POL
203938 Byzantium
+0

[Parlamento] Reforma Ley del Mapa

Probado el sistema electoral y ojeados los poderes del alcalde, tenemos que / podemos revisar distintos cambios posibles antes de la proxima elección (este finde).

1) Reforma del sistema electoral, de forma que los inquilinos tengan 1 voto, los arrrendadores tengan 1 voto y los propietarios que no cedan en alquiler tengan 2 votos. (En la practica se duplica el numero de votos y se hace mucho mas complicado tener mayoría)

Objetivo: mayor variedad de usuarios votantes, aumento importante del valor de tener una parcela en propiedad.

2) Añadir poderes nuevos: por el cual se permite al alcalde restringir algun uso de parcela cuando supone un porcentaje demasiado alto de un barrio (si lo desea).

3) Añadir mecanismo de control, por el cual tres concejales unidos pueden proponer una medida sin contar con la aprobacion del alcalde.

4) Añadir mecanismo de control, por el cual tres concejales unidos pueden interponer una moción de censura al alcalde

5) Establecer bien los limites de lo que es una parcela comercial, residencial y otros tipos, que no viene definido.

Decidme que os parecen cada una de esas ideas y adicionalmente proponed ideas nuevas si las teneis @kendel @lordlenin

1 2     Orden: Fecha | Votos 19 mensajes en este hilo creado hace .
203938 Byzantium
+0

#Artículo 7.- Sistema electoral local
a) Antes del viernes del fin de semana posterior a las elecciones presidenciales, el concejal saliente o en su defecto cualquier vecino publica una lista de los vecinos y el número de parcelas de las cuales tiene derecho a uso personalmente o mediante empresa, por propiedad o alquiler.
b) Cada parcela tiene dos votos asignados, uno emitido por su dueño y otro por el titular de los derechos de uso, que puede ser la misma persona. Adicionalmente, la parcela en la que un ciudadano establece su residencia tiene un voto extra.
c) Al mismo tiempo, cada piso tiene un derecho de uso adicional, que equivale a un voto adicional para el titular de esos derechos.
b) Una vez revisada la lista, los vecinos del barrio se pueden postular a Concejal hasta las 20:00h del sábado. Un ciudadano no puede ser candidato de un barrio en el que no es vecino. Un vecino no puede ser candidato en dos barrios distintos.
c) A partir de las 20:00h del sábado, los vecinos votan a mano alzada en el mismo hilo público a quién eligen como concejal. Cada vecino vota en función del numero de parcelas de las cuale tiene derecho de uso para uso propio o de empresas.
d) A las 20:00h del domingo se hace el recuento, quedando elegido un nuevo concejal. En caso de empate, el candidato con mayor número de vecinos distintos apoyandole es elegido. En caso de proseguir el empate, el ciudadano más antiguo queda elegido como concejal.
e) En caso de que un barrio fuese incapaz de determinar un concejal, el Gobierno puede asumir la representación del barrio hasta la convocatoria regular de elecciones o ceder la concejalía provisionalmente a un tercer ciudadano que debe ser vecino de ese barrio.


@Kendel @Lordlenin

El resto de modificaciones las voy a dejar en suspenso hasta que el desarrollador ponga los cambios en el mapa y veamos el uso que se da de las nuevas modificaciones, que son muchas, muy buenas y muy interesantes. Es probable que no sean necesarios nuevos poderes (aún), pero todo lo discutido sigue valiendo.

204052 LordLenin
+0

#Esto va en la linea de lo que proponia en el debate inicial byz. Yo apoyo todos los puntos propuestos, y mira que es raro que diga esto.

Creo que son reformas necesarias para el mapa.


+0

#A lo mejor deberíamos poner al Alcalde como responsable del arquitecto en lugar del gobierno y lo mismo darle, desde el desarrollo, alguna atribución más al cargo de arquitecto...


+0

#Invito a este debate al alcalde @Eltomash y a los concejales que no están aquí presentes @Chiribito y @Onii_Chan

Espero que sepan guardar las formas en esta augusta camara y no veamos tan bochornosas intervenciones como en otros debates.

