribunal deberá estar, en todo caso, controlado por el Parlamento.[/size][/color][/font][/size][/li]
[/ul]
[/quote]

Si queremos independencia judicial el tribunal censor no puede estar supeditado al parlameto, salvo que no lo consideremos como tal tribunal y debamos llamarlo órgano censor, y para lo que fuere menester en caso de conflicto se encargaría la justicia ordinaria de forma ulterior.
Bien, hagamos que no sea censura preventiva, pero pongamos alguna coletilla que esa libertad de expresión se ejerza con arreglo a la ley, y dejemos para una ley de libertades lo que puede y no puede hacerse, y cómo ese órgano censor lo controlará, porque estamos viendo acontecimientos que perturban la convivencia pacífica del país alentando a unos contra otros, y esa inestabilidad no es buena.

[quote][ul]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#00369b][size=4][b][color=inherit]Acepto la enmienda del art. 1.5[/color][/b]. en lo referente a la libertad de reunión y asociación.[/size][/color][/font][/size][/li]
[li][b][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=inherit]Acepto parcialmente la enmienda del art. 1.5.[/color][/font][/size][/b][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif] en lo referente al derecho de petición, eliminando el "y con buena letra" por innecesario.[/font][/size][/li]
[/ul]
[/quote]

De acuerdo.

[quote][ul]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#00369b][size=4]Sobre los gastos de la Corona, es cierto que son una materia aparte de los proyectos de gasto normales del Estado. No obstante, si entramos a definir este extremo, se deberá hablar también en la Constitución de la Hacienda Real. Personalmente, soy partidario de dejar total libertad al Príncipe para gestionar su Hacienda, siempre y cuando entonces no requiera asignaciones normales del Estado.[/size][/color][/font][/size][/li]
[/ul]
[/quote]

Mi pretensión no es hacer una hacienda real, sino que de esos presupuestos que se aprueben, la partida presupuestaria que se destine a la corona sea de libre disposición del monarca para las actividades de la corona, sin que tenga que pedir permiso cada vez que quiera pagar al servicio, arreglar un carruaje, o cualesquier otros gatos que puedan tener. 

[quote][ul]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#00369b][size=4]Me niego a impedir al Parlamento ciertos temas de debate. A un cosoberano del Principado no se le puede restringir este Derecho.[/size][/color][/font][/size][/li]
[/ul]
[/quote]

Bien, puedo ceder en este punto. Un buen soberano en realidad no tiene nada que ocultar, pero si el parlamento como cosoberano puede investigar, evaluar y debatir las actividades de la corona, del mismo modo el príncipe ha de poder investigar, evaluar y debatir las actividades del parlamento como cosoberano que es también.

[quote][ul]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#00369b][size=4]Mantengo la opinión de que el Parlamento, como cosoberano del Principado, debe autorizar las declaraciones de guerra, firmas de paz y negociaciones internacionales. Por representar a la Nación y por agilizar el proceso, debe ser el Príncipe quien finalmente lleve el peso de la acción, pero el Parlamento debe tener plena capacidad en estas materias. Evidentemente, la autorización es una cosa inicial o final. Es decir, no es un debate eterno ni múltiples votaciones, sólo una consulta reducida al Parlamento para asegurar su conformidad con materias de tanta importancia para Syldavia.[/size][/color][/font][/size][/li]
[/ul]
[/quote]


Si el redactado garantiza la agilidad de la toma de decisiones de modo que no se lleve el país a un estado de parálisis en tan importantes cuestiones, no me opondré.

[quote][ul]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#00369b][size=4]En lo referente al Artículo 3, estoy dispuesto a permitir que sea el Príncipe quien dirija la administración militar aconsejado por el Estado Mayor, siempre y cuando se mantenga que los miembros de éste los nombre el Parlamento.[/size][/color][/font][/size][/li]
[/ul]
[/quote]

Creo que el Estado mayor debe ser nombrado por el parlamento y por el príncipe. Hablemos de las cuotas, pero no restrinjamos a que sólo una de las partes nombre.

[quote][ul]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#00369b][size=4][b][color=inherit]Acepto la enmienda del artículo 4.1.[/color][/b][/size][/color][/font][/size][/li]
[/ul]
[/quote]

Me alegro, pues el estado ha de ser más que la persona del príncipe, y por tanto este no puede verse personificado en la figura del jefe del estado, sin embargo sí puede ser representado por este.

[quote][ul]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#00369b][size=4]Como ya han dicho Don José del Candado y Don Herminio de Oriente, los cuatro quintos para restringir el derecho de veto son excesivos. Recordemos que el Parlamento es cosoberano del Principado, no puede estar tan excesivamente constreñido. El Príncipe ya tiene sus mecanismos para controlar ligeramente al Parlamento, y lo contrario también es cierto. Pero un excesivo control entre ambas instituciones no hará ningún bien a Syldavia.[/size][/color][/font][/size][/li]
[/ul]
[/quote]

Bien, lo dicho en mi última intervención. 4/5 (80%) es mucho, 3/5 (60%) es poco más de la mayoría absoluta. ¿Lo fijamos en 2/3?

[quote][ul]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#00369b][size=4][b][color=inherit]Acepto la enmienda del artículo 4.3.[/color][/b] en relación con la posibilidad de que el Príncipe efectúe propuestas de Ley.[/size][/color][/font][/size][/li]
[/ul]
[/quote]

Estamos de acuerdo.

[quote][ul]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#00369b][size=4]Se puede añadir que el Príncipe es Capitán General del Ejército y la Armada, en línea con lo que ya he comentado de permitirle dirigir la administración militar, pero no puedo admitir que no sea el Estado Mayor el que colegiadamente tome la última decisión.[/size][/color][/font][/size][/li]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#00369b][size=4]Puedo asumir que el Príncipe presida los consejos de guerra (especificando que ésta modalidad de justicia sólo puede tener consecuencias en el rango militar), siempre que el Estado Mayor (o una parte de sus miembros) constituya el tribunal de tales consejos.[/size][/color][/font][/size][/li]
[/ul]
[/quote]

De acuerdo, demos ese poder de decisión al Estado mayor, pero establezcamos que en él, el príncipe también tiene voto y voto de calidad en caso de empate. Y recuerde que hemos de definir la composición por parte de quien de el estado mayor como dije más arriba.

En cuanto a los consejos de guerra, por supuesto que son de ámbito militar exclusivamente, no afectando a los ciudadanos no afectos al ejército. Y estoy de acuerdo también en que los miembros del estado mayor integren el tribunal.

[quote][ul]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#00369b][size=4]Originalmente mi propuesta incluía dos tercios de los miembros del Parlamento para poder exigir la abdicación del Príncipe. Puedo tolerar, por tanto, aumentar el requerimiento a tal mayoría. Igualmente puedo asumir que se deba manifestar un motivo incapacitante o de claro perjuicio al país, que deba ser demostrado en el Parlamento.[/size][/color][/font][/size][/li]
[/ul]
[/quote]

Bien, dejémoslo en 2/3, pero especifíquese bien que los motivos deben ser reales y bien demostrados ante el parlamento, pues un tema tan grave como la jefatura del estado no puede ser cosa cambiante en función de apetencias ideológicas.

[quote][ul]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#00369b][size=4]Me niego a que el Príncipe sea el juez ad quem en término último. Los poderes deben estar separados y el Príncipe, en tanto que jefe del Estado, no debe inmiscuirse en el quehacer de los Tribunales. En todo caso, existe el derecho de gracia.[/size][/color][/font][/size][/li]
[/ul]
[/quote]

De acuerdo, dejemos la justicia en manos de los tribunales, pero el príncipe ha de tener el derecho de gracia.

221993 Chiribito
+0

#Por último Don Miguel, de ningún modo puedo aceptar que el príncipe deba consultar o informar ni al parlamento ni al primer ministro con quien casarse o no. Nosotros no consultamos con nadie en temas de amor, luego no vamos a exigirle al príncipe que sí lo haga.

225312 Eltomash
+0

#Herminio dijo:

[quote]Estoy dispuesto a aceptar la enmienda del príncipe. Nos consultará si la novia no es nacional.

También estoy dispuesto a consensuar el sufragio CENSITARIO siempre y cuando se garantice a todos los varones mayores de edad el acceso al sufragio activo y pasivo si son poseedores de un certificado de idoneidad, con arreglo a las leyes que diseñemos una vez aprobada la Carta Magna.

