POL
224679 Eltomashillo
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Parlamento Modificación de la Ley del Parlamento

Se propone la siguiente modificación de la Ley del Parlamento:

[b]Título X: de los gastos corrientes del Parlamento[/b]

Artículo 32. El Presidente del Parlamento, tras su elección y nombramiento, creará una cuenta para gestionar los gastos corrientes del Parlamento. Dicha cuenta deberá nombrarse como: "Parlamento de la Legislatura X", donde x es el número de legislatura.

Artículo 33. El Estado, bajo la responsabilidad del jefe del Ejecutivo, mantendrá la cuenta asociada al Parlamento con caudal suficiente para el correcto desarrollo de la institución, con un capital mínimo de 750 monedas y máximo de 1000 monedas.
De superarse el umbral inferior de saldo de la cuenta del Parlamento, el jefe del Ejecutivo deberá ingresar el saldo necesario para cumplir ese mínimo en las siguientes 48 horas. De superarse el umbral superior de saldo de la cuenta del Parlamento, el Presidente del Parlamento, deberá retirar cualquier saldo sobrante para ingresarlo a la cuenta del Gobierno en las siguientes 48 horas.

Artículo 34. Presidencia del Parlamento podrá lanzar concursos públicos para auxiliarse judicialmente ante recursos de ilegalidad e inconstitucionalidad.

Artículo 35. Al principio de una nueva legislatura, el Presidente del Parlamento saliente ingresará el importe no consumido a la nueva cuenta creada por el Presidente del Parlamento entrante.

Artículo 36. De perder por cualquier motivo la condición de Presidente del Parlamento, el ciudadano propietario de la cuenta parlamentaria la clausurará.

1  2  3     Orden: Fecha | Votos 21 mensajes en este hilo creado hace .
224516 Theomoro
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#Hagamos mínimo 750, máximo 1000 :moneda:.

224679 Eltomashillo
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#Hecho

224360 Hermes
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#Como he pedido anteriormente, pido que se incluya también un margen de tiempo en el que la cuenta pueda estar por debajo del saldo mínimo, para dar una posibilidad de reacción al Ejecutivo. Propongo este redactado para el artículo 33:

[quote]Artículo 33. El Estado, bajo la responsabilidad del jefe del Ejecutivo, mantendrá la cuenta asociada al Parlamento con caudal suficiente para el correcto desarrollo de la institución, con un capital mínimo de 750 monedas y uno máximo de 1000.

De superarse el umbral inferior de saldo de la cuenta del Parlamento, el jefe del Ejecutivo deberá ingresar el saldo necesario para cumplir ese mínimo en las siguientes 48 horas. De superarse el umbral superior de saldo de la cuenta del Parlamento, el Presidente del Parlamento, deberá retirar cualquier saldo sobrante para ingresarlo a la cuenta del Gobierno en las siguientes 48 horas.[/quote]

Pongo 48 horas porqué se especifica que es trabajo del "jefe del Ejecutivo", es decir, se singulariza una única persona. 24 horas de margen me parece poco, considerando que esa persona debería poder estar ausente durante un día entero, si se le requiere en la VR.

Por otro lado, si hay un margen superior también alguien debe de ser responsable del mismo. Imaginaos que el Parlamento cobra una indemnización, por ejemplo. O que alguien quiera donar al Parlamento. En ambos casos puede superarse el límite superior, con lo que el PdP debe asegurarse de mantenerlo.

224679 Eltomashillo
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#Hecho

224516 Theomoro
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#[quote=Dunkelzahn] Como he pedido anteriormente, pido que se incluya también un margen de tiempo en el que la cuenta pueda estar por debajo del saldo mínimo, para dar una posibilidad de reacción al Ejecutivo. Propongo este redactado para el artículo 33:

[quote]Artículo 33. El Estado, bajo la responsabilidad del jefe del Ejecutivo, mantendrá la cuenta asociada al Parlamento con caudal suficiente para el correcto desarrollo de la institución, con un capital mínimo de 750 monedas y uno máximo de 1000.

De superarse el umbral inferior de saldo de la cuenta del Parlamento, el jefe del Ejecutivo deberá ingresar el saldo necesario para cumplir ese mínimo en las siguientes 48 horas. De superarse el umbral superior de saldo de la cuenta del Parlamento, el Presidente del Parlamento, deberá retirar cualquier saldo sobrante para ingresarlo a la cuenta del Gobierno en las siguientes 48 horas.[/quote]

Pongo 48 horas porqué se especifica que es trabajo del "jefe del Ejecutivo", es decir, se singulariza una única persona. 24 horas de margen me parece poco, considerando que esa persona debería poder estar ausente durante un día entero, si se le requiere en la VR.

Por otro lado, si hay un margen superior también alguien debe de ser responsable del mismo. Imaginaos que el Parlamento cobra una indemnización, por ejemplo. O que alguien quiera donar al Parlamento. En ambos casos puede superarse el límite superior, con lo que el PdP debe asegurarse de mantenerlo. [/quote]

A favor sin reservas.

224679 Eltomashillo
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#Esperamos a que todas sus señorías manifiesten su opinión y pasamos a votación.

224360 Hermes
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#Si no me equivoco, sólo falta la opinión de @Abascal.

224603 Abascal
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#A favor :)

224679 Eltomashillo
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#Pasamos a votación.

224679 Eltomashillo
+0

#Aprobado por unanimidad.

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