Se considera Referéndum a efectos de esta ley todas las votaciones por panel previstas en la Constitución (para la ratificación popular de una enmienda), votaciones a miembros del poder judicial (para la ratificación popular de un juez) y todas las demás votaciones refrendarias previstas en la Ley.
Artículo 2.
El escrutinio de todo referéndum contendrá: votos a favor, votos en contra, votos en blanco y votos no válidos. Los votos a favor, en contra y en blanco formarán parte de los votos válidos. En ningún caso los votos en blanco serán computados como abstenciones.
Artículo 3.
En las votaciones en las que sean requeridas mayorías absolutas (50% mas un voto, como exige la constitución para su enmienda) el voto favorable deberá de alcanzar el 50% más un voto de los votos válidos, es decir, del total del escrutinio (favor, contra y blanco).
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#El hecho de que no se quiera aplicar esta reforma a todos los tipos de votación evidencia que el ponente no cree en lo que está proponiendo. Efectivamente En Blanco no es una opción [b]computable[/b] [b]en el resultado[/b] y por eso cuando Chiribito tiene 8 votos de 16 en el parlamento le corresponden el 50% de los escaños independientemente de cuantos votos en blanco haya.
Desde luego no entiendo la sorpresa cuando ni una sola vez en los largos años de historia de virtualpol (en los que he estado) se ha sugerido tener en cuenta los votos en blanco al registrar los porcentajes.
Sugiero que se tengan en cuenta, como es lógico, al computar el resultado de todas las votaciones. El texto de theo servirá. Y que los votantes descubran las sopresas que esto conlleva. Será una excelente situación de aprendizaje. Actividad de contraste, le llaman.
Pobre @Byzantium, tratando de explicar nada a quien no tiene la más mínima intención de comprender puntos de vista diferente al suyo y ni tan siquiera se parará a pensar.
#cuando dije hace unos días que no me parecia que el parlamento tuviese que ser "el que tiene mayoría hace lo que quiere" me referia un poco a esto. Se pierde el debate parlamentario. Nadie va a cambiar de opinión ¿para qué participar? Votar si porque patatas y votar no porque lays. Y ya. Simulador político.
#[quote=Byzantium] cuando dije hace unos días que no me parecia que el parlamento tuviese que ser "el que tiene mayoría hace lo que quiere" me referia un poco a esto. Se pierde el debate parlamentario. Nadie va a cambiar de opinión ¿para qué participar? Votar si porque patatas y votar no porque lays. Y ya. Simulador político.
pero bueno cada cual con lo suyo. [/quote]
Cuando lo de la ley de sentimientos religiosos intenté llegar a acuerdos, pero me topé contra un muro inamovible, y todos los demás debates posteriores no han hecho más que recalcarme que mi contraparte es un muro inamovible. En esas condiciones que quieres que haga, yo paso de desgastarme estrellandome contra un muro y argumentar a lo tonto cuando es totalmente imposible llegar a acuerdos de ninguna clase. Que hagan lo que quieran, como si se lo comen con las patatas que tan generosamente les ofrezco, o con sus lays. Me es indiferente.
Lo voy a hacer muy sencillito, sin ánimo de ofender a nadie.
- el procedimiento para cambiar la constitución está claro: un 50% más un voto, una mayoría absoluta en el referéndum popular.
Hasta aquí estamos todos de acuerdo.
- para Chiribito y byzantium solo deben ser considerados los votos a favor o en contra, pues los votos en blanco (es decir, alguien que vota y no lo hace por ninguna de las opciones, favor y contra) es una abstención. Igual que el que no vota porque le importa 3 pepinos conectarse o ve la votación y piensa: qué pereza illo.
- para mí un voto en blanco no es ni un voto a favor ni un voto en contra, PERO tampoco es una abstención. Es un voto que no pretende favorecer y entorpecer una respuesta, sino que espera a ver la opinión de los demás electores.
Volvemos a donde todos estamos de acuerdo (abajo)
La constitución es un papelito importante, es la ley de leyes y la ÚNICA que el parlamento no puede modificar por sí mismo, luego está “fuera” de su alcance (aunque propone cambios).
Volvemos adonde no estamos de acuerdo (más abajo)
Para nosotros un cambio en la carta magna debe ser un cambio refrendado por la mayoría de los electores. Es decir, que debe tener una mayoría absoluta de votos a favor.
Por eso planteamos esta ley.
Ahora vamos dondeno estoy de acuerdo:
Nos dicen que en la votación al parlamento y a presidente hay muchos votos en blanco y que la mayoría absoluta la tendrá “en blanco”. ¿De verdad no se entiende la diferencia entre una elección legislativa y un referéndum? Si yo le doy 5 votos al pato y ninguno a los demás acaso NO ESTOY APOYANDO (a favor) a un candidato? De verdad estoy debatiendo esto? Xd