POL
221993 Chiribito
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Modificación de la Constitución

A propuesta del ciudadano D. @Byzantium, conforme al artículo 18 de nuestra Constitución, se somete a debate de la cámara y el pueblo la siguiente modificación de una serie de artículos constitucionales relativos al poder legislativo:

[quote][justify][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Artículo 7.- El Poder Legislativo recae en la Asamblea, que crea, aprueba, modifica o deroga leyes en base a la Ley.[/font][/size][/justify]
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[justify][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Artículo 11.- En la República del Pol opera la separación de poderes. Los cargos públicos pertenecientes a los poderes del estado, con excepción de aquellos propios al legislativo, son incompatibles entre sí.[/font][/size][/justify]
[justify][/justify]
[justify][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]TÍTULO II. Poder legislativo[/font][/size][/justify]
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[justify][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Artículo 12.- La Asamblea es la cámara representativa de la soberanía nacional.[/font][/size][/justify]
[justify][/justify]
[justify][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Artículo 13.- La Asamblea está formada por todos los usuarios que hayan recibido al menos un voto en las elecciones.[/font][/size][/justify]
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[justify][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Artículo 14.- Las elecciones a Diputado tienen lugar cada 28 días y durante 48 horas, de viernes a domingo a las 20:00, y dos semanas después de las elecciones presidenciales.[/font][/size][/justify]
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[justify][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Artículo 15.- Las elecciones a la Asamblea son automáticas por sistema, por medio de elecciones al cargo de Diputado.[/font][/size][/justify]
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[justify][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Artículo 16.- Los Diputados cuentan durante el ejercicio de su cargo con tantos escaños como puntos recibieron en las elecciones.[/font][/size][/justify]
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[justify][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Artículo 17.- Si un diputado dimite, pierde el derecho a recuperar su cargo y escaños correspondientes hasta las siguientes elecciones. El cargo de Diputado no recibe remuneración alguna.[/font][/size][/justify]
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[justify][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Artículo 18.- El derecho a voto en la Asamblea es exclusivo de los Diputados. Todos los ciudadanos tienen derecho a voz por sí mismos. El derecho de propuesta puede ser ejercido por todos los ciudadanos poleses.[/font][/size][/justify]
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[justify][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Artículo 19.- Los Diputados eligen al Presidente de la Asamblea de entre ellos. Corresponde al Presidente de la Asamblea en funciones, aquel de la legislatura pasada, abrir un plazo de 24 horas tras las elecciones para presentar candidaturas y convocar una votación posterior para elegir al nuevo Presidente de la Asamblea.[/font][/size][/justify]
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[justify][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Artículo 20.- En defecto de un Presidente de la Asamblea en funciones, cualquier Diputado electo está legitimado para llevar a cabo el proceso de elección del Presidente de la Asamblea[/font][/size][/justify]
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[justify][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Artículo 21.- El Presidente de la Asamblea tiene las siguientes funciones:
a) Moderar los debates en la Asamblea
b) Convocar las votaciones correspondientes
c) Publicar los cambios efectuados por la Asamblea
d) Ejercer la máxima representación de la Asamblea
e) Todas las demás funciones que le confiera la Ley[/font][/size][/justify]
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[justify][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Artículo 22.- Una propuesta se considera aprobada cuando cuenta con una mayoría simple de votos a favor en la Asamblea.[/font][/size][/justify]
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[justify][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Artículo 23.- La Ley de la Asamblea determina su funcionamiento con arreglo a la Constitución.[/font][/size][/justify]
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[justify][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Artículo 29.- El Gobierno ejerce las siguientes funciones con arreglo a la Ley:[/font][/size][/justify]
[justify][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]a) Dirigir la administración pública.
b) Nombrar al Presidente del Asamblea y al Juez Supremo.
c) Nombrar a los empleados públicos por oposición
d) Otorgar empleos privados
e) Gestionar los recursos públicos velando por el interés nacional
f) Entablar relaciones con empresas e instituciones para realizar actos comunes en favor de la sociedad
g) Organizar ferias y eventos culturales y deportivos
h) Ejercer la máxima representación del Estado y del Gobierno
i) Ejercer reserva reglamentaria en materia económica. La reserva reglamentaria en materia económica que trata este literal hace referencia a la fijación de impuestos, tasas y contribuciones, tanto establecidos por sistema como de nueva creación; salarios y primas, entrega de subvenciones y diversas ayudas económicas, así como la intervención en la economía. El Gobierno mantendrá los decretos de salarios y primas (por actividad, antigüedad, rendimiento, etc.), de subvenciones y diversas ayudas económicas actualizados, modificando estos cuando considere que se han producido cambios en la coyuntura económica nacional que exigen cambios que aseguren el buen funcionamiento del sistema económico. Las condiciones de las modificaciones y su periodicidad deberán estar recogidos en el correspondiente decreto.
j) Todas las demás funciones que le confiera la Ley[/font][/size][/justify]
[justify][/justify]
[justify][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]TÍTULO VII. Carta de Enmiendas
Las Enmiendas a la Constitución son el procedimiento mediante el cual la Asamblea clarifica aspectos de la Constitución que son, según su criterio, lo bastante importantes como para ser recopilados en el presente título.[/font][/size][/justify]
[/quote]

