POL
Acepta la siguiente reforma urgente de la Ley de Empleo e Incompatibilidades

Artículo 5:
a) Los cargos públicos de los poderes del Estado son incompatibles entre sí, con las siguientes excepciones:
i. El Presidente del Gobierno y su gabinete pueden pertenecer al Parlamento, pero no ser su Presidente.
ii. El Rey puede pertenecer al Parlamento, pero no ser su Presidente.
iii. El Presidente del Parlamento debe ser también diputado.
iv. Los cargos de Alto Noble y el diputado Eclesiástico serán considerados iguales al de Diputado en relación a las incompatibilidades.
v. El cargo de "Presidente" y el de "Rey" serán compatibles entre sí y con el resto de cargos públicos, menos Moderador del Rol
b) Los cargos públicos no pertenecientes a los Poderes del Estado son compatibles con la pertenencia al parlamento, pero incompatibles entre sí y con el resto de cargos públicos, incluída la Presidencia del Parlamento.
c) Excepcionalmente, el cargo de Moderador del Rol es compatible con todos los cargos públicos excepto Rey y "Presidente".

Resultado
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EscrutinioVotos
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En Blanco0
Legitimidad: 3 votos, 1 autentificados.
Validez: OK 100.0%
Validez
Parlamento
DiputadoVotoMensaje
Onii_ChanNinguno
ByzantiumNinguno
ChiribitoNinguno
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