POL
203938 Byzantium
+0

[Parlamento] Modificación de la Ley de Policía

Cambio de nombre: Ley de Policía

Artículo 2. Son funciones del comisario:

a) Gestión, dirección y coordinación del cuerpo de seguridad.
b) Nombramiento y destitución de los policías.
c) Representación del cuerpo de seguridad ante las instituciones de Pol.
d) Velar por la seguridad y el clima de cordialidad en la plaza de Pol y en el foro.
e) Aplicar los kicks oportunos según lo estipulado en la presente ley.
d) Revocar kicks cuando el afectado perdone a su agresor en el caso de insultos.
[b]e) Moderar el foro, tanto para mantener el orden como para asegurar que usa cada categoría para la función indicada [/b]

Artículo 3. Son funciones del policía:

a) Velar por la seguridad y cordialidad en la plaza y el foro.
b) Aplicar los kicks oportunos según lo estipulado en la presente ley.
[b]c) Moderar el foro, tanto para mantener el orden como para asegurar que usa cada categoría para la función indicada [/b]

Artículo 5.
En caso de ausencia del comisario y policías en el momento de comisión de una infracción, [b]el Presidente del Gobierno y del Parlamento[/b] están facultados para aplicar las sanciones oportunas de acuerdo a lo establecido en el capítulo II.

Los policías y comisarios llevamos haciendo esto toda la vida, dentro de nuestra función de "velar por el orden en el foro", pero esta ley no lo contempla de forma directa.
Invito a @Palau si quiere decir algo

1 2     Orden: Fecha | Votos 13 mensajes en este hilo creado hace .
224516 Theomoro
+0

#Me parece una reforma indicada y necesaria. Totalmente a favor.

224679 Eltomashillo
+0

#Como policía me parece adecuado.

224679 Eltomashillo
+0

#Bueno, viendo el consenso tan amplio que hay dejamos que Abascal se manifieste al respecto y procedemos a votar.

224206 Lector
+0

#Solicito intervenir.

224679 Eltomashillo
+0

#Invito a @Lector , en calidad de Presidente de la República

224516 Theomoro
+0

#Invito al presidente del Gobierno, D. @Lector.

224206 Lector
+0

#En el Artículo 5 se hace una mención a la figura preconstitucional del Rey de Pol, por lo que creo necesario redactarlo como sigue:

[quote]Artículo 5. En caso de ausencia del comisario y policías en el momento de comisión de una infracción, [b]el Presidente del Gobierno y el del Parlamento[/b] están facultados para aplicar las sanciones oportunas de acuerdo a lo establecido en el capítulo II.[/quote]

203938 Byzantium
+0

#Añadido.

Qué os parece cambiarle el nombre a "ley de policía" @Eltomash @Abascal @Theomore

224679 Eltomashillo
+0

#Dado que la policía es la único cuerpo de seguridad de POL, estoy a favor

224516 Theomoro
+0

#A favor también.

224603 Abascal
+0

#Estamos a favor.

224679 Eltomashillo
+0

#Pasamos a votación.

224679 Eltomashillo
+0

#Queda aprobada por unanimidad.

1 2

Para poder participar en esta conversacion has de registrar tu ciudadano

Más hilos

[Gobierno] Comunicado respecto a nuevo marco legal del sector privado, RUEDA DE PRENSA , Propuesta de Ley Elemental, Reestructuración de la Orden de Horse, Unión Monárquica Moderada - AFILIATE, Cigüeñería Territorial de Tierras del Norte, [Syldavia] Clasema presenta queja formal, DESPERTAR | David18 y Pantaleón al Parlamento #VolverASerGrandes #ConIlusión, [Presidenciales] Axa - Alianza por la actividad, busco banco para refugiar mi dinero ilegal,