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Recurso de inconstitucionalidad de la Ley de Empleo e Incompatibilidades[b]AL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPREMO DE POLESIA Y A LA SALA DE JUSTICIA[/b]D. @Lector de Tudolor y Trastocada, como ciudadano de la República de Polesia y en calidad de Fiscal General del Estado, en nombre y representación del Ministerio Fiscal, según se acredita mediante la copia de la escritura de recurso que, debidamente bastanteada, acompaño y cuya devolución intereso a otros usos, ante el Juzgado comparezco y, como mejor proceda en Derecho, [b]DIGO[/b] Que por medio del presente escrito interpongo [i]RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD[/i] ante este tribunal, por los motivos que se explicitan en el suplico, contra los siguientes preceptos de la [url=https://pol.virtualpol.com/doc/ley-de-empleo-e-incompatibilidades_1634736977]Ley de Empleo e Incompatibilidades[/url]: [ul] [li]Artículo 2, epígrafe b)[/li] [li]Artículo 3, epígrafe b)[/li] [li]Artículos 4, 5 y 6 íntegros[/li] [/ul] [b]FUNDAMENTOS DE DERECHO[/b] [i]PRIMERO.-[/i] Que la [url=https://pol.virtualpol.com/doc/propuesta-theomoriana-de-constitucion]Constitución de la República de Polesia[/url] (CPOL) establece, en su artículo 12, las competencias del Poder Ejecutivo, entre las que se encuentra "La organización y fiscalización de la Administración Pública". [i]SEGUNDO.-[/i] Que la [url=https://pol.virtualpol.com/doc/ley-de-empleo-e-incompatibilidades_1634736977]Ley de Empleo e Incompatibilidades[/url] (LEI), aprobada por el Poder Legislativo por vez primera hace 14 meses y cuya última reforma data de hace 3 meses, estipula a lo largo de los artículos contra los que se interpone esta fórmula diversas circunstancias relativas, entre otros, a los empleados de la Administración Pública, tales como disposiciones mínimas para el acceso a la función pública, el régimen de incompatibilidades de ésta, limitaciones a los salarios y la obligación y forma de realizar revisiones a los empleados públicos. [b]I. DE LA COMPETENCIA[/b] Que el Tribunal Supremo de Polesia y la Sala de Justicia del mismo, a los que me dirijo, son competentes para conocer del proceso judicial de este recurso de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la [url=https://pol.virtualpol.com/doc/ley-del-poder-judicial_1635023252]Ley del Poder Judicial[/url]. [b]II. DE LA REPRESENTACIÓN[/b] Corresponde al Fiscal General, D. @Lector de Tudolor y Trastocada, como interponente del presente recurso y jurista de la República de Polesia. [b]III. DE LA LEGITIMACIÓN PASIVA[/b] Corresponde al Presidente de la Asamblea Legislativa, D. @Neovsky, como máximo representante del Poder Legislativo. Por todo ello lo expuesto, [b]SUPLICO AL JUZGADO[/b] Que habiendo por presentado este escrito con los documentos acompañados al mismo, se sirva admitirlo, me tenga por comparecido en nombre de la parte actora y por interpuesto recurso de inconstitucionalidad contra los dichos preceptos de la Ley de Empleo e Incompatibilidades, se emplace a la parte pasiva al objeto de que comparezcan si a su derecho conviniere y, previos los trámites procesales, se dicte sentencia en su día por la que se declaren inconstitucionales dichos preceptos y, por tanto, nulos de pleno Derecho, por contravenir el artículo 12 de la Constitución de la República de Polesia. Por ser de justicia, que respetuosamente solicito en la Ciudad Libre de Pol a 19 de noviembre de 2022. |
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| #La sentencia es firme, cúmplase. @byzantium |
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