Chiribito
La Ley se mejora desde un punto de vista estilístico (negrita, saltos de línea, etc.) y se añade una modificación. Propuesta de modificación de la Ley de Empleo: Artículo 5.- De las compensaciones por cese Excepto en los casos de pérdida de empleo por sentencia judicial, expulsión o fallecimiento, el Gobierno deberá compensar económicamente a los empleados públicos que hayan sido cesados, de conformidad con la Ley. La compensación por cese se determinará mediante la siguiente fórmula: Salario diario (en el momento del cese) x días trabajados x cantidad a determinar por el Gobierno Puede consultarse el documento íntegro en: https://pol.virtualpol.com/doc/propuesta-de-reforma-de-al-ley-de-empleo
Debate: aquí.