|
[Parlamento] Reforma del Código Civil (i)Señorías:Señor presidente @kendel: Ciudadanos: Hace unas semanas comenté la necesidad de tocar el tema de la ciudadanía y fruto de ese compromiso con el pueblo polés, vengo en proponer la siguiente reforma del Código Civil: [quote][b]Título X. De la ciudadanía[/b] [b]Artículo 1.[/b] Tendrá la consideración de usuario todo aquel ciudadano o turista que este registrado en el sistema de VirtualPol. [b]Artículo 2.[/b] Toda usuario es libre de adquirir la ciudadanía polesa. La aceptación de la ciudadanía polesa conlleva el deber de conocer y respetar sus leyes e instituciones. [b]Artículo 3.[/b] Los usuarios que hubiesen adquirido la ciudadanía polesa gozan de todos los derechos políticos conforme a la Constitución y a las leyes de la República. [b]Artículo 4.[/b] Se perderá la ciudadanía por los siguientes motivos: a) Inactividad de 30 días; b) Rechazo de la ciudadanía; c) Expulsión.[/quote] Me parece importante incluir la diferenciación -simple- entre ciudadanos y turistas y la pérdida de ciudadanía. De ahí, propondré una segunda modificación regulando derechos de turistas tras la pérdida de la ciudadanía y otros. Mi idea es que un ciudadano que pierda la ciudadanía por inactividad pueda recuperar todo su capital (que estará en la cuenta del Gobierno) hasta 30 días después de la pérdida. El que rechace la ciudadanía no podrá recuperar ese dinero. Ahí entrará la figura de los testamentos. Debatamos amistosamente. |
||
1 Orden: Fecha | Votos 5 mensajes en este hilo creado hace . | |||
| #Me parece perfecta está primera propuesta, deseando ver lo que propones de los testamentos y las recuperaciones :) | ||
| #Me parece buena idea | ||
| #[quote=LordNak] Me parece buena idea | ||
| #Se procede a votación. | ||
| #La reforma ha sido aprobada por mayoría absoluta: |
Para poder participar en esta conversacion has de registrar tu ciudadano