POL
225312 Eltomash
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[EVENTO] El juicio

El gran palacio de justicia de Noïd recibió una fría mañana en el país vecino a nuestros protagonistas: D. Froilán, el general Khan y el pobre Enrique. La sala asignada era la más grande y elegante. Rey y Príncipe se sentaron en una especie de palco, donde otrora se sentaban grandes reyes: sobre el vulgo, pues por encima de ley están. Los jueces aun no habían hecho su aparición, como es natural, dadas las leyes Noïditas, pues antes debían reunirse con el Rey para jurarle imparcialidad y ausencia de conflicto de interés. Los que sí habían hecho su aparición son los tres investigados, su abogado syldavo y el gran fiscal de Noïd.

Antes de comenzar con el juicio, para el vulgo presente, pues es de sobra conocido que los abogados se lo conocen a la perfección, se dio a conocer el procedimiento criminal del país...

[b]Artículo I: De la lectura de cargos y la declaración de inocencia/culpabilidad [/b]

En el procedimiento de un juicio penal, primeramente se procederá a la lectura solemne de los cargos investigados a los acusados. Acto seguido, se le dará la oportunidad al acusado de declarar su inocencia o culpabilidad frente a tales acusaciones. Esta declaración se realizará en presencia del tribunal, quienes escucharán atentamente las palabras del investigado. De declararse culpables, recibirán clemencia.

[b]Artículo II: De los turnos de palabra [/b]

Una vez realizada la declaración del acusado, se abrirán los turnos de palabra. Un primer alegato será otorgado a la acusación, quienes tendrán la oportunidad de presentar sus argumentos y pruebas en contra del acusado. Seguidamente, se otorgará un alegatos a la defensa, quienes expondrán sus argumentos y presentarán las pruebas que sostengan la inocencia del acusado. Después la acusacion volverá a tener un turno final de palabra. La defensa tendrá el último turno de palabra.

[b]Artículo III: De los testigos [/b]

Durante el transcurso del juicio, se permitirá la comparecencia de testigos que puedan arrojar luz sobre los hechos objeto de la causa. Estos testigos serán interrogados por ambas partes, tanto la defensa como la acusación, con el fin de esclarecer los hechos y determinar la verdad de lo acontecido. En todo caso, los testigos serán exigidos durante los alegatos iniciales. Podrán interrogarles ambas partes.
OFF ROL: Aquí usaremos el chat.

[b]Artículo IV: Aceptabilidad de las pruebas [/b]

Las pruebas presentadas durante el juicio serán sometidas a un riguroso escrutinio por parte del tribunal, el cual determinará su aceptabilidad conforme a derecho. Solo aquellas pruebas que sean consideradas pertinentes y obtenidas de manera lícita serán admitidas como válidas para el esclarecimiento de la verdad.

[b]Artículo V: Veredicto y sentencia[/b] 

Una vez concluidos todos los procedimientos del juicio, el tribunal deliberará en privado para emitir su veredicto. Dicho veredicto será de culpabilidad o no culpabilidad, definitiva y vinculante a la sentencia.

La sentencia será justa y equitativa, basada en las pruebas presentadas y en el debido proceso legal. Se hará saber al acusado y a las partes involucradas la decisión del tribunal acerca de la pena, la cual será definitiva y deberá ser acatada conforme a la ley.


Asimismo, el artículo del código penal de Noïd que se discute es:

[b]Artículo XX: Del magnicidio contra el Rey, su heredero, la Reina y los infantes[/b]

Cualquier individuo que, con premeditación y alevosía, cometa o intente cometer un magnicidio contra la persona del Rey, su heredero, la Reina o los infantes del reino, será considerado culpable de un delito de máxima gravedad contra la seguridad del Estado y la estabilidad de la Corona.

El magnicidio, entendido como el acto de atentar contra la vida del monarca, su sucesor legítimo, la consorte real o los descendientes directos del trono.

Por tanto, el individuo hallado culpable de magnicidio será sentenciado a la pena capital, ahorcado.

Se considerará también cómplice de magnicidio a cualquier persona que, de manera directa o indirecta, haya participado en la planificación, ejecución o encubrimiento del delito. A tales individuos se les aplicará igualmente la pena de muerte, como castigo por su complicidad en tan abominable crimen.


[quote]Declaración de Arturo "el loco" que da inicio al procedimiento contra D. Froilán, D. Enrique y el general Khan.

[i]Nota: esta declaración ha sido obtenida fruto de un acuerdo por la gracia de Su Majestad el Rey con el detenido. A cambio de su confesión recibirá la clemencia del Rey evitando el cargo por magnicidio y asumiendo su culpabilidad por sabotaje.[/i]

Dado en Noïd, el 2 de febrero del presente.

