POL
224679 Eltomashillo
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[Anuncio] Modificación del Decreto de Propiedades Inmuebles

Se ha modificado el artículo 1 del DPI

Artículo 1. De la Titularidad del Suelo

El titular último del suelo es la República de Pol. El uso del suelo del mapa de Pol por los ciudadanos y empresas queda condicionado a las condiciones del presente Decreto.
Los ciudadanos y empresas acceden a la titularidad de una o más parcelas del suelo del mapa de Pol mediante la compra de las mismas, ya sea al Estado o entre ellos.
En ningún caso el impago de una tasa o gravamen podrá privar de la titularidad a un ciudadano o empresa.

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