POL
224679 Eltomashillo
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[Parlamento] Enmienda la Ley Orgánica del Poder Judicial

Bueno, pues vengo a proponer una enmienda que me imagino que será controvertida. Creo que debemos modificar nuestra LOPJ para que los recursos también segunda instancia. Considero que es una anomalía jurídica que los recursos de ilegalidad, especialmente cuando van anudados de un proceso civil, no tengan esa posibilidad. Los de Constitucionalidad deben seguir en el TS.

[quote]Artículo 4: De su funcionamiento.

a) El Tribunal de Paz será el tribunal de primera instancia, y se encarga de los procesos de demanda, denuncia y los recursos contenciosos-administrativos, especificados en el artículo 14 a y d.1 de la presente ley. Podrán juzgar en primera instancia tanto los jueces de paz como los jueces supremos, actuando estos como jueces de paz.

b) El Tribunal Supremo se encargará de juzgar [b]los recursos de ilegalidad e inconstitucionalidad[/b], especificados en el artículo 14 apartados b, c, d.2 y d.3, y e de la presente ley. En él solo podrán intervenir los jueces supremos, actuando estos como última instancia, y sus sentencias sientan jurisprudencia.

c) Si se recurre una sentencia de un tribunal de paz juzgada por un juez supremo actuando como juez de paz, será el otro juez supremo quien vea el recurso.

Artículo 14: De los tipos de fórmulas.

a) La fórmula para solicitar la tutela judicial en juicio será:

Denuncia, para exigir sanción penal.
Demanda, para exigir responsabilidad civil.
b) La fórmula para solicitar la revisión de una determinada sentencia será:

-) Recurso de apelación, para exigir sentencia favorable.

c) La fórmula para solicitar la revisión de un determinado acto administrativo será el recurso contencioso-administrativo, para exigir la nulidad o un cambio en el acto administrativo recurrido.

d) La fórmula para solicitar la revisión de una determinada norma jurídica será:

1. Recurso contencioso-administrativo, contra actos administrativos.
2. Recurso de ilegalidad, contra normas con rango de reglamento.
2. Recurso de inconstitucionalidad, contra normas con rango de ley.
e) El tribunal supremo pondrá a disposición de la ciudadanía fórmulas en blanco para rellenar, a fin de facilitar a los ciudadanos su redacción.[/quote]

@byzantium @theomore

1 2     Orden: Fecha | Votos 12 mensajes en este hilo creado hace .
201660 biol201
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#Muchas gracias señorías;

El problema principal que le veo a esto es el hecho de que el recurso de ilegalidad incluye no solo aquellos recursos que se presenten contra actos administrativos (que no habría ningún problema de otorgarse en primera instancia a los Jueces de Paz) sino que, además, puede presentarse contra actos reglamentarios que contravengan la ley que, en caso de que sean estimados, conllevaría la declaración de nulidad de dicho decreto, creo que debido a las similitudes existentes entre este último caso y el recurso de inconstitucionalidad se debería dejar que sea el Tribunal Supremo quién, en primera y última instancia, sentencie con conozca este tipo de procesos.

224679 Eltomashillo
+1

#Diferenciar tres tipos de recurso:

1. Recurso contencioso-administrativo, contra actos administrativos.

Para revisar con dos instancias una decisión gubernativa o de cualquier institución del Estado.

2. Recurso de ilegalidad, contra normas con rango de reglamento.

Para anular un Decreto, de tal forma que las preocupación manifestadas por @Biol201 sean respetadas.

3. Recurso de inconstitucionalidad, contra normas con rango de ley.

Aquíno se cambia nada.

203938 Byzantium
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#Seria ideal contar con aportaciones de los expertos D. @Biol201 y @Onii_Chan

203938 Byzantium
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#El Grupo Parlamentario Monárquico considera que introduce en POL una fea cuestión de "si no me gusta el juez que me ha tocado, tiro el dado de nuevo", cosa que suena a serie de ficción de abogados.

No cuento con una larga serie de argumentos positivos que argumenten por qué debe existir esta figura de apelación de recursos de ilegalidad, además de la existencia de una segunda instancia que no necesariamente es un valor en sí mismo, dado que posterga el fallo judicial y alarga los plazos en los que los ciudadanos oyen justicia.

200430 Onii_Chan
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#Estoy de acuerdo con biol201.

El recurso de ilegalidad `puede terminar convirtiéndose en un saco donde tendria cabida practicamente todo. Sobre todo cuando en el lio parece que entra en juego el gobierno.

224679 Eltomashillo
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#Arreglado creando una nueva figura; el recurso contencioso-administrativo.

224679 Eltomashillo
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#Ah?

224516 Theomoro
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#[quote=Eltomash] Arreglado creando una nueva figura; el recurso contencioso-administrativo. [/quote]

Tras leer a @biol201, a mí la propuesta de Eltomash me parece una fantástica idea, la verdad sea dicha.

Tendríamos un ordenamiento jurídico mucho más concreto y adecuado a las necesidades de los ciudadanos. Cierto es que tener la posibilidad de recurrir a una sentencia de un recurso de ilegalidad contra un acto administrativo me parece una posibilidad totalmente justa y necesaria.

203938 Byzantium
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#concretese las particularidades y usos de ese nuevo tipo de recurso.

203938 Byzantium
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#me parece bien.

224679 Eltomashillo
+0

#Solicito paso a votación ante la unanimidad @theomore

224516 Theomoro
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#Se procede a la votación.

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