POL
224679 Eltomashillo
+0

[Parlamento] Proyecto de Ley Concursal

El proyecto de Ley Concursal se encuentra en el siguiente enlace >> https://pol.virtualpol.com/doc/proyecto-de-ley-concursal

Asimismo sirva este mensaje para que los juristas, jueces y fiscales (no diputados) de la República puedan participar de este hilo: @Chiribito @Biol201 @David18 @Dunkelzahn .

Aclaro un par de cuestiones previas:

- Una Ley Concursal es muy conveniente y necesaria. El Gobierno tiene una "reserva reglamentaria en materia económica" que [b]sólo incluye[/b] "fijación de impuestos, tasas y contribuciones, tanto establecidos por sistema como de nueva creación; salarios y primas, entrega de subvenciones y diversas ayudas económicas", por lo que el Parlamento es competente para promulgar una Ley de estas características. También invito al Presidente @Lector para que dé su opinión.

- Esta Ley viene a complementar la Ley de Obligaciones y Contratos, en su artículo 33 y su invocación a los Tribunales para resolver cuantos pleitos nazcan de dichas obligaciones y contratos.

Abro el debate y os agradezco vuestro tiempo.

 1  2 3     Orden: Fecha | Votos 30 mensajes en este hilo creado hace .
224657 David18
+0

#Está muy bien, pero realmente como juez puedo imponer una multa, dejar al ciudadano en negativo para que satisfaga todas sus obligaciones y listo.

224679 Eltomashillo
+0

#No había caído en eso. Voy a modificar la Ley Concursal para adaptarlo a las posibilidades de VP. Gracias David !!!!

224657 David18
+0

#A usted señoría

224360 Hermes
+0

#Tengo una duda y una crítica.

La duda: ¿Qué bienes se van a liquidar? ¿Cómo se va a hacer?

La crítica: "Oh, no tengo dinero. Voy a contratar a una empresa (el jurista) con una promesa de cobro a medio/largo plazo (cuando finalice el procedimiento), sin garantías a que tal cobro se satisfazca". Nope. No me parece correcto. Para nada.

224679 Eltomashillo
+0

#Los bienes que se pueden liquidar son:

- Acciones.
- Parcelas.
- Obligaciones, depósitos y cuentas corrientes.
- La cuenta corriente del ciudadano o empresa.

El Juez, amparado por la Ley Concursal y el demás ordenamiento jurídico ordena la apropiación de dichos activos y los pone bajo resguardo y administración del Tribunal.

Además, la cuenta del ciudadano puede quedar en negativo por lo que el Jurista cobrará siempre.

Gracias por su pregunta, señor Jurista.

203938 Byzantium
+0

#Yo creo que la ley es muy compleja y genera mucho trabajo para una situación que se resuelve ya, con la ley que hoy tenemos, tan solo aplicando una multa tras un proceso civil.

224679 Eltomashillo
+0

#[quote=Byzantium] Yo creo que la ley es muy compleja y genera mucho trabajo para una situación que se resuelve ya, con la ley que hoy tenemos, tan solo aplicando una multa tras un proceso civil. [/quote]

Es que la Ley que ya tenemos requiere la presencia del tribunal para cada uno de los contratos que no se satisfagan. Si tienes 5 contratos, tienes 5 procesos judiciales si es que no pagas.

Esta Ley viene a simplificar este hecho y a establecer directrices en casos de insolvencia.

224360 Hermes
+0

#"El juez ordena", me parece muy bien. Pero debo insistir, ¿Cómo va el juez a liquidar parcelas? Acciones lo puedo entender. Todo lo demás son temas bancarios, por lo que no entiendo cómo se van a liquidar por valor de nada si se supone que la persona está sin recursos. Pero lo de las parcelas es, directamente, imposible por sistema. Si no, no estaríamos como estamos, con las parcelas del sr_Pulpo todavía dando guerra.

Si alguien puede quedarse en negativo... ¿Hace falta una ley de este tipo?

224657 David18
+0

#@Dunkelzahn lo de las parcelas es un problemón. Hay dos propiedades jodidas y no parece que haya solución más allá de esperar.

224679 Eltomashillo
+0

#El que se acoge a la Ley Concursal sabe que deberá liquidar todos sus bienes y participar en el proceso de forma activa. ¿Se va a declarar insolvente para acto seguido no participar en el proceso? Eso es un signo de mala fe y el Juez observará dolo y fuera el proceso.

Y tendrá que pagar como todo hijo de vecino.

 1  2 3

Para poder participar en esta conversacion has de registrar tu ciudadano

Más hilos

Contratación de un abogado para la Representación del Poder Legislativo, Funeral de Doña Hágata, Barón Negro se presenta a Presidente, Álbum de Fotos, Has comprado un coche entre 2006 y 2013??? pues podrías ganar dinero , Contrato para una cuenta corriente entre Chiribito y Banco Criptoactivos, [Debate Ágora] El salario universal, y si hacemos un perdón general y cerramos la plataforma?, [Parlamento] Modificación de la ley de policía, Decreto de la banca,