| #OK, tengo algo escrito. Es un poco diferente a lo que se ha hecho siempre en Pol, almenos en cuanto a legislación.
He quitado la inmensa mayor parte de lo contenido en la actual Constitución y he simplificado el resto. Creo que es innecesario hablar tan detalladamente de derechos y deberes (muchos de los cuales ni siquiera se podían aplicar a Pol), o detallar en la Constitución las funciones y el dia a dia de los Poderes del Estado. Tambien he sacado del redactado todo lo referente al rol, al entender que el rol es mas bien un “juego†que juega la comunidad y debe regirse por sus propias normas. El resultado es algo que quiere ser flexible, dando un marco para que se desarrolle el resto de la legislación (Derechos, deberes, funcionamiento de los poderes del estado, el rol, cualquier cosa)
He evitado hablar de jerarquía normativa, porque creo que se ha abusado un poco de este concepto. Por eso mismo no he usado tampoco el término “Constituciónâ€. La idea es simplificarlo todo: Hay Leyes. Punto. “Constitución†incluída. El Ejecutivo puede seguir estableciendo “normas†o “decretos†dentro de sus competencias, si se decide luego que estas tengan rango de Ley es a gusto de quien desarrolle la legislación en ese sentido.
También he recuperado las incompatibilidades mas básicas. Básicamente por un tema de limpieza democrática. Es muy feo tener los Poderes entremezclados, por lo que hay incompatibilidad entre Jueces, diputados y el Presidente del Gobierno.
¿Lo publico para que podáis rajar de ello tranquilamente, o hay algo de lo que he dicho que choca totalmente con lo que esperábais? |
| #[color=#111111][size=5][font=Arial][b]LEY FUNDAMENTAL DE POL[/b][/font][/size][/color]
[color=#666666][size=4][font=Arial]Preambulo[/font][/size][/color]
Desde sus inicios, Pol ha sido, a la misma vez, un ejercicio práctico y un experimento de democracia aplicada a una comunidad de internet. Pol ha sido, y es, una plataforma gestionada democráticamente por sus integrantes, en una simulación que los situa en una república.
Dicha república es real, en tanto a que sus instituciones existen realmente en la plataforma y existen unas atribuciones y usuarios reales tras las mismas. A su vez, el pueblo polés, representado por el conjunto de los usuarios, ejerce su soberanía al elegir representantes en el Parlamento y en el Gobierno.
En Pol existen Leyes, escritas, ejecutadas e interpretadas por los propios usuarios de la plataforma. Y es por lo expuesto en este preámbulo, y en ejercicio de su soberanía intransferible, el Pueblo polés promulga la siguiente Ley Fundamental.
[justify][color=#000000][size=4][font=Arial]TÃTULO I - [/font][/size][/color][/justify]
[justify][color=#111111][size=3][font=Arial][b]Artículo 1.[/b][/font][/size][/color][/justify]
[ol]
[li][color=#111111][size=3][font=Arial][color=#111111][size=3][font=Arial]Pol se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.[/font][/size][/color][/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=3][font=Arial][color=#111111][size=3][font=Arial]La soberanía nacional reside en el pueblo polés, del que emanan los poderes del Estado.[/font][/size][/color][/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=3][font=Arial][color=#111111][size=3][font=Arial]La forma política del Estado de Pol es la República Presidencialista.[/font][/size][/color][/font][/size][/color][/li]
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[color=#111111][size=3][font=Arial][b]Artículo 2. [/b][/font][/size][/color][color=#111111][size=3][font=Arial]En Pol existe un sistema que automatiza determinados actos. La Ley no podrá ir en contra del sistema en ningún caso. En caso de discrepancias entre lo que dicte una Ley y una actuación automatizada del sistema, el sistema prevalece.[/font][/size][/color]
[color=#111111][size=3][font=Arial][b]Artículo 3.[/b][/font][/size][/color][color=#111111][size=3][font=Arial] Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Ley[/font][/size][/color]
[color=#111111][size=3][font=Arial][b]Artículo 4. [/b][/font][/size][/color]