Dicho certificado podrá ser obtenido a través de exámenes públicos (Paideia), en las que cualquier varón mayor de edad pueda presentarse, donde se compruebe que posee los conocimientos históricos y políticos suficientes. [/quote]

224206 Lector
+0

#[color=#00369b][size=4]En aras de finalizar el debate y dado que ya ha moderado sus requerimientos considerablemente, [b]Don Nicasio[/b], acepto sus enmiendas.[/size][/color]

[color=#00369b][size=4]Antes de incluirlas en mi propuesta, no obstante, quiero preguntar a [b]Don José del Candado[/b] y a [b]Don Herminio de Oriente[/b], ¿ven aceptable el texto de la propuesta? ¿Votarán favorablemente?[/size][/color]

[color=#000000]. @Eltomash @Byzantium[/color]

203938 Byzantium
+0

#Don José del Candado dio su visto bueno y aceptó el texto final.

225312 Eltomash
+0

#Herminio, como presidente del parlamento:

[quote]Señorías, dentro de 24 horas, nos reuniremos en sesión extraordinaria para la aprobación, si procede, de la Constitución de la Nación. Informaré personalmente al Príncipe y le haré entrega de una copia del borrador.

Se levanta la sesión.[/quote]

Y marchó a palacio. @chiribito

221993 Chiribito
+0

#El príncipe recibió en palacio al Presidente del parlamento a quien dijo:

[color=#c10300][size=4][b]Estoy al tanto de los amplios debates de vuestras señorías en aras de lograr un amplio consenso. Sabed que el texto que me presentáis contará con nuestro apoyo también.[/b][/size][/color]

225312 Eltomash
+0

#[quote]Su Alteza, señorías:

Comienza la votación. Para que conste el voto favorable o en contra, se pide a los señores diputados suban a la tribuna, se dirijan al Príncipe Antuán y le expresen el sentido de su voto.

Comenzaré yo mismo.

Alteza, yo, Herminio de Oriente, le comunico mi voto favorable al texto que le ha sido presentado. Así como juro respetar, cumplir y hacer cumplir su redactado.[/quote]

224206 Lector
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#[color=#00369b][size=4]Alteza, le comunicó mi voto favorable al texto constitucional que le ha sido presentado; asimismo, juro respetar cumplir y hacer cumplir su redactado.[/size][/color]

221993 Chiribito
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#[color=#c10300][size=4]Alteza, Señorías, yo Nicasio de Ruilóbez y Portíllez, doy mi voto a favor del texto consensuado entre todos y que ahora se somete a votación, el cual juro respetar, cumplir y hacer cumplir su redactado.[/size][/color]

203938 Byzantium
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#Yo, Don José del Candado, también voto a favor

225312 Eltomash
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#Herminio, como presidente del Parlamento:

[quote]Don Santiago, @sly , y General, @jairo , les pido manifiesten el sentido de su voto.[/quote]

225331 SLY
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#[color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i]Alteza, yo, Santiago Valencia, le comunico mi voto favorable al texto que le ha sido presentado. Así como juro respetar, cumplir y hacer cumplir su redactado.[/i][/font][/size][/color]

225312 Eltomash
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#[quote]A la vista de los resultados y de la notoria ausencia del general, yo, Herminio de Oriente, presidente del Parlamento, comparezco ante su Alteza el Príncipe Antuán I y comunico:

Que la Constitución ha sido aprobada por unanimidad de los presentes. Pido a su Alteza que sancione el texto y mande hacerla cumplir en toda la Nación.

¡Viva la Constitución! ¡Viva el Príncipe![/quote]

221993 Chiribito
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#[b][color=#c10300][size=4]Así lo refrendamos y ordenamos.[/size][/color][/b]

[b][color=#c10300][size=4]Antúan I de Syldavia[/size][/color][/b]

224206 Lector
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#El recién nombrado Primer Ministro tomó la palabra en calidad de Diputado.

[b][color=#00369b][size=4]Señor Presidente del Parlamento, Señorías:[/size][/color][/b]

[b][color=#00369b][size=4]Estimado Nicasio, déjeme decirle que estoy verdaderamente encantado de volver a verle por aquí. Me alegra comprobar que nuestros médicos han podido imbuirle con su proverbial energía. Ahora bien, he de decir que no esperaba comenzar a debatir la Constitución de esta forma, con un texto tan cerrado y directo por su parte. [/size][/color][/b]

[b][color=#00369b][size=4]De hecho, y como avancé en mi discurso de investidura pronunciado hace apenas unos días, una de las cuatro líneas básicas de mi programa de Gobierno consistía, precisamente, en una revisión de la estructura de nuestro régimen en profundidad. Por ello, y aunque en cierta parte inspirada por su redacción concisa, me he servido en redactar una propuesta que difiere de la suya en no pocos aspectos que seguro que, aunque reducidos, implicarán un debate profuso.[/size][/color][/b]

[b][color=#00369b][size=4][url=https://pol.virtualpol.com/doc/propuesta-constitucion-miguel-del-castillo]La propuesta concreta se puede consultar AQUÍ.[/url][/size][/color][/b]

[b][color=#00369b][size=4]Como pueden Sus Señorías observar, es un texto que busca establecer una mayor importancia del Parlamento que la que propone Don Nicasio. Estoy dispuesto a sacrificar la redacción concreta de mi propuesta y ciertas disposiciones, pero no el paradigma global de la importancia del Parlamento.[/size][/color][/b]


[b][color=#00369b][size=4]Respecto a la forma de debate, propongo que sea el propio Presidente del Parlamento [/size][/color][/b][color=#000000][size=3]( @Eltomash )[/size][/color][b][color=#00369b][size=4] el que establezca cómo proceder. No obstante,[/size][/color][/b][b][color=#00369b][size=4] personalmente, creo que sería interesante que se votara por separado cada disposición. Eso nos permitiría ir avanzando en aquellas cuestiones que susciten mayor acuerdo y debatir las que no.[/size][/color][/b]

203938 Byzantium
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#El veterano diputado don José del Candado tomó la palabra, al ver las posiciones enfrentadas de claros dirigentes del realismo, con el que esperaba entenderse:

"Señores, veo en sus propuestas más acuerdos que desentimientos.

Sin duda, veo un gravísimo error en la propuesta del Primer Ministro, hasta tal punto que puedo creer que es un error. Es este error aquel en el que parece que la monarquía está sujeta a voto, más allá de ser el régimen tradicional y ordenado del estado. Pero entiendo que debe ser un error. El parlamento debe conocer todo en materia de leyes, pero nada en materia del regir de la corona. No tiene siquiera sentido.

Más allá de estas cuestiones, sí entiendo que el Príncipe debe dejar marchar cuestiones. Por un lado, es injustificable la existencia de un veto inapelable. Creo que la propuesta del señor del Castillo es más acorde en ese término. Máxime, si consideramos extender al príncipe un derecho de convocar y cerrar el parlamento. Pero ese término tampoco lo considero oportuno a tal extremo. El parlamento no puede ser censurado constantemente por la Corona, o el riesgo de rebelión puede alcanzar niveles extremos.

Creo que la propuesta del señor del Castillo entiende bien al respecto de dar poder al parlamento en la acción de legislar y producir materia legal en representación de la gente. Pero sin duda se exceden sus poderes en materia de la corona. Por otro lado, la propuesta del príncipe es adecuada en muchas materias de la corona (sin duda no todas) pero es absurda en su control del parlamento, en tanto el príncipe debe tener un control menos absoluto del hacer del parlamento para que este pueda dominar sus materias propias."

221993 Chiribito
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#[quote=Byzantium]Por otro lado, la propuesta del príncipe es adecuada en muchas materias de la corona (sin duda no todas) pero es absurda en su control del parlamento, en tanto el príncipe debe tener un control menos absoluto del hacer del parlamento para que este pueda dominar sus materias propias." [/quote]

Señor del Candado @Byzantium , que yo sea el padre del príncipe, no implica que sea un portavoz de la corona. Tengo ya muchos años para que me consideren un pelele de otros. La propuesta constitucional que he sometido al debate de la cámara es mía y el príncipe no tiene nada que ver.

Mía es también la opinión de que la propuesta del señor del Castillo @Lector es un insulto a la corona.

