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[DENUNCIA] Gobierno vs RaggioAL TRIBUNAL DEL ESTADO DE POLESIAD. Theomore Pantaleón, Presidente del Estado de Polesia, en nombre y representación del Gobierno, ante el Juzgado comparezco y, como mejor proceda en Derecho, DIGO: Que por medio del presente escrito interpongo fórmula de DENUNCIA ante este tribunal contra el ciudadano sr. D. [url=https://pol.virtualpol.com/perfil/Raggio]@[b]Raggio[/b][/url] sobre la base de los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Durante su mandato, el entonces presidente D. Raggio concedió exención de impuestos a una cuenta de su propiedad "Imperio Trideidario", bajo la calificación de empresa de utilidad pública. Sin embargo, no habia, en el momento de la concesión, empresa alguna con susodicho nombre, ni se realizó una petición justificada -como exigía el Decreto- en la Ventanilla Única. Otras empresas de utilidad pública cumplieron con estas condiciones. SEGUNDO.- Adicionalmente, la cuenta "Imperio Trideidario" no tuvo ninguna actividad de utilidad desde el momento de su apertura. Los únicos movimientos registrados corresponden a "donaciones" realizadas por su propietario, el sr. D. Raggio. TERCERO.- Mediante un proceso de regularización, asumiendo la falta de mala fe de sus propietarios, el Gobierno reclamó a todas las empresas de utilidad pública el pago de impuestos pendientes. En ese momento, el sr Raggio procedió a la creación de una empresa con el nombre "Imperio Trideidario" y realizó un pago a un ciudadano cuya única interacción en VP desde su registro fue hace 55 días. El Gobierno entiende que estos actos fueron realizados por el sr. D. Raggio para garantizar su impunidad. CUARTO.- Con buena fe, el Gobierno le ha otorgado al sr. D. Raggio suficiente tiempo para saldar la deuda reclamada. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO.- Que nuestra constitución establece, en su artículo 7, el deber de contribución a la hacienda del Estado. SEGUNDO.- El CP del Estado estipula, en su artículo 6, que "El que realizase acciones fraudulentas para evitar el pago de impuestos, tasas o cualquier contribución pecuniaria pública o con el fin de obtener irregularmente beneficios impositivos será castigado por delito de evasión de impuestos." TERCERO.- El CP del Estado incluye, también, que "Obrar con alevosía, esto es, que el delincuente tomara medidas para garantizar su impunidad" constituye un agravante de pena. CUARTO.- El Decreto 6-2021 de un modelo económico sostenible y el Decreto 1-2022, de una economía de necesidades establecen que "d) Si la empresa de utilidad pública no hubiera realizado acciones propias a su condición durante la última quincena, será disuelta forzosamente, de forma que tendrá que devolver manualmente al estado los impuestos debidos en función de la política fiscal establecida al resto de cuentas bancarias." I. DE LA COMPETENCIA. Que el presente Tribunal al que me dirijo es competente de conocer del proceso de conformidad con lo dispuesto por nuestra Ley del Poder Judicial. II. DE LA LEGITIMACIÓN PASIVA. Corresponde al denunciado por ser el causante de los hechos anteriormente descritos en calidad de autor. Por lo expuesto, SUPLICO AL TRIBUNAL: Que habiendo por presentado este escrito con los documentos acompañados al mismo, se sirva admitirlo, me tenga por comparecido en nombre de la parte actora y por interpuesta denuncia contra sr. D. [url=https://pol.virtualpol.com/perfil/Raggio]@[b]Raggio[/b][/url] se emplace a al mismo al objeto de que comparezca si a su derecho conviniere y previos los trámites procesales, se dicte sentencia en su día por la que se condene al denunciante a la pena que corresponda. Por ser de justicia, que respetuosamente solicito en Ciudad Libre de Pol, a 11 de enero de 2022. |
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| #Se asigna el presente caso al magistrado @sir, de acuerdo con el artículo 2.2 de la ley del poder judicial, de lo cual se informa a las partes. @Theomore @Raggio | ||
| #Se ADMITE a trámite la denuncia. | ||
| #[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b][color=inherit]Artículo 7. De la protección del ciudadano[/color][/b][/font][/size] | ||
| #Dada la circunstancia de que no existe actualmente un colegio de abogados se acuerda la SUSPENSIÓN PROVISIONAL del proceso hasta la creación de esta institución | ||
| #Una vez producido el nombramiento del Decano del Colegio de Abogados. Le solicito que nombre Abogado para este caso en el plaxo máximo de 24 horas @Byzantium. | ||
| #Queda D. Byzantium asignado al caso. | ||
| #[quote=Byzantium] Queda D. Byzantium asignado al caso. [/quote] | ||
| #Recuerdo a la parte activa tanto pasiva, cuando vayan a presentar pruebas, alegaciones, documentos (@Theomore, @byzantium y @Raggio) tienen que tener en cuenta lo sigueinte. El Artículo 7.x de la Constitución establece el derecho a la tutela judicial efectiva, eso confiere al investigado una serie de derechos instrumentales del acusado en relación al proceso. | ||
| #A la Atención del Tribunal Supremo, presidido por D. @Chiribito de Poniente y Aufgürb | ||
| #me retiro del caso. |
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