224679 Eltomashillo
+0

#Estimada señoría y amigo D. @kendel :

En primer lugar, como su amigo, quiero agradecerle la invitación. Es inconcebible que, en una reforma de la Administración Local, los diputados ignoren a los representantes legítimos locales y usted, gracias por ello, ha tenido a bien cambiar esa situación.

En segundo lugar, ya como alcalde y como concejal les sugiero:

[quote=Byzantium]1) Reforma del sistema electoral, de forma que los inquilinos tengan 1 voto, los arrrendadores tengan 1 voto y los propietarios que no cedan en alquiler tengan 2 votos. (En la practica se duplica el numero de votos y se hace mucho mas complicado tener mayoría)

Objetivo: mayor variedad de usuarios votantes, aumento importante del valor de tener una parcela en propiedad.[/quote]

Desde el Consistorio vemos con buenos ojos la reforma, [b]pero no el objetivo.[/b] Quiere usted, diputado, romper la baraja. ¿No sale lo que usted quiere? ¿Quiere hacer complicada la mayoría?

Por otra parte, dado que las inmobiliarias son las grandes tenedoras de parcelas, irrigadas con dinero público, ¿por qué quiere darles ese poder inmenso? Es su animadversión por mí lo que le mueve, señoría?

[quote=Byzantium]2) Añadir poderes nuevos: por el cual se permite al alcalde restringir algun uso de parcela cuando supone un porcentaje demasiado alto de un barrio (si lo desea).[/quote]

La Ley ya lo prevé. Ya se ha hecho.

[quote=Byzantium]3) Añadir mecanismo de control, por el cual tres concejales unidos pueden proponer una medida sin contar con la aprobacion del alcalde.[/quote]

Les sugiero eliminar el cargo, si una corporación no necesita líder, no lo pongan. O hay alcalde o no, decídanse.

[quote=Byzantium]4) Añadir mecanismo de control, por el cual tres concejales unidos pueden interponer una moción de censura al alcalde

5) Establecer bien los limites de lo que es una parcela comercial, residencial y otros tipos, que no viene definido.[/quote]

¿Una moción de censura? Es una medida que apruebo, por supuesto, pero qué arrogancia es creer que, por una parte el alcalde necesita a los concejales para TODOS sus planers y, por otra, creer que actúa de forma tan arbitraria como para necesitar una moción de censura es, seguro, por su animadversión por mí que lo hace.

203938 Byzantium
+0

#Hola.

Más allá de todo eso que se ha comentado, de lo cual mucho es licito y razonable y otras cosas son meme, la idea que subyace a las propuestas no deja de ser proveniente de la realidad. Durante los dias de la alcaldia se ha notado que el alcalde tiene varios poderes que son interesantes pero necesita más.

También se ha notado que otros concejales han podido querer participar y aportar actividad al proceso, ya sea haciendo cosas o tocando la moral en general, pero no han podido.

A ese respecto solo hay interés de hacer que más cosas puedan ocurrir a iniciativa de más personas distintas, para que el juego no se quede en que el alcalde ejecuta y los otros hacen o no hacen limitandose a votar de vez en cuando, aunque eso pueda ser bastante divertido de por si, pero si se pueden hacer mas cosas pues mejonnn


+0

#Con esta modificación prácticamente dejamos las elecciones en manos de las inmobiliarias ¿No?

No se, no acabo de verlo la verdad, como pongan dos alturas en el casco antiguo biol201 decide las elecciones el solo.

203938 Byzantium
+0

#[quote=kendel] Con esta modificación prácticamente dejamos las elecciones en manos de las inmobiliarias ¿No?

No se, no acabo de verlo la verdad, como pongan dos alturas en el casco antiguo biol201 decide las elecciones el solo. [/quote]

Se puede dejar para la próxima una vez veamos como todo se mueve.


+0

#¿Que os parecería hacer que el derecho a voto fuera transferible? Quiero decir, el voto pertenece a la parcela y a la altura si la hay, el voto incialmente pertenece al tenedor de la parcela pero puede incluirse en el contrato de alquiler la posibilidad de transferir este derecho al inquilino. De esta forma las inmobiliarias, que al fin y al cabo son los principales jugadores del mapa y deberian partir con ventaja.


