[quote][b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][font=Arial, sans-serif]Ley de la Asamblea de la República de Pol
[/font][/color][/font][/size][/color][/b]
[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][font=Arial, sans-serif]Título I: Disposiciones Generales
[/font][/color][/font][/size][/color][/b]
[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][size=2][font=Arial, sans-serif]Artículo 1.
[/font][/size][/color][/font][/size][/color][/b]
[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][size=2][font=Arial, sans-serif]El Asamblea es el órgano legislativo de la República de Pol. Su elección, composición y funciones básicas se rigen por el Título II de la Constitución.[/font][/size][/font][/size][/color]
[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][size=2][font=Arial, sans-serif]
Artículo 2.
[/font][/size][/color][/font][/size][/color][/b]
[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][size=2][font=Arial, sans-serif]Todos los debates parlamentarios serán públicos, salvo decisión motivada en contrario del Presidente de la Asamblea. Las leyes aprobadas serán publicadas en el apartado oficial de leyes vigentes, para conocimiento de la ciudadanía.
[/font][/size][/font][/size][/color]
[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][font=Arial, sans-serif]Título II: Deberes y derechos de los diputados
[/font][/color][/font][/size][/color][/b]
[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][size=2][font=Arial, sans-serif]Artículo 3.
[/font][/size][/color][/font][/size][/color][/b]
[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][size=2][font=Arial, sans-serif]Los diputados tienen el deber de participar en los debates, emitir su voto de forma individual y fundamentada, y respetar las normas de la Asamblea.
[/font][/size][/font][/size][/color]
[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b][color=inherit][size=2][font=Arial, sans-serif]Artículo 4.
[/font][/size][/color][/b][/font][/size][/color]
[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][size=2][font=Arial, sans-serif]Mediante documento notarial presentado al Presidente de la Asamblea, cualquier diputado podrá delegar su voto en otro diputado, con independencia de su afiliación partidaria. La delegación deberá renovarse para cada nueva propuesta o debate.
[/font][/size][/font][/size][/color]
[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][size=2][font=Arial, sans-serif]Artículo 5.
[/font][/size][/color][/font][/size][/color][/b]
[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][size=2][font=Arial, sans-serif]Todos los diputados gozan de iguales derechos y deberes en el ejercicio de su función, sin distinción por grupo parlamentario o afinidad política.
[/font][/size][/font][/size][/color]
[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][font=Arial, sans-serif]Título III: Del Presidente de la Asamblea
[/font][/color][/font][/size][/color][/b]
[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][size=2][font=Arial, sans-serif]Artículo 6.
[/font][/size][/color][/font][/size][/color][/b]
[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][size=2][font=Arial, sans-serif]El Presidente de la Asamblea representa al órgano, dirige los debates, ordena las votaciones y vela por el cumplimiento del reglamento y la dignidad de la institución.
[/font][/size][/font][/size][/color]
[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][size=2][font=Arial, sans-serif]Artículo 7.
[/font][/size][/color][/font][/size][/color][/b]
[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][size=2][font=Arial, sans-serif]El Presidente de la Asamblea podrá ordenar la expulsión de un diputado de un debate en curso, cuando éste incurra en un uso reiterado de lenguaje ofensivo, difamatorio o injurioso contra otros diputados o instituciones del Estado, pese a advertencias previas.[/font][/size][/font][/size][/color]
[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][size=2][font=Arial, sans-serif]El diputado expulsado no podrá participar en la votación correspondiente al debate del que ha sido excluido. A efectos prácticos, aunque técnicamente no se puede impedir que vote, su voto será expresamente invalidado y no se computará en el resultado final.
[/font][/size][/font][/size][/color]
[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][size=2][font=Arial, sans-serif]La decisión de expulsión deberá estar motivada y publicada públicamente en el hilo del debate.
[/font][/size][/font][/size][/color]
[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][size=2][font=Arial, sans-serif]El diputado afectado podrá presentar un recurso en un plazo de 24 horas desde la publicación de la expulsión.