Sepan ustedes que si quieren acuerdo y debate con este diputado, habrá de ser sobre el texto constitucional por mí propuesto. Yo estoy abierto al debate y a la consideración de cuantas aportaciones se hagan, pero no puedo partir de un texto que en sí mismo es un insulto al jefe del estado convirtiéndolo en un mero pelele administrativo sin opinión, ni derechos, ni libertad, que hasta para casarse necesita el permiso y la aprobación de esta cámara como si fuese un menor de edad sin voluntad ni entendimiento alguno.

225312 Eltomash
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#Herminio volvió al parlamento después de informar al príncipe del nombramiento de D. Miguel como Primer Ministro. Afeó en privado a D. Nicasio el hecho de haber empezado un debate constitucional sin el presidente del parlamento presente. Se acercó a él y le dijo:

[quote]La próxima vez espera a que esté el pleno reunido, Nicasio. Espero que te estés encontrando mejor de tu indisposición del otro día. @chiribito[/quote]

Se puso delante de los parlamentarios, se apoyó en la tribuna y comenzó a hablar.

[quote]He leído atentamente las dos propuestas que se han presentado. Yo he venido desde Noïd y he viajado un par de veces a Clasema. Vamos con retraso, pero estamos viviendo cosas muy parecidas. Conservadores y liberales que discuten una forma de Estado. Es de sobra conocido cómo Noïd es el refugio de la libertad y Clasema del absolutismo.

Creo firmemente que las acusaciones de que el Primer Ministro ha traído una constitución demasiado liberal o que denigra al principe son infundadas por los defensores del viejo régimen. Yo diría que D. Miguel ha sido bastante prudente en la elaboración de su texto.

A mí me gustaría hablar desde el principio. No aceptaré posiciones maximalistas. Si alguien nos quiere imponer su texto, votaré no.

Creo que lo primero que deberíamos hacer es debatir, ¿qué ocurre si la corona o el cargo de Primer Ministro recae sobre un tirano? ¿Qué mecanismos vamos a introducir para destituirles?[/quote]

203938 Byzantium
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#Don [b]José del Candado[/b] tomó la palabra tras Herminio de Oriente y dijo:

"Aplaudo y comparto la moderación de D. Herminio. Es necesario debatir ciertos puntos sin comenzar desde textos completos y posturas irreconciliables.

Creo además que expone un buen problema a resolver. Considero, como la familia real, que los temas de la corona deben permanecer siendo cuestiones de la corona. Así, el monarca debe poder tomar las decisiones familiares que históricamente han sido parte de la corona, así como el padre de familia toma las decisiones familiares en su propia casa.

Al mismo tiempo, la historia reciente ha revelado la posibilidad de tiranos que pongan en peligro la paz y el orden tradicional. El parlamento debe tener herramientas para evitar las guerras y las matanzas del pasado, cuando estas provienen del mal gobierno de un tirano.

Propongo que, si bien el heredero debe pertenecer por orden natural a la familia real, que el Parlamento en gran acuerdo pueda exigir la abdicación del monarca. Para ello, este parlamento debe haber sido votado recientemente. Esta decisión no podrá ser censurada por el monarca"

por ejemplo

Artículo X:
El Parlamento puede exigir la abdicación del príncipe en su heredero natural por mayoría de 3/5, para lo cual debe haberse votado al Parlamento al menos Y días atrás. De no ser así, se convocarán elecciones y ratificará la decisión del Parlamento en una nueva votación. Esta decisión no podrá ser censurada por el monarca.

225312 Eltomash
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#Herminio continuó después del señor del Candado:

[quote]Señorías, creo que hay más temas que debemos analizar antes de entrar en la elaboración de más articulado. Un tema que me preocupa es cómo vamos a sentar las bases de nuestra nueva forma de Gobernar al pueblo.

Ni creo que en estos tiempos modernos debamos echar la vista atrás para construir el futuro. Creo sinceramente que cada hombre, cada syldavo, ha de ceder el poder a unos representantes en el Parlamento.

Es evidente que no por ello podemos borrar la historia, pero estamos obligados a no repetirla. Si bien es importante que haya un príncipe, el poder debe nacer de entre todos los Syldavos.

Por eso anuncio que necesitamos, en mi opinión, anunciar en nuestra constitución una suerte de Soberanía Nacional.[/quote]

224206 Lector
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#[color=#00369b][b]Mi estimado Nicasio, se equivoca completamente. Es mi propuesta la que establece una monarquía parlamentaria, no la suya, como afirma categóricamente. La suya supone perpetuar el antiguo y caduco régimen que ha llevado a Syldavia a la situación actual.[/b][/color]

[color=#00369b][b]La soberanía nacional parlamentaria, con una cierta corresponsabilidad del Príncipe, como propongo en el texto que he compartido con ustedes, es irrenunciable para mí. No veo tolerable ni que el Príncipe ejerza un veto incontestable sobre el Parlamento ni que se le invista en Supremo Juez, más allá de su lógica prerrogativa de gracia. Especialmente interesante para mí es también la propuesta de un cierto control del Gobierno sobre el Estado Mayor, toda vez que se ha demostrado que pudiere haber ocasiones en las que el Príncipe tuviere dudas para tomar las acciones necesarias para controlar a elementos subversivos que surgieren en nuestro Ejército.[/b][/color]

[color=#00369b][b]Esto se debe a que considero que, ante todo, como ha demostrado recientemente la historia, no se puede gobernar de espaldas a la Nación, sino con ella. Obviar el sentir de los syldavos sólo llevará a su descontento, y eso no podrá ser fuente de ningún progreso, sólo de miseria y desesperación. Por ello, es imperioso constituir un Parlamento cosoberano, de miembros elegidos por sufragio.[/b][/color]

[color=#00369b][b]Aunque he de reconocer, como indica con gran atino Don José del Candado, que la redacción original de mi propuesta es por descuido abusiva en exceso. En efecto, no tendría razón de ser que el Parlamento fuera competente para aprobar o no disposiciones que atañen únicamente a la organización interna de la Corona. [/b][/color]

[color=#00369b][b]Por ello, les anuncio una nueva versión del texto donde se corrigen estos extremos. Asimismo, se modifica la redacción del artículo 4, incluyendo la propuesta de abdicación forzada en unos términos muy similares a los propuestos por Don José del Candado. Me he tomado la libertad de proponer que sean 15 los días atrás máximo que pueda haberse votado un Parlamento para poder proceder de tal forma, pero es un valor completamente negociable. Igualmente, he eliminado la frase "Esta decisión no podrá ser censurada por el monarca.", ya que en mi propuesta constitucional el Príncipe no tiene poder de veto sobre el Parlamento.[/b][/color]

[color=#00369b][b][url=https://pol.virtualpol.com/doc/propuesta-constitucion-miguel-del-castillo]Texto de mi propuesta enmendada.[/url][/b][/color]

221993 Chiribito
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#Nicasio escuchaba atentamente las intervenciones de los diputados, pero guardaba silencio, pues dado que el presidente de la cámara había fijado como texto de debate la propuesta de Miguel del Castillo y no la suya, y considerando él que esta propuesta era un texto del todo lesivo para la corona así como para su forma de entender Syldavia, sin verle ningún punto de agarre por donde se pudiera coger, y siendo que se le estaban haciendo modificaciones, prefirió no hablar hasta estar el texto en un estado más avanzado para hacer su crítica de forma que no fuera una enmienda a la totalidad.

Del discurso del señor del Candado, le había gustado el tema del sufragio en base al censo de propiedad. El creía en la democracia, pero estaba claro que no podía votar cualquier haraposo inculto, pues estos estarían en manos de caciques de uno u otro lado. 

El tema de la corona seguía igual, un príncipe florero que echaba unos garabatos y que si no quería firmar daba igual porque se sacaban un quorum y a correr. Estaba claro que proponían una soberanía parlamentaria metiendo al príncipe en no se qué concubinato compartido para hacerlo parecer bonito a ojos como los suyos, pero sin ninguna efectividad, pues igual daba tanto si quería firmar como si no. Como eso de que se presenta a primer ministro quien quiera en el parlamento, y si nadie se anima pues que el príncipe elija uno. Vaguedades vacías de contenido para la corona.

Nicasio se reconcomía por dentro pensando en ese infame texto lo mirase por donde lo mirase. El tema de los derechos lo escarnecía especialmente, sobre todo eso de "Derecho a expresarse libremente al amparo del respeto a de la legalidad y a la rectitud moral" ¡Qué narices! Tanta libertad de expresión había conducido a que el minero y Mendiguez arengaran a las masas y quemaran sus negocios, para luego cargar contra los soldados y conducir al país un lamentable desastre material y humano.