[i]Yo, Arturo Hambrán, también conocido por los cuerpos policiales como "el loco", quiero confesar el plan que urdieron los syldavos contra el príncipe heredero de la corona noïdita. Confieso ahora con el convencimiento de que las monedas que me pagaron cegaron mi mente por codicia, pero que el daño que le he hecho a mi país es tan irreparable que solo LA VERDAD puede aliviar el dolor que siente S.M.R.[/i]

[i]Nuestra banda de "forajidos", una veintena de hombres entre ladrones, violadores y bandidos, espera pacientemente los convoyes junto a las vías del tren para ganar algo de oro con el seguir de fiesta. Un buen día en vez de trenes de mercancías vimos un tren engalanado y elegante al que decidimos parar a la espera de obtener un buen botín. Resultó ser el tren de S.A.R. el príncipe Antuán.[/i]

[i]Cuando el tren se detuvo S.A.R. el príncipe Antuán me hizo subir a su vagón personal a tomar el té con pastas. Díganme ustedes, ¿así se trata a un bandido? Allí supe que las intenciones de la delegación syldava no eran las del elegante viaje diplomático que querían hacer aparentar a Noïd.[/i]

[i]Las propuestas que allí me hicieron son inenarrables. Son tan obscenas, tan frívolas y malévolas que tuve que salir de allí por piernas, como suele decirse. Esto ocasionó la furia del príncipe Antuán que mandó a sus soldados a atacarnos... Supongo que para evitar que nos fuésemos de la lengua.[/i]

[i]Nos superaban 5 a 1. Así que casi todos murieron: el johnny, el piernas, el drogata, el tuerto, y un largo etcétera de hombres muertos. Yo fui gravemente herido, pero conseguí esconderme tras una zarza. Allí aguardé a ver si los soldados se daban por vencidos para poder salir de mi escondite y poder recuperarme.[/i]

[i]No cesaron en su empeño y me acabaron encontrando. Yo esperaba que ese hombre que me encontró medio muerto me diese la última estocada, pero no. Este hombre, al que no he vuelto a ver y no sé si podría reconocer si volviese a ver, olía fuertemente a alcohol, pero no estaba borracho. Me ayudó a incorporarme y me preguntó su cumpliría con la misión que me habían encargado minutos antes dentro del tren. Que si no lo hacía me matarían y una vez llegados a Noïd harían lo propio con toda mi familia.[/i]

[i]Me dijeron que el hombre que me ayudó se llamaba Enrique. No me lo dijo él, me lo dijo una señora más tarde.[/i]

[i]Me subieron al tren y me curaron con unos remedios. Me dijeron que eran escasos y que habían salido de una caja de medicinas que tenían los soldados... Allí me vendaron y curaron lo suficiente como para que cuando llegase a Noïd pudiese cumplir mi misión. [/i]

[i]Una vez en la ciudad me dieron unas monedas de oro para que fuese a los bajos fondos a buscar unos extractos (me dijeron que de patatas verdes) que eran muy valiosos. ¿Cómo iba a ser yo que serían venenosos? Yo pensé que querrían esa mercancía porque en la cochambrosa syldavia no había... No negaré que tuve mis sospechas sobre aquella mercancía y no negaré que dubité en que fuese un veneno, pero de ¿patata? Me pareció ridículo que una patata fuese venenosa. Ojalá haber tenido ciertos estudios en ese momento, nunca hubiese puesto en peligro a la Familia Real.[/i]

[i]Dejé la caja con el extracto en el lugar que me indicaron, bajo un roble cerca del palacio real. Allí sería recogida más tarde.[/i]

[i]Antes de terminar mi declaración me gustaría aclarar que en ese vagón todos me vieron y sabían quien yo era. [/i]

[i]Firmado: Arturo Hambrán[/i]


[/quote]

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221993 Chiribito
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#[size=4]Con la venia Señoría.[/size]

[size=4]Señor fiscal, no es culpa de la defensa que se haya exonerado a Arturo de cualquier responsabilidad y ahora se lo quiera beatificar. [/size]

[size=4]Por favor Señoría, de orden de buscar esa arma, y si esta existe, estará claro que el testimonio de mi defendido es cierto.[/size]

203938 Byzantium
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#ORDEN!

El magistrado Tino Bizán, tras ordenar un receso de quince minutos, se entrevistó con el encargado de la investigación al servicio del fiscal quien le aseguró "que no había peligro de investigar pues nada se iba a encontrar".

