Les doy la bienvenida a la Sede del Ministerio Fiscal de Pol. Como saben, el Ministerio Fiscal completa, junto a los Tribunales, el Poder Judicial de nuestra Nación ([url=https://pol.virtualpol.com/doc/propuesta-theomoriana-de-constitucion]artículo 13[/url] de la nuestra Carta Magna).
Quiero agradecer a título personal la nominación del Presidente @Lector , así como la ratificación del CN a mi persona, en un momento duro.
Les recuerdo que a través de este hilo, y por mensaje privado, pueden realizarse consultas al MF, así como solicitar que se investigue un hecho.
Además, se harán públicas deliberaciones de oficio o de parte de este órganos.
Saludos distinguidos.
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#Requerimiento 1/2021 al Gobierno de información sobre un asunto público
[b]Antecedentes de hecho y de derecho[/b]
El Presidente @Cokemix [url=https://pol.virtualpol.com/foro/gobierno/%5Bejecutivo%5D-solicitud-transferencia-de-2.000-%3Amoneda%3A/3/]resolvió[/url] en un acto administrativo una subvención por valor de 2000 :moneda: a D. @Lucho1207 , cuando en ese momento (26 de octubre, sobre las 21 horas) ya imperaba el [url=https://pol.virtualpol.com/doc/decreto-6]Decreto 6-2021[/url] modificado por el vicepresidente D. @Lector , que reza:
[quote][b][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Artículo 8. Ayuda Especial a Nuevos Ciudadanos[/font][/size][/color][/b]
[color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Para evitar la imposibilidad económica de nuevos ciudadanos de participar activamente, el Gobierno les concederá una ayuda única por valor de 500 monedas.[/font][/size][/color][/quote]
Por lo que el Ministerio Fiscal del Estado de Pol realiza:
[b]Una pregunta oficial al Gobierno de la Nación[/b]
A día 28 de noviembre, a las 16:39, señor Presidente @Lector :
¿Hay una conformidad del Gobierno con dicho acto administrativo?
En caso negativo:
¿Hay algún procedimiento iniciado para que ese dinero se reintegre en las arcas del Estado?
En caso negativo:
¿Piensa el Gobierno iniciar algún procedimiento legal para ello?
Se comunica a la ciudadanía que, de no tener éxito el Gobierno con su petición amigable, prevemos las siguientes posibilidades:
1- El gobierno incoa un procedimiento para la devolución del dinero, y el MF se presenta de oficio como recurrente.
2- El Gobierno pone en conocimiento del MF los hechos y el Fiscal recurre en su nombre.
Quedamos a la espera de los acontecimientos, señor Presidente.
@lector
A lo que notificamos a los efectos oportunos a D. @Palau
#[b]Gobierno del Estado de Pol - Presidencia de la República[/b]
Estimado Sr. Fiscal D. @eltomash 2:
El acto administrativo en cuestión es contrario a derecho en tanto en cuanto no se encuentra fundamentado en ley alguna en el momento de su ejecución. Inmediatamente tras acceder al cargo de Presidente de Pol, solicité públicamente a D. @Lucho1207 la devolución de la subvención, irregularmente percibida, solicitud que se volvió a repetir cuando pasaron 24 horas de la primera (ayer por la noche), advirtiendo de que en caso de que no se cumpliera con la devolución el Gobierno podría emprender acciones legales. El Gobierno se mantendrá, por tanto, atento a la devolución de la subvención y si éste no se produjera incoará los debidos procedimientos judiciales.