+0

#* Ya no puedo editar mi mensaje y la última frase veo que no tiene mucho sentido. Lo que intentaba decir es que al final las inmobiliarias son las que más juego dan en el mapa y me parece justo que puedan tener una ventaja inicial, pero no que tengan esa ventaja para siempre.

224679 Eltomashillo
+0

#Estimados diputados:

Me perdonarán que abuse de la buena fe de D. Kendel interviniendo como alcalde de nuevo en este debate.

Estimado colega, D @Byzantium , a partir de ahora todo es meme, cuñadeces y cosas fascistas, le ruego se ahorre la lectura.

Estimados @Lordlenin y @Kendel :

Mucho me temo que la intención del legislador es buena, pues quiere ampliar la base de votantes por barrio y expandir la toma de decisiones, así como provocar un Consistorio más plural.

No obstante, dado que los mayores tenedores de parcelas del país son las inmobiliarias (irrigadas con dinero público) podríamos dar lugar a una asimetría un tanto peligrosa: las parcelas son su negocio, y su propiedad una condición indispensable para su trabajo. No obstante, no la explotan como tal; sino que lo hacen otros.

Por ello creo que, la modificación puede provocar una asimetría en el funcionamiento del mapa, depositando sobre las inmobiliarias un enorme poder, del que ahora carecen.

Me gustaría pedirles que no aprueben el proyecto de enmienda del 7.b), en base a lo que les comento, pues es, en efecto, a ellos a quien (casi únicamente, a excepción de Lector) beneficia dicha medida.

Saludos,

El Alcalde-Presidente de la Ciudad Libre de Pol

224679 Eltomashillo
+0

#Como concejal, y abusando de la invitación de D. @kendel , he de aplaudir hasta que me sangren las manos la propuesta.

221993 Chiribito
+0

#@Byzantium @kendel @LordLenin

Propongo sustituir los actuales artículos 10, 11 y 12 de la ley del mapa por lo siguiente:



[b]Artículo 10.- Competencia de desarrollo y control del mapa:[/b]

a) Con el consejo y asesoramiento de la junta de concejales y el gobierno, el alcalde tiene competencia exclusiva en:

- Desarrollo y reorganización zonal por barrios y/o alturas
- Distribución parcelaria sectorial por barrios y/o alturas.
- Desarrollo y reorganización en altura

b) Podrá solicitar informes a inmobiliarias a fin de llevar a cabo los estudios preliminares del punto anterior, así como llevar a cabo sondeos ciudadanos al respecto.

c) Los diversos desarrollos y distribuciones serán sometidos a la junta de concejales para su aprobación. Una vez aprobados, serán publicados en forma de [b]Bando Municipal[/b] y serán de obligado cumplimento por todos aquellos a cuantos concierna el Bando.

[b]Artículo 11.- Competencia económica:[/b]

a) La alcaldía no cuenta con fondos propios como tal, pero si contará con una asignación tributaria, cantidad preconcedida por el gobierno al inicio de la legislatura del alcalde, la cual será de libre disposición por parte de este para el cometido de sus funciones, pudiendo establecer un presupuesto de gasto a inicio de legislatura, ya sea detallado, o a grandes rasgos, el cual marcará su línea de acción.

b) El pagador de los diversos importes será el gobierno, con cargo a la asignación presupuestaria de la alcaldía y por orden del alcalde, con tope máximo del límite de la asignación, no pudiendo sobrepasarse en ningún caso.

c) Las importes de premios u otros gastos, con cargo a las concejalías, igualmente serán pagadas por el gobierno con la autorización previa del alcalde.

d) El alcalde no tiene ninguna competencia sobre los impuestos que afectan a las parcelas, cp u otros, los cuales, por mandato constitucional, son competencia del gobierno.