En los más agonizantes minutos de su vida, Tino contempló los grandes problemas que tenía enfrente. La investigación había sido excesivamente corta, probablemente a propósito, con el objetivo de encarcelar rápidamente a los acusados sin darles grandes oportunidades. El Estado quería encarcelarlos. Probablemente su propia supervivencia dependía de una sentencia condenatoria. Al mismo tiempo, una sentencia condenatoria fácilmente apelable, o que fuera fácil de criticar ante la comunidad internacional, haría que su rey o incluso su nación fuese perseguida por tratar de acosar a ciudadanos extranjeros, fuesen culpables o inocentes, con un proceso falto de garantías.

Don Tino Bizán volvió a la silenciosa sala y argumentó:

La celeridad de esta investigación y proceso ha perjudicado gravemente la provisión de las debidas garantías procesales. Una vez la vida de nuestros altos mandatarios es segura, está en juego la buena imagen de nuestra nación y de la más suprema Corona que la regenta. La instrucción de una investigación insuficiente y un proceso sin garantías, independientemente del sentido de la sentencia, puede acabar por devaluar la buena imagen y nombre del monarca y su nación ante las demás naciones y servir para la justificación del menosprecio de nuestras autoridades e instituciones y favorecer abusos frente a nuestro Estado.

Por lo tanto, mediante el siguiente auto judicial se detiene el proceso judicial con el único objetivo de instruir con la máxima autoridad que proviene de este Tribunal, la investigación de la viabilidad y realidad de las pruebas aportadas por la defensa. El fiscal rendirá cuentas a esta Sala a la mayor brevedad y como muy tarde se le oirá en tres días. Deberá asimismo informar a la defensa de sus averiguaciones y seguir los protocolos legales para la investigación que son oportunos y de Derecho.

Golpeó entonces con el mazo y se levantó sin escuchar ruegos ni preguntas de ninguna fuente.

a @eltomash @chiribito @security_bot

225356 security_bot
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#Señoría, solicito que nos sea justamente concedida la mismo oportunidad que a la defensa. Por lo tanto, solicitamos que se anule el presente juicio y se reabra la investigación pública de los hechos por lad autoridades competentes.

225312 Eltomash
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#Mientras tanto, un policía de reconocido prestigio se hizo cargo de la investigación encargada por su señoría. Tenía una misión que parecía sencilla: buscar una presunta arma homicida contra el Rey y su familia en palacio y, en base a dónde la encontrara, echarle la culpa al susodicho.

El capitán llegó al palacio real, donde fue conducido por la guardia hasta la alcoba que había señalado Froilán. Cuando entró a la alcoba se puso a registrar junto a sus hombres. Debajo del lecho la encontró. Afilada, de doble filo y hendidura. Una daga mortal de necesidad que, sin duda, no se usaba para herir, sino para matar.

Alarmado preguntó: ¿quién se alojaba en este lugar?

Del tal Enrique, uno de los encausados

225356 security_bot
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#D. Severo de Narices, Gran Fiscal de Noïd, en ejercicio de la acusación en el caso "Noïd contra de Todos los Santos, el Minero y Khan", como más procedente sea en Derecho ante el Juzgado comparezco y [b]DIGO[/b]:

Que por medio del presente escrito formulo solicitud de [b]RECUSACIÓN[/b] del Ilmo Sr. Magistrado D. Tino Bizán con fundamento en los siguientes [b]MOTIVOS[/b]


[b]PRIMERO[/b].- De la causa de la recusación Que entendemos que en el Ilmo Sr. Magistrado D. Tino Bizán puede concurrir tres de las causas establecidas en el ordenamiento jurídico, concretamente las siguientes:

PRIMERA.- Tener interés indirecto en la causa, manifestado durante el juicio intereses en la causa más allá del estricto cumplimiento de la legalidad y su función judicial. A efecto de prueba, se remite al escrito del Magistrado en el proceso del juicio: "Una vez la vida de nuestros altos mandatarios es segura, está en juego la buena imagen de nuestra nación y de la más suprema Corona que la regenta. La instrucción de una investigación insuficiente y un proceso sin garantías, independientemente del sentido de la sentencia, puede acabar por devaluar la buena imagen y nombre del monarca y su nación ante las demás naciones y servir para la justificación del menosprecio de nuestras autoridades e instituciones y favorecer abusos frente a nuestro Estado."

SEGUNDA.- El ejercicio de funciones de Juez de Instrucción de la causa, figura incompatible con la de Tribunal en el juicio de la misma causa. A efecto de prueba, se remite al escrito del Magistrado en el proceso del juicio, en el que ordena la reapertura de la investigación con el juicio en fase de vista oral, bajo su propia tutela: "Por lo tanto, mediante el siguiente auto judicial se detiene el proceso judicial con el único objetivo de instruir con la máxima autoridad que proviene de este Tribunal, la investigación de la viabilidad y realidad de las pruebas aportadas por la defensa. El fiscal rendirá cuentas a esta Sala a la mayor brevedad y como muy tarde se le oirá en tres días. Deberá asimismo informar a la defensa de sus averiguaciones y seguir los protocolos legales para la investigación que son oportunos y de Derecho."