[/font][/size][/color][/font][/size][/color][/b]
[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][font=Arial, sans-serif]Título IV: Del proceso legislativo
[/font][/color][/font][/size][/color][/b]
[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][size=2][font=Arial, sans-serif]Artículo 8.[/font][/size][/color]
[/font][/size][/color][/b]
[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][size=2][font=Arial, sans-serif]Toda propuesta legislativa deberá ser presentada en hilo específico, con un título claro que identifique su contenido. El ponente podrá solicitar su paso a votación en cualquier momento, o bien pasará automáticamente a votación transcurridas 48 horas desde la última intervención sin nuevas aportaciones.
[/font][/size][/font][/size][/color]
[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][size=2][font=Arial, sans-serif]Artículo 9.
[/font][/size][/color][/font][/size][/color][/b]
[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][size=2][font=Arial, sans-serif]Las votaciones tendrán una duración de 24 horas. Concluido el plazo, el Presidente anunciará los resultados y, en caso de aprobación, procederá a su publicación oficial. Sólo podrá someterse a votación una única propuesta por votación, entendiéndose por propuesta un texto íntegro.
[/font][/size][/font][/size][/color]
[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][size=2][font=Arial, sans-serif]Artículo 10.
[/font][/size][/color][/font][/size][/color][/b]
[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][size=2][font=Arial, sans-serif]La Asamblea podrá emitir Proposiciones no de Ley con el fin de instar a otras instituciones del Estado a actuar o manifestar su opinión sobre temas de interés nacional.
[/font][/size][/font][/size][/color]
[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][size=2][font=Arial, sans-serif]Artículo 11.[/font][/size][/color]
[/font][/size][/color][/b]
[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][size=2][font=Arial, sans-serif]La Asamblea podrá constituir comisiones de investigación para depurar responsabilidades políticas, y requerir la comparecencia del Presidente del Gobierno o ministros en sesiones de control.
[/font][/size][/font][/size][/color]
[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][size=2][font=Arial, sans-serif]Para la constitución de una comisión de investigación será necesario el voto favorable de al menos dos tercios (2/3) del total de diputados de la Cámara.
[/font][/size][/font][/size][/color]
[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][size=2][font=Arial, sans-serif]La Asamblea podrá requerir la comparecencia de cualquier cargo público o ciudadano que, en el momento de los hechos objeto de la investigación, ocupara un cargo público. La comparecencia tendrá carácter obligatorio, salvo causa justificada.[/font][/size][/font][/size][/color]
[/quote]
Vengo en proponer esta propuesta de ley.
Debatamos.
123Orden: Fecha | Votos28 mensajes en este hilo creado hace .
#No tengo claro que las cosas relativas al derecho al voto de los diputados que aqui se proponen sean constitucionales. Pero eso es trabajo de los tribunales. Perder el derecho al voto y por lo tanto a la representación política activa por cuestiones de orden público parece desproporcionado. Tampoco comprendo totalmente la idea de poner un plazo de recurso. El veto es un acto administrativo del PdA y es recurrible ante el tribunal supremo durante el plazo que contempla la ley, que es muy superior a 24h y de cuya ilegalidad se pueden derivar todo tipo de consecuencias. Solicito que se quite la frase del recurso.
El artículo 6 podría contemplar qué pasa cuando el PdA es llamado a un tribunal para un recurso. Con el sistema actual simplemente puede dejarse al gobierno que lo formule y el gobierno ya tiene el sistema de contrataciones por turno ordinario.
Preferiría si todos los plazos incluyen la palabra "aproximadamente" o "en torno a". Y así favorecemos menos problemas por burrocracia.
Por otro lado hay alguna cosa muy vacía de contenido. ¿Qué significa que los diputados tengan el deber de participar en los debates y de emitir su voto de forma fundamentada? ¿Qué pasa si no lo hacen?