Atentamente,
D. Lector de Tudolor y Trastocada
[i]Presidente de la República de Pol[/i]
#No se si esto es ilegal o no, dado a que acá es ilegal hasta respirar, me dan igual sus leyes, pero dejare esta cita que he escrito antes:
[quote][color=#111111][size=2][font=Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif]Me dan una subvención y ahora quieren que la devuelva :roto2:[/font][/size][/color]
[color=#111111][size=2][font=Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif]¿Qué clase de subvención es esa? :roto2:[/font][/size][/color]
[color=#111111][size=2][font=Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif]Yo solamente pedí una subvención que me dijeron que estaba en mi derecho pedir y se me concedió con mucha rapidez :roto2:[/font][/size][/color]
[quote][color=#111111][size=2][font=Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif][color=#444444][size=2][font=Roboto, Helvetica, sans-serif][color=#111111][size=6][font=Roboto, sans-serif]subvención[/font][/size][/color][/font][/size][/color]
[/font][/size][/color]
[left][color=#111111][size=2][font=Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif][color=#444444][size=3][font=Roboto, Helvetica, sans-serif][subvención]
[/font][/size][/color][/font][/size][/color][/left]
[color=#111111][size=2][font=Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif][color=#444444][size=2][font=Roboto, Helvetica, sans-serif][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]NOMBRE FEMENINO[/font][/size][/color]
[/font][/size][/color]
[/font][/size][/color]
[ol]
[li][color=#111111][size=2][font=Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif][color=#444444][size=2][font=Roboto, Helvetica, sans-serif][b][color=#111111]Cantidad de dinero que se concede a una persona, una entidad o una institución como ayuda económica para realizar una obra o para su mantenimiento, especialmente la que se recibe del Estado o de un organismo oficial.[/color]
[color=#767676]"una subvención para la compra de una vivienda"[/color][/b][/font][/size][/color][/font][/size][/color][/li]
[/ol]
[/quote]
[color=#111111][size=2][font=Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif]En base a ese concepto, yo no tengo que devolver nada, en tal caso, lo que ustedes ofrecen entonces no es una subvención, sino que mas bien es un préstamo con intereses (Impuestos) :roto2:[/font][/size][/color][/quote]
[quote][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b][color=inherit]Artículo 13. Del Poder Judicial[/color][/b][/font][/size][/color]
[color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La Ley del poder judicial determinará la constitución, funcionamiento y gobierno de los Tribunales del Estado. [i]El Ministerio Fiscal tiene por misión la defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público establecido por la ley, de oficio [/i]o a petición de los interesados, así como de garantizar la independencia de los Tribunales.[/font][/size][/color][/quote]
Por lo que es misión necesaria y obligada de oficio de esta parte de interpelar al Gobierno en aquello que pudiera suponer una discriminación derivada de la Carta de Derechos recogida en nuestra Constitución:
[color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Todos los ciudadanos poleses son titulares de los siguientes derechos y deberes:[/font][/size][/color]
[color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]j) Derecho a la propiedad privada, con la ley como única limitación[/font][/size][/color]
[color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]k) Derecho y deber de contribución, que no podrá, en ningún caso, tener alcance confiscatorio[/font][/size][/color]
[color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]l) Derecho a la igualdad jurídica[/font][/size]
[color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]s) Derecho a la inviolabilidad patrimonial fuera de la contribución ordinaria, o del pago de sanciones, multas o embargos en función de las leyes y tratados vigentes[/font][/size][/color]
[color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]t) Deber de cumplimiento de la Ley[/font][/size][/color][/color][/quote]
[b]Y, sin embargo, encontramos en el [url=https://pol.virtualpol.com/doc/decreto-6]Decreto 6-2021[/url] una posible desavenencia con nuestros principios constitucionales.[/b]
Dicho Decreto reza que:
[quote][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b][color=inherit]Artículo 1. Objeto[/color][/b]
La economía es una dimensión fundamental que, junto a una política social que ponga en el centro de su preocupación el bienestar y confort de todos los ciudadanos, genera actividad y movimiento. [b]Las sociedades capitalistas entienden la regulación de la economía, y como tal, el consumo de bienes y servicios, a través de la moneda, la cual adquiere valor a través de las necesidades de las personas y de las restricciones de recursos[/b]. Ninguna de ambas tiene a priori sentido en el Estado de Pol por su propio carácter de comunidad virtual; sin embargo, la creación de actividad que relance la vida social es un objetivo a perseguir. Para ello, el presente decreto tiene el doble fin de generar un sentido a la moneda a través de la creación de necesidades y [b]mantener un orden económico que asegure a sus usuarios la convivencia en justicia e igualdad[/b].[/font][/size][/color]
[color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b][color=inherit]Artículo 2. Régimen Fiscal[/color][/b]
Todos los ciudadanos contribuirán al sostenimiento del Estado mediante el Impuesto de Patrimonio, fijado al 0,25%, que se recaudará diariamente.
El mínimo de patrimonio imponible serán 1300 monedas.
[b]Las empresas cuyos servicios sean de utilidad pública y a tal efecto sean declarados por el Gobierno tendrán exención del pago del Impuesto de Patrimonio de su cuenta bancaria.[/b][/font][/size][/color]
[/quote]
[b]Razonamiento del MF respecto de este asunto.[/b]
Entendiendo el razonamiento del Decreto, que establece que las sociedades capitalistas trabajan por mercantilizar las necesidades de las personas y que el Gobierno ha de mantener un orden que asegure justicia e igualdad, no se entiende que existan empresas de servicios de utilidad pública que no paguen impuestos, en base a una mera apreciación subjetiva del Gobierno.
Para no alargarme demasiado, haré un razonamiento mucho más escueto. Este MF no entiende por qué una empresa es declarada o no de utilidad pública si no existe una normativa que aclare qué deben de hacer estas empresas para ser consideradas como tal.
Dicho de una forma mucho más sencilla: ¿basta con el criterio del Presidente para ser o no de utilidad pública? ¿Lo son todas sin excepción?
