POL
225312 Eltomash
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Recurso de ilegalidad del Decreto 18-2022 de Salarios

[size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]AL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPREMO DE POL Y AL TRIBUNAL QUE CORRESPONDA[/b][/font][/size]

[size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif]D. Eltomash2, ciudadano del Estado de Polesia, en nombre y representación de mí mismo, ante el Juzgado comparezco y, como mejor proceda en Derecho, [/font][/size]

[size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]DIGO:[/b][/font][/size]

[size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Que por medio del presente escrito interpongo fórmula de RECURSO DE ILEGALIDAD ante este tribunal contra el Decreto 18-2022 de Salarios sobre los siguientes[/font][/size]

[size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]FUNDAMENTOS DE DERECHO[/b][/font][/size]

[size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif]PRIMERO.- Se ha advertido en el Decreto 18-2022 (https://pol.virtualpol.com/doc/decreto-18-2022%3A-de-salarios) de un articulado que, a juicio de esta parte, está en disonancia e infringe uno de nuestros preceptos constitucionales. Se trata del artículo 2, que reza:[/font][/size]

[size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i]"[/i][/font][i]Artículo segundo: [/i][/size]
[size=3][i]Se establece un 0% de porcentaje de salario extra.[/i][i][font=Arial, Helvetica, sans-serif]"[/font][/i][/size]

[size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif]SEGUNDO.- Que nuestra constitución establece como derecho fundamental de todo polés, en su artículo 7, "i) Derecho y deber al trabajo, con justa remuneración". (Constitución: [/font][url=https://pol.virtualpol.com/doc/propuesta-theomoriana-de-constitucion][color=#4d99e0][font=Arial, Helvetica, sans-serif]https://pol.virtualpol.com/doc/propuesta-theomoriana-de-constitucion[/font][/color][/url][font=Arial, Helvetica, sans-serif])[/font][/size]

[size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif]TERCERO.- Que hay un precedente legal, dada la sentencia al recurso de ilegalidad del Decreto 6-2021 (https://pol.virtualpol.com/foro/justicia/recurso-de-ilegalidad-del-decreto-6-2021) en el que se afirma rotundamente que: "Por todo ello, se declara inconstitucional la percepción inferior al 100% del salario por cargo o empleo extra, siendo por tanto inconstitucional el artículo 6º del Decreto 6-2021 que lo fija en un 50%."[/font][/size]




[size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif]I. DE LA COMPETENCIA.[/font][/size]
[size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Que el presente Tribunal al que me dirijo es competente de conocer del proceso de conformidad con lo dispuesto por nuestra Ley del Poder Judicial.[/font][/size]


[size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif]II. DE LA LEGITIMACIÓN PASIVA.[/font][/size]
[size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Corresponde al Presidente del Gobierno como representante del Poder Ejecutivo que ha promulgado dicho Decreto.[/font][/size]


[size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Por lo expuesto,[/font][/size]

[size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif]SUPLICO AL JUZGADO: Que habiendo por presentado este escrito con los documentos acompañados al mismo, se sirva admitirlo, me tenga por comparecido en nombre de la parte actora y por interpuesto recurso de ilegalidad contra el Decreto 18-2022, se emplace al mismo al objeto de que comparezcan si a su derecho conviniere y previos los trámites procesales, se dicte sentencia en su día por la que se declare ilegal el artículo 2 del Decreto 18-2022 y se exhorte al Gobierno a que el salario "extra" sea remunerado al 100%.[/font][/size]

[size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Por ser de justicia, que respetuosamente solicito en POL a 14 de junio de 2021. [/font][/size]

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221993 Chiribito
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#Conforme al artículo 3.1 de la Ley del Poder Judicial, pasado el tiempo reglamentado, la sentencia es firme. Cúmplase. @Hermes

Chiribito de Poniente y Aufgürb
Magistrado de Polesia

225312 Eltomash
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#[size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]AL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPREMO DE POL Y AL TRIBUNAL QUE CORRESPONDA[/b][/font][/size]

[size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif]D. Eltomash2, ciudadano del Estado de Polesia, en nombre y representación de mí mismo, ante el Juzgado comparezco y, como mejor proceda en Derecho, [/font][/size]

[size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]DIGO:[/b][/font][/size]

[size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Que por medio del presente escrito interpongo fórmula de RECURSO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA ante este tribunal sobre los siguientes[/font][/size]

[size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]FUNDAMENTOS DE DERECHO[/b][/font][/size]

[size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif]PRIMERO.- El 17 de junio del presente, el magistrado D. @Chiribito de Poniente emitió una sentencia sobre el Recurso al Decreto 18-2022, de salarios, ESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE las demandas de la parte activa. Dicha sentencia puede leerse aquí: https://pol.virtualpol.com/foro/justicia/recurso-de-ilegalidad-del-decreto-18-2022-de-salarios/1/[/font][/size]

[size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif]SEGUNDO.- Que nuestra constitución establece, en su artículo 13bis, que la jurisprudencia complementa el ordenamiento jurídico (...) interpretando y APLICANDO la Ley. (Constitución: [/font][url=https://pol.virtualpol.com/doc/propuesta-theomoriana-de-constitucion][color=#4d99e0][font=Arial, Helvetica, sans-serif]https://pol.virtualpol.com/doc/propuesta-theomoriana-de-constitucion[/font][/color][/url][font=Arial, Helvetica, sans-serif])[/font][/size]

[size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif]TERCERO.- Que el Presidente ha sido debidamente informado, se ha conectado, pero no ha cumplido la sentencia, habiendo dejado pasar una cantidad de tiempo razonable (en este momento, 38 horas).[/font][/size]




[size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif]I. DE LA COMPETENCIA.[/font][/size]
[size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Que el presente Tribunal al que me dirijo es competente de conocer del proceso de conformidad con lo dispuesto por nuestra Ley del Poder Judicial.[/font][/size]


[size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif]II. DE LA LEGITIMACIÓN PASIVA.[/font][/size]
[size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Corresponde al Presidente del Gobierno como representante del Poder Ejecutivo que ha promulgado dicho Decreto.[/font][/size]


[size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Por lo expuesto,[/font][/size]

[size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif]SUPLICO AL JUZGADO: Que habiendo por presentado este escrito con los documentos acompañados al mismo, se sirva admitirlo, me tenga por comparecido en nombre de la parte actora y por interpuesto recurso de ejecución de sentencia del Recurso contra el Decreto 18-2022, se emplace al mismo al objeto de que comparezcan si a su derecho conviniere y previos los trámites procesales, se dicte sentencia por el que se lleve a cabo lo contenido en dicha sentencia.[/font][/size]

[size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Por ser de justicia, que respetuosamente solicito en POL a 22 de junio de 2021. [/font][/size]

221993 Chiribito
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#Señor @Eltomash2, la fórmula que nos pide en este caso es improcedente. Este tribunal ya ha ordenado que se ejecute la sentencia y ha avisado por diferentes cauces a quien debe ejecutarla, constando a este tribunal que el presidente @Hermes se ha dado por enterado tal como ha manifestado en la plaza pública.

Estamos en un estado de Derecho donde hay separación de poderes. El Tribunal Supremo no tiene la competencia de intervenir en el panel de control de gobierno, ni por ley ni por programación, luego no podemos ir más allá de ordenar la ejecución de la sentencia, cosa que ya hemos hecho.

Si ordenada la ejecución esta no se cumple, pueden derivarse responsabilidades de dicho incumplimiento, pero este no es el proceso para conocer tal cosa, pues este caso ya está cerrado.

225312 Eltomash
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#A día de hoy sigue estando plenamente vigente.

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