POL
203938 Byzantium
+2

Ley del Poder Ejecutivo

Aunque la Constitución exige del Parlamento una Ley del Poder Ejecutivo que ceda las competencias que considere, Asamblea y Consejo han optado por no explicitar la cesión hasta ahora, algo que ha puesto nervioso al gobierno actual.

Artículo 1: de las competencias adicionales
El Parlamento cederá al gobierno ciertas materias de su competencia. Estas competencias adicionales serán ejercidas por el gobierno como si le fueran propias y deberán ser ejercidas con el objetivo de favorecer el correcto funcionamiento de la Administración Pública, el Estado y el orden democrático, así como el resto de principios constitucionales y en estricto cumplimiento de la Ley.

Artículo 2: competencias adicionales 
El gobierno podrá, previo decreto, ejercer sus funciones sobre las siguientes materias adicionales:
- Regulación de los mercados
- Empleo público y privado
- Política fiscal y salarial
- Gestión de foros, privilegios y todas aquellas áreas que por sistema le son propias.

Artículo 3: de las competencias adicionales no explicitadas
Los asuntos y materias no legislados en grado alguno por el Poder Legislativo podrán ser regulados por el Ejecutivo. Quedan excluídas de esta consideración todas aquellas regulaciones o actos del gobierno que, no previstos por la Constitución o la Ley, supongan restricciones significativas a los derechos fundamentales de los ciudadanos.

1  2      Orden: Fecha | Votos 20 mensajes en este hilo creado hace .
bradduk
+0

#No me parece correcto poner ese tipo de límites en la ley a ese tipo de cosas, si alguien se presenta con un programa claro en el que dice que se va a poner el IP al 80% y la gente lo vota no tiene por qué haber cortapisas artificiales para esa propuesta.

224360 Hermes
+0

#[quote=Byzantium]La cuestión del n1 es que [b]una competencia "cedida" no debería ser tocada por la ley[/b]. Es decir, si la cede el parlamento, se supone que la pierde en favor del Ejecutivo. Pero esto no tiene sentido en Pol, pues tenemos un ordenamiento jurídico muy simple y [b]cualquier ley del parlamento es equivalente a cualquier otra ley del parlamento, sin que esta ley concreta que aprobamos hoypueda obligar al parlamento a no aprobar otra legislación después que la contradiga.[/b][/quote]

Explícame, pues, para qué tenemos que poner por Ley en un artículo superfluo el que un Decreto es inferior a una Ley, cuando precisamente cualquier Ley que venga detrás se puede cargar eso. O no, por qué ya está contemplado en la Constitución.

Por un lado, es redundante. Por el otro, es inútil.

Como tu dices, 

[quote=Byzantium]esto no tiene sentido en Pol, pues tenemos un ordenamiento jurídico muy simple[/quote]

224360 Hermes
+0

#[quote=Baron_Noir] Yo soy de los que opinan que "el poder legislativo tiene todas las competencias que el legislativo no ha tocado" así que opino que esta ley es redundante. Durante más de 1 año este modelo ha estado vigente sin problema alguno. [/quote]

Estoy de acuerdo con este enfoque.

Sars
+0

#En contra.

223438 jairo
+0

#Señorias:

Si bien es cierto que como poder legislativo hemos fallado en darle al pais una ley del poder ejecutivo y que hasta ahora nadie se haya preocupado por eso y que el sistema haya funcionado asi, quiere decir que la ley sea redundante o inutil, al contrario es necesaria y ya lo hemos visto. ahora bien, la actual propuesta a mi parecer, es bastante superficial en ese tema pero no es nada que reformas posteriores no puedan resolver, por ahora la propuesta es buena y merece el apoyo.

muchas gracias

203938 Byzantium
+0

#Si, redudante es. Yo creo que como hemos venido funcionando, funciona :roto2: otra cosa es que proponga esta ley de tres minutos para que podamos funcionar. Ahora que Lector y otros vienen pidiendo lo que la Consti exige, hay que aprobarla, sin peros.

Igual que al gobierno de eltomash2 no le poniamos los limites a la interpretación de "cuanto es confiscatorio" en una ley, ni al de jairo, ni al siguiente, al de lector tampoco voy a optar por ponerselo.

Si fuera por mi no tendríamos una constitución tan abierta. El gobierno tendría todas esta competencias ahí descritas y el parlamento no podría hacer nada.

En otro orden de cosas, no se puede estar "en contra" y ya esta. La constitución [b]exige [/b]que hagamos una ley de este tipo. Podemos hacer una con menos competencias o hacerla con mas competencias [b]pero una ley de este tipo tiene que salir, pues como ha dicho Jairo, hasta ahora se ha fallado en este propósito que exige la constitución.[/b]

Y sí, muy bien, hemos funcionado. Pero ahora que tenemos gente exigiendola, hay que aprobarla.

225312 Eltomash
+0

#He borrado el otro hilo, mi voto en esta reforma, tanto en la Asamblea, como en el Consejo, será NO en tanto en cuanto no se limite el poder del ejecutivo.

203938 Byzantium
+0

#Solicito se pase a votación

203938 Byzantium
+0

#er  @Eltomash2

225312 Eltomash
+0

#Se procede a su votación. Dado que el ponente no ha pedido su tramitación por el artículo 9 bis de la Cpol, la tramitaré de forma normal.

1  2 

Para poder participar en esta conversacion has de registrar tu ciudadano

Más hilos

El futuro de POL, errores y aciertos. Hacia la presidencia de Polesia, Opina sobre este texto, Nombramiento de los Cigüeños Territoriales de la Trideidad, [Parlamento] Reforma de la Ley de Empleo e Incompatibilidades, Medidas referentes a la creación del Colegio de Abogados de Pol, Lord Falón se reune con los obreros del puerto, Esquema de Trabajo Nuevo Virutalpol con IA, Elección de un presidente del Gobierno, [Propuesta] Ley de Sindicatos y asociaciones, Debate sobre los SC,