Sintió como su corazón se aceleraba de tanto pensar. Respiró hondo, trató de calmarse y decidió aguardar.

225312 Eltomash
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#Herminio escuchó al señor del Candado, pero seguía creyendo en el sufragio universal y no compartía la opinión de los demás diputados que o bien los imaginaban harapientos o bien incultos patanes. Empezó a hablar:

[quote]Veo en ambos redactados, tanto el del señor del Castillo como del señor Nicasio, que los syldavos deben tener derecho al honor, al trabajo, a la inviolabilidad y al cumplimiento efectivo de nuestras leyes, pero es hablar del sufragio universal para todos los hombres de nuestra nación y difuminarse todo ese ímpetu.

Señorías, reconocer derechos de tanto alcance, de tal magnitud, pero ignorar al sufragio es atentar contra la igualdad y la justicia en nuestra sociedad. Si todos los syldavos tienen los mismos derechos ¿por qué unos tienen capacidad de decidir su futuro y otros no?

¿Cómo rendirán cuentas los diputados elegidos, así como el Primer Ministro, incluso nuestro Príncipe, a todos los syldavos? Podréis esgrimir que lo tendrán que hacer ante una élite, pero ¿cómo evitamos que nuestros políticos gobiernen para esa élite?

¿Cómo vemos nuestra nación en 20 años? Si no acometemos cambios de calado, seguiremos igual. Por todo ello, pido que se reconsidere el sufragio universal masculino.[/quote]

203938 Byzantium
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#Don José del Candado respondió, dirigiendose tanto a don Herminio como a los diputados que aún no se habían pronunciado sobre sufragio, especialmente buscando el sostenimiento de los conservadores.

"¿Igualdad? Sin duda hay alguna igualdad en el mundo, en la que todos los hombres se despiertan con hambre y disfrutan de la cerveza. *tímidas risas* Pero la realidad, señor de Oriente, es que los hombres no son iguales. Así, usted y yo somos hombres capaces, que no manchamos nuestras manos mas que con la tinta con la que escribimos y que atendemos cotidianamente a los asuntos dignos de la buena gente, aunque encontremos desacuerdos fruto de nuestra distinta vida y experiencia.

¿Qué poder de voto tiene un iletrado? Ya se lo digo yo. Ninguno. El iletrado vive a la merced política del politicucho, del vendepatrias, del sofista, del que promete que todos viviremos en palacios y los asalariados trabajarán sólo los domingos. Un hombre incapaz de leer está a merced de quienes le azuzan en las plazas de los pueblos, prometiendole oro, incienso y mirra a cambio del voto.

No se olvide usted mismo, que fueron tristes políticos demagogos de lesa altura quienes, prometiendo el cielo, destruyeron las mismas puertas del palacio para acabar con todo el orden y la paz de la Nación. Y no les culpo, las noches de los pobres son frías y peligrosas. El sufragio universal, sin embargo, es la misma convencida forma de darle herramientas a esos políticos de lesa altura para enriquecerse a costa de las esperanzas de los que más sufren y menos tienen.

El príncipe ha de actuar con su nación, como usted quizás haya leído de los padres de la buena rectitud moral, como el padre de familia actúa en su propia casa. Y de la misma forma que los hijos de la casa no gozan de voto en lo que se ha de elegir para la cena del mismo día, no todos los syldavos deben tener palabra en lo que se decide en el Parlamento. Es así porque los niños son incapaces de decidir por su buen futuro, y también lo son los iletrados, los desposeídos y todo tipo de deficientes, que necesitan sino de la guía de los hombres ilustrados -entre los cuales el primero debe ser el príncipe- para alcanzar la buena vida.

Y no se engañe, reside poder en la fuerza política de los todos los hombres, también los desposeídos, que del mismo modo ante el hecho de la tiranía gozan del derecho a rebelarse. No existe igualdad en el mundo, tristemente, pero la nación puede en todo caso ser pacífica y feliz en un buen gobierno. Este buen gobierno jamás se alcanzará sobre la faz de la Tierra si los demagogos y los vendepatrias dominan la nación en base a la mentira y el engaño sobre los desposeídos. Esta es la única verdad sobre como alcanzar el buen gobierno. "

203938 Byzantium
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#Don José habló entonces

"La propuesta de Don Miguel es adecuadamente satisfactoria, si bien hace falta alterar ciertas cuestiones. Creo que se debe atajar con mayor claridad varias materias. Por un lado, el texto del señor del Castillo es ambiguo respecto a la [b]soberanía. [/b]Su preámbulo y artículo primero afirman la soberanía "del Parlamento" y su texto introduce al monarca como personificación de la Nación. Al mismo tiempo, introduce -no se equivoque, señor Miguel- un poder de veto suave: la capacidad de no firmar la ley, un poder que se corresponde con un estado ordenado que reconoce el papel mediador de la corona.

Nuestra constitución debe ser honesta, y en ello propongo continuar el modelo [b]histórico que reconoce la soberanía de la nación syldava, personificada en la reunión histórica entre el monarca y su Parlamento,[/b] elegido de forma representativa. En ello, propongo modificaciones sustantivas, tales como:

Preámbulo:
Por ello, la Nación Syldava aprueba y Su Majestad el Príncipe Antuán I sanciona, la siguiente:

Artículo 2:
La potestad legislativa reside en el cuerpo soberano nacido de la reunión entre el Parlamento, que aprueba, y el Príncipe, que sanciona la Ley.

[b]Estas son las fórmulas escritas que son honestas al mismo tiempo con el proceso histórico que ha dado pie al cuerpo constituyente y con el mismo poder que se le reconoce[/b][b] al príncipe en el proceso legislativo.[/b]

En ese mismo termino sugiero la eliminación de la frase "En todo caso, no podrá negar la sanción de más de una ley de forma consecutiva." Dado que no tiene mucho valor expreso. Una "ley" no es un concepto claro ni tiene valor hablar de leyes consecutivas. El veto "suave" ya está limitado de por si y ya tiene el Parlamento una manera simple de saltarlo: una mayoría agravada de 3/5. No tiene sentido ablandar el veto adicionalmente ni es valioso para la Nación que el concepto que salte el veto sea "su carácter consecutivo", máxime cuando el orden de las votaciones no se ajusta a su importancia.

La Constitución debe aclarar también otras nociones, como la [b]disolución del Parlamento.[/b] El Parlamento no debe ser disuelto, bajo ningún concepto, por el mismo parlamento, como la norma sugiere. El parlamento debe, primero, disolverse de forma regular cada cierto tiempo. El parlamento debe, también, disolverse cuando sucesivos candidatos a primer ministro sean incapaces de alcanzar [b]la doble confianza del Parlamento y del Príncipe.[/b]

Me detengo ahora para comentar esta cuestión, y es que no ha quedado claro en la norma [b]quién propone al candidato a Primer Ministro. [/b]Es mi consideración que el candidato a primer ministro debe surgir de una doble confianza entre el Monarca -que elige al candidato- y el Parlamento -que le aprueba-. Es fuente de un modelo de entendimiento entre ambas cámaras. He aquí, sin duda, que ha de establecerse límite: el príncipe debe sin excepción siempre presentar al menos un candidato cuando no hay primer ministro alguno y el candidato debe ser un diputado, sin posibilidad de repetir candidaturas fallidas. El modelo no es muy distinto del actual, pues se puede introducir que los diputados que deseen ser candidatos se presten voluntarios en la misma cámara -y no en privado ante el príncipe-.

Cabe decir que algunos pueden considerar que este es un gran poder para el Príncipe, pero sin embargo es lo contrario. Si un príncipe insiste en bloquear el gobierno, se clausurará el Parlamento. Si el Parlamento se clausura y el príncipe insiste en bloquear al gobierno, no quedará duda de que el príncipe está deliberadamente saboteando a los poderes públicos. [b]Este modelo exige que el príncipe contribuya a la paz social[/b], obligando a entenderse Parlamento y Monarquía.

Finalmente, se encuentra la cuestión [b]del sufragio. [/b]

El sufragio propuesto queda "al arreglo de la Ley" y no creo que sea adecuado qu nuestra carta magna permita cualquier sufragio sin excepción. Aquí se ve la situación, en la que los republicanos exigirán como ya han hecho un sufragio que involucre a la masa inculta e incapaz, a la que convencerán de objetivos espurios como ya ha ocurrido en nuestro tiempo reciente.