Estoy a favor en principio, no le veo problemas a la actualización de la ley más allá de que no me gusta lo de perder el derecho al voto por motivos de orden público.
#Como en Navidad, el gordo de la lotería theomoriana no se ha hecho de esperar. Los niños del colegio de San Ildefonso polés, sito en la esquina de la pomposidad legislativa.
La pluma del diputado Theo nos regala un papelico precioso, lleno de buenas palabras, pero que nada cambia.
Off rol:
La democracia por control remoto del artículo 4, es graciosa. El artículo 7 también me puede generar diversión, podré callar a los adversarios políticos a placer.
Es muy lógico pedir que los diputados se tomen en serio su labor y participen en los debates aportando ideas y votando con argumento, pero eso de obligatoriedad ...
Digo lo mismo que Byz, ¿qué pasa si no participan?
Hay que tener en cuenta que los diputados no tienen un sueldo, y por lógica, ¿qué vas a exigir a alguien que no se paga? De hecho tenemos el sistema de pagar por actividad, es decir, si trabajas, propones, debates, etc, cobras, si no te quedas sin nada.
Me sobra el artículo 3
Artículo 4: Delegar el voto.
Me parece burocracia ... Lo vería bien ante casos de fuerza mayor, donde un diputado no va a estar por los motivos que fueren en el momento en que la votación se vaya a producir, deje dicho notarialmente el sentido de su voto y sea comunicado al PdA para que se tenga en cuenta, pero aún así no me convence, pues desde que se haga el documento hasta que se vote pueden haber cambios en el debate que hubieran hecho cambiar ese sentido de voto ... La verdad es que me chirría mucho esto.
Artículo 6: El PdA representa a la Asamblea.
Sí, esto es muy bonito y lo dice la constitución también.
Habría que pensar en un proceso para elegir un segundo representante en caso de que el PdA por los motivos que fueren, no pueda ejercer tal representación.
Un ejemplo lo hemos tenido en la Ley de Género, donde no era lógico que el PdA representase la defensa cuando votó en contra de dicha ley, y el gobierno hubo de hacer un concurso para elegir defensor.
Artículo 7: El PdA expulsa a los "malotes".
¿Y quién son los malotes?, ¿Los que el PdA crea según su criterio?
Absolutamente en contra. Esto es muy arbitrario y partidista.
#[quote=Eltomash] En vez de regular tanto, podrías delegar un poco. Presidencia es de sobra capaz de obrar mecanismos [/quote]
que lo elija el gobierno como le parezca ....
gran mecanismo :)
Los diputados somos un poder autónomo e independiente que debiéramos saber como gestionar nuestras cosas, entre ellas nuestra representación ante los otros poderes del estado.
Dejar un vacío que y que haga el presidente lo que se le ocurra es tan arbitrario como el artículo 7 de esta propuesta, que el presidente expulse a los que el crea que son malotes según su criterio ...
#¿Crees que el presidente de la asamblea puede llegar a ser un tirano o un déspota?
Los que hemos tenido el gusto de ostentar este cargo, incluido tú, hemos siempre mantenido la institucionalidad en el ejercicio del cargo. La híperregulacion no es la solución
#[quote=Eltomash] ¿Crees que el presidente de la asamblea puede llegar a ser un tirano o un déspota?
Los que hemos tenido el gusto de ostentar este cargo, incluido tú, hemos siempre mantenido la institucionalidad en el ejercicio del cargo. La híperregulacion no es la solución [/quote]
El artículo en sí tiene toda su lógica; no insultar, no injuriar bla bla bla. El problema son las personas, y teniendo en cuenta que el actual Presidente del Parlamento me kickeo en la plaza por decir Trideidad ... pues sí, lo siento mucho pero no le tengo mucha confianza. Es lo que hay.
#El artículo no tiene nada de peligroso si retiramos las condiciones raras del recurso. En la actualidad el PdA tiene la facultad de retirar el voto quitando el cargo de diputado a cualquiera lo mismo que el presidente del gobierno tiene todos los poderes. Son los tribunales los que garantizan que eso no ocurra cuando el género humano no funciona. Y por ahora, salvo que queramos meter miedo, el género humano ha funcionado.