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[li][color=#111111][size=3][font=Arial][color=#111111][size=3][font=Arial]Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.[/font][/size][/color][/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=3][font=Arial][color=#111111][size=3][font=Arial]La Ley garantiza el principio de legalidad, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos[/font][/size][/color][/font][/size][/color][/li]
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[color=#000000][size=4][font=Arial]TÃTULO II - [/font][/size][/color][color=#000000][size=4][font=Arial][i]Organización del Estado[/i][/font][/size][/color]
[color=#111111][size=3][font=Arial][b]Artículo 5. [/b][/font][/size][/color][color=#111111][size=3][font=Arial]En Pol existe división de poderes. Los poderes del Estado son independientes unos de otros aunque se fomente la comunicación entre ellos.[/font][/size][/color]
[color=#111111][size=3][font=Arial][b]Artículo 6. [/b][/font][/size][/color][color=#111111][size=3][font=Arial]El Poder Legislativo está compuesto por los Diputados y el Presidente del Parlamento, elegido de entre los diputados, reunidos en el Parlamento. La función del Parlamento es la de redactar Leyes para Pol. El Presidente del Parlamento tiene también la función de moderar los debates en el seno del Parlamento.[/font][/size][/color]
[color=#111111][size=3][font=Arial][b]Artículo 7. [/b][/font][/size][/color][color=#111111][size=3][font=Arial]El Poder Judicial está compuesto por el Juez Supremo, los Jueces y los Fiscales. La función de los jueces es la de interpretar las Leyes de Pol en caso de conflictos e imponer sanciones, si corresponde, a quienes las violen. La función de los fiscales es ofrecer asesoramiento legal gratuito a la ciudadanía, acorde a la Ley, e investigar posibles irregularidades para reportar al Poder Judicial.[/font][/size][/color]
[color=#111111][size=3][font=Arial][b]Artículo 8.[/b][/font][/size][/color][color=#111111][size=3][font=Arial] El Poder Ejecutivo está compuesto por el Presidente del Gobierno, los Vicepresidentes y los Ministros. Su función es gestionar el día a día de la plataforma, incluida cualquier medida de carácter económico, social, cultural o de adjudicación de cargos.[/font][/size][/color]
[color=#111111][size=3][font=Arial][b]Artículo 9. [/b][/font][/size][/color][color=#111111][size=3][font=Arial]Se accede a los cargos de los Poderes del Estado mediante procesos democráticos rindiendo cuentas a la ciudadanía.[/font][/size][/color]
[ol]
[li][color=#111111][size=3][font=Arial][color=#111111][size=3][font=Arial]El Presidente del Gobierno se elige en las Elecciones Ejecutivas creadas por el sistema cada 28 días. El Presidente tiene la potestad de escoger a sus Vicepresidentes y Ministros según crea conveniente.[/font][/size][/color][/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=3][font=Arial][color=#111111][size=3][font=Arial]El cargo de Diputado se obtiene en las Elecciones Parlamentarias creadas por el sistema cada 28 días o, en caso de extrema necesidad, convocadas por el Presidente del Gobierno.[/font][/size][/color][/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=3][font=Arial][color=#111111][size=3][font=Arial]Los cargos de Juez y Juez Supremo son elegidos mediante Oposición Pública, convocada por el Gobierno, y serán ratificados mensualmente mediante un sondeo de ratificación.[/font][/size][/color][/font][/size][/color][/li]
[li][color=#111111][size=3][font=Arial][color=#111111][size=3][font=Arial]El cargo de Fiscal está a disposición del Juez Supremo, que podrá convocar una Oposición Pública para ocupar la plaza y, si se puede acreditar dejadez en funciones o incapacidad para el cargo, podrá disponer de la plaza.[/font][/size][/color][/font][/size][/color][/li]
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[color=#111111][size=3][font=Arial][b]Artículo 10. [/b][/font][/size][/color][color=#111111][size=3][font=Arial]Son incompatibles entre sí los cargos de Presidente del Gobierno, Diputado, Juez y Juez Supremo. [/font][/size][/color]
[color=#111111][b][size=3][font=Arial][b]Artículo 11. [/b][/font][/size][/b][/color][color=#111111][size=3][font=Arial]Los otros cargos disponibles en el sistema podrán ser otorgados por el Gobierno mediante oposiciones públicas o licencias privadas.[/font][/size][/color]