En otras naciones del entorno se han puesto regímenes de sufragio relativos al censo, esto es, a la propiedad. Este es el régimen más sincero con la idea liberal: el Estado fruto del pacto social constitucional tiene el objetivo mas pleno de proteger los derechos más básicos que tradicionalmente han de ser protegidos: la vida y la propiedad. Ya sea por naturaleza o por buen concepto, los seres humanos tenemos derecho a la vida. La constitución ahonda en la construcción del estado para la protección de la propiedad y la cosa pública. 

No puede estar en término de los desposeídos elegir a los representantes al Parlamento. El Parlamento, la cámara que se reune en nación, debe ser elegida de entre aquellos que tienen un interés confirmado por la protección de la vida y la propiedad privada, aquellos que son propietarios.

El sufragio debe, como en otras naciones, basarse en un censo en el que solo los propietarios adquieran derecho al voto."

221993 Chiribito
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#[color=#c10300][size=4]"Al fin se oye algo sensato"[/size][/color] Se oyó decir a Nicasio. 

[color=#c10300][size=4]"El sufragio no puede ser universal porque sería someter a los iletrados a votar lo que por su incultura, su miedo o presiones diversas por parte de sus patrones, lideres sindicales, caseros, y demás liderillos envalentonados les ordenen, so pena de perder trabajo, hacienda, o vaya usted a saber qué.[/size][/color]

[color=#c10300][size=4]No dudo de su buena voluntad don Herminio, pero ha de reconocer, que ese derecho que quiere generalizar, más que un bien, sería una pesada carga, pues no faltaría quienes se aprovechen de ello para doblegar las voluntades de la gente, sometiéndolas a presiones por todas partes. Ahorre al pueblo semejante tortura y comprenda que no están preparados para ello, y por tanto debe quedar restringido en aras de su bienestar."[/size][/color]

224206 Lector
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#[b][color=#00369b]Suscribo en su totalidad la argumentación tanto del Señor Del Candado como de Don Nicasio al respecto del sufragio. Como ya expresara en mi discurso de investidura, el Parlamento debe ser una representación de la élite de la Nación, que sepa buscar el bien supremo de nuestra Patria. No es razonable, pues, pretender que hombres de cualquier condición puedan servir como Diputados y decidir sobre el rumbo de Syldavia, cuando entre ellos vive la ignorancia, la indecencia y la inmoralidad. Otra cosa será pretender ilustrar a nuestros compatriotas, lo cual formará parte de una política educativa que espero desarrollar desde el Gobierno, y que eventualmente mediante tal educación muchos más hombres que ahora puedan sobreponerse a su miseria y participar políticamente.[/color][/b]

[b][color=#00369b]En todo caso, no es mi intención que esta cuestión se dirima en el texto constitucional, al menos directamente, por cuanto entiendo que es una fuente de disenso que podría llevar a que no hubiera una versión respaldada por una mayoría suficiente. Por ello decidí originalmente no detallar en demasía en el texto la forma de sufragio, ni establecer períodos de elección de los Diputados, con la idea de que tales materias fueran conocidas por una Ley Electoral posterior. Lo primero lo mantengo y me confieso reacio a modificar la redacción actual, salvo quizás para abrirla aún más a posteriores interpretaciones. Lo segundo, no obstante, entiendo que sí se podría cambiar sin riesgo de poner en jaque la final aprobación de la Constitución, por lo que incorporo una elección mensual ordinaria.[/color][/b]

[b][color=#00369b]Al respecto de otras cuestiones que comenta Don José, las trato a continuación.[/color][/b]
[ul]
[li][b][color=#00369b]Acepto e incorporo la modificación tanto del Preámbulo como del Artículo 2 propuestas, dado que no modifican, sino que aclaran la voluntad de mi propuesta de carta magna y son consecuentes y honestas. He de decir que me he dado cuenta de un error en mi redacción original, al otorgar al Príncipe el título de "Majestad", cuando el procedente es "Alteza Real", cuestión que aprovecho para corregir.[/color][/b][/li]
[li][b][color=#00369b]La queja frente a la redacción actual de la limitación del veto es muy pertinente, puesto que como ha señalado, ni las leyes son conceptos claros ni tiene valor hablar de leyes consecutivas. Por tanto, retiro tal frase.[/color][/b][/li]
[li][b][color=#00369b]Al respecto de la disolución del Parlamento, reconozco que la redacción actual es ingenua y poco práctica, por lo que incorporo sus propuestas.[/color][/b][/li]
[li][b][color=#00369b]También encuentro muy interesante y bien razonado el modelo de elección del Primer Ministro que propone, y de hecho lo asumo como epítome de mi propia voluntad de establecer la ya mencionada soberanía compartida Príncipe-Parlamento. No obstante, he añadido lo siguiente para remarcar la importancia de que Príncipe y Parlamento se pongan de acuerdo en este punto: "El Parlamento no podrá reunirse cuando el Gobierno estuviera vacante, salvo para dar o no la confianza a una propuesta de Primer Ministro."[/color][/b][/li]
[/ul]

[url=https://pol.virtualpol.com/doc/propuesta-constitucion-miguel-del-castillo][b][color=#419dc1]Por tanto, les presento la nueva redacción de mi propuesta.[/color][/b][/url]

203938 Byzantium
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#Don José dijo:

"Aqui se ha negociado ya bastante, se han tendido puentes entre la propuesta original de Don Nicasio, la del señor del Castillo y las palabras de don Herminio y se ha llegado a un texto bastante avanzado que incluye compromisos de todo tipo.

No veo a que vienen estas nuevas enmiendas a la totalidad de Don Nicasio y de Don Herminio, pero le hacen un flaco favor a sus intereses. No veo por qué hemos de volver atrás e ignorar todas las conversaciones dadas en esta cámara.

Y no se me escapa, don Nicasio, que ha sido la suya la primera enmienda a la totalidad. Hace usted una pésima representación de la familia real, buscando usted una constitución que es incluso más lesiva del Parlamento que la actual cámara. El príncipe ni se presenta y viene usted a proponer tremenda constitución que da al traste con todo lo que el mismo príncipe introdujo en la primera sesión de este Parlamento. ¿Donde están el "entendimiento" y la "nueva era para Syldavia"? ¿Se han quedado en la cama con el príncipe esta mañana?"

Don José estaba especialmente desencantado con esta forma de actuar "mediante representante" de la familia real y le quedaba claro que poco había de confiar en este príncipe. La paz y estabilidad social de Syldavia no duraría mucho acumulando príncipes funestos, pensó. Más le valía al Príncipe entender que de no buscar un punto intermedio entre lo viejo y lo nuevo, lo que vendría es el caos.

221993 Chiribito
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#Nicasio, visiblemente molesto con José del Candado dijo:

[color=#c10300][size=4]Me sorprenden enormemente sus palabras señor del Candado. Yo no soy representante de la familia real como usted dice. Yo era diputado antes de que Antuán fuera príncipe. ¿Acaso ha olvidado ya usted cómo tratábamos de hacer entrar en razón al Coronel Smith cuando quiso dar un golpe de estado?[/size][/color]

[color=#c10300][size=4]Yo no he planteado nada hasta ahora, más allá de manifestar mi concordancia con usted en que el sufragio no puede ser universal por las razones ya expuestas. Comprenda que yo también tengo derecho a expresar lo que pienso y a intentar llegar a acuerdos con el ponente del texto en debate, máxime cuando el mío ha sido descartado desde el principio.[/size][/color]

[color=#c10300][size=4]Le he planteado mi postura, y ahora hemos de ver que cosas se pueden suavizar o cambiar. Yo incluso estaría dispuesto a considerar la mayoría de cuatro quintos por ser quizás excesiva, pero si debiera ser algo mayor de los tres quintos dada que es poco más de la mayoría absoluta y de que el tema tratado es grave, pues se trata nada menos que de la jefatura del estado, y proceder a cambios en esta a la ligera puede hacernos débiles a ojos de las potencias extranjeras.[/size][/color]

[color=#c10300][size=4]Y como eso, estoy dispuesto a negociar más puntos, pero lo que no se puede hacer es defender no sé cuantas libertades y luego decir que ya se ha debatido mucho o que no se está dispuesto a negociar ni una sola palabra como ha dicho el señor de Oriente.[/size][/color]

[color=#c10300][size=4]Si quieren llegar a acuerdos, hablemos. Si hay prisa, adelante, votemos lo que sea, que yo ya tengo claro mi voto.[/size][/color]

