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Reforma de la ley del referendumPor ser contraria al sistema, a la costumbre y a la tradición polesa traigo a la cámara la modificación de esta leyhttps://pol.virtualpol.com/foro/leyes/ley-del-referendum Ley del Referéndum Artículo 1. Se considera Referéndum a efectos de esta ley todas las votaciones por panel previstas en la Constitución (para la ratificación popular de una enmienda), votaciones a miembros del poder judicial (para la ratificación popular de un juez) y todas las demás votaciones refrendarias previstas en la Ley. Artículo 2. El escrutinio de todo referéndum contendrá: votos a favor, votos en contra, votos en blanco. Los votos en blanco no se computan como parte del resultado en ningún caso y son iguales a las abstenciones. |
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1 2 Orden: Fecha | Votos 13 mensajes en este hilo creado hace . | |||
| #Una propuesta razonable | ||
| #He cambiado la propuesta para mayor concreción. | ||
| #Los diputados ya han expresado su opinión y lo que yo diga nada va a cambiar, podemos proceder a la votación creo y entonces que la acaudalada cámara decida. | ||
| #si tienes alguna propuesta distinta yo estoy abierto a cambios. Si no, lo podemos votar ya. | ||
| #la verdad es que me parece una ley -la original- un poco chorra. Un calentón del momento, por mi la derogamos entera :roto2: | ||
| #la reforma tiene el propósito de asegurarse de que nadie dice la supuesta tontería de que el voto en blanco computable ahora es la costumbre. | ||
| #Bueno, pues votemos. | ||
| #arroba @chiribito | ||
| #[quote][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Artículo 2.[/font][/size] | ||
| #La interpretación que hace el Sr. @Chiribito sobre su voto en blanco es, como es lógico, subjetiva. Pero no podemos asumir que esa sea la única válida. Quien vota en blanco acude a las urnas y, al hacerlo, expresa una forma activa de disconformidad que merece ser reconocida (cuando existe). |
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