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| #[color=#111111][font=Arial][size=5][b]LEY FUNDAMENTAL DE POL[/b][/size][/font][/color]
[color=#666666][font=Arial][size=4]Preambulo[/size][/font][/color]
[font=Arial]Desde sus inicios, Pol ha sido, a la misma vez, un ejercicio práctico y un experimento de democracia aplicada a una comunidad de internet. Pol ha sido, y es, una plataforma gestionada democráticamente por sus integrantes, en una simulación que los situa en una república. [/font]
[font=Arial]Dicha república es real, en tanto a que sus instituciones existen realmente en la plataforma y existen unas atribuciones y usuarios reales tras las mismas. A su vez, el pueblo polés, representado por el conjunto de los usuarios, ejerce su soberanía al elegir representantes en el Parlamento y en el Gobierno. [/font]
[font=Arial]En Pol existen Leyes, escritas, ejecutadas e interpretadas por los propios usuarios de la plataforma. Y es por lo expuesto en este preámbulo, y en ejercicio de su soberanía intransferible, el Pueblo polés promulga la siguiente Ley Fundamental.[/font]
[justify][color=#000000][font=Arial][size=4]TÃTULO I - [/size][/font][/color][/justify]
[justify][color=#111111][font=Arial][size=3][b]Artículo 1.[/b][/size][/font][/color][/justify]
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[li][color=#111111][font=Arial][size=3][color=#111111][size=3]Pol se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.[/size][/color][/size][/font][/color][/li]
[li][color=#111111][font=Arial][size=3][color=#111111][size=3]La soberanía nacional reside en el pueblo polés, del que emanan los poderes del Estado.[/size][/color][/size][/font][/color][/li]
[li][color=#111111][font=Arial][size=3][color=#111111][size=3]La forma política del Estado de Pol es la República Presidencialista.[/size][/color][/size][/font][/color][/li]
[li][font=Arial][b][color=#111111][size=3][color=#111111][size=3]Las fuentes del Derecho son la Constitución, la Ley, los reglamentos y la jurisprudencia del Tribunal Supremo, en ese orden e interpretados a la luz de los principios generales del derecho.[/size][/color][/size][/color][/b][/font][/li]
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[color=#111111][font=Arial][size=3][b]Artículo 2. [/b][/size][/font][/color]
[color=#111111][font=Arial][size=3]1. En Pol existe un sistema que automatiza determinados actos. La Ley no podrá ir en contra del sistema en ningún caso.[/size][/font][/color]
[color=#111111][font=Arial][size=3]2. En caso de discrepancias entre lo que dicte una Ley y una actuación automatizada del sistema, el sistema prevalece.[/size][/font][/color]
[color=#111111][font=Arial][size=3][b]Artículo 3.[/b][/size][/font][/color][color=#111111][font=Arial][size=3] Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Ley[/size][/font][/color]
[color=#111111][font=Arial][size=3][b]Artículo 4. [/b][/size][/font][/color]
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[li][color=#111111][font=Arial][size=3][color=#111111][size=3]Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.[/size][/color][/size][/font][/color][/li]
[li][color=#111111][font=Arial][size=3][color=#111111][size=3]La Ley garantiza el principio de legalidad, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos[/size][/color][/size][/font][/color][/li]
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[color=#000000][font=Arial][size=4]TÃTULO II - [/size][/font][/color][color=#000000][font=Arial][size=4][i]Organización del Estado[/i][/size][/font][/color]
[color=#111111][font=Arial][size=3][b]Artículo 5. [/b][/size][/font][/color]
[color=#111111][font=Arial][size=3]1. En Pol existe división de poderes. Los poderes del Estado son independientes unos de otros aunque se fomente la comunicación entre ellos. [/size][/font][/color]
[color=#111111][font=Arial][size=3]2. La pertenencia al Poder Judicial es incompatible con la pertenencia al Poder Ejecutivo.[/size][/font][/color]
[color=#111111][font=Arial][size=3][b]Artículo 6.[/b][/size][/font][/color]