221993 Chiribito
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#[color=#c10300][size=4]Don Herminio, le había entendido bien, pero ahora queda más claro si cabe. Usted no quiere debatir conmigo porque considera que mis propuestas son un insulto a su ideología por ser contrarias a lo que usted piensa, a diferencia de las de los señores Candado y Castillo que van más acorde en su línea. Habla de libertad pero no consiente que se pueda pensar diferente. Gran libertad esa que usted busca.[/size][/color]

[color=#c10300][size=4]Para el resto, para que no se pierdan en las correcciones por mí hechas al texto, los temas a tratar son los siguientes:[/size][/color]


[ul]
[li][color=#c10300][size=4]- No estoy en contra de la [b]libertad de expresión[/b], pero no todo vale. Debe haber un tribunal censor o como se le quiera llamar que impida que proliferen ciertas manifestaciones nocivas para el país, pues no podemos obviar que cualquiera puede hacer panfletos o subirse a una caja y lanzar proclamas al pueblo que nos conduzcan a una guerra civil, como ocurrió con Mendíguez y el Minero. Dejemos esto reflejado en la constitución y luego en la ley correspondiente ya se debatirá cuales son esos límites a la expresión. Ni siquiera tiene porque ser un tribunal especial, valdrían los ordinarios, pero ha de haber una ley al respecto y esto tiene que quedar reflejado en el texto constitucional.[/size][/color][/li]
[/ul]

[ul]
[li][color=#c10300][size=4]- Los [b]gastos de la corona[/b]. Este parlamento elabora unos presupuestos. Yo no me opongo, pero ha de destinarse una partida a la corona, siendo esta de libre administración por parte del príncipe para el sostenimiento de la casa real y las actividades de la corona.[/size][/color][/li]
[/ul]

[ul]
[li][color=#c10300][size=4]- Las [b]relaciones internacionales[/b] no pueden ser cosa de autorizaciones parlamentarias, pues nos eternizaríamos en debates y votaciones y llegaríamos siempre tarde a todo. Igualmente los acuerdos de paz y guerra. El parlamento debe ser un órgano consultivo que elabore los pertinentes informes y se eleven para la toma de decisión.[/size][/color][/li]
[/ul]


[ul]
[li][color=#c10300][size=4]- El príncipe debe poder [b]remitir propuestas legislativas[/b] para que el parlamento las considere, pues como jefe del estado ha de ver y preocuparse por los problemas de su pueblo y poder hacer algo. Si le quitamos esta opción le estamos atando las manos ante lo que pasa en el país, y no es lógico que un jefe de estado diga "mucho lo siento pero yo no puedo hacer nada". La capacidad legislativa sigue siendo del parlamento. Tan solo he solicitado que pueda enviar propuestas. A mi no me parece tan descabellado que ni se pueda debatir.[/size][/color][/li]
[/ul]


[ul]
[li][color=#c10300][size=4]- El [b]derecho de veto[/b]. Un jefe de estado debe buscar siempre el bien del país en su conjunto, y está claro que los políticos de turno siempre mirarán para uno u otro lado según sus ideologías. Lo estamos viendo en este debate. Alguien tiene que mirar por todos en general y procurar el bien del país. El derecho de veto tiene que ser mayor de 3/5 (60 %) pues esto es una simple mayoría absoluta. Estoy dispuesto a rebajar mi pretensión de 4/5 (80%) pues esto casi roza la unanimidad. Pongamos un 70% Si una propuesta tiene un 70% está claro que goza de amplio respaldo del parlamento y no sería lógico un veto.[/size][/color][/li]
[/ul]


[ul]
[li][color=#c10300][size=4]- Sobre [b]la incapacidad del príncipe[/b]. Puedo incluso conceder que no requiera el formalismo judicial, pero ha de estar motivada fehacientemente con hechos y avalada por un 70% del parlamento igualmente. No se puede hacer abdicar al jefe del estado por simples cuestiones ideológicas, pues esto conduce a la inestabilidad del país y seguro que Noïd y Clasema arden en deseos de vernos descabezados para hacer de nosotros lo que les venga en gana.[/size][/color][/li]
[/ul]


[ul]
[li][color=#c10300][size=4]- [b]El ejército[/b] es una estructura militar jerárquica. Romper la cadena de mando es diluir la autoridad y la efectividad de las fuerzas armadas frente a los enemigos extranejeros. La cabeza del ejército debe ser el príncipe, como Capitán General de las Fuerzas Armadas.[/size][/color][/li]
El Estado Mayor no puede estar por encima del Capitán General. Jamás en ningún ejército se ha visto tal cosa. El estado mayor debe ser un órgano asesor y de mando inmediatamente a continuación del capitán general. Como es lógico, este órgano habrá de estar compuesto por miembros de la total confianza del capitán general, pues de no ser así estaríamos contribuyendo a que haya facciones dentro del ejército, y favoreciendo la posibilidad de golpes militares. Por tanto, el capitán general debe poder nombrar y cesar a los miembros del estado mayor, y aquí estoy dispuesto a hacer una concesión al parlamento, y es añadir "con excepción del miembro nombrado por el parlamento cuyo nombramiento y cese depende de este".Del mismo modo, el príncipe como mando máximo del ejército es quién presidirá los consejos de guerra a militares, o aquel en quién delegue.[/ul]


[ul]
[li][color=#c10300][size=4]- En cuanto a la [b]justicia[/b] ordinaria, mi pretensión de que el príncipe sea el juez ad quem, es la oportunidad de todo syldavo de acudir a la justicia de la corona como tribunal de apelación de los ordinarios. Evidentemente esta es una medida muy excepcional y no me opongo a que el uso de esta medida de gracia sea después especificada en la pertinente ley indicando en qué casos se puede solicitar esta gracia, por lo que a juez ad quem se le puede añadir la coletilla "con arreglo a la ley".[/size][/color][/li]
[/ul]

[ul]
[li][color=#c10300][size=4]- Pór último, pero no menos importante, el tema de [b]la soberanía[/b]. De siempre el soberano de nuestro estado ha sido el príncipe. Ahora estamos en tiempos nuevos, pero no por ello debe romperse con la historia. Por tanto, en este punto, estoy dispuesto a dar mi beneplácito a la soberanía compartida como se ha propuesto aquí, si esta queda redactada algo así:[/size][/color][/li]
"La soberanía de Syldavia es ejercida de forma compartida por el Príncipe, cabeza del estado y del pueblo, y por el propio parlamento, cámara representativa del pueblo, siendo el príncipe el primus inter pares."[/ul]


[ul]
[li][color=#c10300][size=4]- Evidentemente, como ya he manifestado en anteriores intervenciones, el [b]sufragio[/b] no puede ser universal porque la gente no está preparada para ello y serían víctimas de caciquismos, por lo que debe ser censitario. [/size][/color][/li]
En esta constitución debe incluirse una disposición adicional que indique como han de ser estas votaciones censitarias hasta que haya una ley correspondiente.[/ul]

[color=#c10300][size=4]Y esto señores, es una explicación detallada de las correcciones hechas al texto del primer ministro, añadiendo una serie de concesiones, pues yo no estoy cerrado a debatir y consensuar.[/size][/color]

225331 SLY
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#En ese momento D. Santiago Valencia se levanto y se dirigió a los presentes:

  [size=3]" [i][b]Estimadas Señorías: En ningún momento he venido a sentarme a dormitar en este Parlamento. He apoyado la Constitución que dictó [/b][/i][/size][b][size=3][i]D.Nicasio porque en ese momento me pareció lo mejor, pero no he [/i][/size][/b][i][size=3][b]contribuido en este debate primero porque aunque soy Syldavo de [/b][/size][/i][i][size=3][b]nacimiento he pasado toda mi vida en el extranjero y desconozco la [/b][/size][/i][i][size=3][b]idiosincrasia de este pueblo, sus necesidades y sus carencias , es por [/b][/size][/i][i][size=3][b]ese motivo de desconocimiento total que no he intervenido, no ha sido [/b][/size][/i][i][size=3][b]por dejadez si no por no decir algo fuera de lugar.[/b][/size][/i]
[size=3][i][b]Además todas la intervenciones en las que se ha planteado  una nueva[/b] [b]constitución me ha resultado tan similares entre ellas que cualquiera de ellas hubiera estado de acuerdo ya que se diferencian en aspectos muy [/b][/i][b][i]básicos y he de añadir que yo no soy comparsa de nadie guarde sus improperios para cuando este con su gente , no conmigo .[/i][/b][/size]
[size=3][b][i]Aun le diré algo más , de sabios es cerrar la boca cuando no se va a aportar nada mejor "[/i][/b][/size]

221993 Chiribito
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#[quote=Eltomash] Herminio dijo:

[quote]Estoy dispuesto a aceptar la enmienda del príncipe. Nos consultará si la novia no es nacional.