#[size=3]Según está establecido el Presidente del Parlamento reparte 10.000 monedas entre aquellos diputados según su aportación en debates etc. No digo que sea un mal sistema pero no me parece correcto. Los [/size]
[size=3]Diputados deben cobrar su sueldo ,como ha pasado SIEMPRE, y si algún Diputado no participa como debiera pues se le sanciona económicamente y arreglado. No sé porque de repente a la gente le da por [/size]
[size=3]cambiar cosas que siempre han funcionado bien. [/size]
#[quote=SLY] [size=3]Según está establecido el Presidente del Parlamento reparte 10.000 monedas entre aquellos diputados según su aportación en debates etc. No digo que sea un mal sistema pero no me parece correcto. Los [/size]
[size=3]Diputados deben cobrar su sueldo ,como ha pasado SIEMPRE, y si algún Diputado no participa como debiera pues se le sanciona económicamente y arreglado. No sé porque de repente a la gente le da por [/size]
[size=3]cambiar cosas que siempre han funcionado bien. [/size] [/quote]
A la gente no, a tu amigo Chiribito que fue el que propuso esa reforma de la constitucion, con tu voto
#Una vez se resuelva lo ya dicho por Theo la reforma cuenta con mi voto.
En cuanto a lo que se debate yo creo que se entiende perfectamente que el artículo 7 busca introducir algo nuevo por lo que pelearse. Indudablemente no queremos pelearnos pero queremos que haya pelea porque así funciona la plataforma. No tiene sentido [i]debatir si queremos debate[/i] y la propuesta cuenta con mi voto.
#No es que quiera, es que debo pensar que el Presidente de la institución es capaz de representarla sin sucumbir a intereses partidistas o personales. Y si lo hace, creo que esta cámara es soberana para echarle a patadas si lo considera oportuno.
#Dada la poca voluntad de entendimiento y de llegar a algún consenso en alguno de los puntos planteados, si quiera para obtener mi abstención, mi voto será en contra,
Nada más que decir.
Sobre los comentarios de @Byzantium, la idea de perder el derecho a voto por motivos de orden público es en realidad un poco más "compleja". Aún y entendiendo la preocupación, lo que he querido hacer era adaptar un poco la Asamblea de Pol a un sistema parlamentario más al uso en la vida real, con sanciones para los diputados, pero pensando en posibles sanciones -que ahora que lo pienso podrían ser pecunarias- lo más efectivo que se me ocurre es "prohibir" votar en la votación del debate del que uno es expulsado, entendiendo que, si nos imaginamos el parlamento como un espacio físico, el diputado ha salido del hemiciclo y no puede votar. Para mí, desde la perspectiva de los que quieren jugar a hacer política, tiene sentido.
Concuerdo con el límite temporal al recurso, que eliminaré, y las coletillas "aproximadamente" o "en torno a" que incluiré.
Si los diputados no intervienen de forma fundamentada... los colgamos. Nah. A ver, mi idea parte de que ahora se cobra por participar, por lo que, si eso se mantiene, lo lógico sería que se fundamente la intervención. De lo contrario esto es una farsa. Entiendo la problemática y probablemente lo mejor sea quitar eso, pero ya véis por donde voy...
Sobre los comentarios de @Eltomash. Hay bastantes cambios, pero son sutiles. Por ejemplo, se aclara mucho mejor lo que es una propuesta, como se registra, como se vota. Cosas nimias, quizás, pero que en mi opinión son necesarias para evitar abusos como los que se han producido.
En lo que comentas sobre el artículo 4, en realidad esa es la idea. Dotar al PdA de poder político como aliciente para ostentar el cargo. Seamos francos, ser PdA con la única función de gestionar las votaciones es un rollo. Quiero que pasen cosas en el parlamento, que haya disenso y abusos. De lo contrario todo es muy aburrido.
