|
[Parlamento] Modificación de la Ley de PolicíaCambio de nombre: Ley de PolicíaArtículo 2. Son funciones del comisario: a) Gestión, dirección y coordinación del cuerpo de seguridad. b) Nombramiento y destitución de los policías. c) Representación del cuerpo de seguridad ante las instituciones de Pol. d) Velar por la seguridad y el clima de cordialidad en la plaza de Pol y en el foro. e) Aplicar los kicks oportunos según lo estipulado en la presente ley. d) Revocar kicks cuando el afectado perdone a su agresor en el caso de insultos. [b]e) Moderar el foro, tanto para mantener el orden como para asegurar que usa cada categoría para la función indicada [/b] Artículo 3. Son funciones del policía: a) Velar por la seguridad y cordialidad en la plaza y el foro. b) Aplicar los kicks oportunos según lo estipulado en la presente ley. [b]c) Moderar el foro, tanto para mantener el orden como para asegurar que usa cada categoría para la función indicada [/b] Artículo 5. En caso de ausencia del comisario y policías en el momento de comisión de una infracción, [b]el Presidente del Gobierno y del Parlamento[/b] están facultados para aplicar las sanciones oportunas de acuerdo a lo establecido en el capítulo II. Los policías y comisarios llevamos haciendo esto toda la vida, dentro de nuestra función de "velar por el orden en el foro", pero esta ley no lo contempla de forma directa. Invito a @Palau si quiere decir algo |
||
1 2 Orden: Fecha | Votos 13 mensajes en este hilo creado hace . | |||
| #Estamos a favor. | ||
| #Pasamos a votación. | ||
| #Queda aprobada por unanimidad. |
Para poder participar en esta conversacion has de registrar tu ciudadano