Artículo 1º El mapa estará dividido en en tres categorías:
a) Residencial (Viviendas ciudadanas)
b) Empresarial (Zonas de empresas y servicios privados)
c) Institucional (Zonas de instituciones y servicios públicos)
Artículo 2º: El gobierno está autorizado a distribuir el mapa como estime oportuno y conveniente, adecuándose a las circunstancias de cada momentos, pero dando espacio suficiente a cada una de las categorías, especialmente a la de vivienda.
Artículo 3º: Todo ciudadano que tenga un cargo o empleo público o una empresa privada debe tener obligatoriamente una residencia.
Artículo 4º: Es requisito de toda oposición pública así como de concesión de cualquier licencia pública o privada, poseer una residencia.
Artículo 5º: Todo desarrollo de una actividad empresarial o de servicios requiere de una parcela en la correspondiente zona habilitada por el gobierno a tal fin.
Artículo 6º: El gobierno está facultado para subdividir y diferenciar las diferentes categorías de parcelas en 1, 2 o 3 alturas, entendiendo que estas pueden acoger sendas residencias, negocios, o requisitorias de otra índole en función de dicha altura.
Artículo 7º: El propietario de una parcela con más de una altura podrá alquilar las plantas no usadas a terceros, entendiendo que los derechos legales derivados de dicho alquiler, ya sea residencial, empresarial, o de otra índole, corresponderán al arrendatario y no al arrendador.
Disposición adicional: Se establece una moratoria de tres días para que la ciudadanía se adecúe según sus circunstancias a lo dispuesto en esta ley.
123Orden: Fecha | Votos25 mensajes en este hilo creado hace .
Pido al fiscal D. @theo que valore la idoneidad de esta ley [/quote]
Una ley tiene rango superior a un decreto, y precisamente por ser ley le confiere más estabilidad que la que puedan dar los distintos decretos de turnos, además de ser aprobado por la asamblea de los representantes del pueblo.
#[quote=bradduk] Yo creo que los artículos 3, 4 y 5 entran en conflicto con el artículo 29.i de la constitución, aunque puedo estar equivocado... [/quote]
En absoluto, esta ley no entra en materia económica ni dice al gobierno lo que debe cobrar o dejar de cobrar, pues eso es competencia exclusiva del ejecutivo.
Solo establece que se tenga una parcela.
Si el gobierno quiere cobrar cp, o hacer una residencial a cero y otra cobrando, o hacer 2, 3 o 10 zonas empresariales, o cobrar igual o diferente en cada una de ellas, eso es cosa del ejecutivo. Esta ley ni dice ni puede decir nada sobre materia económica.
El Ministerio Fiscal, como órgano garante de la legalidad, tiene la función exclusiva de verificar que los textos normativos se ajusten al ordenamiento jurídico de Pol. Su competencia se limita a emitir, de oficio o a instancia de parte, un informe sobre la conformidad legal de una proposición, nunca sobre su oportunidad o conveniencia política.
Corresponde al Parlamento debatir, valorar y decidir si una ley es necesaria, justa y útil para nuestra comunidad. Solo tras ese análisis político y democrático procederá la votación y, en su caso, la aprobación definitiva.
En consecuencia, el Ministerio Fiscal no puede calificar una propuesta como “idónea” o “mala”: esa decisión es patrimonio exclusivo de este hemiciclo. Muchas gracias.
#[quote=bradduk] Se están poniendo requisitos para la contratación de empleados públicos lo que es competencia delejecutivo. [/quote]
La constitución en su artículo 29 dice:
[quote][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Artículo 29.- El Gobierno ejerce las siguientes funciones con arreglo a la Ley:[/font][/size][/quote]
Con arreglo a la ley.
Las funciones del ejecutivo no son exclusivas a su criterio sino que están sometidas a la ley. La única reserva que tiene es la reglamentaria en materia económica, y ahí, esta ley no entra.
#[quote=Chiribito][quote=bradduk] Se están poniendo requisitos para la contratación de empleados públicos lo que es competencia delejecutivo. [/quote]
La constitución en su artículo 29 dice:
[quote][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Artículo 29.- El Gobierno ejerce las siguientes funciones con arreglo a la Ley:[/font][/size][/quote]
Con arreglo a la ley.
Las funciones del ejecutivo no son exclusivas a su criterio sino que están sometidas a la ley. La única reserva que tiene es la reglamentaria en materia económica, y ahí, esta ley no entra. [/quote]
Te lo compro, pero sigue sin gustarme ese requisito para acceder a un empleo publico, al fin y al cabo es casi la unica manera de ganar dinero y si un ciudadano nuevo no gana dinero no puede comprarse una casa con lo que no puede optar a un cargo publico.
#[quote=bradduk][quote=Chiribito][quote=bradduk] Se están poniendo requisitos para la contratación de empleados públicos lo que es competencia delejecutivo. [/quote]
La constitución en su artículo 29 dice:
[quote][size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Artículo 29.- El Gobierno ejerce las siguientes funciones con arreglo a la Ley:[/font][/size][/quote]
Con arreglo a la ley.
Las funciones del ejecutivo no son exclusivas a su criterio sino que están sometidas a la ley. La única reserva que tiene es la reglamentaria en materia económica, y ahí, esta ley no entra. [/quote]
Te lo compro, pero sigue sin gustarme ese requisito para acceder a un empleo publico, al fin y al cabo es casi la unica manera de ganar dinero y si un ciudadano nuevo no gana dinero no puede comprarse una casa con lo que no puede optar a un cargo publico. [/quote]
No dudo que el gobierno sabrá buscar soluciones creativas para solventar ese u otros requisitos con ayudas a nuevos ciudadanos pues suya es la competencia económica, además, para optar a esos cargos se requiere aprobar un examen que está a 10 :moneda: las cuales tampoco tendrán si son nuevos. :)
#Se me ocurre a mi que se podría crear un barrio donde estén las parcelas a un precio mínimo.. para que todos tengan opción de tener una parcela, pero con la condición que en un mes o así tengan empleo y compren una en otro lugar definitivo y libere la parcela primera para otro... una especie de alquiler mínimo por x tiempo