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Artículo 1: El Moderador del Rol es el cargo público que actua de coordinador del Rol de VirtualPOL. Es elegido por el Parlamento entre los candidatos que se postulen al cargo en un hilo oficial, cuando exista la vacante. Puede ser retirado del cargo por inactividad superior a 5 días o por una votación parlamentaria ad hoc. El Rey podrá establecer un nombre distinto al cargo de moderador del rol, adecuandolo a su encaje al rol Artículo 2: El Moderador del Rol tiene las siguientes funciones mínimas: Establece el marco general del rol en el que interviene la monarquía, la nobleza y la religión Limita y adecua al marco general a los personajes y las casas nobles a través de los cuales participan los ciudadanos en el Rol Modera, interviene y da respuesta a las acciones de los participantes en el rol Arbitra y estableces relaciones entre los participantes y las casas noble Evalúa las intervenciones con carácter oficial y vinculante Mantiene el orden y la cordialidad en los espacios propios del rol, junto al Cuerpo Policial Gestiona y organiza el Mapa de POL. Artículo 3: a) El Moderador del Rol puede establecer reglamentos propios para el rol, que pueden ser elevados al parlamento por un Diputado para su ratificación o derogación en votación ordinaria. b) Estos reglamentos pueden establecer limitaciones y regulaciones con ámbito exclusivo en el Rol. Artículo 4: Las intervenciones del Moderador del Rol en el contexto del rol deben ser aceptadas como oficiales, ciertas y vinculantes. Artículo 5: a) El Mapa de POL https://pol.virtualpol.com/mapa estará al servicio del Rol de VirtualPOL. El Moderador del Rol dirigirá su uso y será responsable de que su uso sea correspondiente a las actividades del Rol en POL, prohibiéndose un uso comercial no propio al Rol. b) El Moderador del Rol podrá: Expropiar propiedades Mantener propiedades de carácter público Asignar propiedades a casas, nobles, eclesiásticos y otras personas e instituciones. Subastar y vender propiedades. Asignar impuesto de propiedades, justificados en el rol. c) Para el mantenimiento de propiedades públicas, el Coordinador del Rol las tendrá en propiedad personal, teniendo siempre un sueldo al menos una moneda superior al total de impuestos que su mantenimiento exija.