POL
221993 Chiribito
+0

Ley de Cuerpos de Seguridad de Pol

[b]Ley de Cuerpos de Seguridad de Pol[/b]


[b]Preámbulo[/b]

Con el fin de promover la seguridad y cordialidad entre los ciudadanos de Pol así como con aquellos que nos visiten, el pueblo de Pol otorga las siguientes normas de convivencia así como los encargados de llevarlas a cabo.

[b]Capítulo I - Sobre su Composición y Funcionamiento.[/b]

[b]Artículo 1.[/b] El cuerpo de seguridad de Pol está formado por un comisario elegido por el gobierno mediante oposición y tantos policías como considere necesarios el gobierno para mantener el orden, los cuales son elegidos por el comisario mediante oposición.

[b]Artículo 2.[/b] Son funciones del comisario:

a) Gestión, dirección y coordinación del cuerpo de seguridad.
b) Nombramiento y destitución de los policías.
c) Representación del cuerpo de seguridad ante las instituciones de Pol.
d) Velar por la seguridad y el clima de cordialidad en la plaza de Pol y en el foro.
e) Aplicar los kicks oportunos según lo estipulado en la presente ley.
d) Revocar kicks cuando el afectado perdone a su agresor en el caso de insultos.

[b]Artículo 3.[/b] Son funciones del policía:

a) Velar por la seguridad y cordialidad en la plaza y el foro.
b) Aplicar los kicks oportunos según lo estipulado en la presente ley.

[b]Artículo 4.[/b] Al aplicar el kick se incluirá como prueba el log que lo justifique.

[b]Artículo 5.[/b] En caso de ausencia del comisario y policías en el momento de comisión de una infracción, el rey y presidente del Gobierno están facultados para aplicar las sanciones oportunas de acuerdo a lo establecido en el capítulo II.


[b]Capítulo II - Sobre Infracciones y Sanciones.[/b]

[b]Artículo 6. Insultos[/b]

1. Se considera infracción de insultos, a efectos de esta ley, el uso de vocabulario soez, vulgar o peyorativo. Así mismo se consideran insultos cualquier manifestación que suponga desprecio por Pol, así como sus instituciones o ciudadanos. El ciudadano afectado por esta infracción podrá solicitar que le sea retirado el kick al sancionado, y así obrará el responsable en cuestión del Cuerpo de Policía

2. El que profiriere insultos, será sancionado con un kick de entre 5 y 30 minutos, a determinar por el miembro del cuerpo policial que ejecute el kick dependiendo de la gravedad del insulto. Cada reincidencia será sancionada con un kick de tiempo inmediatamente superior al anterior.

[b]Artículo 7. Abuso de comandos[/b]

1. Se considera abuso de comandos, a efectos de esta ley, el abuso reiterado de cualquiera de los comandos de VirtualPOL -incluidos los emoticonos y botones de sonido- más allá de una intención informativa. .

2. El que cometiere abuso de comandos, será sancionado con un kick de entre 2 y 15 minutos, a determinar por el miembro del cuerpo policial que ejecute el kick dependiendo de la gravedad de la infracción. Cada reincidencia será sancionada con un kick de tiempo inmediatamente superior al anterior.

[b]Artículo 8. Spam[/b]

1. Se considera spam, a efectos de esta ley, la publicación reiterada de enlaces sin relación a Pol que no hayan sido solicitados o que no sean relativos a las conversaciones mantenidas en ese momento en Pol.

2. El que cometiere spam, será sancionado con un kick de entre 2 y 15 minutos, a determinar por el miembro del cuerpo policial que ejecute el kick dependiendo de la gravedad de la infracción. Cada reincidencia será sancionada con un kick de tiempo inmediatamente superior al anterior.

[b]Artículo 9. Abuso de mayúsculas.[/b]

1. Se considera abuso de mayúsculas, a efectos de esta ley, la escritura de dos o más frases en mayúsculas en un periodo de tiempo menor a dos minutos. Se dejará a criterio del policía aquellas frases cuya longitud fuera exagerada a pesar de constituir una sola frase.

2. El que cometiere abuso de mayúsculas, será sancionado con un kick de entre 2 y 15 minutos, a determinar por el miembro del cuerpo policial que ejecute el kick dependiendo de la gravedad de la infracción. Cada reincidencia será sancionada con un kick de tiempo inmediatamente superior al anterior.

[b]Artículo 10. Conducta troll.[/b]

1. Se considera conducta troll, a efectos de esta ley, la intervención con el fin de molestar al resto de ciudadanos presentes, usando mensajes molestos a la vista, obscenos, violentos o que causen crispación.

2. El que adoptare una conducta troll, será sancionado con un kick de entre 2 y 15 minutos, a determinar por el miembro del cuerpo policial que ejecute el kick dependiendo de la gravedad de la infracción. Cada reincidencia será sancionada con un kick de tiempo inmediatamente superior al anterior.

 1      Orden: Fecha | Votos 6 mensajes en este hilo creado hace .
201659 Palau
+0

#Me gustaría entrar a debatir el número necesario de policías que establece esta ley. Creo que teniendo en cuenta la actividad, tener 3 personas cobrando por hacer el trabajo que tan solo una puede hacer (actualmente) es, cuanto menos, cuestionable.

Así pues, propongo una modificación, dejando el artículo 1 como:

El cuerpo de seguridad de Pol está formado por un comisario elegido por el gobierno mediante oposición y tantos policías como considere el comisario, elegidos por él/ella, mediante oposición.

221993 Chiribito
+0

#Pues sí, mejor que el número de policías varíe según las circunstancias, aunque pienso que lo mejor es que el número lo defina el gobierno y no el comisario, de modo que sea el gobierno quien tenga el control presupuestario del gasto.

Lo modifico.



203938 Byzantium
+0

#[quote=Chiribito] Pues sí, mejor que el número de policías varíe según las circunstancias, aunque pienso que lo mejor es que el número lo defina el gobierno y no el comisario, de modo que sea el gobierno quien tenga el control presupuestario del gasto.

Lo modifico.



[/quote]

Con esto ya me gusta

200430 Onii_Chan
+0

#De acuerdo... creo que cubre toido el espectro del orden público.

221993 Chiribito
+0

#Se pasa a votación.

221993 Chiribito
+0

#http://pol.virtualpol.com/votacion/6514

Votos emitidos: 5
Votos a favor: 5
Votos en contra: 0
Abstenciones: 0

En consecuencia queda aprobada la Ley de Cuerpos de Seguridad de Pol.

 1 

Para poder participar en esta conversacion has de registrar tu ciudadano

Más hilos

Comunicado - Diputado Eltomash - UPL, [Ministerio] Próximas medidas del Gobierno respecto servicios públicos, - prueba para Ivan , Elección del Presidente del Banco de Pol - Candidturas, 💎Llegada al país de la CASA💜 KING DRAGONOV👑, El Imparcial: "nota de prensa", Ayuda nuevos y renacidos: ¿Qué es eso del Rol y cómo puedo participar?, [Syldavia] Descontento en las clases syldavas., El Imparcial - Informe 4/2020 sobre cambios legales, [Parlamento] Enmienda a la Ley del Mapa,