POL
224360 Hermes
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[Parlamento] Propuesta de Ley de Educación

Sé que el sistema educativo ya está en funcionamiento, pero supongo que urge actualizar y poner por escrito las normas que regulan el cuerpo docente.

Os presento la propuesta de David18, con algunos toques de mi cosecha.

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[b]Ley del Sistema Educativo[/b]

TÍTULO I: La Educación en Pol.

Artículo 1 – La Educación en la República Polesa debe ser accesible a todos y ayudar a desarrollar a cada ciudadano dentro del Estado.

Artículo 2 – El Gobierno velará por el buen funcionamiento del sistema educativo.

TÍTULO II: El Cuerpo Docente de la República.

El cuerpo docente de Pol estará formado por tantos decanos y profesores como sean necesarios según las exigencias de cada momento, estableciendo un ratio mínimo de un profesor por cada 50 ciudadanos y un decano por defecto, más uno adicional por cada 5 profesores. Será el encargado de la gestión directa del sistema educativo de Pol, de acuerdo a la presente ley y en cumplimiento de la legalidad vigente.

Artículo 3 – Nombramiento y Cese:

a) Los decanos serán nombrados por el Gobierno mediante oposiciones públicas según las condiciones que este establezca mediante el correspondiente decreto.
b) Los profesores serán nombrados por el decano mediante oposiciones públicas según las condiciones que este establezca.
c) Decanos y profesores serán cesados de su cargo en caso de revelación de preguntas o respuestas de los exámenes o por dejadez de las funciones de su cargo.
d) Se considerará prevaricación la realización de exámenes en la 24 horas posteriores a ser cesado del cargo de decano o profesor o haber dimitido de alguno de estos cargos.

Artículo 4 - Funciones:

a) El decano se encarga de la supervisión del profesorado, la apertura de las oposiciones a profesor con el objeto de cubrir las plazas necesarias, y la gestión del tiempo de duración, extensión y temario de los exámenes, así como la nota de corte y la anulación y creación de preguntas.

b) El profesor ejercer la docencia bajo la supervisión del decano, encargándose de la edición de exámenes, mediante la creación de preguntas y la eliminación de aquellas que hubieran creado ellos mismos y desearan retirar.

TÍTULO III: Exámenes.

Artículo 5 – Los exámenes se dividirán en tres categorías:

a) Exámenes a cargo público: serán los exámenes destinados a cargos elegidos por sufragio directo o indirecto o por ratificación ciudadana.

b) Exámenes a empleo público: serán los exámenes destinados a empleos designados por oposición pública, sin necesidad de ratificación, así como todos los cargos asociados a cualquiera de los tres poderes del Estado cuyo nombramiento no requiera de ratificación ciudadana. En este caso, esta denominación se extenderá a los cargos de Comisario de Policía, Policía, Decano, Profesor, u otros que se creen.

c) Exámenes a empleo privado: serán los exámenes destinados a la obtención de una licencia de empleo privado, en los trámites de contratación que establezca la ley.

Artículo 6 – Sobre el número de preguntas de las distintas categorías de examen:

Todos los exámenes deberán contener entre 10 y 15 preguntas, cuyo temario será en relación con el cargo en cuestión en la Constitución o en su respectiva Ley o decreto. Las opciones de respuesta deberán ser de tres a cuatro.

Artículo 7 - Tiempo de respuesta de una pregunta.

El tiempo se debe establecer no superior a 10 segundos por pregunta.

Artículo 8 – Sobre la nota de corte de los exámenes:

La nota de corte será establecida según disponga el decano, pero siempre deberá ser superior a 5.0 e igual o inferior a 10.0. La nota obtenida en un examen puede servir de referencia a la hora de optar a empleo público.

Artículo 9 – Sobre la información de los exámenes:

Los exámenes de empleo público o privado deberán incluir en su temario los enlaces de las leyes concernientes al mismo y la fecha de la última revisión para que los ciudadanos estén informados acerca de su actualización.

Disposición adicional primera: En los casos de urgencia, ausencia de decano y/o profesores, así como su inactividad, El presidente del gobierno está facultado para actuar como decano, contribuyendo a la confección de exámenes que garanticen los conocimientos necesarios de aquellos que acceden a empleo público o privado.

Disposición adicional segunda: Los exámenes no realizados en fecha a la aprobación de la presente Ley de Educación no tendrán valor para acceder a cargos privados o públicos. Quien ostente un cargo por el que ha tenido que obtener una licencia, deberá renovar su examen antes de ejercer.

Disposición adicional tercera: Al aprobar esta Ley, quedan derogadas las leyes de rango inferior que la contradigan.

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224657 David18
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#Agradezco a @Dunkelzahn que me haya dado voz en este hilo. He de decir que no me parece mal el planteamiento ni la ley en sí, pero lo del tiempo lo veo un poco exagerado. Sí que es cierto que con pegar en el word las preguntas se obtiene el número de palabras y que con una sencilla multiplicación se sabría el tiempo mínimo que debe durar.

A mi me preocupa la limitación de 24h porque a veces da error y es un auténtico fastidio que en 24h no puedas hacerlo, yo bajaría esta limitación por ese motivo.