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221993 Chiribito
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#[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Composición del Parlamento:[/font][/size]

[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Chiribito = 23 escaños[/font][/size]
[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]BaityBait = 22 escaños[/font][/size]
[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]SLY = 11 escaños[/font][/size]
[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Raggio = 3 escaños[/font][/size]

[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Votación: [url=https://pol.virtualpol.com/votacion/7101][color=#4d99e0]https://pol.virtualpol.com/votacion/7111[/color][/url][/font][/size]

[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Chiribito = Sí[/font][/size]
[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]BaityBait = Abstención[/font][/size]
[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]SLY = Sí[/font][/size]
[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Raggio = Abstención[/font][/size]

[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Votos a favor = 34[/font][/size]
[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Votos en contra = 0[/font][/size]
[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Abstenciones = 25[/font][/size]


[quote][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif][b]Constitución:[/b]

Disposición adicional única: cualquier propuesta de reforma, enmienda o derogación de la presente Constitución requerirá del apoyo de la mayoría simple del Parlamento con quórum de â…— y del 50%+1 de votos favorables en referéndum popular.[/font][/size][/quote]

[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Escaños totales = 59[/font][/size]
[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]3/5 de 59 = 35[/font][/size]
[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Votos emitidos = 34
[/font][/size]
[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]En consecuencia queda rechazada por este parlamento la reforma de la Constitución.[/font][/size]

224752 Zokaar
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#Propongo que la nueva cámara recupere esta propuesta y la pase a votación, ahora que tenemos cinco diputados activos.

221993 Chiribito
+0

#Coincido con Zokaar , y espero que tras la elección del PdP se retome este debate.

bradduk
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#Creo que hay que respetar la voluntad de la anterior camara y olvidar esta basura de reforma.

225312 Eltomash
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#El texto propuesto por el diputado de la galleta es sin duda muy interesante, creo que puliéndolo podríamos llegar a grandes consensos como hombres de estado somos.

Theo
+0

#Secundo lo expresado por los diputados Zokaar y Chiribito.

225312 Eltomash
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#Son ustedes el 67% de la cámara, pasen el rodillo parlamentario. Nos vemos en el referéndum

221993 Chiribito
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#[quote=Eltomash] Son ustedes el 67% de la cámara, pasen el rodillo parlamentario. Nos vemos en el referéndum [/quote]

Cuando cuatro partidos diferentes están de acuerdo en algo no se llama rodillo parlamentario, sino consenso y democracia.
Rodillo parlamentario sería cuando un único partido impone sus ideas a los demás.  


Bueno, estando los diferentes grupos de acuerdo en la modificación constitucional, vamos a dar un tiempo para que todos puedan revisar el texto propuesto por D. Byzantium y ver si quieren introducir alguna modificación o vale así

Theo
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#¿No creen sus señorías que el Artículo 17 es contrario al artículo 29, según el cuál el Gobierno tiene la competencia exclusiva para establecer salarios?

224752 Zokaar
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#El cargo que ahora se llama “diputado” creo que sería mejor renombrarlo a “asambleario”. 

Si la constitución establece un modelo participativo en asamblea, y se entiende que es un “cargo” voluntario yo creo que es lógico que el sueldo sea cero. 

Si se mantienen las elecciones es para ponderar el peso de cada uno en la toma de decisiones, y dar más juego a la actividad política (y más trabajo al PdP). 

A mi me gusta la idea y el espíritu que hay detrás de la propuesta. 

Tenemos que asumir que con tan pocos usuarios activos no somos suficientes para una división “dura” entre tres poderes, y está propuesta encuentra una solución interesante al problema. 

De lo contrario, asumamos que tendremos siempre uno de los tres poderes desatendido o con vacantes.

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