[b]Exhortamos al Gobierno a responder a las siguientes preguntas y a valorar el siguiente razonamiento.[/b]
¿Cómo es posible que una empresa de utilidad pública lo sea porque sí?
¿Cómo es posible que en sus libros de cuentas solo aparezcan donaciones y ninguna transacción de interés pública y sea considerada de utilidad pública?
#[size=2][color=#000000][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]Requerimiento 3/2021 al Gobierno, sobre las limitaciones de derechos fundamentales en los que podría incurrir el Decreto 6-2021 de un modelo económico sostenible.[/b][/font][/color][/size]
[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b][color=#000000]Antecedentes de derecho[/color][/b][/font][/size]
[quote][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i][color=#111111][b][color=inherit][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b][color=inherit][color=inherit][color=inherit]Artículo 13. Del Poder Judicial[/color][/color][/color][/b][/font][/size][/color][/b][/color][/i][/font][/size][/color][/i][/font][/size][/color][i][i]
[color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La Ley del poder judicial determinará la constitución, funcionamiento y gobierno de los Tribunales del Estado. [i][u]El Ministerio Fiscal tiene por misión la defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público establecido por la ley, de oficio[/u] [/i]o a petición de los interesados, así como de garantizar la independencia de los Tribunales.
[/font][/size][/color][/i][/i][/quote]
[color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Por lo que es misión necesaria y obligada de oficio de esta parte de interpelar al Gobierno en aquello que pudiera suponer una discriminación derivada de la Carta de Derechos recogida en nuestra Constitución:[/font][/size][/color][/font][/size][/color]
[quote][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b][color=inherit][color=inherit]Artículo 7. Derechos fundamentales[/color][/color][/b][/font][/size][/color]
[/font][/size][/color][/font][/size][/color][/i]
[/font][/size][/color][/i][/font][/size][/color][i]
[color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Todos los ciudadanos poleses son titulares de los siguientes derechos y deberes:[/font][/size][/color][/font][/size][/color]
[color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]i) Derecho y deber al trabajo, con justa remuneración
l) Derecho a la igualdad jurídica
s) Derecho a la inviolabilidad patrimonial fuera de la contribución ordinaria, o del pago de sanciones, multas o embargos en función de las leyes y tratados vigentes
t) Deber de cumplimiento de la Ley[/font][/size][/color][/font][/size][/color][/font][/size][/color][/i][/font][/size][/color][/i][/quote]
El decreto 6-2021 establece que:
[quote][color=#111111][size=2][font=monospace]Artículo 6. Compatibilidad de Salarios[/font][/size][/color]
[color=#111111][size=2][font=monospace]La percepción de un salario derivado de un cargo del sistema hace compatible la percepción de un salario de valor inferior, rebajado a la mitad. El porcentaje de salario extra queda establecido al 50%.[/font][/size][/color][/quote]
[code]Y el MF pregunta al Gobierno:[/code]
¿Plantea el Gobierno la modificación de ese articulado para dejarlo al 100%?
#[b]Requerimiento 3/2021 al Gobierno, sobre las limitaciones de derechos fundamentales en los que podría incurrir el Decreto 6-2021 de un modelo económico sostenible.[/b]
[quote][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i][color=#111111][b][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b][color=inherit][color=inherit]Artículo 13. Del Poder Judicial[/color][/color][/b][/font][/size][/b][/color]
[color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]La Ley del poder judicial determinará la constitución, funcionamiento y gobierno de los Tribunales del Estado. [i][u]El Ministerio Fiscal tiene por misión la defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público establecido por la ley, de oficio[/u] [/i]o a petición de los interesados, así como de garantizar la independencia de los Tribunales.