A @Chiribito: creo que tus dudas sobre el art. 3 las he respondido en mi respuesta a Byzantium. Sobre la delegación del voto, es una parida, pero -de nuevo- aporta cierto realismo al funcionamiento del parlamento y además abre una posibilidad práctica que no creo que sea negativa. A veces nos vamos de vacaciones o tenemos compromisos externos que pueden compaginarse con votar en Pol. Así además desde un punto de vista de rol los partidos tienen más sentido, porque un diputado puede delegar su voto en su camarada de partido. Se podría limitar el número de veces para compaginarlo con el deber de votar, pero no creo que reste además de que da trabajo a los juristas.
Sobre lo que comentas de representación, difiero porque entiendo que como representante de la institución el Presidente es neutro y su tarea no se circunscribe a las opiniones emitidas durante el ejercicio de su cargo. Es el representante de la institución, pero se puede incluir que, por ejemplo, delegue esa representación en otro diputado elegido por el pleno que ostentará el título de Vicepresidente de la Asamblea.
Y sí, el art. 7 es arbitrario y partidista. Es lo que busco.
#[quote=Theo]
A @Chiribito: creo que tus dudas sobre el art. 3 las he respondido en mi respuesta a Byzantium. Sobre la delegación del voto, es una parida, pero -de nuevo- aporta cierto realismo al funcionamiento del parlamento y además abre una posibilidad práctica que no creo que sea negativa. A veces nos vamos de vacaciones o tenemos compromisos externos que pueden compaginarse con votar en Pol. Así además desde un punto de vista de rol los partidos tienen más sentido, porque un diputado puede delegar su voto en su camarada de partido. Se podría limitar el número de veces para compaginarlo con el deber de votar, pero no creo que reste además de que da trabajo a los juristas.
Sobre lo que comentas de representación, difiero porque entiendo que como representante de la institución el Presidente es neutro y su tarea no se circunscribe a las opiniones emitidas durante el ejercicio de su cargo. Es el representante de la institución, pero se puede incluir que, por ejemplo, delegue esa representación en otro diputado elegido por el pleno que ostentará el título de Vicepresidente de la Asamblea.
Y sí, el art. 7 es arbitrario y partidista. Es lo que busco.
Un abrazo a todos. [/quote]
La delegación del voto no me preocupa, y viendo las casuísticas y entendiendo los delegantes a lo que se atienen pues mira ...
En cuanto a la representación y el artículo 7. Dices que buscas un PdA arbitrario y partidista, que yo veo que puede convertirse, según en que manos, en dictatorial, y además dices que es un representante neutro ...
¿Soy solo yo el único que ve que lo uno se muerde con lo otro?
No se puede ser neutro y partidario. No se puede representar de forma neutra ante la justicia la defensa de una ley que se ha votado en contra.
Hay que especificar que en caso de recurso el representante sea el ponente, pues será quien mejor vaya a defenderlo, no un PdA partidario y partidista.
#Pero entonces, @Chiribito, lo que estás defendiendo es que las leyes pertenezcan a sus ponentes, cuando en realidad, una vez aprobadas por la Asamblea, su defensa ante los tribunales corresponde a la institución, no al ponente. Esto siempre ha sido así, y cambiarlo implicaría un giro de paradigma que, además, pone en cuestión a la institución en su conjunto.
Que tengamos un presidente arbitrario no significa que no pueda representar a la institución. Una cosa es aplicar el reglamento, y otra muy distinta es liderar la defensa técnica de una ley ante la justicia.
En cuanto a su posible sesgo partidista, insisto en que una expulsión del pleno debe estar debidamente justificada. No se puede expulsar a alguien solo por decir "Visca Catalunya". Bueno, poder se puede, pero en ese caso, la persona tiene derecho a presentar un recurso, y es precisamente ahí donde entra en juego la justicia.
