Solicito que, en virtud del art. 29 de la Constitución se proceda a derogar algunas leyes que chocan contra la misma:
[quote]Artículo 29.- Corresponden al Presidente en exclusiva, sin perjuicio de su delegación, las siguientes competencias:
a) Ejercer la máxima representación del Estado.
b) Dirigir la Administración Pública, así como establecer los cargos que la componen y los requisitos de acceso y funciones de éstos.
c) Otorgar los cargos públicos y privados que correspondan según la normativa vigente.
d) Gestionar la Hacienda Pública, puedo establecer para ello impuestos, tasas y contribuciones especiales, así como regular los salarios públicos, prestaciones y subvenciones que estime necesarias.
e) Intervenir en la economía privada mediante la regulación del régimen empresarial, actividades económicas, salarios, licencias y concesiones, etc.
f) Promulgar Decretos en materias de su competencia o no reguladas previamente por el Parlamento, salvo en materias reservadas al Parlamento, derechos recogidos en la Constitución y el funcionamiento de los Poderes del Estado.
g) Todas aquellas que le confiera la legislación vigente.[/quote]
Las leyes afectadas son la Ley de Policía, la Ley de Educación y la Ley de Liberalización y Privatización del Sector Público.
Me surge la duda en torno al art. 8 de la Ley de empleo, en tanto podría entenderse bajo el literal b) el art. 29 o bien como garantía del derecho al trabajo, en cuyo caso cae en la excepción del f).
En las demás materias, queda claro que tanto Educación y Policía son o bien materias de Administración Pública (b) o bien actividades empresariales privadas (f). La LLPSP cae por ir contra la competencia del epígrafe e).
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#Teniendo en cuenta que el motivo es la invasión de competencias gubernamentales, creo que el ilustre Diputado Eltomash debería:
a) Argumentar por qué estoy equivocado y las leyes citadas deben seguir vigentes.
b) Proceder a apoyar la derogación en lugar de bloquear deliberadamente y contra Constitutionem la correcta depuración de nuestro ordenamiento jurídico.
#Lo primero, que el nuevo articulado del 29 fue suyo. Con toda nuestra buena fe votamos a favor de lo que es, y ahora lo veo, una maniobra política de la peor calaña. Esta es mi opinión personal.
Si quiere usted un argumento se lo voy a dar. El título III de la Ley de Liberalización y Privatización del Sector Público ya no tiene sentido pues la Constitución se lo otorga al Gobierno, pero en lo que se refiere al título I y II, por parte de este diputado no se va a tocar en absoluto.
Pero en lo que se refiere a la Ley de Educación y de Policía no hay nada que modificar o derogar, pues son leyes que no vea en qué contravienen las Constitución.
Y como no lo veo, y confío plenamente en nuestro sistema judicial le animo a dirimirlo allí.
Este tipo de cosas son las que me hacen asquearme de la política.
Entiendo, en la alta estima que tengo a mis compañeros de Cámara, que los Diputados de UPL leen lo que votan. Y con menos ambages, si estima que se trata de una celada, quisiera aclarar que la idea de que todo lo económico caiga en el ámbito presidencial se remonta a los debates electorales previos a las últimas Elecciones al Parlamento. Sé que, si hubiera dicho explícitamente que con esa reforma decaería la LLPSP hubiera votado en contra, pero sería una pena que el empecinamiento por mantener una ley propia se antepusiera al interés general. Simplemente no lo dije expresamente, lo que no quita que pudiera resultar tan obvio antes como ahora al leer el texto de la reforma, donde dice expresamente "licencias y concesiones". La mala fe suele ir más oculta.
La LLPSP habilita al Gobierno a hacer algo que ya puede hacer ex Constitutione y además le impone unas reglas del juego que no podemos imponerle.
La Ley de Policía podría (y debería mantenerse) en su Capítulo II mientras no aprobemos la Ley de Seguridad, pero el Capítulo I debería derogarse.