En el polémico tema de los exámenes públicos voy a ser franco aunque me granjee firmes opositores:
Querer hacer exámenes de sí o no me parece que está fuera de lugar en este simulador. Pienso así porque en ningún caso son exámenes difíciles, la mayoría de ellos se aprueban sin apenas estudiar nada ¿de verdad es tanto pedir que el presidente del gobierno se lea la constitución aunque sea por encima?
"Una sociedad que no exige grandes retos a sus líderes es una sociedad con líderes incultos e incapaces." eso lo leí hace tiempo en un libro y me marcó bastante. Aplicado a VP básicamente es que estamos dejando que la gente se presente a diputado sin tener ni idea de leyes, leyes que en teoría tienen que haber conocido y leído minuciosamente porque si se presentan a ese cargo es precisamente porque quieren modificarlas o añadir nuevas. ¿Se presenta alguien a diputado sin saber qué leyes están activas? ¿se presenta alguien sin saber cómo funciona un parlamento?
Yo sinceramente creo que además de dar a entender que el decano no es capaz de confeccionar un examen apto para los diputados, esta medida no tiene en cuenta que aquí ya se han hecho exámenes para ese cargo con anterioridad y que la tasa de suspenso era marginal. Estoy en contra de que unos tengan examen y otros no.

Lo de repetir exámenes no lo veo claro porque como dijo byzantium, nos arriesgamos a pérdidas de cargos fundamentales y además, ¿qué sentido tiene? si a cada modificación legislativa se van a rehacer exámenes y obligar a todos a repetirlos esto va a ser un pitorreo. ¿Vuelven los abogados a hacer la carrera de derecho cuando cambia alguna ley? pensemos con cabeza por favor, no tiene lógica alguna.

203938 Byzantium
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#Suscribo las opiniones de David, aun manteniendome abierto a cambios.

201659 Palau
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#Veo que esto está parado, y como me compete como decano, por actualizar exámenes de ciertos cargos, me he permitido el lujo de hablar.

Recordemos que se hizo este sondeo: https://pol.virtualpol.com/votacion/6565

203938 Byzantium
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#La verdad es que con los días recientes en los que se ha propuesto un modelo de "poder privatizar la educación", estaría bien tenerlo en cuenta.

Ahora mismo esta ley impide la privatización de la educación, en tanto establece que Decano y Profesor son forzosamente empleados públicos elegidos a través de oposición.

Desde luego, podemos dejarlo al ponente interesado que se encargue de presentar la reforma adecuada a ese respecto. En cualquier caso queda por resolver el tema del sondeo que mencionó palau

224360 Hermes
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#Yeps, perdonad. Han sido unos días intensos de trabajo y proyectos y al darle parón con el sondeo a este tema, se quedó eclipsado por otras cosas. Mea culpa.

El sondeo ha sido claro, con un 75% a favor de que tanto Presidente como Diputados deban tener un examen, 25% a favor de que ambos cargos estén libres de examen y nadie ha votado a favor de que sólo los diputados deban pasar ese control docente.

Por lo que retiro mis objeciones previas a que dichos cargos deban pasar un examen.

¿Alguna propuesta de redactado?

Por otra parte, no creo que en el Parlamento debamos debatir sobre la idoneidad o no de los programas electorales de presidenciables, ni preparar las leyes a medida. Yo seguiría como veamos procedente, y en el caso de que algún futuro presidente quisiera privatizar algo no previsto, evaluaríamos si sería posible y conveniente modificar la presente ley.

224679 Eltomashillo
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#El poder legislativo es un poder per se. Ruego a los señores diputados perdonen el latinajo, pero la Ley es la que es, y es una competencia de esta casa.

Señor Presidente, me parece una gran propuesta y a tenor del sondeo que usted hizo, creo que con esa propuesta podríamos pasar a votación, si lo ve oportuno.

224679 Eltomashillo
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#Propongo que el Artículo 6 quede redactado tal que así:

"Artículo 6 – Sobre el número de preguntas de las distintas categorías de examen:

Todos los exámenes deberán contener un número determinado de preguntas, en función de su categoría:

a) Exámenes a cargo público: Entre 10 y 15 preguntas, cuyo temario estará compuesto por [b]toda la legislación vigente[/b], a excepción de los Decretos. Las opciones de respuesta deberán ser de tres a cuatro.

b) Exámenes a empleo público: Entre 10 y 15 preguntas, cuyo temario será en relación con el cargo en cuestión en su respectiva ley o decreto. Las opciones de respuesta deberán ser de tres a cuatro.

c) Exámenes a empleo privado: Entre 10 y 15 preguntas, cuyo temario será en relación con el cargo en cuestión en su respectiva ley o decreto. Las opciones de respuesta deberán ser de tres a cuatro.

224679 Eltomashillo
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#Respecto del tiempo insisto es que es correcto y deja bastante margen a los docentes.

203938 Byzantium
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#Toda la legislación vigente puede permitir examenes endiabladamente difíciles. A mi me da igual.

En cuanto a lo del tiempo de respuestas, recuerdo lo que dijo el decano @Palau

[quote]
Estoy de acuerdo con Byzantium en lo tedioso del artículo 7. Yo lo dejaría como está actualmente. Evidentemente los profesores y el decano sabemos cuánto tiempo se tarda en responder un examen, y no creo que actuemos de mala fe, poniendo preguntas extremadamente largas con duraciones cortas de tiempo. Lo de contar palabras no me gusta.[/quote]

Me parece burrocratizar mucho el cargo, ponerse a contar palabras xD.

224360 Hermes
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#Procedo a modificar el redactado de la propuesta.

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