[b]Artículo 12.- Competencia social y cultural:[/b]

a) El alcalde, por iniciativa propia o por delegación en los concejales, puede desarrollar diversas actividades de carácter social, ya sean fiestas, concursos culturales, exposiciones, o actividades asimilables. Estas actividades serán de carácter global.

b) El alcalde puede destinar dotación presupuestaria a estas actividades con cargo a su asignación presupuestaria de legislatura.

c) Los concejales están habilitados para desarrollar estas mismas funciones dentro de barrio, y podrán solicitar asignación presupuestaria al alcalde, quien tiene libertad de concederla o no de acuerdo a sus criterios de reparto y asignación presupuestaria.




203938 Byzantium
+0

#Me interesan algunas ideas pero algunas veo que me faltan. Del mismo modo aviso que no me parecería adecuado votar esto antes de la siguiente legislatura, aunque eso retrase un poco el tema.

Por ese motivo doy la palabra a todos los ciudadanos candidatos, para que puedan desde ya intervenir en este hilo para movilizar esta propuesta.

Hay que decir que hay una cosa que añadir:

Cuando el gobierno moderaba el sistema de construir en altura se hacía porque también el gobierno establece el precio de cada parcela (pública) y regula el precio de las parcelas (privadas). Yo entiendo que cuando se permita una construccion en altura, la inmobiliaria tendra que pagar una cantidad en concepto de gastos de construcción o de licencia. Eso queda desterrado en esta propuesta de ley.

Ese importe en el pasado hubiera quedado para el gobierno, pero ahora queda para el alcalde, si se quiere.

Al mismo tiempo no se si me convence que el alcalde tenga capacidad total de desarrollar todas sus politicas y reducir a los concejales a un elector indirecto. Primero porque creo que el concejal debe tener poderes sobre su propio barrio, como antes tenia el poder de limitar al alcalde en su propio barrio.

Pero está bien que tenga algunos poderes que pueda ejecutar con libertad. Desde luego ninguno de estos poderes me preocupa mucho.

Creo que esas tres competencias deben ser definidas con exactitud. ¿Qué significan y hasta donde llegan? La anterior ley establecia multiples limites a las competencias, por ejemplo impidiendo que las empresas fueran desregistradas por la accion zonal del alcalde, etc.

Creo que esas competencias deben ser muy muy detalladas y luego vemos si esta bien en general.


+0

#Vuelvo a repetirme en este caso, no tengo una opinión fuerte sobre como llevar el tema del mapa, pero no veo problema en probar lo que propone Chiribito.

En cuanto a las cuentas se podría crear una nueva cuenta gubernamental (si es que se puede que no me acuerdo) y poner de apoderado al Alcalde de turno. Si no se puede lo desarrollo :D

Pero vamos, que yo lo probaría.


+0

#Me gusta, por mi parte podemos votarlo si el PRESIDENTE ETERNO DEL PARLAMENTO lo ve posible.

203938 Byzantium
+0

#[quote=kendel] Me gusta, por mi parte podemos votarlo si el PRESIDENTE ETERNO DEL PARLAMENTO lo ve posible. [/quote]

El presidente eterno del parlamento ha hablado con el señor Presidente en funciones del gobierno para ver si podemos echar al señor LordLenin por su inactividad de 5 días.

En otro caso alguien aburrido podría desmerecer el resultado de la votación parlamentaria por no hacer eso antes.

@Chiribito @Kendel

221993 Chiribito
+0

#[quote=Byzantium] Me interesan algunas ideas pero algunas veo que me faltan. Del mismo modo aviso que no me parecería adecuado votar esto antes de la siguiente legislatura, aunque eso retrase un poco el tema.

Por ese motivo doy la palabra a todos los ciudadanos candidatos, para que puedan desde ya intervenir en este hilo para movilizar esta propuesta.

Hay que decir que hay una cosa que añadir:

Cuando el gobierno moderaba el sistema de construir en altura se hacía porque también el gobierno establece el precio de cada parcela (pública) y regula el precio de las parcelas (privadas). Yo entiendo que cuando se permita una construccion en altura, la inmobiliaria tendra que pagar una cantidad en concepto de gastos de construcción o de licencia. Eso queda desterrado en esta propuesta de ley.

Ese importe en el pasado hubiera quedado para el gobierno, pero ahora queda para el alcalde, si se quiere.

