Propongo en nombre de Sil (artículo 30 de la LdP) la siguiente enmienda a la Ley de Empleo e Incompatibilidades:
(En negrita los cambios)
Artículo 8.- De las incompatibilidades entre empleos públicos
Un ciudadano puede mantener hasta un total de [b]un empleo público.[/b]
Son incompatibles entre sí los empleos que se consideren pertenecientes a un mismo organismo, como Policía y Comisario o Decano y Profesor.
De conformidad con el citado artículo 30 se invita como ponente a Sil.
12Orden: Fecha | Votos15 mensajes en este hilo creado hace .
Pienso que está propuesta de ley es coherente, haciendo así, que cada una de las personas pueda obtener un cargo público.. y si queda una vacante disponible a un cargo público debido a falta de ganas,motivación etc.. el gobierno haga lo que sea necesario( ej: gran incremento de salario) con el fin de motivar al ciudadano a tener dicho puesto de trabajo.
#Yo voy a oponerme a esta propuesta de @Sil. La intención que motiva la misma es extremadamente buena, pero me temo que su aprobación sería contraproducente. Primero, porque considero más eficaz regular incompatibilidades específicas antes que prohibirlas todas. Segundo, porque con 20 activos esta reforma es como hacerse trampas al solitario.
#Sin incompatibilidades entre empleos públicos, es común que un mismo ciudadano ocupe varios (generalmente por responsabilidad cívica, a fin de evitar que queden vacantes). Eso, como ya se ha comentado en varias ocasiones, acaba generando cierta desigualdad entre los que tienen un salario público y los que no.
A mi me parece genial que se limiten los empleos públicos a uno. Que no se pueda ser Comisario y Policía a la vez, pero tampoco Policía y Profesor. No obstante, eso genera el problema que, si bajan los activos o estos pasan de trabajar, no se cubran los puestos.
Una opción sería crear la figura del funcionario interino. Solo podrían optar a un empleo público los que no tengan ningún otro, pero si ningún aspirante cumple este requisito, se podría aceptar como interino a un candidato que ya sea empleado público. La interinidad se mantendría hasta la convocatoria de nuevas oposiciones o la aparición de aspirantes que si cumplan los requisitos de incompatibilidad.
Un ciudadano puede mantener hasta un total de un empleo público.
Si ningún aspirante cumple este requisito, se podría aceptar como interino a un candidato que ya sea empleado público, siempre que no pertenezca a un mismo organismo.
Mientras el interino esté ejerciendo, el gobierno mantendrá siempre una vía para que cualquier ciudadano pueda postularse al cargo.