#[quote=Theo] Pero entonces, @Chiribito, lo que estás defendiendo es que las leyes pertenezcan a sus ponentes, cuando en realidad, una vez aprobadas por la Asamblea, su defensa ante los tribunales corresponde a la institución, no al ponente. Esto siempre ha sido así, y cambiarlo implicaría un giro de paradigma que, además, pone en cuestión a la institución en su conjunto.
Que tengamos un presidente arbitrario no significa que no pueda representar a la institución. Una cosa es aplicar el reglamento, y otra muy distinta es liderar la defensa técnica de una ley ante la justicia.
En cuanto a su posible sesgo partidista, insisto en que una expulsión del pleno debe estar debidamente justificada. No se puede expulsar a alguien solo por decir "Visca Catalunya". Bueno, poder se puede, pero en ese caso, la persona tiene derecho a presentar un recurso, y es precisamente ahí donde entra en juego la justicia. [/quote]
¿Realmente usted cree que Eltomash podría representar la defensa de la constitucionalidad la Ley de Género ante los tribunales? Afortunadamente tuvo sentido de estado en ese punto y delegó en el gobierno la elección de un representante más idóneo.
#Por lo tanto el texto consensuado es el siguiente (he incluido en el art. 6 "[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][size=2][font=Arial, sans-serif]La Asamblea podrá elegir a un Vicepresidente de entre sus miembros.")[/font][/size][/font][/size][/color]:
[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][font=Arial, sans-serif]Ley de la Asamblea de la República de Pol
[/font][/color][/font][/size][/color][/b]
[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][font=Arial, sans-serif]Título I: Disposiciones Generales
[/font][/color][/font][/size][/color][/b]
[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][size=2][font=Arial, sans-serif]Artículo 1.
[/font][/size][/color][/font][/size][/color][/b]
[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][size=2][font=Arial, sans-serif]El Asamblea es el órgano legislativo de la República de Pol. Su elección, composición y funciones básicas se rigen por el Título II de la Constitución.[/font][/size][/font][/size][/color]
[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][size=2][font=Arial, sans-serif]
Artículo 2.
[/font][/size][/color][/font][/size][/color][/b]
[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][size=2][font=Arial, sans-serif]Todos los debates parlamentarios serán públicos, salvo decisión motivada en contrario del Presidente de la Asamblea. Las leyes aprobadas serán publicadas en el apartado oficial de leyes vigentes, para conocimiento de la ciudadanía.
[/font][/size][/font][/size][/color]
[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][font=Arial, sans-serif]Título II: Deberes y derechos de los diputados
[/font][/color][/font][/size][/color][/b]
[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][size=2][font=Arial, sans-serif]Artículo 3.
[/font][/size][/color][/font][/size][/color][/b]
[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][size=2][font=Arial, sans-serif]Los diputados tienen el deber de participar en los debates, emitir su voto de forma individual, y respetar las normas de la Asamblea.
[/font][/size][/font][/size][/color]
[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b][color=inherit][size=2][font=Arial, sans-serif]Artículo 4.
[/font][/size][/color][/b][/font][/size][/color]
[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][size=2][font=Arial, sans-serif]Mediante documento notarial presentado al Presidente de la Asamblea, cualquier diputado podrá delegar su voto en otro diputado, con independencia de su afiliación partidaria. La delegación deberá renovarse para cada nueva propuesta o debate.
[/font][/size][/font][/size][/color]
[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][size=2][font=Arial, sans-serif]Artículo 5.
[/font][/size][/color][/font][/size][/color][/b]
[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][size=2][font=Arial, sans-serif]Todos los diputados gozan de iguales derechos y deberes en el ejercicio de su función, sin distinción por grupo parlamentario o afinidad política.
[/font][/size][/font][/size][/color]
[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][font=Arial, sans-serif]Título III: Del Presidente de la Asamblea
[/font][/color][/font][/size][/color][/b]
[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][size=2][font=Arial, sans-serif]Artículo 6.