Al mismo tiempo no se si me convence que el alcalde tenga capacidad total de desarrollar todas sus politicas y reducir a los concejales a un elector indirecto. Primero porque creo que el concejal debe tener poderes sobre su propio barrio, como antes tenia el poder de limitar al alcalde en su propio barrio.

Pero está bien que tenga algunos poderes que pueda ejecutar con libertad. Desde luego ninguno de estos poderes me preocupa mucho.

Creo que esas tres competencias deben ser definidas con exactitud. ¿Qué significan y hasta donde llegan? La anterior ley establecia multiples limites a las competencias, por ejemplo impidiendo que las empresas fueran desregistradas por la accion zonal del alcalde, etc.

Creo que esas competencias deben ser muy muy detalladas y luego vemos si esta bien en general. [/quote]

Sobre comprar ...

Los niveles 2, 3 y 4 no se pueden comprar. Son propiedad de quien posea la parcela suelo.
Las inmobiliarias pueden alquilar las plantas superiores para más empresas, chats, foros o lo que sea.
El alcalde no se lleva ningún dinero de las parcelas. Eso es cosa del gobierno.
Existe la opción llamada multiplicador, la cual supone incrementar el cp por barrios según la altura de estos, de modo que se le podría poner un 2 si se quiere cobrar el doble (las dos parcelas igual) o un 0.02, si se quiere cobrar un 2% por la segunda parcela.

Este sistema del multiplicador, bien usado, puede permitir a las inmobiliarias tener dos parcelas, disponibles ( si la altura es dos) pero pagar por una, o una y un poco. Haciéndo bien las cuentas, puede suponer olvidarnos de esas devoluciones semanales que se hacen, y darlas directamente mediente un cp menor.

Ejemplo:

Soy una inmobiliaria con una parcela, la cual tiene 2 alturas. La parcela suelo se la alquilo a pepito, y la del piso uno a juanito. Si el CP es 1 diarios y el factor multiplicador es 0, pago 7 monedas a la semana por esa parcela. Si fuera una altura y el gobierno me tiene que devolver 3.50, me sale igual que tener 2 alturas, es decir 2 parcelas, pagando 7, pero cobrando 20 por ellas a mis clientes si el aquiler fuera 10. Nos olvidaríamos de estar vigilando si el gobierno ingresa o deja de ingresar, y el gobierno se despreocupa de ello tb.


Sobre el poder de los concejales. No les quito ningún poder. Al contrario, siguen teniendo el mismo, o incluso más, puesto que ahora se les otorga funciones de desarrollo de actividades en sus barrios con posible dotación presupuestaria.

Las decisiones sobre las alturas, los planes, las zonas y todo eso, no lo elige el alcalde. Son por votación de todos los concejales tal como dice el punto 10 c.
Sin la aprobación de los concejales no se hace nada, por tanto el alcalde no tiene ningún poder absoluto.

El único poder del alcalde es el de propuesta, cosa que también tienen los otros concejales por cierto, y el de distribuir los fondos que le asigne el gobierno.

Ejemplo:

10 % para cada barrio (de libre disposición por parte de los concejales) 10 * 5 = 50%
30 % para actividades culturales y sociales del ayuntamiento
10% para gastos administrativos (informes, sondeos, ...)
10 % de reserva para imprevistos o proyectos no contemplados previamente.

Es un ejemplo. Cada alcalde podría distribuirlo como le de la gana y precisamente esto puede hacer que se diferencien unos alcaldes de otros. Es también un modo de funcionar por prespuestos, ya que que el gobierno da una cantidad a principio del mandato del alcalde y no hay más. Alcalde y concejales se las tienen que apañar con eso para toda la legislatura.

Esto también supone una diferenciación entre unos presidentes y otros, dando más importancia al ayuntamiento y los barrios o menos.

Remarcar que el pago es delegado y por orden del alcalde. Esto quiere decir que el dinero que se asigne está siempre en la cuenta del gobierno. Alcalde y concejales no van a tocar nada físicamente. (No vamos a andar creando cuentas y transfiriendo de unos a otros)

El alcalde ha de llevar la cuenta de su presupuesto con el detalle de todos los gastos, y ordenar los pagos que correspondan al gobierno, ya sea por concursos de concejales, por sondeos, por informes, etc, siempre de acuerdo con su presupuesto incial y sin sobrepasar el límite que el gobierno de turno le haya asignado.