También estoy dispuesto a consensuar el sufragio CENSITARIO siempre y cuando se garantice a todos los varones mayores de edad el acceso al sufragio activo y pasivo si son poseedores de un certificado de idoneidad, con arreglo a las leyes que diseñemos una vez aprobada la Carta Magna.

Dicho certificado podrá ser obtenido a través de exámenes públicos (Paideia), en las que cualquier varón mayor de edad pueda presentarse, donde se compruebe que posee los conocimientos históricos y políticos suficientes. [/quote]
[/quote]

[color=#c10300][size=4]Ya he manifestado mi postura a favor del sufragio censitario, y me parece bien que se hagan a los varones mayores de edad esos exámenes de historia y política que usted propone don Herminio, los cuales sostengo que deben ser por escrito, tal que los iletrados no se vean sometidos a caciquismos. Evidentemente, para dicho censo debe ser necesaria además la tenencia en propiedad de una residencia.[/size][/color]

225331 SLY
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#Estimadas Señorías:

[size=3][i][b] " En mi anterior intervención dije que las propuestas a la constitución me parecían  muy parecidas , y así es, pero como les digo eso fue al principio. Luego más tarde se han ido abriendo brechas entre varias propuestas que ha necesitado de debate y de construcción de alternativas que poco a poco [/b][b]se han ido acercando hasta llegar a un punto donde considero que el texto ya esta consensuado para poder ser votado. Esa es mi impresión, pero ante la insistencia de mi  " [/b][b]no "[/b][b]  i[/b][b]n[/b][b]ter[/b][b]v[/b][b]ención en ningún momento de ese trayecto de construcción de una constitución para nuestro Pais he de decir que soy diputado es cierto pero no poseo de momento la destreza parlamentaria que he visto desarrollada en sus [/b][/i][i][b]señorías , les ruego una disculpa y les puedo asegurar que pondré todo mi tiempo y fuerzas que sean necesarias para c[/b][b]onvertirme en un representante del Pueblo Syldavo ante ustedes con total garantía "[/b][/i][/size]

225312 Eltomash
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#Herminio supo que tenía dos opciones opuestas e incompatibles entre sí: apoyar el texto y asumir comerse unos cuantos sapos o negarse y pasar a la historia reciente de Syldavia como un opositor radicalizado y, muy probablemente, perder la poca influencia que tenía en el país. Era pragmático y paciente, por lo que la espera no le suponía demasiado problema. Se levantó, se acercó a la tribunal y habló:

[quote]Estimadas señorías, Primer Ministro:

Les anuncio que apoyaré la constitución. Pueden contar con este diputado para sacar adelante esta proyecto que, sin duda, pone nuestra Nación a la vanguardia del mundo conocido.

No les negaré que voto a favor preocupado por los siguientes motivos:

- Considero que la libertad de expresión, aunque conseguida, ha quedado esquilmada por los propósitos del Príncipe (a través de su padre) y del Primer Ministro y postergada a cierta suerte de "rectitud moral" o lo que quiera que eso signifique. ¿Será recto moralmente decir que el príncipe, el primer ministro o cualquier diputado es un incompetente? Habrá que verlo en el futuro.

- La Corona tendrá presupuesto propio y saldrá a las arcas del Estado, de acuerdo. Es lógico que el Príncipe haga uso de unos fondos para sostenerse como Jefe del Estado, pero ese capital queda fuera del control de la Cámara, por lo que podría gastarlo en lo que gustase. Podría darlo a la caridad, ahorrarlo, incluso ¡llevarlo a un banco extranjero! Poco podríamos hacer entonces. Quizá criticarlo estaría en contra de la rectitud moral, quién sabe.

- Creo que los poderes de la Corona en las relaciones internacionales son demasiado grandes. Algo que, si bien no creo que el Príncipe Antuán abuse, podríamos volver a tener un Príncipe VIN.

- Me satisface la formula de los varones syldavos mayores de edad suficientemente idóneos. No obstante, creo que deberemos de crear un marco legal para permitir acceder a todos los hombres de la ciudad al sufragio. En el futuro exigiremos que exista un examen de acceso al sufragio, así como leyes que permitan la instrucción básica de los individuos. Queda para el futuro, pero les adelanto que lucharemos fuertemente por este objetivo.

En el futuro, espero y deseo, que todos los syldavos sepan leer y escribir, sepan suficiente Historia y Política y todos ellos voten.[/quote]

224206 Lector
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#[color=#00369b][size=4]Estimadas Señorías:[/size][/color]

[color=#00369b][size=4]Les presento una versión reformada de mi propuesta, que incorpora prácticamente todas las cuestiones que se han comentado durante los últimos días. Se trata, pues, de una propuesta que espero que suscite una amplia simpatía, cercana ya a poder ser aprobada por este Parlamento.[/size][/color]

[color=#00369b][size=4][url=https://pol.virtualpol.com/doc/propuesta-constitucion-miguel-del-castillo]Consulten aquí el texto.[/url][/size][/color]

[color=#00369b][size=4]De todas formas, no he podido aceptar todo lo que me plantea en su última intervención, Don Nicasio. Paso ahora a detallar las razones detrás del texto expuesto, siendo especialmente interesantes aquellas cuestiones que requieren aún más maduración.[/size][/color]

[ul]
[li][color=#00369b][size=4]Se ha incluido en el art. 1.1 la frase "que hubieren ganado vecindad [i]conforme a la ley[/i]".[/size][/color][/li]
[li][color=#00369b][size=4]Se ha modificado muy levemente el art. 1.5. al respecto de la libertad de expresión ("expresarse libremente al amparo de la legalidad y la rectitud moral"), por cuanto se estima que esta redacción ya podría ser base suficiente para, si así lo estimara este u otro Parlamento, aprobar una ley sobre censura previa atendiendo a preceptos de orden y moral.[/size][/color][/li]
[li][color=#00369b][size=4]No se ha modificado el art. 2.4. en lo referente a incluir los gastos de la Corona. Esto se debe a que, si bien puedo aceptar el hecho de que los gastos de la Corona los gestione el Príncipe, querría que hubiera un mecanismo por el cual los gastos tuvieran que ser comedidos en forma alguna. Sin embargo, no he dado con una fórmula que se pudiera incluir en el texto y que me resultara suficientemente satisfactoria.[/size][/color][/li]
[li][color=#00369b][size=4]Tampoco he incluido nada en el sentido de "permitir" al Príncipe investigar, evaluar y debatir las actividades del Parlamento. No es algo que prohíba la Constitución, si bien tampoco lo permite explícitamente. No me niego en absoluto a ello, pero querría saber qué fórmula concreta propone.[/size][/color][/li]
[li][color=#00369b][size=4]La nueva redacción del art. 2.4. en lo respectivo a las autorizaciones de guerra, etc., dice "Autorizar las declaraciones de guerra, las firmas de paz y el comienzo de la negociación de tratados internacionales...". Entiendo que esto ya garantiza que sólo se puede votar en un momento de cada una de esas situaciones. Si desea proponer una redacción mejor, ruego que la comparta.[/size][/color][/li]
[li][color=#00369b][size=4]No se ha modificado nada del Estado Mayor. No obstante, puedo aceptar una composición de dos terceras partes nombradas por el Parlamento y el resto por el Príncipe (para un número igual o superior a 6 miembros), así como el voto de calidad del Príncipe.[/size][/color][/li]
[li][color=#00369b][size=4]Al respecto del veto, me niego a que se requiera más de tres quintos. Ya se ha rebajado mucho los requisitos en esta parte conforme a la propuesta inicial y ya se han aumentado en gran medida las competencias del Príncipe como para que pueda aceptar una cosa distinta en este punto.[/size][/color][/li]
[li][color=#00369b][size=4]En el art. 4.3. se ha añadido que el Príncipe dirige la administración militar, que es Capitán General del Ejército y la Armada y que el Estado Mayor tiene potestad de refrendo de las decisiones en materia militar. También que el Príncipe preside los consejos de guerra.[/size][/color][/li]
[li][color=#00369b][size=4]El art. 4.3. garantiza el derecho de gracia del Príncipe.[/size][/color][/li]
[/ul]
[color=#00369b][size=4]Por último, en relación a lo mencionado por [b]Don Herminio[/b] y[b] Don Nicasio[/b], se ha incluido en el art. 2.2. "Diputados elegidos por y entre los syldavos varones mayores de edad y suficientemente idóneos con arreglo a las leyes".[/size][/color]