TERCERA.- De la actuación con manifiesta falta de imparcialidad, cómo demuestra el distinto sentido los autos resueltos, en función de cual de las parte que presenta sendas peticiones, sin un mismo criterio objetivo. A efecto de prueba, se remite al auto denegatorio sobre la petición de la inclusión de un nuevo testigo por parte de la acusación, y al auto aprobatorio de la admisión de una declaración ex parte de la defensa en el sumario de la causa, fuera de plazo,y posterior inicio de investigaciones, también fuera de plazo. Ambos hechos recogidos en la transcripción de la causa.

[b]SEGUNDO[/b].- De la legitimación y la interposición en plazo. Esta parte se encuentra legitimada para solicitar el presente escrito por tratarse de la parte demandante, de conformidad con la Ley. Asimismo, se presenta este escrito en el momento de conocerse los hechos que lo motivan, acorde con la Ley.


Por todo lo expuesto, [b]SOLICITA[/b]:

[b]PRIMERO[/b].- Que de conformidad con lo previsto en Derecho, se tenga por recusado a D. Tino Bizán y acuerde de conformidad.

[b]SEGUNDO[/b].- Que se anulen las decisiones procesales de la causa no conformes a Derecho, expuestas en el presente escrito.


Noïd, 9 de Marzo de 1824

Severo de Narices
Gran Fiscal de Noïd


[i]OFFROL:[/i]
[i]¿ @Chiribito te adhieres a la recusación?[/i]
[i]¿ @Byzantium  la aceptas? En caso contrario habrá que llevarla ante el rey.[/i]

225312 Eltomash
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#El Rey de Noïd se hizo cargo de la recusación del magistrado y conminó a las dos partes del proceso a tener una reunión en una de las salas del gran Palacio Real de Justicia.

Después de todo lo que necesitaba el Rey era un culpable y sabía que entre alegatos y testigos se estaba perdiendo el norte del procedimiento, que era castigar al o a los culpables de haber envenenado a su hijo.

Preguntó, ya en el despacho, a Severo y a Bufonete:

[quote]Señores… creo que ya hemos visto en el juicio que se trata de un caso complejo y que además tiene pocas probabilidades de acabar con una serie de hechos probados.

Creo que lo mejor para mi Reino y el de Syldavia es que uno de los reos sea condenado y ahorcado en la plaza liberando a los dos restantes de todo cargo.

¿Creen señores que eso sería una solución aceptable? En caso afirmativo, señor fiscal, ¿quién debería ser el culpable?[/quote]
. @chiribito @security_bot

221993 Chiribito
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#Don Bufonete, serio como siempre dijo:

[size=4]Arturo, sin lugar a dudas majestad.[/size]

225356 security_bot
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#Majestad, se me ha encomendado presentar el caso contra los tres acusados, buscando verdad y justicia. Lo que propone Su Majestad quizá sea justo o quizá no lo sea. Pero nunca lo sabremos porque renunciamos con estos métodos a encontrar la verdad.

Su Majestad es libre de decidir lo que le plazca, pues es su prerrogativa. Pero la culpabilidad de un hombre no se elige a voluntad: es o no es, y en la mano de los tribunales es intentar descubrir cual de las dos es la realidad, no inventarla. Le imploro que no me pida actuar en una farsa para hacerlo pasar por justicia. No quiero desacreditar una vida de esfuerzo por la Justicia con tan negra mancha.

225312 Eltomash
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#El Rey se puso como un energúmeno:

[quote]¡¡Sandeces!! Señores, veo que mi Reino no cuenta con su lealtad. Cogeré a ese tal Enrique y lo colgaré por los pies mientras todo mi país ríe su muerte.

Ya que ustedes no han propuesto castigar a los otros dos acusados, les propongo que cada uno de ellos pierda una mano, para que asi recuerden que me deben la vida.[/quote]

221993 Chiribito
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#[size=4]¿Y qué hará vuestra majestad con Arturo?, ¿Qué hará tras saber del complot?, ¿Permitirá vuestra majestad que la comitiva Syldava vuelva a su país con la idea de que la justidia del rey de Nöid no es justa?[/size]

[size=4]Arturo se valió de ellos para cometer un atentado contra vos. Los syldavos son meros instrumentos casuales en sus manos, pero no lo queréis ver. Bastante dañadas están ya las relaciones con Syldavia. Esto solo empeorará las cosas majestad.[/size] Dijo Bufonete.

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