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225312 Eltomash
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Ley del Mapa

[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Artículo 1.[/font][/size]

[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]El mapa estará dividido en en tres categorías:

a) Residencial (Viviendas ciudadanas)
b) Empresarial (Zonas de empresas y servicios privados)
c) Institucional (Zonas de instituciones y servicios públicos)

Artículo 2.[/font][/size]

[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]El gobierno está autorizado a distribuir el  mapa como estime oportuno y conveniente, adecuándose a las circunstancias de cada momentos, pero dando espacio suficiente a cada una de las categorías, especialmente a la de vivienda.[/font][/size]
[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]
Artículo 3.[/font][/size]

[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Todo ciudadano que tenga un cargo o empleo público o una empresa privada debe tener obligatoriamente una residencia.

Artículo 4.[/font][/size]

[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif] Es requisito de toda oposición pública así como de concesión de cualquier licencia pública o privada, poseer una residencia.

Artículo 5.[/font][/size]

[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Todo desarrollo de una actividad empresarial o de servicios requiere de una parcela en la correspondiente zona habilitada por el gobierno a tal fin.

Artículo 6.[/font][/size]

[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif] El gobierno está facultado para subdividir y diferenciar las diferentes categorías de parcelas en 1, 2 o 3 alturas, entendiendo que estas pueden acoger sendas residencias, negocios, o requisitorias de otra índole en función de dicha altura.

Artículo 7.[/font][/size]

[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif] El propietario de una parcela con más de una altura podrá alquilar las plantas no usadas a terceros, entendiendo que los derechos legales derivados de dicho alquiler, ya sea residencial, empresarial, o de otra índole, corresponderán al arrendatario y no al arrendador.[/font][/size]
[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]


Disposición adicional: Se establece una moratoria de tres días para que la ciudadanía se adecúe según sus circunstancias a lo dispuesto en esta ley.[/font][/size]

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