Personalmente me gustaría verlo aprobado cuanto antes, (y luego modificar aquello que no funcione) pues la nueva legislatura supone retrasar el juego del mapa una semana, pero bueno, el parlamento es soberano para hacer y deshacer.

:|

221993 Chiribito
+0

#Añado apartado d al artículo 10 para establecer que el gobierno cobre tasa de ocupación de parcela por cada altura para legalizar su uso, así como de la capacidad sancionadora en caso de uso ilegal, esto es, sin haber pagado la licencia de ocupación.


[b]Artículo 10.- Competencia de desarrollo y control del mapa:[/b]

a) Con el consejo y asesoramiento de la junta de concejales y el gobierno, el alcalde tiene competencia exclusiva en:

- Desarrollo y reorganización zonal por barrios y/o alturas
- Distribución parcelaria sectorial por barrios y/o alturas.
- Desarrollo y reorganización en altura

b) Podrá solicitar informes a inmobiliarias a fin de llevar a cabo los estudios preliminares del punto anterior, así como llevar a cabo sondeos ciudadanos al respecto.

c) Los diversos desarrollos y distribuciones serán sometidos a la junta de concejales para su aprobación. Una vez aprobados, serán publicados en forma de Bando Municipal y serán de obligado cumplimento por todos aquellos a cuantos concierna el Bando.

d) El gobierno tiene la potestad de solicitar tasas por licencia de ocupación del nivel 2, así como de definir el factor multiplicador del cp en cada altura y barrio. El uso ilegal de una parcela sin el pago de la tasa será objeto de sanción por parte del gobierno.

[b]Artículo 11.- Competencia económica:[/b]

a) La alcaldía no cuenta con fondos propios como tal, pero si contará con una asignación tributaria, cantidad preconcedida por el gobierno al inicio de la legislatura del alcalde, la cual será de libre disposición por parte de este para el cometido de sus funciones, pudiendo establecer un presupuesto de gasto a inicio de legislatura, ya sea detallado, o a grandes rasgos, el cual marcará su línea de acción.

b) El pagador de los diversos importes será el gobierno, con cargo a la asignación presupuestaria de la alcaldía y por orden del alcalde, con tope máximo del límite de la asignación, no pudiendo sobrepasarse en ningún caso.

c) Las importes de premios u otros gastos, con cargo a las concejalías, igualmente serán pagadas por el gobierno con la autorización previa del alcalde.

d) El alcalde no tiene ninguna competencia sobre los impuestos que afectan a las parcelas, cp u otros, los cuales, por mandato constitucional, son competencia del gobierno.

[b]Artículo 12.- Competencia social y cultural:[/b]

a) El alcalde, por iniciativa propia o por delegación en los concejales, puede desarrollar diversas actividades de carácter social, ya sean fiestas, concursos culturales, exposiciones, o actividades asimilables. Estas actividades serán de carácter global.

b) El alcalde puede destinar dotación presupuestaria a estas actividades con cargo a su asignación presupuestaria de legislatura.

c) Los concejales están habilitados para desarrollar estas mismas funciones dentro de barrio, y podrán solicitar asignación presupuestaria al alcalde, quien tiene libertad de concederla o no de acuerdo a sus criterios de reparto y asignación presupuestaria.

1 2

Para poder participar en esta conversacion has de registrar tu ciudadano

Más hilos

Interpelación de febrero de 2022 al Gobierno de Polesia, Creación del Comité Olímpico Internacional (COI), Solicito la creación del cargo "Policía", NFTs sir suspende su actividad hasta que el Gobierno publique las nuevas normas, Parlamento - Organización del debate del Estado de la Nación, Mensaje al nuevo ejecutivo que salga de las 13 elecciones, Coronación de Chiribito I de Aufgürb, Rey de Pol., [Oposiciones] Fiscal, Nuevas funcionalidades relacionadas con el mapa, Ley Electoral de Syldavia,