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[Parlamento] Modificación de la Ley del ParlamentoPropongo modificar el artículo 3 de la ley del parlamento cuyo texto actual es[quote][justify][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Artículo 3º[/font][/size][/justify] [justify][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Las votaciones de ley tendrán una duración de 24 horas, tras las cuales el presidente del parlamento comunicará los resultados y, en caso de aprobación, publicará la ley en el apartado de leyes vigentes para público conocimiento de la ciudadanía.[/font][/size][/justify] [/quote] Y cambiarlo por [quote][justify][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Artículo 3º[/font][/size][/justify] [justify][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Todas las votaciones parlamentarias finalizan cuando todos los diputados hayan votado, o en su defecto, tras 24 horas desde su convocatoria, tras lo cual el presidente del parlamento comunicará los resultados y, en caso de tratarse de una aprobación de ley, publicará la ley en el apartado de leyes vigentes para público conocimiento de la ciudadanía.[/font][/size][/justify] [/quote] La finalidad es no alargar innecesariamente los tiempos de aprobación una vez que todos los diputados han votado. |
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1 Orden: Fecha | Votos 4 mensajes en este hilo creado hace . | |||
| #Lo veo necesario, gracias Diputado. | ||
| #A Favor | ||
| #Hola: | ||
| #Se puede usar la votación "referendum" limitada a los diputados con voto público |
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