De la Ley de Eduación entiendo que los dos primeros artículos puede que regulen el derecho a la educación y puedan mantenerse, aunque lo veo redundante. El Título III cae en materia de Administración Pública y el Título IV en actividades económicas. Y recordemos que siguen vigentes los delitos contra la educación.
Entiendo la desilusión del compañero Diputado, aunque forma parte de la arena política. Y reitero, la propuesta de reforma me parece lo suficientemente literal y expresivo como para que no quepa una acusación de jugar a los tecnicismos jurídicos.
Quisiera invitar al debate, a petición del propio ciudadano, a D. @Byzantium de Poniente y Bribón, Duque de Bahía, en calidad de actual Decano y Comisario, cuyo desempeño depende de la regulación que se haga de la educación y seguridad.
#La Constitución de la República reza en su artículo 21 que:
[quote]Artículo 21.- El Presidente del Parlamento tiene las siguientes funciones:
a) Moderar los debates parlamentarios[/quote]
Y, además, la Ley del Parlamento en su artículo 14 reza que:
[quote]Artículo 14.- El Presidente del Parlamento concretará cuándo se producen los debates y convocará a todas las señorías, que deberán justificar debidamente su ausencia si fuese el caso.[/quote]
Por lo que estoy legitimado para interrumpir el debate hasta que la propuesta de enmienda a la Constitución sea aprobada o rechazada. Dicha enmienda se discute en la siguiente comisión parlamentaria >> https://pol.virtualpol.com/foro/parlamento/parlamento-comision-parlamentaria-constitucional
Cuando dicha propuesta haya sido debidamente debatida y votada, y en su caso refrendada, se reanudará el debate o no dará lugar, según la decisión de los ciudadanos o los señores diputados.
Honestamente, dudo mucho que tenga ud. la potestad para interrumpir un debate a placer y por motivos meramente interesados. Le ruego, en la estima que le tengo, que cese esta deriva de actos sin sentido que ha iniciado en el día de hoy.
Haga lo que crea conveniente, pero el debate ya se está produciendo.
Y a mayor abundamiento, invoco mi derecho a poder hablar en esta Cámara:
[quote] Artículo 5.- Los Diputados gozarán de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de su cargo.[/quote]
#La dignidad de la institución de la que formamos parte y el honor que conlleva representar a nuestros conciudadanos nos obligan al más ejemplar comportamiento. Señorías, les ruego calma. Hagamos nuestro trabajo como es debido, pues es lo que se espera de nosotros en un momento tan transcendental como el actual.
En mi opinión, [b]debemos derogar tanto la Ley de Educación como la Ley de Policía.[/b] No cabe duda alguna de que van en contra del artículo 29, recientemente votado por esta Cámara. Como ya manifesté en el debate sobre el proyecto de Ley de Seguridad, no tengo problema en apoyar la derogación de ambas leyes de nuestro ordenamiento jurídico.
Desde el respecto institucional que guía mis acciones en esta Cámara, sugiero al Gobierno que, como medida de transición, utilice las Leyes de Educación y Policía para la redacción de los respectivos decretos que garanticen la seguridad jurídica de sus miembros en el desarrollo de sus funciones.
Respecto a la LLPSL, quisiera solicitar al Gobierno su opinión al respecto. Por ello, invito al presidente, D. @Abascal.
Agradezco sumamente el tono conciliador del Diputado @Theomore. Siguiendo su sensata propuesta, sugiero que en este hilo deroguemos solamente la Ley de Educación, en aras del mayor consenso.
La Ley de Policía puede quedar derogada con la Ley de Seguridad, en cuyo debate aceptaré la propuesta de dejar las otras propuestas al margen, y así evitamos un indeseable vacío legal.
Por supuesto, acepto que la LLPSP quede fuera de este debate, nuevamente con el fin de garantizar que solucionemos los problemas en los que podemos ponernos fácilmente de acuerdo y reduzcamos el caos posible a su mínima expresión.
Me sumo a la petición al Gobierno realizada por el Diputado Theomore, en línea con lo que ya sugeríamos ambos en el debate abierto en sede extraparlamentaria por el Decano y Comisario Byzantium.