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Ratificación de la enmienda a la Ley del Código Civil y AdmLa Asamblea me ha trasladado la siguiente enmienda aprobada por mayoría simple, para ratificación por los consejeros:[b][color=#888888][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i]Artículo 7. De los Contratos [/i][/font][/size][/color][/i][/font][/color][/b][b][color=#888888][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i][i]a) Creación de un Contrato[/i][/i][/font][/size][/color][/i][/font][/color][/b] [color=#888888][color=#888888][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i]1. El contrato existe desde que una o varias personas consienten en obligarse, respecto de otra u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio y un jurista da fe de ello.[/i][/font][/size][/i][/font][/color][/color] [color=#888888][color=#888888][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i]2. Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios a las leyes ni al orden público.[/i][/font][/size][/i][/font][/color][/color] [color=#888888][color=#888888][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i]3. La validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes.[/i][/font][/size][/i][/font][/color][/color] [color=#888888][color=#888888][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i]4. Los contratos sólo producen efecto entre las partes que los otorgan y sus herederos; salvo, en cuanto a éstos, el caso en que los derechos y obligaciones que proceden del contrato no sean transmisibles, o por su naturaleza, o por pacto, o por otra situación que resulte de la ley.[/i][/font][/size][/i][/font][/color][/color] [color=#888888][color=#888888][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i]5. Si el contrato contuviere alguna estipulación en favor de un tercero, éste podrá exigir su cumplimiento, siempre que hubiese hecho saber su aceptación al obligado antes de que la estipulación a su favor sea revocada.[/i][/font][/size][/i][/font][/color][/color] [b][color=#888888][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i][i]b) Extinción de un Contrato[/i][/i][/font][/size][/color][/i][/font][/color][/b] [color=#888888][color=#888888][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i]1. Los contratos se extinguen cuando se extinguen las obligaciones entre los contratantes, ya sea por la finalización natural del contrato una vez prestados los servicios convenidos entre las partes o por otras circunstancias previstas por la ley o el contrato.[/i][/font][/size][/i][/font][/color][/color] [color=#888888][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i][size=4]2. Una vez que un contrato se extingue, se editará el título para incorporar el encabezado [Extinto] a petición de alguna de las partes[/size][/i][/font][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i][size=4].[/size][/i][/font][size=5][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i] [/i][/font][/size][/color] Voten en 24h |
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1 Orden: Fecha | Votos 8 mensajes en este hilo creado hace . | |||
| #A favor | ||
| #Yo también a favor | ||
| #A favor | ||
| #A favor | ||
| #Falta @Neovsky | ||
| #A favor. | ||
| #Damos por ratificada la enmienda por la unanimidad de la cámara. | ||
| #Comunico al Consejo, y a su Presidente D. @eltomash2, la promulgación de la [url=https://pol.virtualpol.com/doc/ley-del-codigo-civil-y-administrativo_1643710342]Ley del Código Civil y Administrativo[/url] conforme a los cambios aprobados. |
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