POL
200430 Onii_Chan
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[Gobierno] Cambios en la administración pública

Dado que la cantidad de usuarios hace imposible la repartición e puestos públicos de anula la incompatibilidad en algunos casos.

El decreto queda así.

[b]**Capítulo III - De la compatibilidad de cargos públicos** [/b]

Artículo 27 - compatibilidad 

Todos los cargos públicos son compatibles entre si excepto estas 

a) Cargos de deferentes poderes entre si, el ejecutivo no puede tener cargos del legislativo ni judicial, y viceversa. 
b)No se pueden cobrar dos o mas sueldos públicos ala vez. En caso de tener ms de un cargo público se cobrará en el proceso el sueldo mas alto. 

Articulo 28 - De los cargos privados Los cargos privados son compatibles tanto entre ellos o con los cargos públicos en su totalidad

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