[/font][/size][/color][/i][/font][/size][/color][/quote]
[color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Por lo que es misión necesaria y obligada de oficio de esta parte de interpelar al Gobierno en aquello que pudiera suponer una discriminación derivada de la Carta de Derechos recogida en nuestra Constitución:[/font][/size][/color]
[quote][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b][color=inherit]Artículo 7. Derechos fundamentales[/color][/b][/font][/size][/color]
[/font][/size][/color][/font][/size][/color][/i]
[/font][/size][/color]
[color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Todos los ciudadanos poleses son titulares de los siguientes derechos y deberes:[/font][/size][/color][/font][/size][/color]
[color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][i][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]b) Derecho de libertad religiosa y de opinión política, sin obligación de declarar sobre ideología, religión y creencias
c) Derecho a la libertad de expresión y prensa
d) Derecho a la producción y creación literaria, artística, científica y técnica
g) Derecho de reunión pacífica y manifestación, sin más limitación que el orden público establecido por la ley
i) Derecho y deber al trabajo, con justa remuneración
j) Derecho a la propiedad privada, con la ley como única limitación
k) Derecho y deber de contribución, que no podrá, en ningún caso, tener alcance confiscatorio
l) Derecho a la igualdad jurídica
p) Derecho de asociación
s) Derecho a la inviolabilidad patrimonial fuera de la contribución ordinaria, o del pago de sanciones, multas o embargos en función de las leyes y tratados vigentes
t) Deber de cumplimiento de la Ley
u) Derecho a la participación política[/font][/size][/color][/font][/size][/color][/font][/size][/color][/i][/font][/size][/color][/quote]
[color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]En cambio, el [url=https://pol.virtualpol.com/doc/decreto-6]Decreto 6-2021 de un modelo económico sostenible[/url], establece:[/font][/size][/color]
[quote][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b][color=inherit]Artículo 7. Uso Limitado de Espacios Públicos[/color][/b]
[u]Los espacios públicos que no sean objeto de especial protección constitucional, derivada de constituir un medio fundamental para el ejercicio de derechos fundamentales, requerirán un mínimo de patrimonio de 500 monedas para poder acceder a los mismos[/u]. Tal restricción se aplicará a los subforos General, Empresas, Nobleza y Religiones.[/font][/size][/color]
[color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b][color=inherit]Artículo 8. Ayuda Especial a Nuevos Ciudadanos[/color][/b]
[u]Para evitar la imposibilidad económica de nuevos ciudadanos de participar activamente, el Gobierno les concederá una ayuda única por valor de 500 monedas.[/u][/font][/size][/color][/font][/size][/color][/quote]
[color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]Razonamiento del MF sobre este asunto[/b][/font][/size][/color]
[color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]
El Ministerio Fiscal en ningún caso entra en la cuantía establecida por el Gobierno, pues es una competencia que no pertenece a esta parte, ni la pretende. Intentaré argumentar de la forma más sintética posible.[/font][/size][/color]
[color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Si para poder acceder a los espacios públicos que no son de especial protección constitucional (hecho que se puede llegar a poner en cuestión, pues es una apreciación subjetiva) son necesarias 500 :monedas: que son aportadas por una Ayuda Especial a Nuevos Ciudadanos.[/font][/size][/color]
[color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]El problema que observa el MF es que un nuevo usuario tiene que elegir con esa Ayuda: o bien participar activamente en los espacios públicos que no son de especial protección constitucional o buscarse un empleo público, o montar una empresa privada. Estos dos últimos, que se refieren al derecho de los ciudadanos a trabajar y a obtener un empleo o cargo público, consumen recursos de esta ayuda que les imposibilitan participar activamente de otra, limitando otros derechos que no son el del trabajo (asociación, expresión).[/font][/size][/color]
[color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]Petición del MF al Gobierno ( @byzantium )[/b][/font][/size][/color]
[color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Pedimos desde el MF al Gobierno que tenga que por presentado y comunicado este escrito y le exhortamos a modificar las tasas/cuantía de la ayuda para conseguir que buscar activamente un empleo no merme la capacidad de participación y, con ello, los DDFF de los ciudadanos de Pol.[/font][/size][/color]
#[b]Informe 1/2021, sobre la desavenencia del sistema y la Ley con respecto al sufragio activo.[/b]
[b]Antecedentes de hecho´[/b]
Tal y como está programado VirtualPol, un ciudadano no adquiere el derecho de voto hasta pasados 48 horas de su registro y confirmación en su correo electrónico. No obstante, sí que puede disfrutar de todos los demás derechos que le confiere el sistema y la Ley.
[b]Antecedentes de derecho[/b]
La Constitución del Estado (la Ley Básica del Estado) promulga, en su artículo 5:
[b][color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b][color=inherit]Artículo 5. De la ciudadanía polesa[/color][/b][/font][/size][/color]
[color=#111111][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Tendrá la consideración de usuario todo aquel ciudadano o turista que este registrado en el sistema de VirtualPol. Todo usuario es libre de adquirir la ciudadanía polesa. La aceptación de la ciudadanía polesa conlleva el deber de conocer y respetar sus leyes e instituciones. Los usuarios que hubiesen adquirido la ciudadanía polesa gozan de todos los derechos políticos conforme a sus Leyes.[/font][/size][/color]
[/b]
Llegados a este punto, este MF va a iniciar una investigación sobre la posible desavenencia entre nuestro sistema (el simulador) con la Ley.
Mientras tanto vamos a trasladar a la Asamblea una proposición oficial, basándonos en la libertad de todo ciudadano, incluida esta parte, para interaccionar con los Poderes del Estado. Dicho esto, se pregunta, de forma oficial, y se copia en el subforo correspondiente las siguientes preguntas:
[b]La Asamblea, en pleno y por mayoría simple, en los términos que dicta la LRPL: ¿cree que el sistema está privando de DDFF a los ciudadanos recién registrados?[/b]
[b]En caso afirmativo: ¿proponen una modificación de la Ley/Sistema?[/b]