[color=#111111][font=Arial][size=3][b]1. [/b][/size][/font][/color][color=#111111][font=Arial][size=3]El Poder Legislativo está compuesto por los Diputados y el Presidente del Parlamento, elegido de entre[b] los diputados.[/b][/size][/font][/color]
[color=#111111][font=Arial][size=3][b]2. El Presidente del Parlamento representa al Poder Legislativo y modera los debates en el seno del Parlamento. [/b][/size][/font][/color]
[color=#111111][font=Arial][size=3][b]3. Las leyes del parlamento se aprueban por mayoría simple de sus miembros tras un debate de, como mínimo, 24h. [/b][/size][/font][/color]
[color=#111111][font=Arial][size=3][b]4. Los diputados son elegidos mediante unas elecciones libres por sufragio universal al menos una vez cada 28 días, proceso tras el cual se elige a su Presidente del Parlamento.[/b][/size][/font][/color]
[color=#111111][font=Arial][size=3][b]Artículo 7. [/b][/size][/font][/color]
[color=#111111][font=Arial][size=3]1. El Poder Judicial[b] está compuesto por el Juez Supremo, los Jueces de Paz y los Fiscales. [/b][/size][/font][/color]
[color=#111111][font=Arial][size=3][b]2. Los Jueces de todo tribunal ejercen la administración de la Justicia y aplican las sanciones correspondientes acorde a Derecho[/b]. El Tribunal Supremo es el único capaz de oír causas de inconstitucionalidad, mientras que el resto de causas se repartirán acorde a la Ley. [b][b][color=#111111][size=3]Los miembros del poder judicial son seleccionados mediante oposiciones públicas y justas en las que primen criterios que aseguren la selección de los mejores candidatos sin discriminaciones de base política, organizadas por el Juez Supremo o por el Presidente del Gobierno en su defecto.[/size][/color][/b][/b][/size][/font][/color]
[color=#111111][font=Arial][size=3][b]3. El Ministerio Fiscal asegura que la actuación de los poderes públicos se ajusta a Derecho y ejercen la representación jurídica gratuita en las condiciones establecidas. El Fiscal es seleccionado mediante oposiciones públicas y justas [color=#111111][size=3][b][b][color=#111111][size=3]en las que primen criterios que aseguren la selección de los mejores candidatos sin discriminaciones de base política organizadas por el Juez Supremo o por el Presidente del Gobierno en su defecto.[/size][/color][/b][/b][/size][/color][/b][/size][/font][/color]
[font=Arial][b][color=#111111][size=3]4. Los jueces son ratificados una vez al mes, el fin de semana posterior a las elecciones automáticas a la presidencia del Gobierno. Esta ratificación la debe poner en marcha el Presidente del Gobierno.[/size][/color][/b][/font]
[color=#111111][font=Arial][size=3][b]Artículo 8.[/b][/size][/font][/color]
[color=#111111][font=Arial][size=3]1. El Poder Ejecutivo está dirigido por el Presidente del Gobierno, del cual son también miembros los Vicepresidentes y Ministros [b]que el Presidente nombre para delegar sus competencias[/b]. [/size][/font][/color]
[color=#111111][font=Arial][size=3]2. Posee reserva reglamentaria sobre las materias de índole económica, que comprenderán el establecimiento de impuestos y tasas, que no podrán alcanzar carácter confiscatorio; y la gestión de la hacienda y caudales públicos, cuyo uso debe estar orientado al bien común.[/size][/font][/color]
[color=#111111][font=Arial][size=3]3. El Poder Ejecutivo será elegido cada 28 días por un proceso automático de elecciones libres y por sufragio universal.[/size][/font][/color]
[font=Arial][b]Artículo 9.[/b][/font]
[font=Arial]La Constitución se aprueba o modifica mediante mayoría simple de los diputados tras un debate de como mínimo 48h y, en caso de prosperar, una ratificación popular en una votación que debe durar como mínimo 24h.[/font]
[font=Arial]Disposiciones transitorias:[/font]
[font=Arial]PRIMERA: La aprobación de este texto constitucional deroga todas las leyes aprobadas por el parlamento con la salvedad de la Ley de Educación, la Ley de Policía, las leyes del Código Penal y del Código Civil y la Ley del Poder Judicial.[/font]
[font=Arial]SEGUNDA: Se convalidan los cargos públicos elegidos o nombrados con anterioridad a la aprobación de este texto constitucional. La próxima vez que se nombren, elijan o ratifiquen sean nombrados con atención a la normativa que emana de esta Constitución.[/font] |