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[Gobierno] Cambios en la administración públicaDado que la cantidad de usuarios hace imposible la repartición e puestos públicos de anula la incompatibilidad en algunos casos.El decreto queda así. [b]**Capítulo III - De la compatibilidad de cargos públicos** [/b] Artículo 27 - compatibilidad Todos los cargos públicos son compatibles entre si excepto estas a) Cargos de deferentes poderes entre si, el ejecutivo no puede tener cargos del legislativo ni judicial, y viceversa. b)No se pueden cobrar dos o mas sueldos públicos ala vez. En caso de tener ms de un cargo público se cobrará en el proceso el sueldo mas alto. Articulo 28 - De los cargos privados Los cargos privados son compatibles tanto entre ellos o con los cargos públicos en su totalidad |
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