[/font][/size][/color][/font][/size][/color][/b]
[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][size=2][font=Arial, sans-serif]El Presidente de la Asamblea representa al órgano, dirige los debates, ordena las votaciones y vela por el cumplimiento del reglamento y la dignidad de la institución. La Asamblea podrá elegir a un Vicepresidente de entre sus miembros.
[/font][/size][/font][/size][/color]
[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][size=2][font=Arial, sans-serif]Artículo 7.
[/font][/size][/color][/font][/size][/color][/b]
[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][size=2][font=Arial, sans-serif]El Presidente de la Asamblea podrá ordenar la expulsión de un diputado de un debate en curso, cuando éste incurra en un uso reiterado de lenguaje ofensivo, difamatorio o injurioso contra otros diputados o instituciones del Estado, pese a advertencias previas.[/font][/size][/font][/size][/color]
[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][size=2][font=Arial, sans-serif]El diputado expulsado no podrá participar en la votación correspondiente al debate del que ha sido excluido. A efectos prácticos, aunque técnicamente no se puede impedir que vote, su voto será expresamente invalidado y no se computará en el resultado final.
[/font][/size][/font][/size][/color]
[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][size=2][font=Arial, sans-serif]La decisión de expulsión deberá estar motivada y publicada públicamente en el hilo del debate.
[/font][/size][/font][/size][/color]
[color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][size=2][font=Arial, sans-serif]El diputado afectado podrá presentar un recurso dentro de los plazos previstos en la Ley.
[/font][/size][/color][/font][/size][/color]
[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][font=Arial, sans-serif]Título IV: Del proceso legislativo
[/font][/color][/font][/size][/color][/b]
[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][size=2][font=Arial, sans-serif]Artículo 8.[/font][/size][/color]
[/font][/size][/color][/b]
[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][size=2][font=Arial, sans-serif]Toda propuesta legislativa deberá ser presentada en hilo específico, con un título claro que identifique su contenido. El ponente podrá solicitar su paso a votación en cualquier momento, o bien pasará automáticamente a votación transcurridas 48 horas desde la última intervención sin nuevas aportaciones.
[/font][/size][/font][/size][/color]
[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][size=2][font=Arial, sans-serif]Artículo 9.
[/font][/size][/color][/font][/size][/color][/b]
[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][size=2][font=Arial, sans-serif]Las votaciones tendrán una duración de 24 horas. Concluido el plazo, el Presidente anunciará los resultados y, en caso de aprobación, procederá a su publicación oficial. Sólo podrá someterse a votación una única propuesta por votación, entendiéndose por propuesta un texto íntegro.
[/font][/size][/font][/size][/color]
[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][size=2][font=Arial, sans-serif]Artículo 10.
[/font][/size][/color][/font][/size][/color][/b]
[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][size=2][font=Arial, sans-serif]La Asamblea podrá emitir Proposiciones no de Ley con el fin de instar a otras instituciones del Estado a actuar o manifestar su opinión sobre temas de interés nacional.
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[b][color=#888888][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#000000][size=2][font=Arial, sans-serif]Artículo 11.[/font][/size][/color]
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[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][size=2][font=Arial, sans-serif]La Asamblea podrá constituir comisiones de investigación para depurar responsabilidades políticas, y requerir la comparecencia del Presidente del Gobierno o ministros en sesiones de control.
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[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][size=2][font=Arial, sans-serif]Para la constitución de una comisión de investigación será necesario el voto favorable de al menos dos tercios (2/3) del total de diputados de la Cámara.
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[color=#000000][size=4][font=Arial, Helvetica, sans-serif][size=2][font=Arial, sans-serif]La Asamblea podrá requerir la comparecencia de cualquier cargo público o ciudadano que, en el momento de los hechos objeto de la investigación, ocupara un cargo público. La comparecencia tendrá carácter obligatorio, salvo causa justificada, y deberá publicarse dentro de un plazo de tiempo razonable.[/font][/size][/font][/size][/color]