[color=#00369b][size=4]Revisen en todo caso la propuesta, pues puede haber alguna cuestión que haya quedado mal escrita o cuya consideración haya evadido mi juicio y faltara, o incluso cuestiones que estuvieran de más.[/size][/color]

[color=#00369b][size=4]Por último, comentar al Señor [b]D. Santiago Valencia [/b]que de un Diputado se espera que debate, pues debe ser suficientemente idóneo para ello. Y que si todas las propuestas que se han planteado le han parecido idénticas, cuando han variado notablemente en tantísimos aspectos de importancia para la definición del Estado, quizás debería atender más, pues claramente no ha prestado mucho caso a lo que se decía. [u]En todo caso, no se tome mis críticas como un ataque, sino con una voluntad constructiva.[/u] Deseo que esta Constitución que, esperemos, en un tiempo no muy alejado vea la luz, sea la mejor posible, y para lograrlo necesitamos debates productivos como los que hemos estado teniendo [b]Don José del Candado, Don Herminio de Oriente, Don Nicasio[/b] y un servidor. [/size][/color][color=#00369b][size=4]En definitiva, e[/size][/color][color=#00369b][size=4]star sentado en la bancada o vociferando a la puerta del Parlamento no redunda en beneficio de la Patria.[/size][/color]

[color=#00369b][size=4]Muchas gracias.[/size][/color]

221993 Chiribito
+0

#[quote][ul]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#00369b][size=4]No se ha modificado el art. 2.4. en lo referente a incluir los gastos de la Corona. Esto se debe a que, si bien puedo aceptar el hecho de que los gastos de la Corona los gestione el Príncipe, querría que hubiera un mecanismo por el cual los gastos tuvieran que ser comedidos en forma alguna. Sin embargo, no he dado con una fórmula que se pudiera incluir en el texto y que me resultara suficientemente satisfactoria.[/size][/color][/font][/size][/li]
[/ul]
[/quote]

Si en los presupuestos que aprueba este parlamento se incluye una partida para la corona, no veo que más análisis deba hacer el parlamento sobre los gastos de la corona. ¿O acaso se va a comedir también los gastos del gobierno y los gastos del parlamento evaluando y reevaluando y repermisando? Me parece una redundancia.

Si se ha aprobado una partida presupuestaria para la corona, esta debe disponer de ella como convenga al ejercicio de su actividad institucional, sin que tenga que andar pidiendo nuevos permisos y nuevos debates más propios del criado del parlamento que del jefe del estado.

[quote][ul]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#00369b][size=4]Tampoco he incluido nada en el sentido de "permitir" al Príncipe investigar, evaluar y debatir las actividades del Parlamento. No es algo que prohíba la Constitución, si bien tampoco lo permite explícitamente. No me niego en absoluto a ello, pero querría saber qué fórmula concreta propone.[/size][/color][/font][/size][/li]
[/ul]
[/quote]

Exactamente la misma que usted quiera proponer. Parlamento y Príncipe son cosoberanos, y si uno investiga a otro, ha darse también exactamente la relación inversa en las mismas condiciones. Elija usted la fórmula que más le guste, pero ha de ser igual para ambos cosoberanos.

[quote][ul]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#00369b][size=4]Al respecto del veto, me niego a que se requiera más de tres quintos. Ya se ha rebajado mucho los requisitos en esta parte conforme a la propuesta inicial y ya se han aumentado en gran medida las competencias del Príncipe como para que pueda aceptar una cosa distinta en este punto.[/size][/color][/font][/size][/li]
[/ul]
[/quote]

Sú propuesta estaba en 3/5 (60%) y sigue en 3/5. Mi propuesta estaba en 4/5 (80%) y la he rebajado a 2/3 (66%) Aquí el que ha rebajado bastante he sido yo, no usted don Miguel. Le pido que las leyes tengan un mayor consenso parlamentario para que puedan eludir el veto, y sinceramente, un 6% más no me parece que exija un desmesurado trabajo de consenso de los diputados, salvo que simplemente la medida de los 3/5 quiera aplicar un rodillo parlamentario.

[quote][ul]
[li][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#00369b][size=4]No se ha modificado nada del Estado Mayor. No obstante, puedo aceptar una composición de dos terceras partes nombradas por el Parlamento y el resto por el Príncipe (para un número igual o superior a 6 miembros), así como el voto de calidad del Príncipe.[/size][/color][/font][/size][/li]
[/ul]
[/quote]

Sea.

[quote][color=#00369b][size=4]Por último, en relación a lo mencionado por [b][color=inherit]Don Herminio[/color][/b] y[b][color=inherit] Don Nicasio[/color][/b], se ha incluido en el art. 2.2. "Diputados elegidos por y entre los syldavos varones mayores de edad y suficientemente idóneos con arreglo a las leyes".[/size][/color][/quote]

Inclúyase "que sepan leer y escribir". Que menos.

224206 Lector
+0

#[color=#00369b][size=4]Señor Presidente, Señorías:[/size][/color]

[color=#00369b][size=4][url=https://pol.virtualpol.com/doc/propuesta-constitucion-miguel-del-castillo]Les presento la versión definitiva de mi propuesta[/url], la cual incorpora todas las cuestiones que hemos debatido durante los últimos días. Ruego, no obstante, que la revisen por si inadvertidamente faltara alguna materia.[/size][/color]

[color=#00369b][size=4]Quisiera dirigirme a mi estimado [b]Herminio de Oriente[/b]. Don Herminio, espero que entienda que muchas de sus preocupaciones también me afligen, especialmente las relativas a la pérdida de control del Parlamento sobre el Príncipe en ciertas materias. He intentado por todos los medios lograr un Parlamento soberano con plenas capacidades, pero ciertas materias han debido ser sacrificadas por el bien mayor. Me apesadumbra, pero he de reconocer que lograr un acuerdo amplio sobre la Constitución era perentorio, por lo que no me arrepiento de haber llevado ninguna negociación de la forma en la que lo he hecho.[/size][/color]

[color=#00369b][size=4]Sus dudas en otras materias, por otra parte, me parecen excesivas. Es imprescindible limitar la libertad de expresión a la rect¡tud moral, que evidentemente deberá estar acotada por la ley (recuérdese que el art. 1.5. también establece que toda resolución sancionadora debe estar motivada). ¿Qué seriedad tendría nuestra Nación si permitiéramos que el libertinaje y la falta de respeto camparan por sus anchas? Al respecto de si tal rectitud permitiría la crítica a la actuación de los representantes públicos, yo entiendo que sí, siempre que sea pacífica. De hecho, mi intención al incluir el epíteto "rectitud moral" iba encaminado a luchar contra las obscenidades y la falta de honradez, no a perseguir a la gente por sus opiniones. Para eso, en todo caso, está el hecho de que tal libertad de expresión debe realizarse también "al amparo de la legalidad", pues también debemos reconocer que hay opiniones contrarias al interés de la Patria cuya propagación debe evitarse, tales como las proclamas socialistas que distribuyeron en su momento [b]Mendíguez[/b] y el [b]minero [/b]o las proclamas contra este Parlamento del [b]General Jairo von Heisenberg[/b].[/size][/color]

[color=#00369b][size=4]En cualquier caso, Señorías, sé que este texto no nos convence plenamente a ninguno, y que si por cada uno de nosotros fuera la Constitución sería muy diferente. Pero debemos valorar que hemos sido capaces de ponernos de acuerdo en un documento único y que modera nuestros pareceres, acercándose así pues a la opinión mediana de la Nación y a lo que verdaderamente necesita.[/size][/color]

[color=#00369b][size=4]Por ello, Señorías, pido al Presidente del Parlamento que, tras un plazo prudencial para que se revise el texto en busca de pequeñas erratas que pudiera contener, pase el mismo a votación. Y pido a Sus Señorías que apoyen la propuesta en tal votación, para mayor Gloria de nuestra Patria.[/size][/color]

[color=#00369b][size=4]Muchas gracias.[/size][/color]

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